Acuerdo 10.1/CG 22-7-08, por el que se aprueba el  IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla.
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BOUS núm. 2, de 1 de octubre de 2.008  
II.Dotación de recursos humanos para la investigación.  
II.1. Becas predoctorales o de Personal Investigador en  
Formación (PIF).  
II. 2. Becas de Personal Investigador en Formación en  
áreas con necesidades docentes.  
II.3. Dotación de Plazas de Ayudantes en los  
Departamentos.  
II.4. Becas de iniciación a la investigación para  
estudiantes de la Universidad de Sevilla.  
II.5. Ayudas para movilidad de Ayudantes y Ayudantes  
Doctores.  
I.  
DISPOSICIONES  
Y
ACUERDOS  
GENERALES  
I.2. Consejo de Gobierno.  
II. 6. Ayudas para movilidad de personal dedicado a la  
investigación.  
II.7. Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo  
a la investigación.  
Acuerdo 10.1/CG 22-7-08, por el que se aprueba el  
IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de  
Sevilla.  
II.8. Licencias anuales para investigación.  
ACUERDO10.1/CG22-7-08, porelque, deconformidad  
con el artículo 13.1.g) del EUS, previo informe favorable  
de la Comisión de Investigación y a propuesta de ésta, se  
conviene por asentimiento la aprobación del IV Plan  
Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla en  
los términos del documento que se anexa.  
III.Divulgación y difusión de la investigación científica.  
III.1. Subvenciones para la realización de congresos y  
reuniones científicas.  
III.2. Ayudas para la publicación de trabajos de  
divulgación científica.  
III.3. Ayudas para actividades de divulgación científica.  
III.4. Ayudas a la promoción de patentes.  
III.5. Premio Universidad de Sevilla a la divulgación  
científica.  
ANEXO  
IV PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN (2008-  
2011)  
III.6. Premios FAMA-Universidad de Sevilla a la  
trayectoria investigadora.  
PRESENTACIÓN  
IV PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN:  
OBJETIVOS Y ÁMBITO TEMPORAL  
LÍNEAS ESTRATÉGICAS DEL IV PLAN DE  
INVESTIGACIÓN  
FINANCIACIÓN.  
DISPOSICIÓN FINAL  
PRESENTACIÓN  
I.Ayudas a la Investigación.  
Con el IV Plan Propio, la Comisión de Investigación  
de la Universidad de Sevilla pone a disposición de su  
Personal Docente e Investigador un instrumento para el  
fomento de la investigación con el que pretende:  
I.1. Ayudas a Departamentos para atender gastos de  
funcionamiento de sus Grupos de Investigación.  
I.2. Ayudas a Institutos de Investigación para atender  
gastos de funcionamiento.  
I.3. Ayudas para la elaboración y presentación de  
proyectos de convocatorias públicas de I+D+I.  
I.4. Ayuda suplementaria a Grupos de Investigación por  
el cumplimiento del Contrato-Programa que se establece  
entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y  
la Universidad de Sevilla para la financiación anual de  
esta última.  
I.5. Ayudas a la extensión internacional de patentes por  
procedimiento PCT y a la entrada en fases nacionales.  
I.6. Incubación de Empresas de Base Tecnológica  
en espacios de Servicios y Grandes Instalaciones de  
Investigación.  
a) Apoyar las iniciativas y la labor de investigación del  
Personal Docente e Investigador de la Universidad, bien  
entendido que ese apoyo no supone la sustitución de los  
planes autonómicos, nacionales o internacionales de  
investigación.  
b) Contribuir a crear la cultura de investigación allí  
donde no la hay o su estructura es débil.  
c) Facilitar el inicio de la tarea investigadora.  
d) Premiar la investigación que se realiza, en cuanto  
beneficia a la Universidad en su conjunto.  
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e) Contribuir a formar nuevos investigadores y dotar de  
personal que apoye a la investigación que se lleva a cabo  
en la Universidad.  
de actividades investigadoras en la Universidad, lo  
que contribuirá, sin duda, a una mayor equidad en la  
distribución de los recursos que se ponen en juego en  
este IV Plan Propio.  
f) Apoyar la labor de transferencia de resultados de la  
investigación al tejido productivo.  
Manuel García León  
g) Ayudar a diseminar en la sociedad la imagen de la  
investigación de la Universidad de Sevilla.  
Vicerrector de Investigación  
Universidad de Sevilla  
Este IV Plan Propio de Investigación aprovecha en su  
confección el éxito de su antecesor, el III Plan Propio,  
que tan beneficioso ha sido para el Personal Docente  
e Investigador de nuestra Universidad. Y lo amplia  
en acciones y dotación, sobre la base del compromiso  
con la investigación del gobierno de la Universidad de  
Sevilla y las exigencias que impone el actual modelo  
de financiación por objetivos de las Universidades  
Andaluzas.  
IVPLANPROPIODEINVESTIGACIÓN:OBJETIVOS,  
LÍNEAS Y ÁMBITO TEMPORAL  
El IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de  
Sevilla, en la misma línea que los planes anteriores pero  
incorporandonuevasacciones,tieneporobjetivomantener  
una política de fomento de la actividad investigadora y  
de su calidad. Esta política será financiada con recursos  
propios de la Universidad y contribuye a complementar  
las aportaciones institucionales (autonómicas, nacionales  
e internacionales), así como las de fundaciones y  
empresas, que en su conjunto posibilitan la continuidad  
y la extensión de la actividad investigadora realizada  
por el personal docente/investigador en el seno de  
los Departamentos y Grupos de Investigación de la  
Universidad de Sevilla.  
El IV Plan Propio se organiza alrededor de tres grandes  
Líneas Estratégicas, la deAyudas a la investigación, la de  
Dotación de recursos humanos para la investigación y la  
de Divulgación y difusión de la investigación científica.  
Estas Líneas se desarrollan con diversas Acciones que  
cubren los aspectos clásicos con los que la mayoría de  
los planes de investigación apoyan la generación de  
conocimiento. Respecto del III Plan Propio existen nueve  
acciones nuevas cuyo contenido detallado se puede ver en  
el texto. Quizás podemos destacar entre las novedades la  
inclusión de tres acciones relativas al apoyo a actividades  
de transferencia de resultados de la investigación. Con  
ellas se pretende facilitar la incorporación a la sociedad  
del conocimiento directamente aplicable que se produce  
en nuestra Universidad. Además de ellas se incluyen  
acciones para el apoyo a Institutos de Investigación, para  
promocionar la investigación en Departamentos con  
fuerte presión docente, para la promoción de la vocación  
investigadora entre nuestros estudiantes y otras más con  
las que se completa un abanico variado de posibilidades  
para apoyar la investigación de nuestro Personal Docente  
e Investigador.  
El IV Plan Propio de Investigación se estructura en torno  
a las siguientes líneas estratégicas y sus correspondientes  
acciones:  
A) Ayudas a la Investigación  
Ayudas a Departamentos para atender gastos de  
funcionamiento de sus Grupos de Investigación.  
Ayudas a Institutos de Investigación para atender gastos  
de funcionamiento.  
Ayudas para la elaboración y presentación de proyectos  
de convocatorias públicas de I+D+I.  
Ayuda suplementaria a Grupos de Investigación por el  
cumplimiento del Contrato-Programa que se establece  
entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y  
la Universidad de Sevilla para la financiación anual de  
esta última.  
Ayudas a la extensión internacional de patentes por  
procedimiento PCT y a la entrada en fases nacionales  
Incubación de Empresas de BaseTecnológica en espacios  
de Servicios y Grandes Instalaciones de Investigación  
B) Recursos Humanos para la Investigación  
Becas predoctorales o de Personal Investigador en  
Formación (PIF) propias de la Universidad de Sevilla.  
Becas de Personal Investigador en Formación en áreas  
con necesidades docentes.  
Es muy relevante el hecho de que el IV Plan Propio se  
aplicará a las cinco grandes ramas del conocimiento que  
se definen en el RD1393/2007 que son:  
Artes y Humanidades.  
Ciencias.  
Ciencias de la Salud.  
Ciencias Sociales y Jurídicas.  
Ingeniería y Arquitectura.  
Con ello la estructura del Plan se adapta a la legislación  
vigente y recoge de forma más realista la distribución  
Dotación de Plazas de Ayudantes en Departamentos.  
Becas de iniciación a la investigación para estudiantes de  
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la Universidad de Sevilla.  
Ayudas para la movilidad de Ayudantes y Ayudantes  
Doctores.  
Ayudas para la movilidad de personal dedicado a la  
investigación.  
Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo a la  
investigación.  
gruposadscritosacadaDepartamento.Siseinterrumpiera  
o suspendiera la convocatoria anual del PAIDI, podrá  
adoptarse como base de reparto las ayudas obtenidas en  
convocatorias anteriores o, en su caso, los criterios que  
fije la Comisión de Investigación de la Universidad de  
Sevilla.  
B) Ayuda complementaria (60.000€). Se distribuirá  
entre aquellos departamentos que hayan incorporado  
en el ejercicio anterior algún investigador contratado,  
seleccionado en programas de incorporación de doctores  
en convocatorias oficiales, públicas y competitivas. Esta  
ayuda se concederá una sola vez por cada investigador  
contratado y se destinará exclusivamente a cubrir los  
gastos que genere su incorporación al Departamento.  
Licencias anuales para investigación.  
C) Divulgación y difusión de la investigación científica  
Subvenciones para la realización de congresos y  
reuniones científicas.  
Ayudas para la publicación de trabajos de divulgación  
científica.  
Ayudas para actividades de divulgación científica.  
Ayudas a la promoción de patentes.  
Premio Universidad de Sevilla de divulgación  
científica.  
Premios FAMA-Universidad de Sevilla a la trayectoria  
investigadora  
Con cargo a la Ayuda Básica los departamentos deberán  
atenderprioritariamentegastosdirectamenterelacionados  
con la actividad investigadora. Entre otros:  
Fungibles  
Inventariables  
Actividades de difusión, divulgación y publicación de  
resultados de investigación.  
El presente Plan Propio de Investigación extenderá su  
ámbito temporal de aplicación desde el momento de  
su entrada en vigor hasta el 30 de septiembre de 2011,  
manteniéndose, tras dicha fecha final, la eficacia de las  
medidas que hayan sido acordadas con anterioridad en  
cumplimiento de las previsiones del Plan  
La ayuda básica por Departamento no podrá superar la  
cantidad de 9.000 € por ejercicio.  
Enelcasodegruposdeinvestigacióninterdepartamentales,  
las ayudas del Plan Propio se asignarán por defecto al  
Departamento al que pertenezca el responsable del grupo.  
Si se deseara una distribución de la asignación entre los  
distintos departamentos implicados, el responsable del  
grupo deberá comunicar por escrito al Vicerrectorado de  
Investigación los porcentajes de aplicación a los distintos  
departamentos.  
LÍNEA ESTRATÉGICA DE ACTUACIÓN I  
AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN  
I.1. Ayudas a Departamentos para atender gastos de  
funcionamiento de sus Grupos de Investigación  
I.2. Ayudas a Institutos Universitarios de Investigación  
para atender gastos de funcionamiento  
Acción específica dirigida a apoyar las actividades de  
investigación de los departamentos recogidas dentro del  
art. 32.1 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.  
Ayuda específica dirigida a apoyar las actividades  
de investigación de los Institutos Universitarios de  
Investigación recogidos en el art. 40 del Estatuto de la  
Universidad de Sevilla.  
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación  
global que cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia  
del IV Plan, proponga la Comisión de Investigación, de  
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. Para  
el ejercicio de 2009 la dotación de esta acción será de  
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación  
global que cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia  
del IV Plan, proponga la Comisión de Investigación, de  
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. Para  
el ejercicio de 2009 la dotación de esta acción será de  
4
60.000 euros.  
4
0.000 euros.  
La dotación anual se desglosará en dos modalidades:  
La distribución de esta ayuda se hará en función del  
número de proyectos de investigación y de la cuantía de  
su financiación obtenidos por los institutos en el ejercicio  
del año anterior. La ayuda no podrá superar la cantidad  
de 9.000 euros por ejercicio.  
A) Ayuda básica (400.000€). El criterio de distribución  
de esta ayuda será directamente proporcional a la  
cantidad recibida en la convocatoria de ayudas a Grupos  
de Investigación del Plan Andaluz de Investigación,  
Desarrollo e Innovación (PAIDI) por la totalidad de los  
4
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Con cargo a esta ayuda los institutos deberán atender  
prioritariamente gastos directamente relacionados con la  
actividad investigadora. Entre otros:  
Fungibles  
Inventariables  
Actividades de difusión, divulgación y publicación de  
resultados de investigación.  
proyecto presentado, el enfoque interdisciplinar, y la  
composición del equipo de investigación.  
Dotación y cuantía. La dotación anual total para esta  
acción será de 60.000 €, pudiéndose incrementar  
con remanentes de años anteriores, si los hubiere. La  
subvención máxima por proyecto será de 3.000€ para la  
ayuda tipo A, y de 4.000€ para el tipo B, salvo que en  
este último caso el equipo coordine las actividades, en  
cuyo caso será de 6.000 €.  
I.3. Ayudas para la elaboración y presentación de  
proyectos de investigación de convocatorias públicas de  
I+D+I.  
Abonodelaayuda. El50%enelmomentodelaconcesión  
y el resto una vez que se justifique la presentación del  
proyecto en alguna de las convocatorias establecidas  
anteriormente.  
Acción específica para fomentar la elaboración y  
presentación de proyectos de investigación a las distintas  
convocatorias públicas autonómicas, nacionales y  
europeas, mediante la concesión de ayudas destinadas a  
atenderlosgastosinicialesdeelaboraciónyformalización  
de la solicitud de proyectos. Se contemplan dos líneas de  
ayuda:  
I.4. Ayuda suplementaria a grupos de investigación por  
el cumplimiento del Contrato-Programa que se establece  
entre la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa  
(CICE) y la Universidad de Sevilla para la financiación  
a)Ayudas para fomentar la participación de personal  
docente e investigador o de grupos de investigación en  
convocatorias nacionales o autonómicas de programas  
de I+D+I.  
anual de esta última.  
Acción específica dirigida a recompensar al personal  
docente e investigador y a los grupos de investigación  
que contribuyen de manera activa al cumplimiento del  
Contrato-Programa entre la CICE y la Universidad de  
Sevilla.  
b)Ayudasdirigidasafomentarlaparticipacióndepersonal  
docente e investigador o de los grupos de investigación  
en convocatorias europeas, así como en la formación de  
consorcios estratégicos de I+D+I (p.e. Ciber, Consolider,  
Cenit, Insignia, etc.).  
La ayuda se aplicará en función de la evolución de los  
indicadores de productividad científica de los grupos de  
investigación reconocidos por el PAIDI. Como parámetro  
diferenciador se escoge la puntuación PAIDI relativa a  
la obtenida en la Universidad de Sevilla, de la siguiente  
manera  
a) Aquellos Investigadores Principales de proyectos del  
Plan Nacional de I+D+I que pertenezcan a grupos cuya  
puntuación esté comprendida entre 28 y 32, tendrán  
derecho a solicitar hasta el 30% de los overheads que  
generen anualmente, para atender a gastos no elegibles  
derivados de su actividad investigadora.  
El personal docente e investigador y los grupos de  
investigación que soliciten estas ayudas con arreglo a  
lo establecido en las bases de la convocatoria, deberán  
comprometerse a presentar el proyecto propuesto a la  
siguiente convocatoria del correspondiente programa de  
I+D+I.  
Los equipos de investigación propuestos para la  
ejecución del proyecto deberán contar con un mínimo de  
cuatro doctores, incluido el investigador principal (IP),  
que deberá ser profesor en activo a tiempo completo de  
la Universidad de Sevilla.  
b) Aquellos Investigadores Principales de proyectos del  
Plan Nacional de I+D+I que pertenezcan a grupos no  
incluidos en el apartado a), pero cuya puntuación esté  
por encima de la media anual de su rama científica en la  
Universidad de Sevilla, tendrán derecho a solicitar hasta  
el 15% de los overheads que generen anualmente, para  
atender a gastos no elegibles derivados de su actividad  
investigadora.  
Al menos el 50% de los componentes del equipo, incluido  
el IP, aspirante a la ayudaAnunca debe haber participado  
en convocatorias del tipo para el que solicitan la ayuda.  
El IP del equipo aspirante a la subvención de tipo  
B no debe haber participado en los últimos 3 años en  
convocatorias del tipo para la que solicita la ayuda.  
c) Aquellos Investigadores Principales de proyectos  
del Plan Nacional de I+D+I que pertenezcan a grupos  
no incluidos en los apartados a) y b) anteriores, pero  
cuya puntuación se incremente en 1 punto respecto a la  
Criterios de concesión. Para la resolución de esta  
convocatoria se valorará la calidad y viabilidad del  
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convocatoria anterior, tendrán derecho a solicitar hasta  
deberá presentarse:  
el 10% de los overheads que generen anualmente, para  
atender a gastos no elegibles derivados de su actividad  
investigadora.  
Informe Tecnológico de Patentabilidad (ITP) para la  
extensión PCT.  
Informe de Búsqueda Internacional (IBI) para la entrada  
en fases nacionales.  
Así mismo, los miembros de los grupos beneficiarios  
de estas ayudas, sean doctores o no, contarán con una  
puntuación adicional para todas las convocatorias de tipo  
individual de este IV Plan Propio en las que participen.  
En términos relativos, esta puntuación será siempre: para  
los miembros de los grupos del apartado a) el doble de  
la que se asigne a los miembros de grupos del apartado  
b), y para estos últimos, el doble de la que se asigne a  
los miembros de grupos del apartado c). La Comisión  
de Investigación expresará en términos absolutos las  
diferentes puntuaciones a asignar a cada grupo en las  
bases de las distintas convocatorias.  
Criterios de concesión. Para la resolución de la  
convocatoria anual la Comisión de Investigación tendrá  
en cuenta los siguientes documentos:  
Informe del técnico de patentes de la OTRI en función  
del Informe Tecnológico de patentabilidad (ITP) para la  
extensión PCT.  
Opinión escrita del Informe de Búsqueda Internacional  
(IBI) para la entrada en fases nacionales.  
Expresión de interés de empresas licenciadoras  
interesadas en la co-financiación de las ayudas tanto  
para la extensión PCT como para la entrada en fases  
nacionales.  
Durante la vigencia del IV Plan Propio, los porcentajes  
anterioresrelativosalosoverheadspodránsermodificados  
en función de la disponibilidad presupuestaria.  
Compromiso del solicitante en la co-financiación de las  
ayudas tanto para la extensión PCT como para la entrada  
en fases nacionales.  
Siseinterrumpieraosuspendieraelsistemadepuntuación  
PAIDI, los criterios de asignación de estas ayudas se  
fijarán por la Comisión de Investigación.  
I.6. Incubación de Empresas de Base Tecnológica  
en espacios de Servicios y Grandes Instalaciones de  
Investigación  
I.5. Ayudas a la extensión internacional de patentes por  
procedimiento PCT y a la entrada en fases nacionales  
Esta medida está destinada a iniciativas empresariales  
que se constituyan como empresas de base tecnológica  
de la Universidad de Sevilla y que necesiten, para su  
funcionamiento, hacer uso de espacios disponibles en  
las instalaciones de los Servicios Generales y Grandes  
Instalaciones de Investigación de la Universidad de  
Sevilla.  
Esta acción tiene  
como objetivo fomentar la  
internacionalización de las patentes presentadas por  
la Universidad de Sevilla en el territorio nacional y su  
posterior explotación comercial.  
Se contemplan dos tipos de ayudas para las que se  
destinará una cantidad anual de 100.000€:  
Podrán solicitar esta ayuda:  
A)Ayudas PCT: consisten en la financiación de los costes  
que fije anualmente la Oficina Española de Patentes y  
Marcas (OEPM) para la presentación internacional PCT  
Las empresas de base tecnológica constituidas o en  
fase de constitución que tengan entre sus promotores a  
investigadores (profesores, doctores y/o tecnólogos) de  
grupos de investigación de la Universidad de Sevilla.  
La actividad principal de la empresa ha de estar vinculada  
a la explotación de una línea o resultado de investigación  
desarrollado en la Universidad de Sevilla.  
(Patent Cooperation Treaty) . En el caso de co-titularidad  
con otros organismos públicos o privados, las ayudas  
serán por el porcentaje correspondiente a la Universidad  
de Sevilla establecido según acuerdo previo.  
B)Ayudas a entrada en fases nacionales: consisten en  
la co-financiación de los costes teniendo en cuenta el  
número de países solicitados con un máximo de 5000€  
por ayuda. La co-financiación será completada por el  
propio grupo de investigación o empresa licenciataria si  
la hubiera.  
Criterios de selección: Para la selección de las solicitudes  
según la convocatoria anual se tendrá en cuenta:  
La viabilidad técnico-económica de la iniciativa y la  
creación de puestos de trabajo cualificados.  
Podrá solicitar la ayuda el personal docente e investigador  
de la Universidad de Sevilla que aparezca como inventor  
de un resultado de investigación protegido por la OTRI  
de la Universidad de Sevilla. Junto con la solicitud  
Las necesidades específicas que la empresa requiera de  
los Servicios de Investigación y Grandes Instalaciones.  
La naturaleza de la actividad si se pretenden  
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potenciar determinados sectores económicos o bien la  
complementariedad con las empresas anteriormente  
ubicadas.  
Prórroga y formalización de contrato. Las ayudas  
podrán ser prorrogadas anualmente hasta completar un  
máximo de veinte y cuatro meses para cada una de las  
fases, previa presentación por el Personal Investigador  
en Formación de la memoria anual de actividades, con  
el informe favorable del director de la investigación.  
En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por  
renuncia del titular dentro de los seis primeros meses,  
el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se  
computará íntegramente desde la fecha de nombramiento  
del sustituto.  
Características de la ayuda. Las ayudas consistirán  
en los gastos de adecuación del espacio en lo que se  
refiere a cerramientos, pavimento y acometidas de  
instalaciones básicas, y en el uso del espacio disponible  
por un periodo de tiempo que cada año se establecerá  
en la correspondiente convocatoria, en función de  
la disponibilidad y de criterios de evolución de la  
empresa.  
Cumplido el periodo de disfrute de la fase de beca y  
obtenido por el beneficiario el Diploma de Estudios  
Avanzados, el título de Master o la certificación de Inicio  
del Periodo de Investigación (Real Decreto 1393/2007;  
art.20.4), u otro documento administrativo que lo  
sustituya durante la vigencia del presente Plan Propio,  
la Universidad de Sevilla formalizará un contrato laboral  
en prácticas con una duración máxima de dos años, en  
las condiciones y requisitos establecidos por el Real  
Decreto 63/2006 de 27 de enero.  
El número de ayudas dependerá de la cantidad de  
espacios que las instalaciones de los Servicios y Grandes  
Instalaciones de Investigación puedan ofertar y se  
recogerá en las correspondientes convocatorias anuales  
del IV Plan Propio.  
LÍNEA ESTRATÉGICA DE ACTUACIÓN II  
DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA  
INVESTIGACIÓN  
Si al término del periodo de beca el beneficiario no  
cumpliera con los requisitos para formalizar el contrato  
en prácticas, tendrá un periodo máximo de cuatro meses  
para poder acreditarlo, y durante el mismo, el beneficiario  
no percibirá ninguna de las dotaciones de la ayuda.  
II.1. Becas predoctorales o de Personal Investigador en  
Formación (PIF) propias de la Universidad de Sevilla.  
Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación  
y capacitación investigadora de titulados superiores  
que realicen su Tesis Doctoral en el seno de un Grupo  
de Investigación de la Universidad de Sevilla, bajo la  
dirección de alguno de los doctores pertenecientes a  
dicho grupo.  
Dotación y cuantía. La dotación económica de las ayudas  
para el curso 2008/2009 será de 14.400€ (1.200€/mes).  
Esta cantidad será revisada anualmente de acuerdo con el  
Índice de Precios al Consumo. La Universidad de Sevilla  
asumirá el coste de la inscripción del beneficiario en el  
Régimen General de la Seguridad Social.  
Este programa de ayudas a la formación del personal  
investigador será inscrito en el Registro general de  
programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto  
a lo regulado en el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero,  
porelqueseapruebaelEstatutodelPersonalInvestigador  
en Formación (EPIF). Las personas beneficiarias de  
esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán  
los deberes, que le sean de aplicación, contemplados  
en el mencionado Real Decreto y en las bases de la  
correspondiente convocatoria anual realizada por la  
Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla.  
LasayudasparaestanciasbrevesdelPersonalInvestigador  
en Formación en otros centros se adjudicarán en las  
cuantías y condiciones que determine la Comisión de  
Investigación.  
Obligaciones de los beneficiarios de las ayudas. Los  
beneficiariosdeesteprogramadelIVPlanPropiovendrán  
obligados a matricularse en uno de los Programas de  
Doctorado de la Universidad de Sevilla y a obtener al  
finalizar el segundo año de disfrute de la beca el Diploma  
de Estudios Avanzados, el título de Master o el título  
equivalente que prevea la legislación.  
Número de ayudas. En cada convocatoria anual del  
IV Plan Propio se dotarán un mínimo de 20 ayudas, a  
distribuir en razón de cuatro por cada una de las ramas  
científicas establecidas por la Comisión de Investigación.  
Estas ayudas comprenderán una primera fase de beca de  
dos años de duración y una segunda, una vez completada  
la fase de beca, de contrato laboral en prácticas, con una  
duración máxima de dos años.  
Asimismo, deberán cumplir el programa de formación  
establecido en su proyecto y deberán dedicar hasta un  
máximo de sesenta horas cada curso académico, durante  
la vigencia del periodo de contrato en prácticas, a la  
colaboración en actividades docentes en el Departamento  
de adscripción, sin que ello suponga ningún compromiso  
7
BOUS núm. 2, de 1 de octubre de 2.008  
laboral por parte de la Universidad. Dicha colaboración  
título equivalente que prevea la legislación.  
será incluida en el Plan de Organización Docente del  
Departamento, sin que ello implique la responsabilidad  
exclusiva del PIF sobre la asignatura.  
Asimismo, deberán cumplir el programa de formación  
establecido en su proyecto y deberán dedicar hasta un  
máximo de sesenta horas cada curso académico, durante  
la vigencia del periodo de contrato en prácticas, a la  
colaboración en actividades docentes en el Departamento  
de adscripción, sin que ello suponga ningún compromiso  
laboral por parte de la Universidad. Dicha colaboración  
será incluida en el Plan de Organización Docente del  
Departamento, sin que ello implique la responsabilidad  
exclusiva del PIF sobre la asignatura.  
Ámbito de aplicación. Los efectos del presente acuerdo se  
extenderán a los beneficiarios de las becas predoctorales  
del Plan Propio de Investigación que cumplan los  
requisitos exigidos en el Real Decreto 63/2006 de 27 de  
enero para cada una de las situaciones jurídicas recogidas  
en su artículo 4º.1.  
II.2. Becas predoctorales o de Personal Investigador en  
Formación en áreas con necesidades docentes.  
II.3. Dotación de plazas de Ayudantes en los  
Departamentos  
Esta acción tiene como objetivo fomentar la formación  
y capacitación investigadora de titulados superiores con  
la realización de una Tesis Doctoral en el seno de un  
Departamento de la Universidad de Sevilla que tenga  
necesidad de personal formado para atender necesidades  
docentes. La tesis se deberá realizar bajo la dirección  
de alguno de los doctores pertenecientes a dicho  
departamento.  
Esta acción va dirigida a posibilitar al Personal  
Investigador en Formación (PIF) del Plan Propio, y  
a los de otras convocatorias oficiales, la continuidad  
de la carrera docente e investigadora como Ayudantes  
de Universidad, contando con la colaboración de los  
departamentos para facilitar la estabilidad de su Personal  
Investigador en Formación.  
Este programa de ayudas a la formación del personal  
investigador será inscrito en el Registro general de  
programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto  
a lo regulado en el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero,  
porelqueseapruebaelEstatutodelPersonalInvestigador  
en Formación (EPIF). Las personas beneficiarias de  
esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán  
los deberes, que le sean de aplicación, contemplados  
en el mencionado Real Decreto y en las bases de la  
correspondiente convocatoria anual realizada por la  
Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla.  
Dotación de plazas. El número mínimo de plazas a dotar  
en cada convocatoria del IVPlan Propio será de veintidós,  
a distribuir entre las cinco ramas científicas establecidas  
por la Comisión de Investigación. Una vez adjudicadas  
las cuatro plazas que corresponden a cada rama, las dos  
plazas restantes se asignarán por criterios de excelencia  
investigadora entre los departamentos solicitantes.  
Si alguna de las ramas no cuenta con candidatos  
suficientes para cubrir las plazas que le corresponderían,  
las vacantes se reasignarán al resto de las ramas siguiendo  
criterios de excelencia y de reparto entre ellas.  
Para cada anualidad del IV Plan Propio se dotará un  
mínimo de 10 ayudas que se distribuirán entre las áreas  
de conocimiento con especial necesidad docente que la  
Universidad de Sevilla establezca para el curso en el que  
se realiza la convocatoria.  
Durante la vigencia del IV Plan Propio ningún  
departamento podrá tener en activo más de un ayudante  
de este Plan, a no ser que le corresponda una de las plazas  
asignadas por criterios de excelencia investigadora.  
En ningún caso, el número de ayudantes activos en un  
departamento será superior a dos.  
Estas ayudas comprenderán una primera fase de beca de  
dos años de duración y una segunda, una vez completada  
la fase de beca, de contrato laboral en prácticas, con una  
duración máxima de dos años. La convocatoria, difusión  
y cuantía de estas ayudas serán equivalentes a las ayudas  
del apartado II.1.  
Apartir del curso 2009/2010, el número de plazas a dotar  
podrá modificarse por el Consejo de Gobierno en razón  
de las disponibilidades presupuestarias.  
Requisitos de los Departamentos. Podrán solicitar esta  
dotación los departamentos que tengan en el momento  
de la convocatoria, al menos, un becario predoctoral o  
Personal Investigador en Formación de los definidos en  
el artículo 94.1 del Estatuto de la Universidad de Sevilla  
cumpliendo el cuarto año de disfrute de la beca o haber  
Los beneficiarios de este programa del IV Plan Propio  
vendránobligadosamatricularseenunodelosProgramas  
de Doctorado de la Universidad de Sevilla y a obtener  
al finalizar el segundo año de disfrute de la beca el  
Diploma de Estudios Avanzados, el título de Master o el  
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tenido alguno que haya completado su beca en el curso  
académico anterior al de la convocatoria de estas plazas  
de ayudantes.  
cuantía total de cada beca será de 1.500 euros, que se  
abonará al beneficiario a razón de 750 euros por cada mes  
de disfrute de la misma. Las actividades del becario serán  
dirigidas por un profesor de la Universidad de Sevilla y  
deberán realizarse obligatoriamente en el Departamento  
de dicho profesor durante los meses de julio y septiembre,  
con una dedicación de jornada completa.  
Criterios para la asignación de plazas. La Comisión de  
Investigación,previaverificacióndelcumplimientodelos  
requisitos por los departamentos solicitantes, procederá  
a la propuesta de asignación de las 20 plazas aplicando  
los criterios y la puntuación de méritos establecida en el  
siguiente baremo:  
Estas becas serán compatibles con el disfrute de becas  
de Colaboración para estudiantes universitarios.  
Por cada becario predoctoral o Personal Investigador en  
Formación (PIF) del Plan Propio o de otras convocatorias  
públicas oficiales que cumpla los requisitos: 1,5 puntos  
CVs de los becarios o PIFs del apartado anterior:  
Máximo de 2,5 puntos.  
Por cada becario o PIF del Plan Propio o de otras  
convocatorias públicas oficiales que no cumpla los  
requisitos: 0,5 puntos  
II.5. Ayudas para la movilidad deAyudantes yAyudantes  
Doctores.  
Estas ayudas están destinadas a facilitar la movilidad  
de los Ayudantes de la Universidad de Sevilla para la  
intensificación de su actividad investigadora y posibilitar  
su estabilización como personal docente-investigador.  
Para la asignación de las 2 plazas restantes se aplicará  
el baremo anterior a todos los departamento solicitantes  
que cumplan los requisitos, sin excluir a aquellos que  
tengan activo un Ayudante del Plan Propio, dotando la  
plaza en aquellos departamentos que obtengan las más  
altas puntuaciones.  
Requisitos de los beneficiarios  
a) Ser ayudante o ayudante doctor con contrato vigente  
en la fecha de la convocatoria y durante el periodo  
completo de disfrute de la ayuda.  
b) Concedida la ayuda, el beneficiario deberá solicitar la  
licencia de estudios reglamentaria.  
c) Aceptación del centro receptor, con expresión de la  
duración de la estancia.  
d) Presentar un programa de la investigación a  
desarrollar.  
II.4. Becas de iniciación a la investigación para  
estudiantes de la Universidad de Sevilla.  
El objetivo de esta acción es fomentar el acceso y  
la iniciación a la investigación de los alumnos de la  
Universidad de Sevilla. Va dirigida a aquellos alumnos de  
titulaciones de grado superior que estén en el penúltimo  
o último curso de la carrera, y cumplan los siguientes  
requisitos:  
Tener aprobadas asignaturas por un número de créditos  
igual o superior al 60% de la totalidad de créditos  
necesarios en la titulación en la que esté matriculado.  
Estar matriculado durante el curso que solicite la ayuda  
en una Facultad o Escuela Superior Universitaria en  
asignaturas que sumen un total de créditos igual o  
superior a 50 o el equivalente al 70% de los créditos que  
constituyan el último curso de la titulación que curse.  
La Comisión de Investigación podrá modificar los  
númerosdecréditosanterioresenfuncióndelaadaptación  
de los estudios a los nuevos títulos de grado.  
e) No haber recibido otro tipo de ayudas para la  
realización de la misma estancia.  
Dotación de las ayudas  
En cada convocatoria anual el periodo de estancia  
solicitado no podrá ser menor de dos meses ni superior  
a seis meses, en uno o varios centros de investigación  
nacionales o extranjeros.  
Cada ayudante no podrá solicitar en esta convocatoria,  
durante la vigencia de su contrato, más de doce meses de  
estancia en otros centros de investigación.  
Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las  
ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones  
económicas para estancias que acuerde la Comisión de  
Investigación para cada convocatoria, de acuerdo con  
las disponibilidades presupuestarias. La concesión de  
la ayuda no supondrá merma alguna de otros haberes  
percibidos por los solicitantes.  
Número de becas. En cada convocatoria anual del IVPlan  
Propio se dotarán un mínimo de 25 becas, a distribuir  
en razón de cinco por cada una de las ramas científicas  
establecidas por la Comisión de Investigación.  
La dotación anual para esta acción será de 100.000€,  
pudiéndose incrementar con remanentes de años  
anteriores, si los hubiere.  
Dotación económica y obligaciones de los becarios. La  
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Criterios para la concesión de las ayudas  
LaComisióndeInvestigaciónresolverálasconvocatorias  
aplicando los siguientes criterios:  
Currículum del solicitante  
Programa de trabajo a desarrollar  
Excelencia investigadora del centro receptor  
Periodos de estancia ya realizados por el solicitante  
Tiempo restante para la finalización del contrato.  
económicas para estancias que acuerde la Comisión de  
Investigación para cada convocatoria, de acuerdo con  
las disponibilidades presupuestarias, y se ajustará a lo  
establecido en las Bases de la convocatoria. La concesión  
de la ayuda no supondrá merma alguna de otros haberes  
percibidos por los solicitantes.  
La dotación anual para esta acción será de 100.000  
€, pudiéndose incrementar con remanentes de años  
anteriores, si los hubiere.  
Criterios para la concesión de las ayudas  
II.6. Ayudas para la movilidad de personal dedicado a la  
investigación  
LaComisióndeInvestigaciónresolverálasconvocatorias  
aplicando los siguientes criterios:  
a) Currículum del solicitante  
Estas ayudas están destinadas a fomentar el intercambio  
y la actualización de conocimientos e información  
científica de los miembros de la Universidad de Sevilla,  
mediante la realización de algunas de las siguientes  
actividades:  
b) Programa de trabajo a desarrollar  
c) Excelencia investigadora del centro receptor, en el caso  
de la modalidad A; entidad, naturaleza y repercusión  
de la actividad, en el caso de la modalidad B; méritos  
académicos y científicos del visitante, en el caso de la  
modalidad C.  
d) Ayudas previas concedidas dentro de este Programa  
II.7. Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo  
a la investigación  
A. Estancias breves en otras Universidades o Centros de  
Investigación  
B. Participación en congresos  
C. Estancias breves de profesores e investigadores  
de prestigio de otras Universidades o Centros de  
Investigación  
El objeto de esta acción es complementar con cargo a  
las dotaciones del IV Plan Propio de Investigación la  
subvención concedida en convocatorias públicas de  
aquellos programas que requieran co-financiación para  
la contratación de técnicos de investigación adscritos a  
proyectos de investigación, a los Servicios Generales de  
Investigacióny a la OTRI, y a los Institutos Universitarios  
de Investigación.  
Beneficiarios.  
Podrán solicitar estas ayudas, en sus modalidades A y  
B:  
a) El personal docente e investigador de la Universidad  
de Sevilla  
b) Los becarios predoctorales o personal investigador en  
formación de los definidos en el artículo 94.1 del Estatuto  
de la Universidad de Sevilla.  
c) El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a la  
investigación  
Dotación y cuantía de las ayudas  
Para el primer año de vigencia del IV Plan Propio se  
destinará una dotación global de 120.000€ con la que  
se co-financiará el coste anual de hasta 14 contratos de  
técnicos de investigación.  
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, en su modalidad  
C:  
En sucesivos ejercicios la dotación de esta acción podrá  
incrementarse con los remanentes del ejercicio anterior,  
si los hubiera, o con nuevas aportaciones que cubrirían  
la co-financiación de la renovación de los contratos  
ya formalizados o de los que se adjudiquen en nuevas  
convocatorias públicas.  
a) Los Departamentos  
b) Los Institutos de Investigación  
c) Los Grupos de Investigación de la Universidad  
reconocidos en el PAIDI  
Criterios de adjudicación de la co-financiación  
La Comisión de Investigación, a la vista de la resolución  
favorable de las convocatorias públicas de subvención  
de contratos de técnicos de investigación y teniendo en  
cuenta las disponibilidades presupuestarias, asignará las  
ayudas de co-financiación hasta un máximo del 25%  
del coste de cada contrato, aplicando los siguientes  
criterios:  
Dotación de las ayudas.  
En cada convocatoria anual el periodo de estancia  
solicitado no podrá ser menor de quince días ni superior  
a tres meses, en un centro de investigación nacional o  
extranjero. Se concederá, como máximo, una ayuda  
anual por solicitante y modalidad.  
Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las  
ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones  
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a) Proyectos de Investigación del Plan Nacional de I+D  
permanencia total de, al menos, cuatro meses.  
hasta un máximo del 25% anual.  
b) Servicios Generales de Investigación, Institutos  
Universitarios de Investigación y OTRI: máximo del  
Valoración de las solicitudes y  
licencias.  
adjudicación de  
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1
5% en el primer año del contrato, 15% en el segundo y  
0% en el tercer año.  
Las solicitudes se valorarán por la Comisión de  
Investigación, que elevará al Sr. Rector una propuesta de  
concesión, aplicando los siguientes criterios:  
Cinco puntos por cada tramo de investigación  
Máximo de cuatro puntos por las actividades de  
investigación desarrolladas por los solicitantes en los  
últimos diez años.  
Hasta tres puntos por la valoración del programa de  
investigación a realizar por el solicitante durante su  
licencia de investigación.  
Máximo de tres puntos por el prestigio de la Universidad  
o Centro de Investigación y su adecuación al programa  
que se ejecutará durante la licencia, así como a la duración  
total de la o de las estancias.  
Cuando dos o más solicitudes obtengan la misma  
puntuación, la licencia se adjudicará al profesor que  
más años de servicio activo tenga en la Universidad de  
Sevilla.  
II.8. Licencias anuales para investigación  
Esta acción va orientada a favorecer la dedicación  
intensiva a la investigación y la movilidad de aquellos  
profesores, que cumpliendo los requisitos exigidos,  
presenten un proyecto investigador a realizar en un centro  
de reconocido prestigio durante un curso académico.  
Dotación de las licencias.  
Se concederán anualmente diez licencias, dos por  
cada una de las ramas científicas establecidas por la  
Comisión de Investigación. La concesión de la licencia  
no supondrá merma alguna de los haberes percibidos por  
los profesores seleccionados.  
No podrá concederse más de una licencia por  
Departamento en la misma convocatoria.  
Los departamentos  
a
los que pertenezcan los  
adjudicatarios de la licencia podrán solicitar la dotación,  
durante el curso académico de disfrute de la licencia, de  
una plaza de profesor asociado o de la figura de profesor  
sustituto que por ley pueda eventualmente establecerse.  
LÍNEA ESTRATÉGICA DE ACTUACIÓN III  
Dicha solicitud deberá presentarse motivando la  
necesidad de la dotación de una nueva plaza de profesor  
para cubrir la docencia del beneficiario de la licencia  
anual. La dotación de estas plazas podrá financiarse,  
en su caso, dentro del Programa de Incentivación de  
la Incorporación e Intensificación de la Actividad  
Investigadora (Programa I3).  
DIVULGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA  
INVESTIGACIÓN CIENTIFICA  
III.1. Subvenciones para la realización de Congresos y  
Reuniones Científicas  
Con el objetivo de fomentar y colaborar a la difusión y al  
intercambio de resultados de la investigación científica,  
el IV Plan Propio contempla la concesión de ayudas  
para la realización de congresos y reuniones científicas  
en cuya organización participen investigadores de la  
Universidad de Sevilla y se realicen dentro del ámbito  
de la misma.  
Requisitos de los solicitantes.  
Ser profesor doctor, con dedicación a tiempo completo,  
de la Universidad de Sevilla.  
Haber cumplido un mínimo de quince años de servicio  
activo como profesor en la Universidad de Sevilla.  
Haber desempeñado docencia e investigación de forma  
continuada durante los seis cursos académicos anteriores  
al del disfrute de la licencia.  
Sólo serán admisibles a la convocatoria aquellas  
actividades que, cumpliendo las bases de la convocatoria,  
contribuyan a la difusión y al intercambio de resultados  
de la investigación científica, quedando excluidas las  
destinadas a complementar o reforzar la actividad  
docente y las que tengan por objeto la difusión cultural.  
Tener concedidos, al menos, dos tramos de investigación  
por la CNEAI  
No haber disfrutado, por el procedimiento establecido en  
elart. 80.3 delEstatutodelaUniversidaddeSevilla, deun  
periodo de licencia septenal en los doce cursos anteriores  
al del disfrute de la licencia para investigación.  
No haber sido objeto de sanción por expediente  
disciplinario incoado por la Universidad de Sevilla.  
Proponer una o varias estancias, con aceptación expresa  
del o de los centros de acogida, que supongan una  
La dotación presupuestaria para esta acción será de  
120.000 € por año y las ayudas por actividad no podrán  
rebasar la cantidad de 2.500€. Excepcionalmente, la  
Comisión de Investigación podrá incrementar la ayuda  
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hasta un máximo de 4.000€ para aquellas actividades de  
Objetivos  
especial relevancia.  
Ofertar la cartera de patentes de la Universidad de  
Sevilla al sector empresarial mediante la asistencia del  
investigador responsable a encuentros bilaterales de  
transferencia de la tecnología patentada a terceros, junto  
con la presencia de personal técnico de la OTRI.  
Elaboración de material divulgativo que contribuya a la  
promoción de las patentes propiedad de la Universidad  
de Sevilla.  
III.2. Ayudas para la publicación de trabajos de  
divulgación científica  
El objeto de esta acción es la publicación por el  
Secretariado de Publicaciones de la Universidad de  
Sevilla, de trabajos de divulgación científica derivada  
de la actividad de los investigadores de la Universidad  
de Sevilla. Las obras seleccionadas formarán parte del  
catálogo de Divulgación Científica de la Universidad de  
Sevilla.  
Solicitantes  
El Personal Docente e Investigador con vinculación  
contractual con la Universidad de Sevilla y que aparezca  
como inventor de un resultado de investigación protegido  
por la OTRI de la Universidad de Sevilla  
Dotación. Las ayudas cubrirán el presupuesto de edición  
de un máximo de cinco obras por cada ejercicio de  
vigencia del IV Plan Propio.  
Criterios de concesión  
Estar la solicitud de patente admitida a trámite por la  
Oficina Española de Patentes y Marcas.  
Características de los encuentros e identificación de los  
asistentes.  
Proceso de selección. La Comisión de Investigación  
procederá a la evaluación de las obras, aplicando los  
requisitos y condiciones establecidos en las bases de  
la convocatoria. Para adoptar su decisión, la Comisión  
de Investigación podrá recurrir a la evaluación de los  
trabajos por especialistas externos a la propia Comisión.  
Dotación. La dotación anual será de 60.000 €, cantidad  
que se podrá incrementar con remanentes de años  
anteriores cuando los hubiere. Se concederán ayudas  
para:  
III.3. Ayudas para actividades de divulgación científica  
Gastos de viajes y dietas asociados a la asistencia al  
encuentro con un máximo de dos encuentros por patente  
ofertada y por año.  
Costes de elaboración del material divulgativo sin  
superar un máximo de 3.000€ por patente.  
Con estas ayudas se pretende promover, mediante su  
financiación, la realización de actividades de divulgación  
científica orientadas al fomento de la cultura científico-  
tecnológica de la sociedad y a promocionar el interés  
de la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma  
preferente, serán objeto de esta línea de ayudas, la  
realizacióndeaccionesqueademástiendanapromocionar  
en la sociedad las actividades científico-tecnológicas de  
nuestra Universidad.  
III.5. Premio Universidad de Sevilla a la divulgación  
científica.  
Con este premio a la divulgación científica se pretende  
promover, fuera de los ámbitos estrictamente académicos  
e investigadores, la difusión del conocimiento científico  
y los resultados de la investigación realizada en la  
Universidad de Sevilla. Consistirá en la publicación  
anual de una obra que reúna los máximos niveles de  
calidad y capacidad divulgativa.  
Requisitos de los beneficiarios. Los equipos de trabajo  
que soliciten estas ayudas deberán estar dirigidos por  
un profesor doctor en activo a tiempo completo de la  
Universidad de Sevilla.  
Criterios de concesión. Para la resolución de esta  
convocatoria se valorará la calidad y viabilidad de la  
actividad que se pretende realizar en relación estricta a  
los objetivos de la convocatoria.  
Dotación. El premio Universidad de Sevilla de  
Divulgación Científica será dotado con la cantidad  
de 9.000€, además de la edición y publicación por el  
Secretariado de Publicaciones de la Universidad de  
Sevilla de la obra seleccionada.  
Dotación. La dotación anual será de 60.000 €, cantidad  
que se podrá incrementar con remanentes de años  
anteriores cuando los hubiere. Se concederán ayudas por  
un máximo de 5.000 €.  
La selección de las obras, que concurran al concurso y se  
adapten a lo establecido en las bases de la convocatoria,  
será realizada por un jurado de especialistas, tanto  
académicos como no académicos, designados por la  
Comisión de Investigación. Además de la publicación de  
III.4. Ayudas a la promoción de patentes.  
1
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la obra premiada, el jurado podrá proponer la publicación  
de uno o varios de los accésit honoríficos que pudieran  
otorgarse y su incorporación al Catálogo de Divulgación  
Científica de la Universidad de Sevilla.  
Cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan,  
se podrán ampliar, en función del incremento financiero,  
el número de ayudas y subvenciones de las diferentes  
acciones que este Plan contempla e incorporar nuevas  
acciones.  
Ser beneficiario de este premio se considerará como  
un indicador positivo a efectos de evaluación para los  
incentivos de investigación contemplados en el IV Plan  
Propio.  
DISPOSICIÓN FINAL  
El IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de  
Sevilla entrará en vigor tras su aprobación por el Consejo  
de Gobierno.  
III.6. Premios FAMA-Universidad de Sevilla a la  
trayectoria investigadora  
El objetivo de estos premios es el reconocer y divulgar  
los méritos acumulados por los profesores durante una  
trayectoria investigadora de excelencia desarrollada en  
la Universidad de Sevilla.  
La Comisión de Investigación aprobará anualmente las  
bases reguladoras de las distintas convocatorias, que  
serán publicadas en el BOUS y en la página web del  
Vicerrectorado de Investigación, comunicándose a los  
Departamentos.  
Requisitos de los candidatos. Ser Personal Docente  
e Investigador de la Universidad de Sevilla, en activo  
o emérito, y haber desarrollado en dicha institución  
la mayor parte de la trayectoria investigadora que se  
premia. La convocatoria del premio podrá establecer  
otros requisitos adicionales, de acuerdo con lo que  
determine el modelo de la misma, que será elaborado por  
la Comisión de Investigación y aprobado por el Consejo  
de Gobierno.  
Dotación del Premio. Entrega por el Rector en acto  
solemne de la mención honorífica y de una reproducción  
de la estatua FAMA.  
Selección de candidatos. Las distintas candidaturas se  
someterán a la evaluación de un jurado, que propondrá al  
Rector la concesión de un máximo de cinco distinciones  
anuales (una por cada rama del conocimiento de las  
establecidas por la Comisión de Investigación).  
Ser beneficiario del premio FAMA se considerará como  
un indicador positivo a efectos de evaluación para los  
incentivos de investigación contemplados en el IV Plan  
Propio.  
FINANCIACIÓN  
Las acciones previstas en el presente Plan Propio de  
Investigación serán financiadas por fondos específicos  
de investigación, a cuyo efecto, durante el periodo de  
vigencia del Plan, los Presupuestos de la Universidad  
de Sevilla contemplarán las dotaciones suficientes. De  
forma subsidiaria y/o complementaria podrán asignarse  
al Plan Propio recursos financieros externos.