Acuerdo 7/CG 22-7-16, por el que se aprueba el Convenio Tipo-Base para realizar Acciones  Formativas y de Divulgación por los Servicios Sociales y Comunitarios.
Núm. 5/2016, de 21 de septiembre  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES  
I.2. Consejo de Gobierno  
Acuerdo 7/CG 22-7-16, por el que se aprueba el Convenio Tipo-Base para realizar Acciones  
Formativas y de Divulgación por los Servicios Sociales y Comunitarios.  
Acuerdo 7/CG 22-7-16, por el de conformidad con el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por  
asentimiento, aprobar el Convenio Tipo-Base para realizar Acciones Formativas y de Divulgación  
por los Servicios Sociales y Comunitarios, en los términos del documento que se anexa, de modo que  
los Convenios futuros que sean idénticos a este Convenio Tipo-Base se entenderán aprobados por el  
Consejo de Gobierno, dándose de ellos conocimiento al mismo.  
ANEXO  
CONVENIO  
ENTIDAD_____________________________________  
FORMATIVAS Y DE DIVULGACIÓN EN MATERIA DE_________________  
TIPO  
ENTRE  
LA  
UNIVERSIDAD  
DE  
SEVILLA  
Y
LA  
PARA  
REALIZAR  
ACCIONES  
En Sevilla, a de 20 .  
REUNIDOS  
De una parte, D. MIGUEL ÁNGEL CASTRO ARROYO, Rector Magnífico de la UNIVERSIDAD DE  
SEVILLA, CON CIF Q-4118001-I, nombrado por Decreto 4/2016, de 12 de enero, BOJA nº 11 del 19  
de enero de 2016 y domicilio a efectos de notificaciones en Calle San Fernando 4, 41004-Sevilla, de  
acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, por el Artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21  
de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; así como en el  
art. 20 k) del Estatuto de la UNIVERSIDAD DE SEVILLA, aprobado por el Decreto 324/2003, de 25  
de noviembre, modificado por Decreto 348/2004 de 25 de mayo y Decreto 16/2008, de 29 de enero.  
Y de otra, D/DÑA.___________________________, con DNI ______________, en nombre y  
representación de la entidad________________________________, atribuida su representación  
por____________, estando inscrita en el Registro ____________ con el número _____________,  
con domicilio social y a efectos de notificaciones en la calle/avenida __________________________  
_
____________, y CIF _____________________.  
Las partes, actuando en nombre y representación de sus respectivas instituciones, se reconocen  
recíprocamente capacidad y competencia para formalizar el presente Convenio y, a sus efectos,  
EXPONEN  
1
.- La Universidad de Sevilla, conforme al art. 2 del Decreto 324/2003, de 25 de noviembre, por el que  
se aprueba el Estatuto de la Universidad de Sevilla, modificado por Decreto 348/2004 de 25 de mayo  
y Decreto 16/2008, de 29 de enero, es una Institución al servicio de la sociedad en la que uno de sus  
objetivos básicos, según el art. 3 f) es el estímulo y la formación de sus miembros para el ejercicio de  
la ciudadanía crítica, solidaria y responsable.  
2
.- El Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria es el órgano encargado de la gestión y  
el control de calidad de Servicios Asistenciales de la Universidad de Sevilla, según el artículo 127  
del Estatuto de la Universidad de Sevilla, desarrollado por el Reglamento General de Actividades de  
Asistencia, aprobado por el claustro universitario de la Universidad de Sevilla el 19/03/2009. A tal  
fin, es la unidad funcional responsable de la organización, desarrollo, gestión y control de la  
3
84  
Núm. 5/2016, de 21 de septiembre  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno  
prestación de asistencia, información, orientación y asesoramiento a la comunidad universitaria;  
promoviendo, además, programas o actuaciones de carácter asistencial y social en dichas materias  
con el objetivo de mejorar el bienestar social y la calidad de vida de los miembros de la comunidad  
universitaria (artículo 10).  
3
.- Dentro de la estructura orgánica y funcional del Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria  
se encuentra la Unidad ________________________ con la finalidad de _____________________  
_
_
_______________________________________________________________________________  
___________. Para su consecución, se define una red de servicios y recursos que dan respuesta a  
las necesidades de estos estudiantes así como asesoramiento, formación e investigación en materia de  
_____________________.  
.- Que la  
4
Entidad___________________________________________,  
inscrita en el Registro __________________________________, que tiene por  
objeto,_________________________________________________________________________.  
Por todo lo expuesto anteriormente, y en virtud de sus respectivas atribuciones, la Universidad de  
Sevilla y la Entidad ACUERDAN suscribir un CONVENIO TIPO DE COLABORACIÓN entre ambas  
Entidades para, dentro del marco preestablecido, todo ello al amparo de las siguientes  
CLÁUSULAS  
PRIMERA: OBJETO  
El presente Acuerdo entre la Universidad de Sevilla y la entidad _______________________, tiene  
por objeto establecer el entorno de referencia para la acción coordinada entre las partes, sobre cuantas  
acciones estén encaminadas a potenciar los recursos que ambas desarrollen o pretenden desarrollar  
para la organización de acciones formativas con reconocimiento en los títulos académicos expedidos  
por la Universidad de Sevilla.  
SEGUNDA: ACTIVIDADES FORMATIVAS  
A título enunciativo, las acciones formativas que se ofrecerán a la Comunidad Universitaria de la  
Universidad de Sevilla podrán consistir en cursos, jornadas, talleres, mesas redondas, congresos,  
prácticas con una duración total en la que se establecerá en todo caso la equivalencia a créditos E.C.T.S.  
TERCERA: ADMISIÓN Y RESERVA DE PLAZAS  
La admisión y consiguiente participación de los miembros de la Universidad de Sevilla tendrá carácter  
abierto e interdisciplinar, sin limitaciones derivadas de la titulación de las personas solicitantes.  
CUARTA.- RÉGIMEN ACADÉMICO  
La Universidad de Sevilla y la entidad_______________ asumen los siguientes compromisos:  
a. Por parte de la Universidad de Sevilla, será la Unidad _______________________________  
_
__el servicio responsable de la coordinación de las acciones formativas y de divulgación en  
materia de _____________.  
b. Determinar el profesorado y ponentes previstos para las diferentes actividades, así como los  
objetivos, contenido y evaluación, que se anexarán al presente Convenio, conforme proceda.  
c. Facilitar al alumnado que supere la actividad, de acuerdo con dichos medios de evaluación,  
acreditación en el que se exprese el número de horas contenidas en el programa y la equivalencia  
3
85  
Núm. 5/2016, de 21 de septiembre  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno  
en créditos ECTS y Libre configuración establecida en el presente Convenio, al objeto de que el  
alumnado pueda solicitar en sus Centros el oportuno reconocimiento.  
d. Una vez finalizada la actividad, remitir al Vicerrectorado de Ordenación Académica la memoria  
de la acción desarrollada junto con el listado del alumnado apto a quienes se les ha expedido el  
mencionado Certificado de Aprovechamiento.  
QUINTA.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS  
La Universidad de Sevilla, de acuerdo con el Acuerdo 4.3/CG de 22/11/11, modificado por el Acuerdo  
7
.3/CG 20-2-2015 por el que se aprueba la normativa reguladora del reconocimiento y transferencia  
de créditos o según la normativa que lo sustituya y conforme a lo previsto en el Acuerdo 5.1/CG de  
2-7-2010 por el que se aprueba la regulación del reconocimiento académico por participación en  
2
actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación, podrá  
reconocer créditos ECTS a aquellos/as estudiantes de sus centros propios que acrediten su participación  
en las actividades pertinentes con pleno aprovechamiento del programa de actividades de ésta.  
La Universidad de Sevilla, a través del Instituto de Ciencias de la Educación o del Servicio de Formación  
del PAS podrá incluir las actividades reseñadas en el presente Convenio en la oferta formativa y/o  
reconocerá la participación del alumnado, del PDI y del PAS, según los procedimientos a tal fin  
establecidos.  
SEXTA.- PRESUPUESTO  
El presupuesto de la mencionada actividad está incluido en la programación de la entidad, sin que del  
presente Convenio derive para la Universidad de Sevilla obligación económica alguna.  
SÉPTIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL  
Toda la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en  
desarrollo del presente convenio, y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección Segunda del Capítulo  
III del Título II del Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo  
1
/1996, de 12 de abril, será propiedad de las partes, y podrá utilizarse por ambas en los cursos y  
actividades que se programen como propios o bien en colaboración con otras entidades a través de  
cualquier tipo de convenio o acuerdo. En todo caso se respetará el derecho moral que le corresponde  
al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.  
OCTAVA.- LOGOS  
Asimismo, la documentación y la información, tanto impresa como electrónica, sobre las actividades  
objeto del presente convenio deberá incluir los logotipos de ambas instituciones, según lo establecido  
en la normativa vigente. En lo que se refiere al Real Patronato sobre Discapacidad, será aplicable el  
Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece criterios de imagen institucional y regula  
la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.  
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS  
Las partes del presente convenio cumplirán, en lo que afecte a cada una de ellas, las disposiciones de  
la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como  
del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de  
la Ley Orgánica 15/1999 y de cualesquiera otras normas vigentes o que en el futuro vengan a sustituir  
y/o a modificar a éstas.  
3
86  
Núm. 5/2016, de 21 de septiembre  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno  
DÉCIMA.- NATURALEZA.  
El Convenio tiene la naturaleza de los previstos en el Artículo 4. 1 d) Ley 30/2007, de 30 de octubre, de  
Contratos del Sector Público, y se regirá por lo previsto en el clausulado de este ACUERDO y demás  
normas especiales, aplicándose, de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.2, los principios de la  
citada Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.  
UNDÉCIMA.- DURACIÓN.  
El presente ACUERDO entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será de dos años,  
renovables bianualmente, salvo denuncia por cualquiera de las partes realizada con tres meses de  
antelación al final de cada período del tiempo inicialmente establecido o de cualquiera de sus prórrogas.  
Y en prueba de conformidad con el contenido íntegro del presente Convenio de colaboración, lo  
firman ambas partes por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio indicados.  
POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
POR LA ENTIDAD  
Fdo.: MIGUEL ÁNGEL CASTRO ARROYO  
Fdo.:  
*
**  
3
87