Acuerdo 7.4.2/CG. 6-5-16, por el que se establece el criterio en el orden de selección para la  dotación de las plazas de los Cuerpos docentes, tanto para la promoción interna como para la  afectada por la tasa de reposición.
Núm. 3/2016, de 19 de mayo  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES  
I.2. Consejo de Gobierno  
Acuerdo 7.4.2/CG. 6-5-16, por el que se establece el criterio en el orden de selección para la  
dotación de las plazas de los Cuerpos docentes, tanto para la promoción interna como para la  
afectada por la tasa de reposición.  
Acuerdo 7.4.2/CG. 6-5-16, por el que previo informe favorable de la Comisión Académica y a propuesta  
de ésta, se establece, por 34 votos a favor, ningún voto en contra y cinco abstenciones, el siguiente  
criterio en el orden de selección para la dotación de las plazas de los Cuerpos docentes, tanto para la  
promoción interna como para la afectada por la tasa de reposición:  
En primer lugar, se dará cumplimiento a las plazas aprobadas en el Consejo de Gobierno de 25 de julio  
de 2012 para las que aún no se ha procedido a su convocatoria pública; en segundo lugar se tendrá en  
cuenta la fecha de acreditación del candidato que da origen a la solicitud; en tercer lugar la antigüedad  
en la categoría y, finalmente, la antigüedad en la Universidad de Sevilla si fuera necesario.  
Por último, en caso de que el adjudicatario resultante del concurso en alguna de las convocatorias  
públicas sea distinto del candidato que dio origen a la plaza, no se podrá presentar nueva solicitud  
hasta el año siguiente al de la OEP, para lo que se tendría en cuenta la fecha de resolución de dicho  
concurso en lugar de la fecha de acreditación del solicitante de cara a determinar el orden de selección.  
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