Acuerdo de la Comisión de Doctorado de fecha 5 de octubre de 2018 por el que se modifica el Acuerdo 11/CD 7-11 2013, sobre criterios de admisión a programas de doctorado RD 99/2011 de estudiantes en posesión del Título Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
Núm. 11/2018, de 14 de diciembre  
Acuerdo de la Comisión de Doctorado de fecha 5 de octubre de 2018 por el que se modifica el  
Acuerdo 11/CD 7-11-2013, sobre criterios de admisión a programas de doctorado RD 99/2011 de  
estudiantes en posesión del Título Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria  
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.  
Acuerdo 13/CD 5-10-2018, por el que de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del RD  
99/2011 y en el artículo 7.7 del Acuerdo 7.2/CG 17-6-11 por el que se aprueba la Normativa de Estudios  
de Doctorado, se conviene, por asentimiento, modificar el Acuerdo 11/CD 7-11-2013 por el que se  
establecen criterios de admisión a programas de doctorado RD 99/2011 de estudiantes en posesión  
del Título Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,  
Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, acordando que los citados estudiantes podrán solicitar  
admisión a cualquier Programa de Doctorado de la Universidad de Sevilla. Serán las Comisiones  
Académicas de los Programas de Doctorado las que decidan acerca de la admisión del estudiante,  
en uso de las competencias atribuidas por el art. 7 del RD 99/2011 y conforme a lo establecido a  
este respecto en las correspondientes Memorias de Verificación. Las Comisiones Académicas de los  
Programas de Doctorado podrán acordar la exigencia de realización de complementos de formación  
específicos que en ningún caso podrán exceder de 18 ECTS y, en casos excepcionales, de 24 ECTS de  
conformidad con lo dispuesto por la Comisión de Doctorado en su reunión de 12 de diciembre de  
2012. En el caso de programas de doctorado interuniversitarios, este límite podrá variar en función de  
lo que se establezca en los respectivos convenios.  
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