Resolución rectoral, de 4 de junio de 2020, por la que se acuerda la reanudación de las prácticas académicas externas presenciales durante la transición a una nueva normalidad.

De conformidad con la Declaración del Estado de Alarma en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el COVID-19 (BOE, nº 67, de 14 de marzo de 2020), la Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19) (BOJA extraordinario, nº 5 de 13 de marzo de 2020), varias Resoluciones Rectorales conjuntas de las Universidades Públicas Andaluzas, así como las Instrucciones previas y posteriores al Estado de Alarma dictadas por los órganos competentes de esta Universidad, como la Resolución Rectoral de 15 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas de carácter extraordinario con ocasión del COVID-19, se han ido fijando las pautas a seguir en relación a las actividades académicas de la Universidad de Sevilla incluida la suspensión de todas las actividades asociadas a prácticas curriculares y extracurriculares.

El “Plan para la transición a una nueva normalidad”, aprobado por el Consejo de Ministros el 28 de abril, establece una serie de fases que permiten una reanudación gradual de la actividad y confinamiento de la población basado en una serie de parámetros tanto epidemiológicos como económicos.

La suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros educativos establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ha seguido vigente sin haber sido modificado este punto en ninguno de los reales decretos posteriores por los que se han acordado las sucesivas prórrogas del estado de alarma y pese a la entada en vigor de la Orden SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Esta última norma, teniendo como fin fundamental el preservar la salud pública, ha adoptado medidas, de conformidad con la habilitación al Ministro de Sanidad y a las demás autoridades competentes delegadas en relación con la denominada desescalada en todos los ámbitos de actividad afectados por las restricciones establecidas en la declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, con el fin de recuperar paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica. Entre las medidas adoptadas, y aunque se mantiene el fomento de los medios no presenciales de trabajo siempre que sea posible, se encuentran aquellas que previenen el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral y la posibilidad de circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales.

El art. 3 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, establece que los fines de las prácticas académicas externas, tanto curriculares como extracurriculares, se dirigen a complementar el aprendizaje teórico y práctico de los estudiantes; a que conozcan la metodología de trabajo propia de la realidad profesional en la que habrán de integrarse; al desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas; a facilitar la inserción en el mercado de trabajo y mejorar su empleabilidad y a favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento, y con el fin de ejecutar estos programas que cuentan con el apoyo y respaldo de diferentes entidades públicas y privadas.

Como quiera que aquellas prácticas académicas se desarrollan en empresas o instituciones, que no implican presencia en recintos universitarios, sino en entidades tanto públicas como privadas que están retomando su actividad de forma presencial, respetando siempre las medidas sanitarias que estén establecidas en dichas empresas o entidades y el informe de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social de 11 de mayo de 2020 con motivo de la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, es por lo que con arreglo a este nuevo marco, el acuerdo de los Rectores de las Universidades Públicas de Andalucía, de fecha 27 de mayo de 2020, establece: “La reanudación de las prácticas académicas externas de manera presencial de los títulos impartidos en las universidades, atendiendo escrupulosamente a las directrices que se contengan en las distintas fases del Plan para la transición hacia una nueva normalidad”.

Y considerando que, con este nuevo marco, y aun manteniéndose por parte de las autoridades competentes la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros educativos, la normativa actual no impide la continuidad de la realización de las prácticas académicas externas vinculadas a los planes de estudio de Grados y Másteres de las Universidades Españolas en las empresas, instituciones o entidades que no tengan limitada totalmente su actividad, siempre y cuando se haya suscrito el correspondiente Convenio de Cooperación Educativa y las prácticas se realicen dentro del máximo respeto a las medidas adoptadas por las autoridades competentes en relación con las distintas fases del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

RESUELVO

Primero. Reanudación de las prácticas académicas externas presenciales (curriculares y extracurriculares) durante el período de desescalada.

  • Podrá reanudarse la realización de las prácticas académicas externas presenciales de los títulos impartidos por la Universidad de Sevilla a partir del día de hoy, atendiendo escrupulosamente a las directrices que se contengan en las distintas fases del Plan para la transición hacia una nueva normalidad respecto a la movilidad en la provincia dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de otras Comunidades Autónomas si las prácticas se realizan en ellas. A este respecto, estudiantes de la Universidad de Sevilla que se encuentren en otra provincia u otro país, podrán realizar las prácticas académicas externas en empresas que se encuentren en el ámbito de movilidad geográfica permitida en cada momento por las autoridades sanitarias competentes. 
  • La reanudación de las prácticas presenciales no significa la suspensión de las prácticas no presenciales que se desarrollen de forma telemática. Los dos modos se pueden usar simultáneamente o en combinación, manteniendo la recomendación general de priorizar las prácticas que se desarrollen de forma telemática no presencial.
  • Sólo se autorizarán prácticas académicas externas, presenciales o no presenciales, en empresas que no se encuentren en un ningún procedimiento de regulación de empleo (ERTE/ERE), excepto si éste está ligado a una parte específica de la empresa, no relacionada con la actividad formativa que desarrollará el estudiante.

Segundo. Requisitos.

  • La realización de prácticas académicas externas presenciales durante la transición a una nueva normalidad solo puede llevarse a cabo en aquellas áreas de actividad autorizadas por el Gobierno en las distintas fases del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
  • A partir de la entrada en vigor de esta resolución rectoral, además de las actas de selección que se firman por las tres partes interesadas (el estudiante, la empresa y el tutor académico), se firmará una declaración responsable (ANEXO), en la que de forma explícita la empresa se compromete a la entrega, y formación de uso, de Equipos de Protección Individual al estudiante y al cumplimiento de todas las medidas sanitarias vigentes en cada fase de desescalada, y el estudiante manifiesta la incorporación voluntaria a dicha práctica y se compromete al uso adecuado del material de protección entregado.

Disposición Final.

Estas medidas entrarán en vigor el día de la firma y mantendrá su vigencia hasta el 30 de diciembre de 2020.

EL RECTOR,

Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO

Desde la Empresa, _______________________________, con CIF: _______________ y domicilio en ____________________ solicitamos la autorización para la reincorporación de forma presencial en nuestras instalaciones de los estudiantes en prácticas académicas externas.

Para ello, os confirmamos que cumplimos con todas las medidas de seguridad e higiene que son requeridas por la ley según el estado de alarma decretado en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo para la crisis sanitaria por COVID-19 y posteriores prórrogas.

Estando nuestras medidas de seguridad de acuerdo con las instrucciones sanitarias, la OMS y alineadas con la inspección de trabajo.

Hemos realizado una evaluación de riesgos laborales específica y un protocolo de actuación frente a COVID-19, informando entre otras cosas, de cómo y dónde usar las mascarillas y los guantes, la distancia de seguridad y las pautas a seguir en las zonas comunes, y demás medidas de seguridad. Estando toda esta información a disposición de los estudiantes.

Y para que así conste, se firma el presente documento.

Fdo.: _______________________________

Cargo: ______________________________

Sevilla a ____ de __________________ de 2020.

El/la estudiante _________________________________________ con DNI _______________ seleccionado/a para la práctica (Nº oferta_____________) en la empresa arriba indicada,

DECLARO:

  • Que me incorporo a la práctica de forma voluntaria.
  • Que me comprometo al uso de los equipos de protección individual que en su caso correspondan y me puedan facilitar durante la práctica.
  • Que respetaré las medidas sanitarias de desescalada vigentes en cada momento durante el desarrollo de la práctica.

Fdo.: ________________________________

Sevilla a____ de __________________ de 2020.