Acuerdo 3.2/JEG 21-2-20, por la que la Junta Electoral General realiza unas recomendaciones en relación con los procedimientos de elección a los órganos de representación de los estudiantes.

Acuerdo 3.2/JEG 21-2-20, por el que se conviene, por asentimiento, como recomendación general lo siguiente:

1. Recordar encarecidamente al CADUS la improrrogable necesidad de llevar a cabo el desarrollo del artículo 105.4 del Estatuto de la Universidad de Sevilla mediante la elaboración de una normativa reguladora de los procedimientos de elección a los órganos de representación de los estudiantes que sustituya al vigente REREUS de 1998.

2. Recomendar a las Delegaciones de Centro, salvaguardando siempre su competencia relativa a la convocatoria de elecciones y al calendario electoral, la conveniencia de que consulten con la Comisión Electoral del CADUS en relación con la elaboración de los calendarios electorales.