Acuerdo 6.3.1/CG 20-12-12, por el que se aprueba la propuesta de modificación del Sistema de Evaluación  de la Actividad Docente del Profesorado de la Universidad de Sevilla.
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BOUS núm. 1, de 25 de enero de 2013  
Acuerdo 6.3.1/CG 20-12-12, por el que se aprueba la  
Exposición de Motivos  
propuesta de modificación del Sistema de Evaluación  
de la Actividad Docente del Profesorado de la Univer-  
sidad de Sevilla.  
El Reglamento General de Estudiantes de la Universidad  
de Sevilla establece en su artículo 19.1 que los Centros y  
las Unidades Funcionales encargadas de la prestación de  
las actividades de gestión o de asistencia a la comunidad  
universitaria podrán tener su propio sistema de becas y  
ayudas vinculadas a dichas actividades.  
Acuerdo 6.3.1/CG 20-12-12, por el que previo informe  
de la Comisión de Garantía de la Calidad, se aprueba,  
por 30 votos a favor, 4 abstenciones y ninguno en contra,  
la propuesta de modificación del Sistema de Evaluación  
de la Actividad Docente del Profesorado de la Universi-  
dad de Sevilla para su remisión a ANECA.  
En la actualidad, la condición de becario de formación  
mediante la colaboración en servicios o unidades de la  
Universidad de Sevilla carece de una regulación espe-  
cífica. En consecuencia, su regulación se viene estable-  
ciendo en las bases de cada convocatoria, quedando el  
régimen jurídico del mismo circunscrito a los criterios  
de cada una de ellas.  
La documentación a la que se refiere este acuerdo puede  
ser consultada en las siguientes direcciones:  
http://www.us.es/downloads/acerca/organizacion/  
equipo/Manual_SEADP_v27122012.pdf y  
http://www.us.es/downloads/acerca/organizacion/  
La dispersión de convocatorias, la diversidad de servi-  
cios, así como el importante número de becarios que en  
la actualidad reciben formación en los diversos servi-  
cios y unidades de la Universidad hacen necesaria una  
regulación común que recoja tanto el procedimiento de  
elaboración y aprobación de las convocatorias como las  
condiciones de disfrute de estas becas y ayudas.  
equipo/Adenda_seval_12122012.pdf  
Acuerdo 6.3.2/CG 20-12-12, por el que se aprueba la  
propuesta de modificación del Sistema Quinquenal de  
Evaluación de laActividad Docente del Profesorado de  
la Universidad de Sevilla para su remisión a ANECA.  
Capítulo I. Concepto, Ámbito deAplicación y Naturaleza  
Artículo 1. Concepto y ámbito de aplicación  
Acuerdo 6.3.2/CG 20-12-12, por el que previo informe  
de la Comisión de Garantía de la Calidad, se aprueba,  
subsidiariamente, por asentimiento, la propuesta de mo-  
dificación del Sistema Quinquenal de Evaluación de la  
Actividad Docente del Profesorado de la Universidad de  
Sevilla para su remisión a ANECA.  
Las becas y ayudas de formación mediante la colabora-  
ción en servicios y unidades de la Universidad de Sevilla  
(en adelante becas de formación) tienen como finalidad la  
consecución de una mejor formación de los estudiantes y  
recién titulados mediante un aprendizaje práctico que les  
facilite su futura inserción en el mercado de trabajo.  
La documentación a la que se refiere este acuerdo puede  
ser consultada en la siguiente dirección:  
http://www.us.es/downloads/acerca/organizacion/  
Los adjudicatarios de dichas becas recibirán una ayuda  
económica por su participación en las actividades pro-  
pias del Servicio o Unidad en el que se encuentren reci-  
biendo su formación.  
equipo/Manual_SEADP_v27122012.pdf  
Acuerdo 8.5/CG 20-12-12, por el que se aprueba el  
Reglamento de Becas de Formación mediante la cola-  
boración en servicios de la Universidad.  
Las actividades formativas que se establezcan en las dis-  
tintas convocatorias de becas tendrán que ser compati-  
bles con los estudios que los beneficiarios estén realizan-  
do en su caso.  
Acuerdo 8.5/CG 20-12-12, por el que se conviene, por  
asentimiento, aprobar el Reglamento de Becas de For-  
mación mediante la colaboración en servicios de la Uni-  
versidad, en los términos del documento que se anexa.  
Deberán cumplir los preceptos de esta norma todas las  
convocatorias propias de becas de formación indepen-  
dientemente del servicio o unidad de adscripción y del  
origen de la financiación. Para ello, el presente regla-  
mento establece los requisitos que deben cumplir las ba-  
ses de dichas convocatorias.  
ANEXO  
REGLAMENTO DE BECAS DE FORMACIÓN ME-  
DIANTE LA COLABORACIÓN EN SERVICIOS DE  
LA UNIVERSIDAD.  
Las convocatorias se deberán aprobar en régimen de con-