Resolución rectoral de 24 octubre de 2019 sobre cargos académicos y prestación de servicios institucionales de carácter unipersonal en la universidad de Sevilla.

1. En el ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 20. 1 de la L.O. 6/2001 de Universidades y 20. o) del Estatuto de la Universidad de Sevilla y a efectos de certificación y acreditación ante las Agencias de Evaluación y otros organismos oficiales del desempeño de actividades de gestión por el personal docente e investigador de la Universidad de Sevilla, este Rectorado ha resuelto publicar la lista de cargos académicos y de servicios institucionales de carácter unipersonal. En su virtud:

 

a. Son cargos académicos unipersonales de la Universidad de Sevilla, con los efectos que se establezcan por la normativa académica aplicable: 

 

RECTOR

DEFENSOR UNIVERSITARIO

VICERRECTOR

SECRETARIO GENERAL

DIRECTOR GENERAL

DIRECTOR DE CENTRO MIXTO

VICESECRETARIO GENERAL

DIRECTOR DE SECRETARIADO

DIRECTOR DE LAS ESCUELAS INTERNACIONALES DE POSGRADO Y DOCTORADO

DIRECTOR DE LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS

DIRECTOR DE LA EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

VICEDIRECTOR DE CENTRO MIXTO

DIRECTOR DE DEPARTAMENTO

DIRECTOR DE INSTITUTO UN9IVERSITARIO

VICEDECANO, SUBDIRECTOR DE E.T.S. Y E.U.

SUBDIRECTOR DE INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN

SECRETARIO DE FACULTADES Y ESCUELAS

SECRETARIO DE DEPARTAMENTO

SUBDIRECTOR DE SECRETARIADO

DECANO DE FACULTAD/DIRECTOR DE E.T.S. Y E.U.

DIRECTOR DEL AULA DE LA EXPERIENCIA

DIRECTOR DEL CENTRO DE FORMACIÓN PERMANENTE

DIRECTOR DEL CENTRO INTERNACIONAL

DIRECTOR DEL INSTITUTO DE IDIOMAS

DIRECTOR DE LA UNIDAD PARA LA IGUALDAD

DIRECTOR DE LA OFICINA DE SOSTENIBILIDAD

DIRECTOR DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN EUROPEA

DIRECTOR DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN Y EXPERIMENTACIÓN ANIMAL

DIRECTOR DE LA OFICINA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

DIRECTOR DEL S.A.D.U.S.

DIRECTOR COLEGIO MAYOR HERNANDO COLÓN

DIRECTOR CENTRO DE RECURSOS PARA EL APRENDIZAJE Y LA INVESTIG. (CRAI)

DIRECTOR DE LA RADIO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

DIRECTOR DEL CENTRO INFORMÁTICO CIENTÍFICO DE ANDALUCÍA DEL P.A.I.

DIRECTOR DEL CENTRO ANDALUZ DE PROSPECTIVA DEL P.A.I.

INSPECTOR DOCENTE

COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXPOSITIVAS

SUBDIRECTOR ACADÉMICO DE POSGRADO OFICIAL DE LA E. INTERN. DE POSGRADO

SUBDIRECTOR ACADÉMICO DEL MÁSTER UNIV. EN PROF. ENS. SECUNDARIA OBLIG.

SUBDIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIG., TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE USE

SUBDIRECTOR DE EDITORIAL UNIVERSIDAD DE SEVILLA

DIRECTOR DE SERVICIO GENERAL DE INVESTIGACIÓN

SECRETARIO DEL INSTITUTO DE IDIOMAS

SECRETARIO DE INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN

SECRETARIO DEL CENTRO ANDALUZ DE PROSPECTIVA DEL P.A.I.

COORDINADOR DE PROGRAMA DE DOCTORADO

COORDINADOR DE MÁSTER UNIVERSITARIO

COORDINADOR DE ÁREA DOC MOTRICIDAD HUMANA Y RENDIMIENTO DEPORTIVO

DIRECTOR DE LA UNIDAD DE DONACIÓN DE CUERPOS

DIRECTOR DEL LABORATORIO DE IDIOMAS Y LAB. FONÉTICA FAC. DE FILOLOGÍA

DIRECTOR DEL AULA DE INFORMÁTICA (FAC. DE QUÍMICA)

JEFE DEL ÁREA DE DOCUMENTACIÓN E INFORM. DEL CENTRO AND. PROSP. DEL P.A.I.

PONENTE DE SELECTIVIDAD

  

b. Se reconocen las siguientes actividades como servicios institucionales de carácter unipersonal, así como sus equivalencias a cargos académicos unipersonales de la Universidad de Sevilla, únicamente a los efectos de acreditación del profesorado:

 

PRESIDENTE DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

DIRECTOR DE DEPARTAMENTO

PRESIDENTE DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL

DIRECTOR DE DEPARTAMENTO

SECRETARIO DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

SECRETARIO DE DEPARTAMENTO

SECRETARIO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL

SECRETARIO DE DEPARTAMENTO

 

 

c. Se reconocen las actividades recogidas en la Orden de 26 de mayo de 2006, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad docente, investigadora y de gestión del Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas de Andalucía, con el alcance y los efectos que se establecen en la referida Orden y en las restantes disposiciones en vigor.

 

d. Se reconocerán los restantes servicios institucionales de carácter unipersonal acreditados, con los efectos que establezca la normativa académica.

 

2. La Secretaría General, a petición de los interesados, certificará el desempeño de los cargos académicos y de los servicios institucionales mencionados en el apartado 1 de la presente resolución. En el supuesto de que los servicios prestados no consten a la Secretaría General, el certificado se expedirá con base en la documentación que conste en el órgano que hubiese atribuido al interesado el desempeño de tales servicios.

 

Sevilla, 24 de octubre de 2019.

 

EL RECTOR,

Miguel Ángel Castro Arroyo.