Acuerdo 5.6/CG 10-10-17, por el que se habilita al Vicerrector de Profesorado para proceder a la autorización de las modificaciones de plantilla que resulten imprescindibles llevar a cabo de forma inmediata, siempre y cuando concurran causas de urgentes e inaplazables necesidades sobrevenidas para el desempeño de la actividad académica.
Núm. 6/2017, de 27 de octubre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 5.6/CG 10-10-17, por el que se habilita al Vicerrector de Profesorado para proceder a
la autorización de las modificaciones de plantilla que resulten imprescindibles llevar a cabo de
forma inmediata, siempre y cuando concurran causas de urgentes e inaplazables necesidades
sobrevenidas para el desempeño de la actividad académica.
Acuerdo 5.6/CG 10-10-17, por el que previo informe favorable de la Comisión Académica y a
propuesta de ésta, se conviene, por asentimiento, habilitar al Vicerrector de Profesorado para proceder
a la autorización de las modificaciones de plantilla que resulten imprescindibles llevar a cabo de forma
inmediata, siempre y cuando concurran causas de urgentes e inaplazables necesidades sobrevenidas
para el desempeño de la actividad académica, modificaciones que serán sometidas a su ratificación en
el posterior Consejo de Gobierno, en los términos del documento que se anexa.
ANEXO
DELEGACIÓN AL VICERRECTOR DE PROFESORADO PARA AUTORIZAR
LAS MODIFICACIONES DE PLANTILLA CONCURRIENDO CAUSAS DE
URGENTES E INAPLAZABLES NECESIDADES DOCENTES SOBREVENIDAS
El Estatuto de la Universidad de Sevilla establece en su artículo 13 que, entre otras, son competencias
del Consejo de Gobierno las siguientes:
“
h) Aprobar la modificación de las relaciones de puestos de trabajo del personal de la Universidad.
i) Aprobar las plazas de personal docente e investigador que serán provistas mediante concurso de
acceso o en régimen de contratación laboral.”
Teniendo en cuenta que con frecuencia, se producen en los Departamentos necesidades docentes por
circunstancias sobrevenidas que requieren la adopción de determinadas medidas de carácter urgente
e inaplazable que pudieran suponer modificaciones de plantilla, resulta conveniente:
HabilitaralVicerrectordeProfesoradoparaprocederalaautorizacióndelasmodificacionesdeplantilla
que resulten imprescindibles llevar a cabo de forma inmediata, siempre y cuando concurran causas de
urgentes e inaplazables necesidades sobrevenidas para el desempeño de la actividad académica.
Las modificaciones de plantilla que se deriven de estas actuaciones, serán sometidas a su ratificación
en el posterior Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión Académica.
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