Acuerdo 8.2/CG 24-7-18, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público 2018 de carácter extraordinario para la estabilización del Personal de Administración y Servicios.
Núm. 9/2018, de 1 de agosto  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES  
I.2. Consejo de Gobierno  
Acuerdo 8.2/CG 24-7-18, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público 2018 de carácter  
extraordinario para la estabilización del Personal de Administración y Servicios.  
Acuerdo 8.2/CG 24-7-18, por el que de conformidad con la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos  
Generales del Estado para el año 2018, que permite la estabilización del Personal de Administración  
y Servicios de las Universidades mediante la autorización de una tasa adicional de reposición que  
contemple las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas, hubieran estado ocupadas de  
forma temporal e ininterrumpida, al menos, en los 3 años anteriores a 31 de diciembre de 2017, se  
conviene, por asentimiento aprobar la Oferta de Empleo Público 2018 de carácter extraordinario para  
la estabilización del Personal de Administración y Servicios, en los términos del documento que se  
anexa.  
ANEXO  
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (OEP) PARA ESTABILIZACIÓN DEL PERSONAL  
DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
El Sr. Rector convoca y da la palabra al Director de Recursos Humanos quien procede a presentar y  
somete a la consideración y aprobación del Consejo de Gobierno la Oferta de Empleo Público (OEP)  
de carácter extraordinario para la estabilización del Personal de Administración y Servicios (PAS) con  
el objetivo de reducir la tasa de temporalidad del empleo en la Universidad de Sevilla.  
La presente OEP culmina el proceso iniciado el 22 de noviembre de 2017 con el Plan de Consolidación  
de Empleo Temporal suscrito por el Sr. Rector con todas las secciones sindicales con presencia en la  
Universidad. Se pretende con ello cumplir el compromiso asumido por la Universidad de Sevilla al  
aprobar el Reglamento General del Personal de Administración y Servicios (RGPAS) 19 de Marzo de  
2009 cuando, en su Disposición Adicional 4ª, señalaba:  
La Universidad de Sevilla establecerá, previa negociación con los órganos de representación respectivos,  
planes de estabilidad en el empleo para el personal de administración y servicios funcionario interino y  
laboral eventual tendentes a la consecución del objetivo de no superar el 8% de personal no estable sobre  
el total de la plantilla estructural.  
El Programa de Gobierno del Rector reitera expresamente dicho objetivo y manifiesta su voluntad de  
llevarlo a buen puerto.  
En cumplimiento de cuanto antecede, por Acuerdo 7.5/CG 13-3-18 se aprueba la OEP correspondiente  
al año 2018 en los términos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 (LPPGGE).  
Con la publicación el pasado 4 de julio de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del  
Estado para el año 2018, se abre un nuevo escenario cuando en su Art.19.Uno.9 autoriza una tasa  
de reposición adicional aplicable expresamente al PAS de las universidades con la finalidad, en los  
mismos términos que ya hicieran el RGPAS y el programa del Rector, de que “la tasa de cobertura  
temporal de las plazas incursas en los procesos de estabilización, deberá situarse al final del período,  
en cada ámbito, por debajo del 8 por ciento.” Para lograrlo contempla la posibilidad de incluir en la  
OEP “aquellas plazas que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos  
en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017.”  
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Núm. 9/2018, de 1 de agosto  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno  
Una interpretación finalista de dicho precepto (reducir la tasa de temporalidad en el empleo para  
colocarla por debajo del 8 por ciento) lleva a considerar que la Ley plantea una formulación de  
mínimos (al menos dice la LPPGGE), de modo que podamos incluir en esta OEP de estabilización  
todas aquellas plazas que han estado ocupadas temporalmente durante, al menos esos, ese periodo de  
3 años que señala la LPPGGE.  
Realizado el oportuno análisis de las plazas que, en dichas condiciones podrían ser objeto de inclusión  
en esta OEP extraordinaria, se propone la inclusión de las siguientes:  
- Funcionarios  
- Laborales  
138 plazas de la Escala Auxiliar.  
109 plazas (16 del Grupo I y 93 del Grupo IV)  
La propuesta que ahora ha sido presentada previamente a todas las secciones sindicales con  
representación en la Universidad de Sevilla y cuenta con su conformidad.  
Las convocatorias correspondientes a dichas plazas garantizarán los principios de igualdad, mérito y  
capacidad y se desarrollarán con sujeción a las previsiones que, al respecto, contempla el Art. 61 de  
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley  
del Estatuto Básico del Empleado Público.  
Dado que esta OEP debe ser visada por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, por parte  
del Director de Recursos Humanos se solicita la autorización para que, en el caso de que del expediente  
de autorización se observase la necesidad de realizar algún reajuste de los datos presentados, pueda  
hacerse de forma inmediata por parte del Director de Recursos Humanos o, en su caso, del Gerente  
de la Universidad.  
Toma la palabra brevemente D. Gerardo Labrador Cuellar, para congratularse por la decisión que va  
a adoptar el Consejo de Gobierno al permitir, con ello, la renovación y estabilidad de una plantilla  
envejecida y con un alto nivel de temporalidad en el empleo.  
Por asentimiento se aprueba la Oferta de Empleo Público para estabilización del personal de  
administración y servicios de la universidad de Sevilla en los siguientes términos: funcionarios: 138  
plazas de la Escala Auxiliar. Laborales: 109 plazas (16 del Grupo I y 93 del Grupo IV) así como la  
autorización solicitada por el Director de Recursos Humanos para su eventual reajuste en caso de que  
fuera necesario.  
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