Acuerdo 10/CG 18-12-19, por el que se aprueba el Convenio Tipo-Base para participar en las Actividades y Proyectos ligados al Programa Alumni US.

Acuerdo 10/CG 18-12-19, por el que de conformidad con el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimiento, aprobar el Convenio Tipo-Base para participar en las Actividades y Proyectos ligados al Programa Alumni US, en los términos del documento que se anexa, de modo que los Convenios futuros que sean idénticos a este Convenio Tipo-Base se entenderán aprobados por el Consejo de Gobierno, dándose de ellos conocimiento al mismo.

ANEXO

En Sevilla, a 

REUNIDOS

De una parte, D. Miguel Ángel Castro Arroyo, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, nombrado por Decreto 4/2016, de 12 de enero, (BOJA núm. 11, de 19 de enero de 2016), y de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en los artículos 18 y 20 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre.

y de otra,

ENTIDAD COLABORADORA

Ostentando cada uno de ellos la representación de la entidad a la que representan y reconociéndose mutuamente la capacidad legal para suscribir el presente Convenio, a tal efecto

MANIFIESTAN

PRIMERO: Que la Universidad de Sevilla desarrolla actividades de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico de calidad, estando interesada en colaborar con los sectores socioeconómicos para asegurar uno de los fines de la docencia e investigación, que es la innovación y la modernización del sistema productivo y empresarial.

SEGUNDO: Que la Universidad de Sevilla, tal y como establece su Plan Estratégico 2018-2025, persigue ser una universidad que capacite a sus egresados, a través del conocimiento y de las competencias que adquieran durante su formación, para alcanzar la autonomía que les permita desarrollar su proyecto de vida; así como potenciar el avance del conocimiento y su transmisión al entorno, buscando contribuir al bienestar y al desarrollo de la sociedad.

TERCERO: Que la Universidad de Sevilla persigue reforzar y propulsar su identidad, desarrollando el sentimiento de cohesión y de pertenencia a la institución con el fin de alcanzar una imagen clara, fuerte e integradora que se proyecte tanto al interior como al exterior.

CUARTO: Que XXX es una organización orientada a la excelencia en la gestión de la experiencia de cliente y la innovación, que presta servicios integrales de outsourcing a través de un modelo sostenible que contribuye a crear valor para los accionistas, clientes y empleados, manteniendo un amplio compromiso con el medioambiente y la sociedad.

QUINTO: Que han coincidido en el análisis de la especial significación y relevancia estratégica, desde múltiples perspectivas, de los egresados universitarios para el avance de la economía y de la sociedad.

SEXTO: Que por ello, la puesta en marcha del programa Alumni para promover la relación continua de la Universidad de Sevilla con sus egresados e incrementar su conexión con la sociedad, constituyen un avance significativo para alcanzar los objetivos anteriormente reseñados, que ya ha sido desarrollado en otras universidades internacionales y nacionales.

SEPTIMO: Que la colaboración entre la Universidad de Sevilla y XXX constituye la mejor garantía para que esa puesta en marcha se produzca.

OCTAVO: Que ambas entidades están interesadas en establecer un Convenio de colaboración que permita el mejor cumplimiento y desarrollo de sus correspondientes objetivos en el ámbito de los egresados de la Universidad de Sevilla. Más concretamente, y sin ánimo de exhaustividad, la colaboración podría revestir las siguientes formas:

El desarrollo conjunto de actividades promocionales, divulgativas, de estudio, formativas, de investigación, de emprendimiento o de iniciación a la incorporación profesional, que pudieran encuadrarse entre los fines perseguidos por el presente convenio de colaboración.

La organización de foros de encuentro entre académicos, empresarios, egresados y/o cualesquiera otras personas o entidades directa o indirectamente relacionadas con la temática de trabajo objeto del presente convenio de colaboración.

En virtud de todo ello, acuerdan establecer el presente convenio de colaboración conforme a los fines estipulados en las manifestaciones anteriores, y de acuerdo a las siguientes.

El desarrollo conjunto de actividades promocionales, divulgativas, de estudio, formativas, de investigación, de emprendimiento o de iniciación a la incorporación profesional, que pudieran encuadrarse entre los fines perseguidos por el presente convenio de colaboración.

La organización de foros de encuentro entre académicos, empresarios, egresados y/o cualesquiera otras personas o entidades directa o indirectamente relacionadas con la temática de trabajo objeto del presente convenio de colaboración.

En virtud de todo ello, acuerdan establecer el presente convenio de colaboración conforme a los fines estipulados en las manifestaciones anteriores, y de acuerdo a las siguientes.

CLÁUSULAS

PRIMERA: La Universidad de Sevilla procederá a la puesta en marcha del programa Alumni.

SEGUNDA: El programa Alumni tendrá por objetivo fundamental la relación continua de la Universidad de Sevilla con sus egresados y la difusión de la identidad de la Universidad de Sevilla como canal de conexión con la sociedad.

TERCERA: Las actividades desarrolladas en el programa Alumni girarán alrededor de cuatro grandes áreas: emprendimiento, formación continua, actividades profesionales y redes de relaciones. Para el seguimiento de las actividades programadas por el programa Alumni se procederá a la constitución, de común acuerdo, de un Consejo Asesor presidido por el Rector, o persona en quien delegue, quien velará por el cumplimiento de los objetivos del proyecto.

CUARTA: El nombre y logotipo de la entidad colaboradora aparecerá en todas las actividades y proyectos ligados al programa Alumni de la Universidad de Sevilla en la que se concrete la citada colaboración.

QUINTA: El presente convenio de colaboración tiene una duración inicial de un curso académico y surtirá efecto desde el día de su firma.

En cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Las partes podrán denunciar o modificar el presente convenio, en cualquier momento por mutuo acuerdo, comunicándolo por escrito a la otra parte con seis meses de antelación a la fecha en que vaya a darlo por terminado. En ambos casos, las partes se comprometen a finalizar aquellas actividades que se encuentren en fase de realización en el curso académico.

SEXTA: La ejecución y el desarrollo de este convenio de colaboración estarán presididos por los principios de buena fe y confianza recíproca. Las actuaciones que hayan de desarrollarse para su mejor cumplimiento o por la modificación de su clausulado original, serán objeto de concreción en un ulterior convenio especifico que quedará unido como anexo a éste, formando parte integrante del mismo a todos los efectos.

En prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente convenio de colaboración por cuadriplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Por la UNIVERSIDAD DE SEVILLA Por XXX

Fdo.: D. Miguel Ángel Castro Arroyo Fdo.:

(Firma y sello)