Acuerdo 7.1/CG 24-7-18, por el que se aprueba la modificación del VI Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla.
Núm. 9/2018, de 1 de agosto
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 7.1/CG 24-7-18, por el que se aprueba la modificación del VI Plan Propio de Investigación
y de Transferencia de la Universidad de Sevilla.
Acuerdo 7.1/CG 24-7-18, por el que de conformidad con el artículo 13.1.g) del EUS, previo informe
favorable de la Comisión de Investigación y a propuesta de ésta, se conviene, por asentimiento, aprobar
la modificación del VI Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla, en
los términos del documento que se anexa.
Procede la elevación del presente Acuerdo al Claustro Universitario para su conocimiento.
ANEXO
II.2. PROGRAMA DE FORMACIÓN PREDOCTORAL.
B. AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN COLABORACIÓN CON EMPRESAS
U OTRAS ENTIDADES EN EL MARCO DE UN PROGRAMA DE DOCTORADO DE LA
UNIVERSIDAD DE SEVILLA.
El objeto de esta acción es promover la colaboración de la Universidad de Sevilla con el tejido
empresarial mediante la financiación de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo
experimental en el que se enmarque una tesis doctoral, en programas de doctorado de la Universidad
de Sevilla, preferentemente para optar a la mención Doctorado Industrial conforme a lo establecido
en el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. De esta
forma, se persigue contribuir a dinamizar y estrechar las relaciones entre el entorno universitario y el
sector productivo, fomentando iniciativas emprendedoras e incentivando la presencia de doctores en
empresas e instituciones.
Los directores de tesis deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Normativa de Estudios de
Doctorado de la Universidad de Sevilla. Por su parte, las empresas o entidades participantes deberán
designar un responsable para el doctorando dentro del desarrollo del proyecto. Será necesario suscribir
un convenio de colaboración entre la Universidad de Sevilla y la empresa o institución participante.
Dotación y cuantía.
Esta acción tendrá una dotación económica de hasta 80.000 € anuales, pudiéndose otorgar un máximo
de 8.000 €/año por ayuda, que deberá destinarse al correcto desarrollo de la propuesta de investigación
planteada. El proyecto podrá tener una duración de hasta 3 años.
En la medida de lo posible se distribuirán de manera equitativa entre las ramas del conocimiento de
la Universidad de Sevilla.
El umbral mínimo de puntuación para el acceso a esta ayuda lo determinará la Comisión de
Investigación de la Universidad de Sevilla.
Formalización de solicitudes.
Las solicitudes deberán ser presentadas por un PDI de la Universidad de Sevilla, que actuará en calidad
de Investigador Principal del proyecto de investigación en colaboración con la empresa o institución
participante. Deberá venir acompañada de la memoria del proyecto y del convenio de colaboración
suscrito.
939
Núm. 9/2018, de 1 de agosto
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Las ayudas serán destinadas a sufragar gastos de la empresa para el desarrollo de un proyecto de
investigación, que requerirá la realización de una tesis doctoral, siendo el PDI solicitante coordinador
de su buena ejecución.
Criterios de evaluación.
Se seleccionarán en función del interés del proyecto presentado, la relevancia de la empresa o entidad
colaboradora con relación al desarrollo de la tesis doctoral, y la actividad investigadora desarrollada
por el IP y la empresa o entidad colaboradora.
En el caso de proyectos que para su desarrollo planteen la contratación por parte de la empresa del
doctorando, se establecerá el procedimiento de selección de candidatos mediante concurso público en
el correspondiente convenio de colaboración. La selección de los candidatos se llevará a cabo de forma
conjunta por la Universidad de Sevilla y la empresa o institución participante.
Se podrán también considerar como destinatarias de estas ayudas, colaboraciones en el ámbito de
las Cátedras de Empresa, aunque la tesis realizada no sea conducente a la mención de Doctorado
Industrial. La prioridad de las actuaciones con Cátedras de Empresa vendrá dada por las bases anuales.
***
940