Acuerdo 7.1/CG 23-4-09, por el que se aprueba la Memoria de verificación para la implantación del Máster Oficial en Profesorado de Educación Secundaria  Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y  Enseñanzas de Idiomas.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES  
I.2. Consejo de Gobierno  
Acuerdo 7.1/CG 23-4-09, por el que se aprueba la Me-  
moria de verificación para la implantación del Más-  
ter Oficial en Profesorado de Educación Secundaria  
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y  
Enseñanzas de Idiomas.  
Acuerdo 7.1/CG 23-4-09, por el que de conformidad con  
la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada  
por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril de 2007, el  
Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, el artículo  
1
3.1.d) del EUS, y demás disposiciones vigentes, previo  
informe favorable de la Comisión Académica, y en los  
términos de dicho informe, se conviene, por 24 votos a  
favor, 7 en contra y una abstención, aprobar la Memoria  
de verificación para la implantación del Máster Oficial  
en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y  
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de  
Idiomas según el documento anexo.  
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BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
Títulos de Máster  
Informe previo sobre memoria de verificación  
Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria  
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de  
Idiomas por la Universidad de Sevilla  
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1.- DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO  
1.1 Denominación oficial del título:  
Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación  
Profesional y Enseñanzas de Idiomas.  
1
1
.2 Centro responsable:  
Oficina de Estudios de Postgrado de la Universidad de Sevilla.  
.3 Rama de Conocimiento:  
Aunque en la memoria de verificación se cita la rama de “Artes y Humanidades”, es debido a que  
en la aplicación informática sólo es posible incluir una línea, realmente el Máster debe quedar vinculado a  
las cinco ramas de conocimiento previstas en el RD 1393/2007, de 29 de octubre.  
1.4 Créditos totales para la obtención del título: 60  
1.5 ¿Conduce al ejercicio de profesión regulada?: SI  
1.6 Profesión o profesiones, en su caso:  
Profesor de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato.  
Profesor de Formación Profesional.  
Profesor de Enseñanzas de Idiomas.  
Profesor de Enseñanzas Artísticas.  
Profesor de Enseñanzas Deportivas.  
1
1
1
.7 Lenguas utilizadas en el proceso formativo:  
Castellano.  
.8 Cronograma de implantación:  
Se implantará en el curso 2009/10.  
.9 Enseñanzas que se extinguen por la implantación del nuevo título:  
Se extinguen las enseñanzas que actualmente conducen a la obtención del Certificado de Aptitud  
Pedagógica.  
6
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2.- ESTRUCTURA DEL PLAN DE ESTUDIOS  
2.1 Créditos totales por tipo de materia:  
Tipo de materia  
Obligatorias  
Créditos  
44  
0
10  
6
Optativas  
Prácticas externas1  
Trabajo fin de Máster  
Total.........  
60  
2.2 Número de créditos optativos exigidos al estudiante:  
No se exigen créditos optativos, pero el módulo específico, que consta de 24 créditos obligatorios  
para el estudiante, se configura con 15 especialidades en función de las diferentes especialidades de Edu-  
cación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, Artísticas y Deportivas  
establecidas por la normativa (en especial, Real Decreto 1834/2008 de 28 de noviembre de 2008).  
De estas 15 especialidades el estudiante tendrá que elegir necesariamente una de ellas:  
1
2
3
4
5
6
7
8
9
1
. Biología y Geología (BG).  
. Dibujo, Imagen y Artes Plásticas (DIAP).  
. Economía, Empresa y Comercio (EEC).  
. Educación física (EF).  
. Física y Química (FQ).  
. Formación y Orientación laboral (FOL).  
. Ciencias Sociales (CS).  
. Hostelería y Turismo (HT).  
. Lengua extranjera (LE).  
0. Lengua y Literatura; Latín y Griego (LL).  
1. Matemáticas e Informática (MI).  
2. Música (MD).  
3. Orientación educativa (OE).  
4. Procesos sanitarios (PS).  
5. Tecnología y Procesos industriales (TPI).  
1
1
1
1
1
En el anexo al presente documento se incluye las vinculación entre las actuales titulaciones y las  
especialidades del Máster.  
2.3 Prácticas externas.  
Las prácticas externas, que se realizarán en la red de centros públicos de educación secundaria  
dependientes de la Consejería de Educación, se cuantifican en 10 créditos y son obligatorias para el estu-  
diante.  
2.4 Incompatibilidades o requisitos previos entre módulos, materias o asignaturas.  
No se contemplan.  
1
Sólo cuando son prácticas obligatorias, en el caso de prácticas optativas los créditos correspondientes están incluidos  
en el apartado de materias optativas.  
7
BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
2.5 Actividades formativas a realizar en cada módulo y la metodología de enseñanza aprendizaje:  
Se basarán fundamentalmente en clases expositivas y clases interactivas procurando la implicación  
del alumnado mediante el desarrollo de una metodología docente centrada en el/la estudiante y basada en  
el estudio de casos, el análisis de proyectos y la resolución de problemas.  
2.6 Valores previstos para los indicadores:  
Tasa de graduación: 80  
Tasa de abandono: 15  
Tasa de eficiencia: 85  
2
.7 Mecanismos de adaptación desde el plan actual al nuevo plan de estudios.  
No se han previsto tablas automáticas de reconocimiento para alumnos que tuvieran total o par-  
cialmente superadas las enseñanzas del actual CAP, no obstante, en aplicación de la normativa de reco-  
nocimiento y transferencia de créditos, serán posibles los reconocimientos que procedan en función de las  
competencias y conocimientos adquiridos.  
3
.- VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE LA  
COMISIÓN PARA LA ELABORACIÓN DEL MÁSTER EN EL SISTEMA  
UNIVERSITARIO PÚBLICO ANDALUZ.  
3.1 Módulos acordados por la Comisión correspondiente.  
Se han recogido exactamente los módulos, materias y créditos acordados en la comisión andalu-  
za, así como las competencias asociadas a cada módulo, tanto las competencias previstas en la ORDEN  
ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación del título,  
como las competencias generales y específicas acordadas.  
8
BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
4.- ANÁLISIS DETALLADO DE LA ESTRUCTURA MODULAR  
MÓDULOS UNIV.  
SEVILLA  
UNIDAD  
REQUISITOS  
PREVIOS  
SISTEMAS  
ACTIVIDADES  
FORMATIVAS  
MATERIAS  
CRÉDITOS CARÁCTER  
COMPETENCIAS  
Se incluyen  
TEMPORAL  
EVALUACIÓN  
Aprendizaje y  
desarrollo de la  
personalidad  
No se  
4
Obligatorio  
Primer cuatrimestre  
Se incluyen  
Se incluyen  
contemplan  
Genérico  
Procesos y contextos  
educativos  
No se  
4
4
6
Obligatorio  
Obligatorio  
Obligatorio  
Primer cuatrimestre  
Primer cuatrimestre  
Segundo cuatrimestre  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
contemplan  
Sociedad, familia y  
educación  
No se  
contemplan  
Complementos para la  
formación disciplinar  
No se  
contemplan  
Aprendizaje y  
enseñanza de  
las materias  
No se  
Especíco2  
12  
6
Obligatorio  
Obligatorio  
Obligatorio  
Segundo cuatrimestre  
Primer cuatrimestre  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
contemplan  
correspondientes  
Innovación docente  
e iniciación a la  
No se  
contemplan  
investigación educativa  
Reconocimiento  
de créditos por  
Primer y/o segundo  
cuatrimestre  
No se  
Libre designación  
Practicum  
8
enseñanzas de  
contemplan  
Másteres universitarios  
Primer y/o segundo  
cuatrimestre  
No se  
Prácticas externas  
10  
6
Obligatorio  
Obligatorio  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
Se incluyen  
contemplan  
No se  
Trabajo fin de Máster  
Segundo cuatrimestre  
contemplan  
60  
2
El módulo específico contempla las mismas materias para las 15 especialidades pero con contenidos específicos para cada una de ellas. En la práctica serán 15 módulos específicos opciona-  
les para el estudiante de los que deberá elegir necesariamente uno de ellos.  
9
BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
5
.- INFORME DE PREVERIFICACIÓN SEGÚN EL PROTOCOLO DE  
ANECA.  
5.1 Informe de preverificación según el protocolo establecido por ANECA:  
Se ha realizado el informe de preverificación y se han detectado las deficiencias que se citan en los  
apartados siguientes.  
5.2 Contenidos de los documentos pdf que se insertan en Verifica.  
Normas de Permanencia. Se incluye el documento aprobado por el Consejo Social.  
Convenios de colaboración con otras Instituciones. Pendiente de desarrollo el convenio de  
colaboración entre las Consejerías competentes en la materia y las Universidades Andaluzas.  
Se incluye en este apartado un documento con los recursos docentes disponibles y los recursos  
materiales y servicios de los campus Ramón y Cajal y Reina Mercedes.  
Sistema de Garantía de la Calidad. Se incluye el documento y las actas de creación y constitución  
de la comisión de garantía de la calidad del título.  
6.- INCIDENCIAS QUE DEBEN CORREGIRSE.  
Deficiencias detectadas en el análisis de preverificación o recogidas en los apartados ante-  
riores del presente informe:  
En la memoria de verificación la denominación del título algunas veces contiene referencia a las  
enseñanzas artísticas y deportivas y otras veces no. Habría que unificar el tratamiento, según el  
acuerdo adoptado por la Comisión Andaluza no procede indicar esta referencia.  
No se citan las normas reguladoras del ejercicio profesional.  
No se citan los procedimientos de consulta externos.  
Falta la inclusión de algunos textos comunes acordados para su inclusión en las propuestas de  
memorias de verificación y que pueden ser aplicables a los estudios de Máster, por ejemplo los  
siguientes:  
o Los textos relativos al diseño del titulo en coherencia con los principios de igualdad, no  
discriminación y accesibilidad.  
o Los textos sobre mecanismos de coordinación de enseñanzas.  
o Los textos relativos a accesibilidad y mantenimiento de recursos materiales y servicios.  
o Los textos relativos al seguimiento de las prácticas en empresas e instituciones.  
En el apartado de planificación de las enseñanzas es conveniente detallar el desarrollo del módulo  
específico en función de las 15 especialidades previstas.  
Sevilla, 20 de abril de 2009  
Área de Ordenación Académica  
10  
BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
ANEXO  
RELACIÓN DE ESPECIALIDADES Y TITULACIONES QUE TIENEN ACCESO  
DIRECTO A LAS MISMAS  
Los Grados correspondientes a las distintas Licenciaturas y Diplomaturas, que se adquieran a partir de los  
distintos cambios en los Planes de Estudios, serán equivalentes al nivel de Licenciado en la relación de  
titulaciones de este listado.  
1
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
. Biología y Geología (BG):  
Licenciado en Biología.  
Licenciado en Bioquímica.  
Licenciado en Biotecnología.  
Licenciado en Geología.  
Licenciado en Ciencias del Mar.  
Ingeniero Agrónomo.  
Ingeniero Forestal.  
Ingeniero de Montes.  
Ingeniero de Minas.  
Licenciado en Ciencias Ambientales.  
Licenciado en Farmacia.  
Licenciado en Medicina.  
Licenciado en Veterinaria.  
2
-
-
-
-
-
-
-
.
Dibujo, Imagen y Artes Plásticas (DIAP)  
Arquitecto.  
Arquitecto Técnico.  
Ingeniero, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico, en todas sus especialidades.  
Licenciado en Bellas Artes.  
Licenciado en Historia del Arte.  
Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas.  
3
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
.
Economía, Empresa y Comercio (EEC)  
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.  
Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras.  
Licenciado en Ciencias del Trabajo.  
Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración.  
Licenciado en Derecho.  
Licenciado en Economía.  
Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado.  
Diplomado en Ciencias Empresariales.  
Diplomado en Gestión y Administración Pública.  
Diplomado en Turismo.  
4
-
.
Educación física (EF)  
Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.  
Licenciado en Educación Física.  
Licenciado en Medicina.  
-
-
-
Título Superior de Danza.  
Grado en Fisioterapia.  
-
11  
BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
5
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
.
Física y Química (FQ)  
Licenciado en Bioquímica.  
Licenciado en Ciencias Físicas.  
Licenciado en Farmacia.  
Licenciado en Química.  
Ingeniero Químico.  
Licenciado en Enología.  
Ingeniero Industrial.  
Ingeniero de Telecomunicación.  
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial.  
Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Industrias Forestales.  
6
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
.
Formación y Orientación laboral (FOL)  
Licenciado en Ciencias del Trabajo.  
Licenciado en Derecho.  
Diplomado en Trabajo Social.  
Licenciado en Ciencias Actuariales Financieras.  
Licenciado en Economía.  
Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado.  
Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración  
Diplomado en Relaciones Laborales.  
Diplomado en Ciencias Empresariales.  
Diplomado en Educación Social.  
Diplomado en Gestión y Administración Pública.  
Ingeniero en Organización Industrial.  
7
-
-
-
-
-
-
-
. Ciencias Sociales (CS)  
Licenciado en Antropología Social y Cultural  
Licenciado en Filosofía.  
Licenciado en Geografía.  
Licenciado en Historia.  
Licenciado en Historia del Arte.  
Licenciado en Humanidades.  
Licenciado en Sociología.  
8
-
.
Hostelería y Turismo (HT)  
Diplomado en Turismo.  
-
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.  
Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado.  
Diplomado en Ciencias Empresariales.  
-
-
9
-
.
Lengua extranjera (LE)  
Licenciado de Filología Inglesa.  
-
Licenciado en Filología Francesa.  
Licenciado en Filología Alemana.  
Licenciado en Traducción e Interpretación.  
-
-
1
-
-
-
-
-
-
-
0. Lengua y Literatura; Latín y Griego (LL)  
Licenciado en Filología Hispánica.  
Licenciado en Filología Clásica.  
Licenciado en Biblioteconomía y Documentación.  
Licenciado en Comunicación Audiovisual.  
Licenciado en Humanidades.  
Licenciado en Periodismo.  
Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas.  
12  
BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
1
1. Matemáticas e Informática (MI)  
Licenciado en Matemáticas.  
Ingeniero en Informática.  
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Ingeniero en Electrónica y Automática.  
Arquitecto.  
Licenciado en Ciencias Físicas.  
Ingeniero de Telecomunicación.  
Licenciado en Ciencias y Técnicas Estadísticas.  
Ingeniero Superior, en todas sus especialidades.  
Diplomado en Estadística.  
Ingeniero Técnico en Informática de Gestión.  
Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas.  
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Telemática.  
1
-
2. Música y Danza (MD)  
Titulo Superior de Música, en cualquiera de sus especialidades.  
Titulo Superior de Danza.  
-
-
-
Licenciado en Historia y Ciencias de la Música.  
Título Superior de Arte Dramático.  
1
-
3. Orientación educativa (OE)  
Licenciado en Psicología.  
Licenciado en Pedagogía.  
Licenciado en Psicopedagogía.  
Grado de Maestro.  
-
-
-
1
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
4. Procesos sanitarios (PS)  
Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.  
Licenciado en Farmacia.  
Licenciado en Medicina y especialidades.  
Licenciado en Odontología.  
Licenciado en Veterinaria.  
Diplomado en Enfermería.  
Diplomado en Fisioterapia.  
Diplomado en Nutrición Humana y Dietética.  
Diplomado en Óptica y Optometría.  
Diplomado en Podología.  
Diplomado en Terapia Ocupacional.  
1
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
5. Tecnología y Procesos industriales (TPI)  
Arquitecto.  
Licenciado en Ciencias Físicas.  
Licenciado en Química.  
Licenciado en Ciencias del Mar.  
Licenciado en Farmacia.  
Ingeniero, en todas sus especialidades.  
Arquitecto Técnico.  
Ingeniero Técnico Aeronáutico, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico Agrícola, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico Forestal, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico de Minas, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico Naval, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, en todas sus especialidades.  
13  
BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009  
.
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, en todas sus especialidades.  
Ingeniero Técnico en Topografía.  
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Licenciado en Biotecnología.  
Licenciado en Máquinas Navales.  
Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo.  
Licenciado en Radioelectrónica Naval.  
Diplomado en Óptica.  
Diplomado en Máquinas Navales.  
Diplomado en Navegación Marítima.  
Diplomado en Radioelectrónica Naval.