Resolución Rectoral de fecha 14 de febrero de 2019 de la Universidad de Sevilla, por la que se publica convocatoria de Ayuda Asistencial y Situaciones de Especial Necesidad, a favor del personal que presta sus servicios en esta Universidad.

Conforme a lo previsto en el Plan de Acción Social en vigor y previo Acuerdo con los Órganos de Representación del Personal de la Universidad de Sevilla, se convocan Ayudas de Acción Social para el Apoyo a la Integración Socio-Laboral de personas con discapacidad, Rehabilitación Socio-Laboral de Drogodependencias y Adicciones, así como a la Atención a Situaciones de Especial Necesidad, a favor del personal que presta sus servicios en esta Universidad, familiares o asimilados que convivan y dependan económicamente del trabajador. 

 

La presente convocatoria se regirá por la Resolución de fecha de 29 de octubre de 2018, por la que se publica la Convocatoria General de Acción Social a favor del Personal de la Universidad de Sevilla, así como por el resto de la normativa que sea de aplicación y por las siguientes: 

 

BASES

 

1. Requisitos. 

 

Según lo dispuesto en el Reglamento General de Actividades de Asistencia a la Comunidad Universitaria podrán solicitar las ayudas que se contemplan en esta convocatoria quienes cumplan los siguientes requisitos: 

 

- Ostentar la condición de funcionario de carrera, funcionario interino, personal laboral fijo y personal laboral con contrato temporal, personal con contrato administrativo, que perciban sus retribuciones con cargo al Capítulo I del Presupuesto de la Universidad de Sevilla, así como el personal contratado para el desarrollo de proyectos de investigación, en los términos que se recoge en el I Plan Propio del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla. 

 

El personal a que se refiere el apartado anterior, en caso de realización de trabajo a tiempo parcial en la Universidad, se le reducirá el importe de la ayuda proporcionalmente al porcentaje de la jornada.

 

- Encontrarse en situación de servicio activo a la fecha en que se formaliza la solicitud de ayuda. Se considera asimilada a esta situación la excedencia por cuidado de familiares o situaciones similares que se establezcan en la legislación laboral y durante el primer año de dicha situación.

 

- Haber completado servicios durante los 365 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha en que se presenta la solicitud. No obstante, aquellos trabajadores que no hayan completado el año en dicha fecha, tendrán derecho a la ayuda proporcionalmente reducida al tiempo trabajado. 

 

- En el caso de fallecimiento, podrán reconocerse las ayudas a que se refiere esta convocatoria, a favor del cónyuge/pareja de hecho y huérfanos del personal que se recoge en los apartados anteriores, siempre que el fallecimiento se hubiera producido durante el año 2019.

 

- Los trabajadores que a lo largo del mismo año se hayan jubilado o los que hayan pasado a la situación de incapacidad permanente en algunos de sus diferentes grados.

 

Cónyuges y parejas de hecho gozarán de los mismos derechos y estarán sujetos a las mismas obligaciones.

 

Los requisitos que se enumeran en esta convocatoria, deberán reunirse a fecha de presentación de su solicitud, en función de la Edición en la que participe. 

 

A efectos de comprobación, el Servicio de Acción Social podrá solicitar a los respectivos Servicios de Personal de esta Universidad, relación certificada donde conste el cumplimiento de dichos extremos. 

 

2. Beneficiarios. 

 

Serán beneficiarios de las ayudas previstas, los trabajadores, el cónyuge/parejas de hecho, hijos menores de 27 años o mayores con discapacidad y otros familiares a cargo del empleado, siempre que formen parte de la unidad familiar y quede acreditada la convivencia y dependencia económica (ingresos no superiores, en cómputo anual, al Salario Mínimo Interprofesional (900€/mes) que padezcan una disminución física, psíquica, sensorial o requieran de una atención especial.

 

En aquellos supuestos en que dos personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta Convocatoria tengan beneficiarios comunes, sólo uno de ellos podrá causar derecho a favor de los mismos por el mismo gasto. 

 

A los efectos que deban producirse en esta Convocatoria, el concepto de familia y el régimen aplicable, será el que determina la Resolución de fecha 29 de octubre de 2018 por la que se publica la Convocatoria General de Acción Social, por la que se regulan aspectos relacionados con la documentación a aportar en Convocatorias de Ayudas por Acción Social.

 

3. Modelo de solicitud y calendario de presentación.

 

La solicitud de participación será conforme al modelo adjunto a esta convocatoria. 

 

Los interesados deberán presentar su solicitud a través de Registro General de la Universidad de Sevilla, sito en la c/ San Fernando, nº 4, en el Registro General Auxiliar del Pabellón de Brasil de esta Universidad, sito en el Paseo de las Delicias, s/n; o por cualquiera de las formas establecidas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

La solicitud de participación también podrá presentarse a través de la Sede Electrónica. 

 

La Convocatoria que ahora se elabora con carácter de abierta durante todo el año 2019, tendrá efectividad a partir del 1 de enero, de acuerdo a las previsiones de plazos que se recogen en el cuadro que sigue:

 

EDICIONES

PERIODO DE TRAMITACIÓN

1ª EDICIÓN

Del 1 de enero al 31 de marzo de 2019

2 ª EDICIÓN

Del 1 de abril al 30 de junio de 2019

3ª EDICIÓN

Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2019

4ª EDICIÓN

Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2019

 

Las diferentes Ediciones hacen referencia a la tramitación de las ayudas solicitadas en ese periodo, no obstante, se podrán presentar las solicitudes en cualquier fecha a lo largo del año que tiene vigencia esta Convocatoria.

 

4. Procedimiento a seguir para la presentación de la documentación.

 

Se establecen dos opciones: 

 

1. A través del Registro General o Auxiliar de esta Universidad; o por cualquiera de las formas establecidas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, adjuntando a la solicitud, la documentación requerida.

 

2. A través de la Sede Electrónica adjuntando la documentación escaneada en formato pdf, a excepción de las facturas de gastos ocasionados, que deberán ser originales y presentadas obligatoriamente a través de Registro. 

 

5. Criterios de adjudicación. 

 

Las adjudicaciones se resolverán en función de las ayudas solicitadas y la situación socio-económica familiar del solicitante y la asignación será inversamente proporcional a la renta per cápita de la unidad familiar (RPC).

 

A los efectos que deban producirse, el concepto y régimen de aplicación de RPC, será el que determine la Resolución de la Universidad de Sevilla de fecha 29 de octubre de 2018, por la que se publica la Convocatoria General de Acción Social a favor del Personal de la Universidad de Sevilla.

 

Para aquellos trabajadores que manifiesten recibir otro tipo de ayuda para sí o cualquiera de sus beneficiarios, quedará sujeta la concesión de la misma a la disponibilidad económica, y será la Comisión de Valoración la que determine la cuantía de la ayuda a percibir.

 

6. Cuantía máxima de la ayuda.

 

El porcentaje de la ayuda a percibir por el trabajador según el nivel de RPC, es el siguiente:

 

CON CARÁCTER GENERAL

 

RENTA PER CÁPITA

% SOBRE GASTO CONTRAÍDO

TOPE MÁXIMO A PERCIBIR

Hasta 5.000 €/año

90%

Límite a determinar

De 5.001 a 7.000 €/año

80%

Límite a determinar

De 7.001 a 10.000 €/año

70%

1.700 €

De 10.001 a 15.000 €/año

60%

1.500 €

De 15.001 a 21.000 €/año

50%

1.300 €

Más de 21.001 €/año

40%

1.200 €

 

PARA LAS AYUDAS DE APOYO A LA INTEGRACIÓN SOCIO-LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

RENTA PER CÁPITA

Trabajadores y cónyuges/ parejas de hecho*

-Hijos con discapacidad del 33% al 40%

Hijos con discapacidad del

41% al 64%

Hijos con discapacidad superior al 65%

Hasta 7000€/año

90% sobre el gasto contraído

De 7.001 a 10.000 €/año

75% sobre el gasto contraído

85% sobre el gasto contraído

80% sobre el gasto contraído

De 10.001 a 15.000 €/año

60% sobre el gasto contraído

70% sobre el gasto contraído

65% sobre el gasto contraído

De 15.001 a 21.000 €/año

50% sobre el gasto contraído

60% sobre el gasto contraído

55% sobre el gasto contraído

Más de 21.001 €/año

40% sobre el gasto contraído

50% sobre el gasto contraído

45% sobre el gasto contraído

* Cualquiera que sea el grado de discapacidad

 

PARA LA AYUDA DE DISCAPACIDAD

 

RENTA PER CÁPITA

Trabajadores, cónyuges/parejas de hecho

e hijos con discapacidad >=33%

< 10.001 €/año

500 €

>10.000 €/año

300 €

 

 

La modalidad de ayuda de DISCAPACIDAD será incompatible con el resto de modalidades contempladas en el Tipo de Ayudas para el Apoyo a la Integración Socio-laboral de personas con discapacidad, a excepción de los trabajadores con una renta inferior a 12.000 € cuyo hijo tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 64% y que acrediten no tener derecho a una prestación no contributiva. 

 

Se establece para los trabajadores e hijos con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% que participen en cualquiera de las modalidades de ayuda para el Apoyo a la Integración Socio- Laboral de personas con discapacidad un tope máximo de 2.000€, a excepción de:

 

- Los que soliciten únicamente la modalidad de DISCAPACIDAD.

 

- Los que habiendo solicitado ayuda para el Apoyo a la Integración, la cuantía a recibir sea menor de 500€ y la RPC inferior a 10.001€ y cuando la cuantía a recibir sea menor de 300€ y la RPC superior a 10.000€.

 

- Los que acrediten una RPC inferior a 7.000€, que tendrán un límite a determinar por la Comisión de Valoración, en razón de las circunstancias socioeconómicas y familiares.

 

En todo caso, los importes percibidos por algunos de los tipos de ayuda contemplados en esta convocatoria, sumados a los importes de ayuda de cualquiera de las convocatorias que en materia de Acción Social convoca la Universidad de Sevilla, exceptuando los que hubiera lugar de aplicar como beneficio indirecto por la compensación/devolución de matrícula universitaria, no podrán ser superiores a 2.000 €, de acuerdo a lo que dispone el Plan de Acción Social en vigor, salvo los solicitantes que acrediten una renta inferior a 7.000€ y las de Atención con Carácter Excepcional. 

 

Excepcionalmente podrá superarse la cuantía máxima establecida para la atención de situaciones de Emergencia Social que afecten al solicitante y en razón de las circunstancias personales, familiares, económicas o de otra índole, debidamente acreditadas. Estos casos serán resueltos por la Comisión de Valoración a propuesta razonada de los informes técnicos emitidos que procedan.

 

7. Resolución. 

 

A la vista de las solicitudes presentadas, se procederá a la revisión y grabación de los datos.

 

Finalizado dicho proceso se procederá a publicar en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla y en la intranet de la Página Web de Recursos Humanos/Acción Social, mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos relación provisional de admitidos, excluidos y pendientes de documentación. 

 

Contra la misma podrán los interesados presentar reclamaciones y aportar documentación subsanatoria en el plazo de DIEZ días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución. Transcurrido dicho plazo, y disponiendo de todos los datos y asignados los importes, se publicará en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla y en la Página Web de RRHH, Acción Social, mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, relación definitiva de admitidos y excluidos. 

 

Contra dicha Resolución, los interesados podrán interponer recurso de Alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en el art. 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

8. Comisión de valoración.

 

Actuará a los efectos que se indican y como Comisión de Valoración, la Subcomisión Técnica de Acción Social, que estará formada por ocho miembros, garantizándose la representación paritaria de trabajadores y Administración Universitaria (uno de éstos, miembro del Servicio de Acción Social, ejercerá como Secretario). De no poder actuar los miembros titulares se dispondrá un suplente por cada uno de ellos.

 

Competencias:

 

- Impartir instrucciones y criterios de valoración y supervisar la comprobación de los requisitos de los solicitantes, determinar los beneficiarios y las cuantías de las Ayudas e informar las reclamaciones que se presenten en el transcurso del proceso de adjudicación de ayudas.

 

- Incorporar los presupuestos no ejecutados provenientes de convocatorias similares anteriores.

 

- Acordar, con carácter excepcional, la compensación de ayudas indebidamente percibidas, así como la fórmula de devolución, pudiendo establecer la imposibilidad de percibir cualquier otra Ayuda de Acción Social en el plazo de dos años.

 

9. Incompatibilidad.

 

Las ayudas contempladas en esta Convocatoria serán incompatibles con otras ayudas de similares características que tengan cobertura en otras Convocatorias de Acción Social de la Universidad de Sevilla o de otras Entidades Públicas o Privadas otorgadas por el mismo concepto o de análoga naturaleza, mismo periodo y misma finalidad.

 

Las modalidades que integran las ayudas de apoyo para la Integración Socio-laboral de personas con discapacidad no serán incompatibles con las prestaciones familiares no contributivas.

 

10. Recursos. 

 

Contra la presente Resolución, podrá interponerse por los interesados alternativamente:

 

1. Recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla.

 

2. Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses según dispone el art. 46, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá interponerse por el interesado el recurso Contencioso-Administrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquél, al amparo de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

11. Protección de datos.

 

De conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de las solicitudes se incorporarán a los ficheros de Universitas XXI-Recursos Humanos, cuya finalidad es la gestión económico administrativa del personal de la Universidad, inscrito en los Registros de Ficheros de Datos Personales de la Agencia Española de Protección de Datos, los cuales podrán ser cedidos en las situaciones prevista por la Ley. El órgano responsable del fichero es Acción Social y los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Gabinete Jurídico de la Universidad de Sevilla.

 

En cumplimiento de la Ley de Protección de Datos y de acuerdo al artículo 4.5 del Reglamento General de Protección de Datos la relación de admitidos, excluidos y pendientes de documentación estará identificada por el número de solicitud que se le haya asignado en esta convocatoria.

 

12. Eliminación de archivos.

 

Se informa a los participantes en esta convocatoria que la documentación presentada junto con su solicitud de participación en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 8 de febrero de 2002 permanecerá en los Archivos de la Universidad durante un periodo máximo de cinco años, y que pasado dicho plazo serán eliminados por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado el procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.

 

13. Género gramatical.

 

Todas las referencias a personas, colectivos o cargos en esta Resolución figuran en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

 

Sevilla, 14 de febrero de 2019.

 

EL Rector,

 

Miguel Ángel Castro Arroyo.

 

TIPOS DE AYUDAS

 

1. Apoyo para la integración socio-laboral de personas con discapacidad, congénitas o adquiridas, siempre y cuando tengan reconocida condición legal de discapacidad, pudiéndose equiparar a ésta otras situaciones de características similares.

 

Las modalidades a subvencionar son:

 

1.1. Estimulación precoz.

 

1.2. Recuperación médico-funcional: rehabilitación física y psíquica, fisioterapia, psicomotricidad, terapia del lenguaje, tratamiento psicoterapéutico.

 

1.3. Tratamientos o pruebas específicas asociadas a la discapacidad del beneficiario de la ayuda.

 

1.4. Asistencia en instituciones o centros específicos, en función de la situación particular.

 

1.5. Aparatología de adaptación

 

1.6. Adaptación funcional del hogar, incluida la eliminación de barreras arquitectónicas.

 

1.7. Adaptación de vehículos de motor para personas con movilidad reducida

 

1.8. Discapacidad. Destinados a atender las situaciones que presenten por esta condición los empleados de la Universidad, así como su cónyuge/pareja de hecho y descendientes que dependan económicamente del trabajador/a.

 

2. Rehabilitación socio-laboral de drogodependencias y adicciones.

 

Las modalidades a subvencionar son: 

 

2.1. Subvenciones a la participación en centros terapéuticos concertados y en su defecto, privados.

 

2.2. Tratamiento para la deshabituación al tabaco. sólo se podrá solicitar una vez cada 3 años por beneficiario.

 

3. Situaciones de especial necesidad que surjan de forma imprevista e inesperada, que hayan agotado otras vías de ayudas establecidas o no se contemplen en ellas, y cuyo hecho causante se haya producido en 2019.

 

Las modalidades a subvencionar son: 

 

3.1. Contingencias familiares y situaciones sobrevenidas.

 

3.2. Subvención en adopciones, para informes técnicos psicosociales previos a la adopción o posteriores si consta suscrito expresamente en su contrato, traslado y/o estancia en países extranjeros. 

 

3.3. Estudio y tratamiento de reproduccion asistida.

 

DOCUMENTACIÓN Y PROCEDIMIENTO

 

DOCUMENTACIÓN GENERAL.

 

a. Fotocopia del Libro de Familia (solo aquellos que no lo hayan presentado con anterioridad o hubieran sufrido alguna modificación).

 

b. Las parejas de hecho se acreditarán mediante certificado de su inscripción en el registro oficial de parejas de hecho dentro del territorio nacional y según lo establecido en la normativa que lo regule. 

 

c. Copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2017, tanto del solicitante como de todos los miembros que integren su unidad familiar obligados a declarar. 

 

De no disponer de este documento o no estar obligado a declarar, deberá autorizar a la Universidad de Sevilla a fin de que solicite los datos fiscales directamente a la Agencia Tributaria, utilizando para ello el modelo adjunto a esta convocatoria, Anexo I (Autorización Datos Fiscales), que deberá estar firmado, obligatoriamente, por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.

 

El interesado podrá optar por no facilitar la documentación fiscal. En este caso, se le computará el máximo de renta a todos los efectos y no se considerarán como beneficiarios los hijos mayores de 18 años (si no han demostrado la dependencia económica y convivencia), ni los hijos menores de 27 años de trabajadores separados, si no se ha acreditado su dependencia económica.

 

d. Certificado de la pensión del/los ascendiente/es u otros miembros de la unidad familiar, correspondiente al año 2017, si alega ser miembro de la misma unidad familiar.

 

e. Certificado de empadronamiento colectivo para todos los miembros que conformen la unidad familiar mayores de 18 años y que no consten en la Declaración de la Renta del trabajador o cónyuge/pareja de hecho o que hayan presentado Anexo I.

 

Si la documentación relacionada anteriormente ya se aportó en la Convocatoria General de Acción Social a favor del Personal de la Universidad de Sevilla, publicada por Resolución de fecha 29 de octubre de 2018 y fue debidamente aceptada, el interesado no estará obligado a volver a presentar dicha información, debiendo hacer constar tal extremo en su solicitud. 

 

f. Facturas oficiales, originales y expedidas en territorio español de los gastos contraídos en los periodos que se establecen en el calendario del tipo de ayuda que solicita. 

 

Las facturas expedidas por el facultativo o establecimiento especializado deberán reunir todos los requisitos legales establecidos: 

 

- Número de factura

 

- Fecha de su expedición

 

- Nombre y apellidos, razón o denominación social completa del que expida la factura.

 

- NIF, tanto del que expida la factura como del destinatario.

 

- Detalle de los gastos por conceptos, su importe y el tipo de imposición si hubiere lugar.

 

g. Cualquier otra documentación complementaria acreditativa de otros extremos que se consideren necesarios.

 

Serán desechados todos aquellos documentos tachados, corregidos o que presenten signos de manipulación injustificada.

 

La ocultación de datos o la falsedad en la documentación aportada dará lugar a la denegación de la ayuda solicitada o pérdida de la concedida, con la devolución, en este último caso, de la cantidad percibida, con independencia de las responsabilidades administrativas que procedan. 

 

La percepción indebida de cualquiera de los tipos de ayudas aquí reguladas, implicará la devolución inmediata de las cantidades abonadas, siendo la Comisión de Valoración la que determine la penalización correspondiente, así como la fórmula de devolución.

 

En cualquier caso, el abono de la cantidad solicitada estará sujeto a la disponibilidad económica de cada periodo, de las condiciones del tratamiento a subvencionar y de la situación socioeconómica y familiar del solicitante.

 

La información facilitada en virtud de los documentos citados, sólo podrá ser utilizada para el fin previsto en las presentes Bases. Las personas que tengan acceso a la misma, por participar en el proceso de concesión de ayudas, deberán observar sigilo en los mismos términos que los funcionarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 53 apartado 12.

 

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA SEGÚN EL TIPO DE AYUDA.

 

En cada tipo de ayuda se señala la documentación necesaria a presentar.

 

1. Apoyo para la integración social y/o laboral de discapacidades.

 

A la DOCUMENTACIÓN GENERAL, se deberá adjuntar la siguiente DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:

 

- Certificado de Discapacidad actualizado o copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad (igual o superior al 33 %).

 

- Informe del profesional o Prescripción facultativa que acredite o justifique en parte una presunta limitación, y la necesidad de atender su petición por cuanto la discapacidad está relacionada con su petición.

 

- Certificado de pensión o certificado de pensión negativo, correspondiente al año 2019, para los casos en que el beneficiario sea el cónyuge/pareja de hecho. 

 

- Declaración Responsable que deberá cumplimentar y adjuntar a su solicitud en cada una de las ediciones en las que participe. (Solo para las modalidades contempladas en los puntos 1.1, 1.2, 1.3 y 1.4.). Anexo II adjunto a esta convocatoria

 

Otra DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA para las siguientes modalidades:

 

1.6. Adaptación funcional del hogar, incluida la eliminación de barreras arquitectónicas.

 

- Declaración responsable donde se explique la adaptación a realizar, las necesidades que las motivan y gastos a subvencionar.

 

- Certificado de no percibir ayuda similar por este concepto en cualquier otra Administración Pública.

 

1.7. Adaptación de vehículos de motor para personas con movilidad reducida.

 

- Fotocopia del permiso de conducir adecuado al tipo de vehículo que se pretende adquirir o adaptar. 

 

- Declaración responsable que garantice que el vehículo se usará para uso personal y privado.

 

2. Rehabilitación socio-laboral de drogodependencias y adicciones.

 

A la DOCUMENTACIÓN GENERAL, se deberá adjuntar la siguiente DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:

 

- Certificado acreditativo del profesional especializado y encargado de su rehabilitación que aconseje el tratamiento, con informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla, si procede.

 

- Informe del Centro Terapéutico donde conste, entre otros datos, el importe a subvencionar. 

 

3. Situaciones de especial necesidad.

 

A la DOCUMENTACIÓN GENERAL, se deberá adjuntar la siguiente DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:

 

- Documentación que justifique la necesidad, así como, otra documentación que el solicitante considere oportuna para un más completo y mejor conocimiento de la situación o contingencia de la necesidad a sufragar en parte.

 

- Informe, si procede, del responsable del Servicio de Acción Social de la Universidad de Sevilla u otros informes técnicos que serán incorporados de oficio en los expedientes que procedan. 

 

La no presentación de documentación justificativa exigida en esta convocatoria o requerida por los servicios administrativos a efectos comprobatorios o complementarios, implicará la denegación de la ayuda (si el beneficiario es el solicitante o cónyuge/pareja de hecho) o la no consideración de las circunstancias del beneficiario a efectos de concesión de ayudas.

 

A efectos comprobatorios de los datos aportados, la Administración Universitaria podrá dirigirse a otros organismos administrativos, empresas privadas y profesionales particulares, demandando confirmación de circunstancias alegadas o información complementaria. 

 

ANEXO I 

 

MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, RELATIVOS AL NIVEL DE RENTA (IRPF).

 

La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n a la Universidad de Sevilla a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información de naturaleza tributaria para el reconocimiento, seguimiento y control de las ayudas de carácter social, siendo beneficiario o posible beneficiario, la persona que figura en el apartado A de la presente autorización.

 

La presente autorización se otorga a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de la subvención y/o ayuda mencionada anteriormente y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1998 de 9 de diciembre, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones.

 

INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEL EJERCICIO 2017.

 

A.- DATOS DEL SOLICITANTE DE LA AYUDA DETALLADA QUE OTORGA LA AUTORIZACIÓN.

 

APELLIDOS Y NOMBRE: 

 

NIF:                                                         FIRMA

 

 

B.- DATOS DE LOS RESTANTES MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR DEL SOLICITANTE DE LA AYUDA DETALLADA, QUE TAMBIÉN OTORGAN SU AUTORIZACIÓN.

 

(Sólo mayores de 18 años)

 

PARENTESCO CON EL SOLICITANTE    NOMBRE Y APELLIDOS                  NIF                           FIRMA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sevilla, a    de             de  

 

NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

 

De conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de las solicitudes se incorporarán a los ficheros de Universitas XXI-Recursos Humanos, cuya finalidad es la gestión económico administrativa del personal de la Universidad, inscrito en los Registros de Ficheros de Datos Personales de la Agencia Española de Protección de Datos, los cuales podrán ser cedidos en las situaciones prevista por la Ley. El órgano responsable del fichero es Acción Social y los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el gabinete jurídico de la Universidad de Sevilla.

 

 

ANEXO II

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE

 

D./Dª……………………………….…………………………….................................................... con DNI …………….......................

 

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE:

 

 

☐SÍ HE SOLICITADO  ☐NO HE SOLICITADO otra ayuda de otro Organismo, Empresa o Entidad pública o privada, por los mismos hechos para mí o alguno de mis beneficiarios.

 

 

☐SÍ HE RECIBIDO  ☐ NO HE RECIBIDO otra ayuda de otro Organismo, Empresa o Entidad pública o privada, por los mismos hechos para mí o alguno de mis beneficiarios. 

 

 

De responder afirmativamente a cualquiera de las cuestiones planteadas, deberá cumplimentar el siguiente formulario:

 

NOMBRE Y APELLIDOS 

DEL BENEFICIARIO            PARENTESCO           CUANTÍA DE LA AYUDA           ORGAMISMO QUE LA OTORGA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

AUTORIZO al Servicio de Acción Social a que pueda solicitar información al Organismo correspondiente sobre el estado de mi solicitud o ayuda concedida.

 

 

Asimismo, ME COMPROMETO, en el supuesto de recibir notificación de la concesión de la ayuda a que hago referencia en este documento, a comunicarlo al Servicio de Acción Social para su conocimiento y a los efectos oportunos.

 

 

 

Sevilla, a       de             de  

 

 

 

 

Fdo.: 

 

 

 

AÑO 2019

SOLICITUD DE AYUDA ASISTENCIAL

Y SITUACIONES DE ESPECIAL NECESIDAD

 

1. DATOS PERSONALES Y LABORALES DEL SOLICITANTE

 

APELLIDOS                                                           NOMBRE                      NIF

 

DOMICILIO                                                           LOCALIDAD                  ANTIGÜEDAD (en años)

 

IBERCOM                 TELÉFONO                   MOVIL                          E-MAIL

 

CATEGORÍA/ESCALA (1)                 DESTINO                                            DEDICACIÓN T. Completo [ ]

 

                                                                                                                                T. Parcial    [ ]

 

 

 

2. DATOS DE}L/LOS BENEFICIARIO/S  (2) :

 

APELLIDOS Y NOMBRE (2)                        PARENTESCO  (3) FECHA DE NACIMIENTO DISCAPACIDAD RECONOCIDA > ó = 33%

 

                                                                                                    SÍ [ ] %[   ] NO [ ]

 

                                                                                                    SÍ [ ] %[   ] NO [ ]

 

 

 

3. DATOS FAMILIARES

 

Nº HIJOS   ESTADO CIVIL: SOLTERO/A [   ] PAREJA DE HECHO  [  ] CASADO/A  [ ] SEPARADO/A/DIVOCIADO/A [   ] OTROS

 

APELLIDOS Y NOMBRE DEL CÓNYUGE O PAREJA DE HECHO:

 

SITUACIÓN LABORAL:

 

 

 

 

4. REGIMEN ASISTENCIAL(4):

 

 

 

5. MODALIDAD DE PRESTACIÓN QUE SOLICITA (5)

 

APOYO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y/O LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

    [ ]  ESTIMULACIÓN PRECOZ. 

 

    [ ]  RECUPERACIÓN MÉDICO-FUNCIONAL.

 

    [ ]  TRATAMIENTOS O PRUEBAS ASOCIADAS A LA DISCAPACIDAD

 

    [ ]  ASISTENCIA EN INSTITUCIONES O CENTROS ESPECÍFICOS.

 

    [ ]  APARATOLOGÍA DE ADAPTACIÓN.

 

    [ ]  ADAPTACIÓN FUNCIONAL DEL HOGAR.

 

    [ ]  ADAPTACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR. [ ] 

 

 DISCAPACIDAD  ( 300€ o 500€)

 

 REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS Y ADICCIONES

 

  [ ]  PARTICIPACIÓN COMUNIDADES TERAPÉUTICAS 

 

  [ ]  DESHABITUACIÓN DEL TABACO

 

SITUACIONES DE ESPECIAL NECESIDAD

 

  [ ] CONTINGENCIAS FAMILIARES Y SITUACIONES SOBREVENIDAS

 

  [ ] SUBVENCIÓN EN ADOPCIONES

 

  [ ] ESTUDIO Y TRATAMIENTO DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA

 

 

 

6. PERIODO EN EL QUE SOLICITA AYUDA

 

1ª EDICIÓN [ ]  Ene-Mar 2019 2ª EDICIÓN [ ]  Abr-Jun 2019 3ª EDICIÓN [ ] Jul-Sep. 2019 4ª EDICIÓN [ ] Oct.-Dic. 2019

 

 

DOCUMENTACIÓN QUE APORTA:

 

    [ ] FOTOCOPIA DEL CERTIFICADO DE  RECONOCIMIENTO DE DISCAPACIDAD ACTUALIZADO (MÍNIMO 33%).

 

    [ ] DATOS FISCALES DE LA UNIDAD FAMILIAR DEL AÑO 2017

 

    [ ] DECLARACIÓN RESPONSABLE.

 

    [ ] INFORME DEL PROFESIONAL QUE ACREDITE LA NECESIDAD DEL TRATAMIENTO A SEGUIR.

 

    [ ] FACTURA ORIGINAL DE LOS GASTOS CUYA SUBVENCIÓN SE  SOLICITA.

 

    [ ] OTRA DOCUMENTACIÓN  ACREDITATIVA DE  LA PETICIÓN QUE  SE  SOLICITA.

 

 

 

7. OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE

  

DECLARO que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud así como la documentación que se aporta y la situación planteada, aceptando en su totalidad las condiciones establecidas en las Bases de la Convocatoria.

 

 

 

(1)(2)(3)(4)(5)

VER DORSO                        Sevilla, a                  de                  de 2019

 

                                                                   FIRMA DEL SOLICITANTE

 

 

 

 

 

 

 

                                                                   Fdo.:

 

 

 

Para la tramitación de la ayuda es necesario marcar el siguiente cuadro:  ☐ He leído y Acepto la Cláusula Informativa 

 

 

 

CLAUSULA INFORMATIVA DIRIGIDA A LOS INTERESADOS EN APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA REGULADO EN EL RGPD.

 

Información básica sobre Protección de Datos.

 

1. Responsable del tratamiento: UNIVERSIDAD DE SEVILLA

 

2. Finalidad del tratamiento: Hacer efectiva la aplicación del Fondo de Acción Social a través de las distintas modalidades de ayuda contempladas en el Plan acordado por la US, en orden a mejorar las condiciones educativas, sanitarias, asistenciales y sociales de los empleados y sus familias y, en general, a promover su bienestar social.

 

3. Legitimación: Cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Consentimiento expreso, en su caso.

 

4. Destinatarios de cesiones o transferencias: No hay.

 

5. Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar, suprimir y a la portabilidad de los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.

 

6. Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el siguiente enlace  Información detallada

 

 

INSTRUCCIONES GENERALES

 

A. ANTES DE PRESENTAR SU SOLICITUD, POR FAVOR, REVISE QUE TODOS LOS DATOS REQUERIDOS ESTÉN DEBIDAMENTE CONSIGNADOS, ESTO EVITARÁ RETRASOS EN LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE Y OTRAS SITUACIONES NO DESEABLES.

 

B. HABRÁ DE PRESENTAR SU SOLICITUD EN EL REGISTRO GENERAL DE ESTA UNIVERSIDAD ANTES DEL FIN DEL PLAZO QUE SE INDICA EN LA CONVOCATORIA, DICHO PLAZO ES IMPRORROGABLE.

 

C. ESPECIAL CUIDADO Y ATENCIÓN DEBERÁ MOSTRAR EN LA CONTESTACIÓN A LAS CUESTIONES QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN, PUES CASO CONTRARIO PUEDE SIGNIFICAR LA EXCLUSIÓN DEL PROCESO.

 

(1) Indique su categoría profesional según la siguiente relación. Este dato es muy importante por lo que se ruega su cumplimentación.

 

- PAS FUNCIONARIO

 

- PAS LABORAL

 

- FUNCIONARIO DOCENTE

 

- PERSONAL CONTRATADO DOCENTE

 

- PERSONAL LABORAL DOCENTE

 

- PERSONAL CONTRATADO PAS

 

- LABORAL DE INVESTIGACIÓN

 

(2) Si la ayuda es para el solicitante ponga EL MISMO. 

 

(3) Anote el parentesco con el solicitante (cónyuge, hijo, etc...).

 

(4) Si el solicitante, cónyuge o beneficiario están acogidos a un Régimen asistencial distinto al General de la Seguridad Social, ha de señalarlo en este apartado (MUFACE, u otros)

 

(5) Habrá de indicar el supuesto que dé lugar a la petición. Utilice para ello algunas de las modalidades que se indican en el recuadro. De no existir ningún apartado que se adecue al motivo de su solicitud, indique sucintamente el contenido de su petición con la máxima claridad.

 

D. ESTAS INSTRUCCIONES TIENEN SÓLO CARÁCTER INFORMATIVO. SOLO SERÁN VÁLIDAS LAS DISPOSICIONES REGULADAS EN LA CONVOCATORIA EN LA CUAL ENCONTRARÁ EL RESTO DE REQUISITOS Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN. CUALQUIER DUDA  PODRÁ SOLVENTARLA EN EL SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL. TELÉFONO 954486572-73.

 

La inexactitud o falsedad en cualquier documento incorporado a la solicitud así como la no presentación de las facturas originales, determinará la imposibilidad de continuar con la tramitación de la solicitud, procediéndose la anulación de las ayudas en el caso de que estas ya hubieran sido adjudicadas, obligando al reintegro del importe percibido en su caso, y penalizando su participación, durante un año, en todas las convocatorias de ayudas de acción social, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.