Resolución Rectoral, de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas académicas, materiales y de personal en relación con la evolución del COVID-19.

Tras la reunión de los Rectores y Rectoras de las Universidades Andaluzas con los Consejeros de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad y de Salud de la Junta de Andalucía, celebrada en el día de ayer, 12 de marzo de 2020, así como la celebración del Consejo de Gobierno posterior:

Este Rectorado, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con los principios inspiradores de la autonomía universitaria, reconocida en el artículo 27 de la Constitución Española y desarrollados en el artículo 2 de la citada Ley Orgánica 6/2001, así como en el Estatuto de la Universidad de Sevilla,

 

ACUERDA

1. Suspender toda actividad docente presencial, sea de títulos universitarios oficiales o sea de otros títulos o enseñanzas no oficiales, en el ámbito de la Universidad de Sevilla.
 
2. Facilitar el uso de los recursos informáticos disponibles en la Universidad de Sevilla para que, en la medida de lo posible, se pueda continuar el desarrollo de las actividades docentes a distancia, atendiendo a las particularidades de cada titulación.
 

3. Suspender la totalidad de cursos, jornadas y congresos programadas en las instalaciones de la Universidad de Sevilla.

4. Suspender las actividades asociadas a prácticas curriculares y extracurriculares, así como actividades asociadas al disfrute de becas de formación de estudiantes de grado y máster, desarrolladas dentro de las instalaciones de la Universidad de Sevilla. 

Aquellas actividades que se lleven a cabo fuera de las instalaciones de la Universidad de Sevilla se podrán mantener en función de la decisión de la entidad externa.

5. En cuanto al personal de administración y servicios, facultar a la Gerencia/Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla para que se dicten instrucciones y medidas que fomenten sistemas de teletrabajo en aquellos casos en que sea posible y se establezcan turnos rotatorios compatibles con el funcionamiento de los servicios de la Universidad, así como las medidas precisas para la conciliación de la vida familiar y laboral.

6.Recomendar al personal docente y al personal de administración y servicios la utilización de videoconferencias, como mecanismo de celebración de las reuniones que resulten necesarias para el desempeño de sus funciones.

7. Suspender la expedición de licencias y comisiones de servicios, autorizaciones de estancias y autorizaciones de desplazamientos fuera de la Universidad de Sevilla por motivos laborales. Incluyendo las comisiones para participar en tribunales de oposiciones, concursos y defensas de tesis doctorales. Así mismo quedan suspendidas aquellas que hayan sido autorizadas antes de la fecha de hoy y cuya fecha de inicio sea posterior de periodo expresado en el punto 11.

8. Ordenar el cierre temporal de las instalaciones de Bibliotecas y salas de estudio de la Universidad de Sevilla, sin perjuicio de que el personal, que se estime necesario, siga prestando servicios en las mismas.

9. Ordenar el cierre temporal de las instalaciones deportivas de la Universidad de Sevilla y la suspensión de las actividades deportivas organizadas por la propia Universidad. Así como todas las actividades culturales programadas en las instalaciones de la Universidad de Sevilla.

10. Suspender temporalmente las visitas turísticas organizadas y el acceso de turistas a las dependencias de la Universidad de Sevilla.

11. Las medidas acordadas en la presente resolución entrarán en vigor a partir del día 16 de marzo de 2020 y se mantendrán hasta el 30 de marzo, sin perjuicio de posibles ampliaciones posteriores. 

12. En el transcurso de este periodo excepcional se analizará la conveniencia de modificación del calendario académico 2019-2020.

13. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y su difusión a toda la comunidad universitaria.

Se dictarán las instrucciones complementarias que se consideren necesarias para el desarrollo de esta Resolución Rectoral y las aclaraciones que en su caso deban dictarse serán competencia de la Comisión de seguimiento de la evolución del virus COVID-19.

Sevilla, 13 de marzo de 2020.

El Rector,

Miguel Ángel Castro Arroyo.