Acuerdo 6.4/CG 21-12-09 por el que se aprueba la  convocatoria del premio a la jubilación voluntaria  para profesores de cuerpos docentes en el año 2010.
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BOUS núm. 1, de 18 de enero de 2010  
Acuerdo 6.4/CG 21-12-09 por el que se aprueba la  
convocatoria del premio a la jubilación voluntaria  
para profesores de cuerpos docentes en el año 2010.  
2.2. El pago del premio se realizará con cargo al Fondo  
de Acción Social, en el que se arbitrará una partida es-  
pecífica.  
Acuerdo 6.4/CG 21-12-09, por el que se conviene, por  
asentimiento, aprobar la convocatoria del premio a la ju-  
bilación voluntaria para profesores de cuerpos docentes  
en el año 2010 en los términos del documento anexo.  
2.3. La solicitud de jubilación voluntaria y premio debe-  
rá presentarse en el Registro General de esta Universidad  
en el plazo comprendido entre el 25 de enero y el 27 de  
febrero de 2010 (ambos incluidos).  
ANEXO  
2.4. De haber más de 100 solicitudes, se atenderán las  
de los 100 profesores con mayor número de años de ser-  
vicio en la Universidad de Sevilla, sin perjuicio de lo  
dispuesto en el punto 2.5 siguiente.  
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA  
DEL PREMIO A LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA  
DEL PERSONAL DOCENTE FUNCIONARIO DE LA  
UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL AÑO 2010.  
2.5. Del profesorado adscrito a una misma área de cono-  
cimiento dentro de un mismo departamento, únicamente  
podrán atenderse las solicitudes de un máximo de tres  
profesores. De haber más de tres solicitudes se conside-  
rarán, a lo sumo, las de los tres profesores con mayor nú-  
mero de años de servicio en la Universidad de Sevilla.  
Los profesores de los cuerpos docentes universitarios  
pueden acogerse a dos tipos de jubilación voluntaria, la  
establecida, con carácter general, en la Ley de Clases  
Pasivas del Estado (R.D. Legislativo 670/1987 de 30 de  
abril, que aprueba su texto refundido) y la regulada es-  
pecíficamente para el P.D.I. en la Ley 27/1994 de 29 de  
septiembre, de modificación de la edad de jubilación de  
los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios.  
Pues bien, existen casos de profesores que, deseando ju-  
bilarse voluntariamente, no lo hacen por la pérdida re-  
tributiva que ellos supone. El objetivo del premio a la  
jubilación voluntaria es facilitar que estos profesores  
puedan jubilarse sin merma de las retribuciones que les  
corresponderían de seguir en activo hasta su jubilación  
forzosa a los setenta años de edad.  
2.6. Los profesores cuya solicitud no sea atendida, por  
aplicación de lo dispuesto en los puntos 2.4 y 2.5 ante-  
riores, podrán retirar su solicitud de jubilación voluntaria  
antes del 15 de septiembre de 2010.  
3. CUANTÍA DEL PREMIO.  
3.1. La cuantía del premio se determina y abona, en cada  
caso, según las siguientes reglas:  
a) Se calcula la diferencia entre la pensión máxima  
anual (será la previsible para la mayoría) que, de  
acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del  
Estado, pueda percibirse en 2010 y las retribuciones  
brutas anuales del profesor en 2010, con exclusión  
del componente singular por desempeño de cargos  
académicos y, en caso de los profesores vinculados,  
del complemento asistencial.  
1
. ÁMBITO DE APLICACIÓN.  
El presente acuerdo será de aplicación al profesorado de  
los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de  
Sevilla que, llevando al menos en ésta quince años de  
servicios como profesor, solicite la jubilación voluntaria  
con efectos 1 de octubre de 2010 en cualquiera de sus  
modalidades:  
b) El importe total del premio será igual al producto  
de la diferencia calculada en el apartado a) multipli-  
cada por el número de años que medien entre el 1 de  
octubre de 2010 y el 30 de septiembre del curso aca-  
démico en el que el profesor cumpla setenta años.  
a) general, a partir de los sesenta años de edad siem-  
pre que se tengan reconocidos treinta años de servi-  
cio, o  
b) específica, a los sesenta y cinco o más años de  
edad.  
c) La cuantía resultante se abonará al profesor en  
plazos mensuales, en los que se descontará la co-  
rrespondiente retención del IRPF, desde el mes de  
octubre de 2010 hasta el mes de septiembre del curso  
académico en el que el profesor cumpla setenta años,  
aplicándose las reducciones fiscales correspondien-  
tes y siempre que continúe percibiendo la pensión  
de jubilación.  
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2
. PREMIOS A LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA EN  
010.  
2
.1. Se ofertan un total de 100 premios a la jubilación vo-  
luntaria en 2010 cuya cuantía se calculará, en cada caso,  
de acuerdo con lo dispuesto en el punto 3.  
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BOUS núm. 1, de 18 de enero de 2010  
3
.2. Mediante un sistema de información electrónica de  
ANEXO  
acceso restringido, cada profesor podrá conocer cuál se-  
ría, en su caso, la cuantía del premio y del importe bruto  
de cada mensualidad.  
RESOLUCION RECTORAL DE DICIEMBRE 2009  
POR LA QUE SE CONVOCAN PREMIOS LA JUBI-  
LACION VOLUNTARIA ANTICIPADA A TIEMPO  
PARCIAL DEL PERSONAL LABORAL DE ADMI-  
NISTRACIÓN Y SERVICIOS  
No obstante lo dicho, conviene aclarar que los cálcu-  
los se realizan de acuerdo con las previsiones del punto  
3
.1.a) de las presentes bases, es decir tomando siempre  
como referencia el tope de la pensión de jubilación.  
Examinado el Acuerdo con el comité de empresa por el  
que se determinan las condiciones que permiten al per-  
sonal laboral de administración y servicios la posibili-  
dad de jubilarse a partir de los 60 años, en la modalidad  
de jubilación parcial conforme a lo dispuesto en el Real  
Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, se convocan 50  
premios con arreglo a las siguientes.  
4
. ACCIÓN SOCIAL.  
Los profesores que obtengan el premio serán beneficia-  
rios de la Acción Social de la Universidad de Sevilla has-  
ta que cumplan setenta años de edad, siéndoles de aplica-  
ción, a partir de dicha fecha, los beneficios establecidos  
para los jubilados forzosos.  
BASES  
1
. Requisitos. Podrán obtener el premio las personas en  
5
. INCOMPATIBILIDADES.  
que concurran los siguientes requisitos:  
5
.1. El disfrute del premio a la jubilación voluntaria será  
1.1. Ostentar la condición de personal laboral de Ad-  
ministración y Servicios de la Universidad de Sevilla.  
incompatible con la contratación como Profesor Emérito  
y con la percepción del premio de jubilación establecido  
por el Acuerdo 8.4/JG 27-11-2000.  
1
.2. Haber prestado servicios en la Universidad al  
menos 10 años  
5
.2. En el supuesto de que los preceptores del premio de-  
1.3. Tener veinticinco años cotizados  
sarrollen alguna actividad pública o privada, la percep-  
ción de éste quedará en suspenso hasta que se produzca  
el cese de dicha actividad, en cuyo momento volverán a  
percibirlo, si bien las cantidades no recibidas mientras  
haya persistido la situación de incompatibilidad serán  
descontadas del importe total del premio, calculado con-  
forme dispone la Base 3. Estas circunstancias deberán  
ponerse en conocimiento del Área de Personal Docente  
1
.4. Cumplir durante 2010 entre 60 años y cuatro  
meses y 64 años de edad.  
1
.5. Reunir las demás condiciones exigidas legal-  
mente para tener derecho a la pensión contributiva de  
jubilación de la Seguridad Social, a tiempo parcial.  
Dichos requisitos deben de reunirse a la finalización del  
plazo establecido en 2.8 de esta Resolución.  
(Servicio de Gestión de Personal Docente).  
2
. Condiciones.  
5
.3. Los incumplimientos de estas bases darán lugar a la  
pérdida automática del premio.  
2
.1. El trabajador que obtenga el premio concertará  
con la Universidad, un contrato a tiempo parcial, por  
el que aquél reduzca su jornada de trabajo y su sala-  
rio en un 80%, percibiendo el equivalente a las retri-  
buciones que le correspondan en función del tiempo  
de trabajo.  
Acuerdo 8.5/CG 21-12-09 por el que se aprueban las  
bases reguladoras de la convocatoria del premio a la  
jubilación voluntaria anticipada a tiempo parcial del  
personal laboral de administración y servicios de la  
Universidad de Sevilla en el año 2010.  
2
6
.2. En los casos de que el jubilado tenga menos de  
4 años la Universidad concertará simultáneamente  
un contrato de relevo con otro trabajador en situa-  
ción de desempleo o que tenga concertado con la  
Institución un contrato de duración determinada, con  
objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada va-  
cante por el trabajador que se jubila parcialmente. El  
contrato de relevo se realizará a favor de trabajado-  
res incluidos en las bolsas de trabajo para desempe-  
Acuerdo 8.5/CG 21-12-09, por el que se conviene, por  
asentimiento, la aprobación de las bases reguladoras de  
la convocatoria del premio a la jubilación voluntaria an-  
ticipada a tiempo parcial del personal laboral de admi-  
nistración y servicios de la Universidad de Sevilla en el  
año 2010, según lo contenido en el documento anexo.