Resolución rectoral, de 13 de abril de 2020, por la que se adoptan medidas urgentes en el ámbito del Vicerrectorado de Investigación durante el estado de alarma creado por la enfermedad COVID-19.

Todas las medidas que se han adoptado tanto por el Gobierno de España, como por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía o la propia Universidad de Sevilla para dar respuesta a la situación generada por la expansión en nuestro país del COVID-19 han afectado al funcionamiento del Vicerrectorado de Investigación, así como al resto de la Universidad de Sevilla. Urge aprobar una serie de medidas que permitan minimizar el impacto de la declaración del estado de alarma sobre la situación del personal investigador y técnico de la Universidad de Sevilla contratado con cargo a su Plan Propio de Investigación y Transferencia y asegurar el básico funcionamiento de la investigación, por tratarse de una de las funciones esenciales de la Universidad.

En este mismo sentido, en el reciente Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, consciente de la delicada situación en que se encontraban un amplio colectivo de investigadores y técnicos del Sistema Estatal de Ciencia y Tecnología por la declaración del estado de alarma, ha acordado en su Disposición adicional decimotercera la posibilidad de prorrogar los contratos de trabajo de duración determinada con cargo a la financiación procedente de sus convocatorias de ayudas de recursos humanos. Lo que hace el artículo 1 de la presente Resolución rectoral es extender esta posibilidad de prórroga a los contratos predoctorales y de los de acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología del Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla en las mismas condiciones revista en esta disposición. Así mismo se autorizan las modificaciones y variaciones presupuestarias que resulten necesarias para hacer efectiva su financiación.

Tras la declaración del estado de alarma, el Vicerrectorado de Investigación ha tenido que reconducir toda su actividad a la modalidad de teletrabajo, y apoyar a la comunidad investigadora en la adaptación a esta nueva situación. El Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla constituye uno de los pilares fundamentales de la actividad investigadora de la Universidad de Sevilla ya que sirve de soporte a una parte destacada de su actividad científica. Por esta razón debe considerarse que las acciones en él establecidas son indispensables para el funcionamiento básico de la investigación en la Universidad de Sevilla, siendo esta la razón motivada por la que el Rectorado, haciendo uso de la habilitación establecida en la Disposición adicional tercera, apartado 4 del RD 463/2020, mediante la presente Resolución Rectoral acuerda la continuación de los procedimientos que aquí se incorporan, vinculados a las acciones cuya tramitación ya se había iniciado antes de la declaración del estado de alarma.

Por último, el artículo 3 de la presente Resolución Rectoral, de acuerdo con lo que prevé la Disposición Adicional tercera. 4 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como lo establecido en la Disposición adicional octava del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, para evitar cualquier clase de indefensión retrasa el plazo para recurrir las resoluciones que se dicten en su ejecución de modo que empezarán a contarse desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, con independencia del tiempo que hubiera transcurrido desde su notificación.

DISPONGO:

Artículo 1. Prórroga de los contratos predoctorales y de los de acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología del Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla.

Se autoriza al Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Sevilla a acordar la prórroga de todos los Contratos Predoctorales, en Periodo de Orientación Postdoctoral, y de Acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología del Plan Propio de Investigación y Transferencia que hayan finalizado o vayan a finalizar desde el 2 de abril de 2020 hasta el 1 de abril de 2021, en las mismas condiciones que se establecen en la Disposición adicional décimo tercera del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Para financiar la prórroga de estos contratos se podrán realizar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, así como la reanualización de los expedientes de gasto correspondientes.

Artículo 2. Consideración de las acciones convocadas para el año 2020 del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla como indispensables para el funcionamiento básico de la investigación en la Universidad de Sevilla.

Las acciones ya convocadas y en tramitación para el año 2020 del Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla son indispensables para el desarrollo de la investigación en la Universidad de Sevilla por lo que, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional tercera apartado 4 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Vicerrectorado de Investigación podrá acordar motivadamente la continuación de todos los procedimientos administrativos que deriven de las mismas hasta su resolución y ejecución, conforme al procedimiento establecido en las propias convocatorias.

Artículo 3. Plazo para recurrir las resoluciones dictadas en aplicación de la Resolución rectoral.

1. En los términos establecidos en la Disposición adicional octava del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, todas las resoluciones administrativas impugnables que se dicten en base a la presente Resolución rectoral durante la vigencia del estado de alarma podrán recurrirse por quienes tengan legitimación para ello en el plazo de un mes que se contará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, con independencia del tiempo que hubiera transcurrido desde su notificación.

2. La ampliación del plazo para recurrir no afecta ni a la eficacia ni a la ejecutividad del acto administrativo objeto de recurso que podrá ser inmediatamente ejecutado.

Disposición adicional primera. Igualdad de género.

En aplicación de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, así como la Ley 12/2007 de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda referencia en este Reglamento a personas, colectivos, o cargos, cuyo género sea masculino, estará haciendo referencia al género gramatical neutro, incluyendo la referencia a hombres y mujeres.

Disposición final. Entrada en vigor.


La presente Resolución entrará en vigor el día de la fecha, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla.

Sevilla, a 13 de abril de 2020.

El Rector,
Miguel Ángel Castro Arroyo.