Acuerdo 6.3/CG 26-6-19, por el que de conformidad con los artículos 84, 85 y 88 del EUS, previo informe favorable de la Comisión Académica y a propuesta de ésta, se conviene, por asentimiento, aprobar la modificación de la Oferta de Empleo Público adicional correspondiente a 2019, en los términos del documento que se anexa.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LA OFERTA PÚBLICA
ADICIONAL CORRESPONDIENTE A 2019
Tasa de reposición adicional
Personal docente e investigador (1)
CUERPO/CATEGORÍA |
Nº DE PLAZAS (2) |
Profesor Titular de Universidad |
3 |
Profesor Contratado Doctor |
8 |
Profesor Contratado Doctor |
2(3) |
(1) En aplicación de la tasa de reposición adicional que establece el artículo 19.Uno.4 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que prevé una tasa de reposición adicional para estabilización de empleo temporal, y en los términos previstos en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
(2) Se efectúa la reserva legalmente establecida para cubrir por personas con discapacidad.
(3) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3 en virtud del artículo 19.Uno.3 I) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales, y que hayan obtenido el certificado I3.