Acuerdo 8/CG 24-7-13, por el que se aprueba el Con-  venio Tipo-Base de Empleabilidad.
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BOUS núm. 4, de 20 de septiembre de 2013  
Acuerdo 8/CG 24-7-13, por el que se aprueba el Con-  
venio Tipo-Base de Empleabilidad.  
Acuerdo 8/CG 24-7-13, por el que de conformidad con  
el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimien-  
to, aprobar el Convenio Tipo-Base de Empleabilidad, en  
los términos del documento que se anexa, de modo que  
los Convenios futuros que sean idénticos a este Conve-  
nio tipo-Base se entenderán aprobados por el Consejo de  
Gobierno, dándose de ellos conocimiento al mismo.  
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BOUS núm. 4, de 20 de septiembre de 2013  
CONVENIO TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LAUNIVERSIDAD DE SEVILLAY [ENTIDAD PRIVADA]  
En la ciudad de Sevilla, a  
de 2013  
REUNIDOS  
De una parte, D. ANTONIO RAMIREZ DE ARELLANO LÓPEZ, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, con  
poderes suficientes para la celebración de este acto en virtud de lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001,  
de 21 de diciembre de Universidades, y en el artículo 18, 20 y concordantes del Estatuto de la Universidad de Sevilla.  
De otra parte, D./Dª …, en nombre y representación de la empresa [ENTIDAD PRIVADA], en virtud de [CARGO Y  
COMPETENCIAS ATRIBUIDAS]  
Ambas partes, intervienen en función de los respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las  
facultades que a cada uno les están conferidas, reconociéndose mutuamente plena y expresa capacidad para obligarse  
con el carácter en el que intervienen, y a tal fin  
EXPONEN  
1. Que la Universidad de Sevilla (en adelante la Universidad), es una institución de Derecho Público abierta a la sociedad,  
dotada de personalidad jurídica, que desarrolla sus funciones, de acuerdo con la legislación vigente, en régimen de  
autonomía, y a la que corresponde la prestación del servicio público de educación superior, mediante el estudio, la  
docencia y la investigación, así como la generación, desarrollo y difusión del conocimiento al servicio de la sociedad y  
de la ciudadanía.  
2
. Que la [ENTIDAD PRIVADA] (en adelante …), es una [NATURALEZA] cuyos fines son [..…] y que pretende la  
firma de este convenio para facilitar la formación y la inserción laboral de alumnos y egresados a través de uno o varios  
de los Programas de Empleabilidad del Plan de Actuaciones del Consejo Social de la Universidad de Sevilla.  
3. Que ambas partes tienen personalidad jurídica propia, lo que les permite celebrar el presente Convenio de Colaboración  
para el mejor cumplimiento de los fines que tienen encomendados.  
4. Que por todo lo anterior, las partes firmantes manifiestan su interés común en formalizar el presente convenio de  
colaboración, de forma que les permita acrecentar su vinculación, estableciendo para ello los instrumentos adecuados.  
En razón de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración de conformidad con las  
siguientes.  
CLÁUSULAS  
PRIMERA.- OBJETO  
Ambas partes, interesadas en desarrollar acciones cuya iniciativa esté orientada a desarrollar acciones orientadas  
a facilitar la inserción profesional de alumnos y titulados, propiciando la incorporación e integración en el mundo  
empresarial de los estudiantes y recién egresados, con vistas a incrementar sus posibilidades de empleabilidad a través  
de los Programas de Empleabilidad promovidos por el Consejo Social:  
CONOCE: Visitas a empresas y ciclos de conferencias para compartir experiencias vitales aportadas principalmente  
por mandos intermedios y profesionales recién incorporados al mundo económico-empresarial, institucional, cultural y  
social.  
TUTELA: Colaboración con directivos empresariales para realizar actividades de “mentoring” a los estudiantes con  
mayores capacidades.  
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ESTUDIA Y TRABAJA: Bolsa de trabajos ocasionales para estudiantes que requieran un apoyo económico para la  
realización de sus estudios y/o que pretendan valerse por sí mismos.  
COMPLETA: Iniciativa orientada a la construcción de conocimiento compartido entre losestudiantes de distintas  
disciplinas incidiendo para ello en la evaluación de competencias profesionales y la posibilidad de acreditación desde  
una perspectiva transversal.  
INVENTA Y EMPRENDE: Establecimiento de alianzas con entidades que promueven el desarrollo de programas de  
emprendimiento para potenciar la puesta en marcha de iniciativas empresariales.  
SEGUNDA.- CONTENIDO  
Las características generales y particulares podrán ser acordadas para cada programa con la empresa proponente en las  
que se incluirá, detalle del proyecto a abordar y período de ejecución, completándose con la composición de la comisión  
seleccionadora, en su caso, proceso de adjudicación, en su caso, y régimen de ejecución del proyecto.  
Si se requiriese, se hará un acuerdo específico derivado de este convenio de colaboración para el desarrollo de alguno  
de los programas.  
Irá dirigido fundamentalmente a estudiantes próximos a terminar sus estudios y recién egresados.  
TERCERA.- COMPROMISOS  
1. La Universidad de Sevilla colaborará en las actividades conjuntas organizadas en el marco del presente Acuerdo a  
través del Consejo Social, con la publicación y difusión de los Programas de Empleabilidad (CONOCE, TUTELA,  
ESTUDIA Y TRABAJA, COMPLETA, INVENTA Y EMPRENDE), recepción de solicitudes y participación en el  
proceso de selección.  
2
. Por su parte la Empresa pondrá a disposición de las actividades realizadas en colaboración con la Universidad de  
Sevilla, sus instalaciones e infraestructura, así como los recursos humanos con los que cuenta normalmente para la  
consecución de sus fines.  
CUARTA.- NATURALEZA DEL CONVENIO Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO  
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá en su interpretación y desarrollo por el ordenamiento  
jurídico-administrativo, con especial sumisión de las partes a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.  
QUINTA.- DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA COLABORACIÓN  
Ambas instituciones aportarán sus cauces habituales de comunicación para difundir las actividades organizadas  
en colaboración, y en aquellos casos en que resulte oportuna una nota de prensa conjunta, ésta será consensuada  
entre las partes.  
SEXTA.- USO DE LOGOTIPOS  
El uso y la inserción de un logotipo de cualquiera de las partes, en las actividades que se realicen al amparo de este  
Convenio, deberá respetar, en todo caso, la aplicación de las normas por las que vengan reguladas normativamente.  
SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN O ADICIÓN DEL CONVENIO  
El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por imperativo legal o por mutuo acuerdo a petición de cualquiera  
de las partes. Las modificaciones entrarán en vigor en la fecha en que sean acordadas por ambas partes y los documentos  
acreditativos de tales variaciones serán anexados a este Convenio de Colaboración como integrante del mismo.  
OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD  
Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos comunes, así como los resultados finales tendrán  
carácter confidencial.  
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NOVENA.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONVENIO  
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de un año, que podrá ser prorrogado  
automáticamente por períodos iguales, a partir de la citada fecha de finalización, a menos que una de las partes comunique  
a la otra, por escrito y con, al menos, tres meses de antelación, la fecha en que desee darlo por concluido.  
DÉCIMA.- DISCREPANCIAS, LITIGIOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS  
Las partes se comprometen a resolver de manera amigable cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del  
Convenio.  
Se encomienda la creación de una comisión paritaria que se encargue de la interpretación y resolución de discrepancias  
que puedan surgir en la aplicación del convenio.  
En caso de no ser posible lo anterior, las partes acuerdan, con renuncia expresa y consentida a cualquier otro fuero o  
jurisdicción que pudieran corresponderles en derecho, someterse expresamente al fuero de los Juzgados y Tribunales de  
Sevilla para cualquier discrepancia, conflicto o litigios que se deriven sobre el cumplimiento, ejecución o interpretación  
del presente Convenio.  
Ambas partes, por medio de sus representantes, suscriben el presente Convenio Marco en duplicado ejemplar y estampan  
en ellos sus respectivas firmas y sellos en la fecha y lugar arriba indicados.  
POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
POR (NOMBRE DE LA EMPRESA)  
Fdo.: Antonio Ramírez de Arellano López  
Fdo.: