Acuerdo 6.3/CG 24-11-17, por el que se aprueba el procedimiento para el reconocimiento de la  actividad docente (quinquenios) del Personal docente e investigador laboral indefinido.
Núm. 7/2017, de 21 de diciembre  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES  
I.2. Consejo de Gobierno  
Acuerdo 6.3/CG 24-11-17, por el que se aprueba el procedimiento para el reconocimiento de la  
actividad docente (quinquenios) del Personal docente e investigador laboral indefinido.  
Acuerdo 6.3/CG 24-11-17, por el que, previo informe favorable de la Comisión Académica y a  
propuesta de ésta, se conviene, por asentimiento, aprobar el procedimiento para el reconocimiento  
de la actividad docente (quinquenios) del Personal docente e investigador laboral indefinido, sin que  
genere efectos económicos algunos, en los términos del documento que se anexa.  
ANEXO  
PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD  
DOCENTE ꢀQUINQUENIOSꢁ DEL PROFESORADO CONTRATADO  
EN RÉGIMEN LABORAL CON CARÁCTER INDEFINIDO.  
Primero. Podrán solicitar el reconocimiento de la actividad docente los profesores Colaboradores y  
Contratados Doctores que se encuentren en servicio activo a la finalización del plazo de presentación  
de solicitudes.  
Segundo. El plazo de presentación de solicitudes y el procedimiento de evaluación serán los mismos  
que los establecidos para el profesorado perteneciente a los cuerpos docentes universitarios.  
Tercero. Los reconocimientos de la actividad docente que se produzcan como consecuencia de este  
procedimiento no generarán efectos económicos algunos.  
Cuarto. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta Universidad (C/ San Fernando,  
s/n) o Registros auxiliares, así como en cualquiera de los lugares señalados en el art. 16.4 de la Ley  
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9/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,  
siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público. En  
el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán  
en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de  
ser certificada y deberá ir acompañada de la documentación justificativa, en su caso, de la actividad  
docente cuyo reconocimiento se solicita que no conste en el expediente administrativo del Servicio  
de Gestión de Personal Docente de esta Universidad. Los documentos acreditativos que no estén  
redactados en lengua castellana, deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial.  
Quinto. El modelo de solicitud establecido, se encontrará disponible en el Servicio de Gestión de  
Personal Docente, así como en la página web del Vicerrectorado de Profesorado (docentes.us.es).  
Sexto. En ningún caso, el número de tramos docentes reconocidos, podrá exceder del resultado de  
superar favorablemente seis periodos.  
Séptimo. Los efectos administrativos que se deriven de los tramos reconocidos se computarán el 1 de  
enero del año siguiente al de la solicitud, aun cuando el reconocimiento se efectúe con posterioridad.  
Octavo. El profesorado contratado laboral con carácter indefinido que tuviera reconocidos  
complementos de méritos docentes en virtud de este Acuerdo y que, posteriormente, tome posesión de  
una plaza de los cuerpos docentes universitarios en esta Universidad, podrá solicitar la convalidación  
de los tramos ya reconocidos conforme al presente procedimiento, antes del 31 de diciembre del año  
en que se haya producido dicha toma de posesión.  
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Noveno. Las resoluciones que adopte la Universidad podrán ser recurridas potestativamente por los  
interesados, mediante recurso de reposición ante el Sr. Rector, o ser impugnadas directamente ante el  
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.  
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