Acuerdo 8/CG 25-2-11 por el que se aprueba el  Convenio Tipo-Base para el desarrollo de actividades  del Programa Provincial del Aula de la Experiencia.
6
BOUS núm. 2, de 15 marzo de 2011  
Acuerdo 8/CG 25-2-11 por el que se aprueba el  
Convenio Tipo-Base para el desarrollo de actividades  
del Programa Provincial del Aula de la Experiencia.  
Acuerdo 8/CG 25-2-11 por el que de conformidad con el  
artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimiento,  
aprobar el Convenio Tipo-Base para el desarrollo de  
actividades relativas al “Programa Provincial del Aula  
de la Experiencia”, en los términos del documento  
que se anexa, de modo que los Convenios futuros que  
sean idénticos a este Convenio-tipo Base se entenderán  
aprobados por el Consejo de Gobierno, dándose de ellos  
conocimiento al mismo.  
7
BOUS núm. 2, de 15 marzo de 2011  
ANEXO  
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE __________________ Y LA  
UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES RELATIVAS AL “PROGRAMA  
PROVINCIAL DELAULA DE LA EXPERIENCIA” EN LA CIUDAD DE ________________________  
En Sevilla, ______________________  
R E U N I D O S  
De una parte, ______________________________________________  
Y de otra, el Sr. D. Joaquín Luque Rodríguez, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.  
Ambos intervienen en función de los respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las  
facultades que a cada uno les están conferidas reconociéndose recíprocamente plena capacidad para obligarse con el  
carácter con que intervienen, y a tal fin  
E X P O N E N  
PRIMERO.- Que la Constitución Española en su artículo 50 recoge, entre otros principios, que los poderes públicos  
promoverán el bienestar de las personas mayores mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas  
específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.  
SEGUNDO.- Que el Estatuto de Autonomía de Andalucía prevé, como uno de los objetivos prioritarios que deben  
inspirar el ejercicio de sus poderes, el acceso de todos los andaluces a una educación permanente y de calidad que les  
permitan su realización personal y social (art. 10.3 2° E.A.). Asimismo confiere a la Comunidad Autónoma competencia  
exclusiva en materia de servicios sociales (art. 61 E.A.), cultura (art. 68 E.A.), derechos de los mayores (art. 19 E.A.) y  
la participación de los mayores en la vida social, educativa y cultural de la comunidad (art. 37.3 E.A.).  
TERCERO.- Que ambas Instituciones son conscientes de la necesidad de facilitar el acercamiento de las personas  
mayores a programas de formación que, especialmente diseñados para ellos, incidan en su plena integración en la vida  
social y cultural de su entorno, procurándoles de esta forma un mejor aprovechamiento del tiempo libre y un mayor  
bienestar.  
CUARTO.- Que la Universidad de Sevilla está desarrollando el Programa delAula de la Experiencia, dirigido a personas  
mayores de 55 años, con unos objetivos, contenidos, metodología y actividades apropiadas para promover en ellos la  
utilización de la Ciencia y la Cultura como vehículo idóneo para mejorar la calidad de vida.  
QUINTO.- Que, en base a las anteriores consideraciones, ambas partes acuerdan firmar el presente Convenio, con  
arreglo a las siguientes:  
E S T I P U LA C I O N E S  
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.  
El objeto del presente Convenio es el articular la colaboración del Ayuntamiento __________, a través de la Delegación  
_
________ de ese Ayuntamiento, con la Universidad de Sevilla, para el desarrollo de las actividades enmarcadas dentro  
del “Programa Provincial del Aula de la Experiencia”.  
8
BOUS núm. 2, de 15 marzo de 2011  
SEGUNDA.- DESTINATARIOS.  
El Programa Provincial del Aula de la Experiencia se dirigirá a mujeres y hombres mayores de 55 años, con titulación  
universitaria o no, que no estén matriculados en cursos o asignaturas de cualquier Facultad o Escuela Universitaria.  
TERCERA.- FINES Y CONTENIDOS.  
El presente Convenio persigue con el desarrollo del Programa Provincial del Aula de la Experiencia la consecución de  
los siguientes fines:  
-
Propiciar el acceso de las mujeres y los hombres a los bienes culturales, a fin de mejorar su calidad de vida y fomentar  
el empleo creativo del ocio.  
-
Facilitar un espacio de debate cultural, social y científico que posibilite que los mayores puedan desarrollar  
permanentemente sus capacidades intelectuales, siendo una fuente de enriquecimiento progresivo en el ámbito personal  
y social que despierta una actitud de preparación constante y facilitando, asimismo, la capacidad para responder a las  
diversas situaciones de la vida.  
-
Abrir la Universidad a los mayores para que se enriquezcan con la secular aportación de saber de la Institución  
Universitaria.  
-
Ofrecer un marco idóneo, pleno de espíritu de convivencia, para propiciar unas relaciones intergeneracionales que  
dinamicen la participación social.  
El Programa Provincial del Aula de la Experiencia estará integrado por un conjunto de cursos programados por la  
Universidad de Sevilla, cuya determinación se efectuará en el seno de la Comisión de Seguimiento constituida en el  
presente Convenio.  
CUARTA.- PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN.  
Las actuaciones que integren el contenido del Programa Provincial del Aula de la Experiencia serán programadas y  
ejecutadas por la Universidad de Sevilla.  
QUINTA.- SEDE Y DURACIÓN DE LOS CURSOS.  
Los cursos se desarrollarán en ________________________.  
La duración de estos cursos abarcará el período comprendido entre los meses ___________ y _______________.  
SEXTA.- CERTIFICADOS.  
Al término de los cursos 1º, 2º, 3º o Formación Continua se entregarán al alumnado certificados firmados por la Sra.  
Vicerrectora de Relaciones Institucionales, por la Sra. Directora del Aula de la Experiencia y por el Coordinador  
Local del Programa Provincial del Aula de la Experiencia en ____________________, acreditando su asistencia y  
aprovechamiento.  
Al finalizar el ciclo completo de los cursos 1º, 2º y 3º, será otorgado por el Rector de la Universidad de Sevilla un diploma  
que acreditará los estudios cursados. Este diploma no podrá en ningún caso facultar para el ejercicio profesional, ni  
servir a efectos de convalidación.  
SÉPTIMA.- FINANCIACIÓN Y PAGO.  
Para la realización de las actividades del presente Convenio, la Delegación de____________ del Ayuntamiento de  
_
________________ se compromete a aportar la cantidad ___________________________, financiados con cargo a la  
aplicación presupuestaria ___________, correspondiente al Presupuesto de Gastos del ejercicio _______.  
El pago se realizará tras la firma del Convenio. C/C de la Universidad de Sevilla: 0049/2588/71/2114197826.  
Los ingresos realizados en concepto de Matrícula por los alumnos y alumnas del Programa Provincial del Aula de la  
Experiencia con sede en _________________ durante el Curso Académico ___________ podrán modificar al alza o a  
la baja la cantidad que debe aportar el Ayuntamiento de la Localidad.  
9
BOUS núm. 2, de 15 marzo de 2011  
OCTAVA.- JUSTIFICACIÓN DE LA FINANCIACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.  
La Universidad de Sevilla aportará al Excmo. Ayuntamiento de _____________ documentos justificativos de los gastos  
realizados con cargo a la cantidad concedida.  
NOVENA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.  
Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio las partes firmantes asumen los siguientes compromisos:  
Por parte de la Universidad de Sevilla:  
-
ElaboracióndeunPrograma-ModeloquesefacilitaalCoordinadorLocaldelProgramaProvincialen_________________  
para que éste elabore uno especifico de su localidad.  
-
-
-
Control y seguimiento de dicho Programa.  
Gestión económica y administrativa de las actuaciones previstas.  
La Universidad de Sevilla dotará al Aula de la Experiencia de los recursos básicos necesarios para el correcto  
desarrollo de las actividades programadas, para lo cual podrá suscribir acuerdos de colaboración y financiación con  
otras Instituciones, públicas o privadas.  
Por parte del __________________________________:  
-
Puesta a disposición del Aula de la Experiencia de su propia infraestructura para facilitar la organización de actividades  
en las mejores condiciones posibles.  
-
-
-
Elaboración de un Programa, tomando como referencia el modelo presentado por el Aula de la Experiencia.  
Presentación de la documentación requerida por la secretaría del Aula de la Experiencia.  
Información continuada sobre el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, remitiendo una Memoria  
global que permita la evaluación de las actuaciones realizadas.  
-
Al mismo tiempo se encargará del trámite de puesta en funcionamiento y consolidación del Aula de la Experiencia  
durante el Curso Académico _________.  
DÉCIMA.- ALTERACIÓN DE LAS CONDICIONES.  
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la firma del presente Convenio, y, en todo caso, la obtención  
concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales  
o internacionales aplicadas específicamente a los mismos fines previstos en el citado Convenio podrá dar lugar a la  
modificación de las cláusulas del mismo.  
UNDÉCIMA.- COMISIÓN TÉCNICA DE SEGUIMIENTO.  
Para el seguimiento de las actividades objeto del presente Convenio, se crea una Comisión Técnica formada por, al  
menos, dos representantes de la Universidad de Sevilla y dos representantes del __________________________.  
Esta Comisión, en reuniones cuatrimestrales, conocerá el grado de ejecución de las actividades y del Convenio, evaluará  
sus resultados e introducirá las medidas correctoras de las dificultades o problemas que en su realización pudieran  
surgir. Asimismo resolverá, en su caso, los problemas de interpretación que en el cumplimiento del Convenio puedan  
presentarse.  
DUODÉCIMA.- DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD.  
Ambas partes colaborarán, con arreglo a los medios de que disponen, en la difusión de los Programas Universitarios  
objeto de este Convenio entre las personas o colectivos potencialmente interesados en el mismo.  
10  
BOUS núm. 2, de 15 marzo de 2011  
DECIMOTERCERA.- VIGENCIA. DENUNCIA Y RESOLUCIÓN.  
El presente Convenio tendrá vigencia desde la fecha de suscripción del mismo y finalizará el día 31 de diciembre  
de _______, siendo susceptible de prórroga automática, salvo denuncia de alguna de las partes expresada con una  
antelación de 2 meses antes del final de la misma.  
El incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones por alguna de las partes firmantes será causa suficiente para la  
denuncia y resolución del Convenio.  
Y en prueba de conformidad y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente Convenio,  
por duplicado.  
ELALCALDE PRESIDENTE DEL  
AYUNTAMIENTO DE ____________  
EL RECTOR DE LA  
UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
Fdo.: __________________________  
Fdo.: D. Joaquín Luque Rodríguez