Acuerdo 10/CG 22-6-20, por el que se aprueba el Convenio Tipo-Base para el desarrollo de Actividades relativas al “Programa Provincial del Aula de la Experiencia”.

Acuerdo 10/CG 22-6-20, por el que de conformidad con el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimiento, aprobar el Convenio Tipo-Base para el desarrollo de Actividades relativas al “Programa Provincial del Aula de la Experiencia”, en los términos del documento que se anexa, de modo que los Convenios futuros que sean idénticos a este Convenio Tipo-Base se entenderán aprobados por el Consejo de Gobierno, dándose de ellos conocimiento al mismo.

ANEXO

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE _____________________________ Y LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES RELATIVAS AL “PROGRAMA PROVINCIAL DEL AULA DE LA EXPERIENCIA” EN LA CIUDAD DE _____________________________

En Sevilla, en la fecha indicada en la firma.

REUNIDOS

De una parte, D./Dª._____________________________, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento _____________________________.

Y de otra, el Sr. D. Miguel Ángel Castro Arroyo, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

Ambos intervienen en función de los respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las facultades que a cada uno les están conferidas reconociéndose recíprocamente plena capacidad para obligarse con el carácter con que intervienen, y a tal fin

EXPONEN

PRIMERO.- Que la Constitución Española en su artículo 50 recoge, entre otros principios, que los poderes públicos promoverán el bienestar de las personas mayores mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

SEGUNDO.- Que el Estatuto de Autonomía de Andalucía prevé, como uno de los objetivos prioritarios que deben inspirar el ejercicio de sus poderes, el acceso de todos los andaluces a una educación permanente y de calidad que les permitan su realización personal y social (art. 10.3.2º E.A.).Asimismo confiere a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de servicios sociales (art. 61 E.A.), cultura (art. 68 E.A.), derechos de los mayores (art. 19 E.A.) y la participación de los mayores en la vida social, educativa y cultural de la comunidad (art. 37.3 E.A.).

TERCERO.- En el ámbito municipal la competencia en estas materias se regula en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, con las modificaciones introducidas tras la promulgación de la ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

CUARTO.- Dichas normas se completan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el Decreto Ley 7/2014, de 20 de mayo, por el que se establecen las medidas urgentes para la aplicación de la citada Ley 27/2013, así como informes emitidos por la Dirección General de Administración Local de la entonces Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales.

QUINTO.- En el nuevo artículo 25 de la citada Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, como competencias propias de las entidades locales, en los términos que la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas determine, en materias relacionadas con el presente convenio, aparecen:

e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y a la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y ocupación del tiempo libre.

m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.

SEXTO.- Que ambas Instituciones son conscientes de la necesidad de facilitar el acercamiento de las personas mayores a programas de formación, que especialmente diseñados para ellos, incidan en su plena integración en la vida social y cultural de su entorno, procurándoles de esta forma un mejor aprovechamiento del tiempo libre y un mayor bienestar.

SÉPTIMO.- Que la Universidad de Sevilla está desarrollando el Programa del Aula de la Experiencia, dirigido a personas mayores de 50 años, con unos objetivos, contenidos, metodología y actividades apropiadas, para promover en ellos la utilización de la Ciencia y la Cultura como vehículo idóneo para mejorar la calidad de vida.

OCTAVO.- Que, en base a las anteriores consideraciones, y siguiendo la normativa general de aplicación a los convenios que se especifica en los artículos 47 y siguientes de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes acuerdan firmar el presente convenio, con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO.

El objeto del presente Convenio es el articular la colaboración del Ayuntamiento de ___________________________, a través del Área/Delegación _____________________________de ese Ayuntamiento, con la Universidad de Sevilla, para el desarrollo de las actividades enmarcadas dentro del “Programa Provincial del Aula de la Experiencia”, durante el curso académico, que se extiende desde el 1 de septiembre de cada año al 31 de agosto del año siguiente, con carácter general.

SEGUNDA: DESTINATARIOS.

El Programa Provincial del Aula de la Experiencia se dirigirá a mujeres y hombres mayores de 50 años, con titulación universitaria o no, que no estén matriculados en cursos o asignaturas de cualquier Facultad o Escuela Universitaria.

TERCERA: FINES Y CONTENIDOS.

El presente Convenio persigue con el desarrollo del Programa Provincial del Aula de la Experiencia la consecución de los siguientes fines:

  • Propiciar el acceso de las mujeres y los hombres a los bienes culturales, a fin de mejorar su calidad de vida y fomentar el empleo creativo del ocio 
  • Facilitar un espacio de debate cultural, social y científico que posibilite que los mayores puedan desarrollar permanentemente sus capacidades intelectuales, siendo una fuente de enriquecimiento progresivo en el ámbito personal y social que despierta una actitud de preparación constante y facilitando, asimismo, la capacidad para responder a las diversas situaciones de la vida.
  • Abrir la Universidad a los mayores para que se enriquezcan con la secular aportación de saber de la Institución Universitaria.
  • Ofrecer un marco idóneo, pleno de espíritu de convivencia, para propiciar unas relaciones intergeneracionales que dinamicen la participación social.

El Programa Provincial del Aula de la Experiencia estará integrado por un conjunto de cursos programados por la Universidad de Sevilla, cuya determinación se efectuará en el seno de la Comisión de Seguimiento constituida en el presente Convenio.

CUARTA: PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN.

Las actuaciones que integren el contenido del Programa Provincial del Aula de la Experiencia serán programadas y ejecutadas por la Universidad de Sevilla.

QUINTA: SEDE Y DURACIÓN DE LOS CURSOS.

Los cursos se desarrollarán en _____________________________. La duración efectiva de estos cursos abarcará el período comprendido entre los meses de octubre a junio del año siguiente, el primero de ellos será de octubre 2019 a junio 2020.

SEXTA: ACREDITACIONES.

Al término de los cursos 1º, 2º, 3º o Formación Continua se entregarán al alumnado Acreditaciones firmadas por la Sra. Vicerrectora de Ordenación Académica, por el Sr. Director del Aula de la Experiencia y por el Coordinador/a de la sede del Programa Provincial del Aula de la Experiencia en _____________________________, acreditando su asistencia.

Al finalizar el ciclo completo de los cursos 1º, 2º, 3º, será otorgado por el Rector de la Universidad de Sevilla un diploma que acreditará los estudios cursados. Este diploma no podrá en ningún caso facultar para el ejercicio profesional, ni servir a efectos de convalidación.

SÉPTIMA: FINANCIACIÓN Y PAGO.

Para la realización de las actividades del presente Convenio, el Área/Delegación de_____________________________ del Ayuntamiento de _____________________________ se compromete a aportar la cantidad establecida en la adenda correspondiente a cada curso financiada con cargo a la aplicación presupuestaria que necesariamente se indicará en ella, correspondiente al Presupuesto de Gastos del ejercicio corriente. Para el presente curso 2019/2020 se aportará la cantidad de _____________________________correspondiente a la aplicación presupuestaria _____________________________del Presupuesto de 2020.

(Dos opciones)

  • El pago se realizará tras la firma del Convenio, una vez justificados los gastos con cargo a la cantidad concedida, C/C de la Universidad de Sevilla: ES60/49/2588/71/2114197826. El plazo máximo de justificación será de dos meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad. El pago se formalizará dentro del mes siguiente a la justificación.
  • El pago se realizará en la C/C de la Universidad de Sevilla: ES60/49/2588/71/2114197826, en el plazo de un mes tras la firma del Convenio, o en su caso, de la addenda al mismo correspondiente a la anualidad corriente del curso académico de que se trate, si bien con posterioridad la Universidad de Sevilla realizará la justificación de los gastos, en un plazo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad.

Los ingresos realizados en concepto de Matrícula por los alumnos y alumnas del Programa Provincial del Aula de la Experiencia con sede en _____________________________ para cada curso podrán modificarse al alza o a la baja la cantidad que debe aportar el Ayuntamiento de la Localidad.

La continuidad en el Programa Provincial del Aula de la Experiencia de la Universidad de Sevilla de las sede _____________________________en el curso académico siguiente a la firma del Convenio de referencia, se verá condicionada con estar al corriente en el pago por parte del Excmo. Ayuntamiento de_____________________________del importe recogido en esta estipulación.

OCTAVA: JUSTIFICACIÓN DE LA FINANCIACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.

La Universidad de Sevilla justificará de forma fehaciente en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad, el destino de las cantidades recibidas en la forma establecida en el art. 75 del Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas aprobado por RD 887/2006 de 21 de julio, por el procedimiento de cuenta justificativa simplificada comprensiva de la siguiente documentación:

  • Memoria final de actuación donde se detallen las materias impartidas, según el área de conocimiento o bloque temáticos, especificando el profesorado encargado de su impartición, su tipología docente y número de horas impartidas.
  • Una relación clasificada de los gastos de la actividad con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y en su caso, fecha de pago.

La documentación justificativa se presentará por medios telemáticos.

NOVENA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio las partes firmantes asumen los siguientes compromisos:

  • Por parte de la Universidad de Sevilla: 
    • Elaboración de un Programa-Modelo que se facilita al Coordinador Local del Programa Provincial en_____________________________para que éste elabore uno específico de su localidad.
    • Control y seguimiento de dicho Programa.
    • Gestión económica y administrativa de las actuaciones previstas.
    • La Universidad de Sevilla dotará al Aula de la Experiencia de los recursos básicos necesarios de carácter docente y de gestión y relación con el Ayuntamiento, para el correcto desarrollo de las actividades programadas, para lo cual podrá suscribir acuerdos de colaboración y financiación con otras Instituciones, públicas y privadas.
    • La Universidad, a solicitud de la sede, facilitará el Profesorado Docente e Investigador para que pueda impartir los contenidos del programa académico que oferte la sede de
  • Por parte del Ayuntamiento de _____________________________:
    • Puesta a disposición del Aula de la Experiencia de su propia infraestructura para facilitar la organización de actividades en las mejores condiciones posibles.
    • Presentación de la documentación requerida por la secretaría del Aula de la Experiencia.
    • Información continuada sobre el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, remitiendo una Memoria global que permita la evaluación de las actuaciones realizadas.
    • Al mismo tiempo se encargará del trámite de puesta en funcionamiento y consolidación del Aula de la Experiencia durante el Curso Académico 2019/20.

DÉCIMA: RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la firma del presente Convenio y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales o internacionales aplicadas específicamente a los mismos fines previstos en el citado Convenio podrá dar lugar a la modificación de las cláusulas del mismo. En cualquier caso, se exigirá el acuerdo de las partes.

UNDÉCIMA: COMISIÓN TÉCNICA DE SEGUIMIENTO.

Para el seguimiento de las actividades objeto del presente Convenio, se crea una Comisión Técnica formada por, al menos, dos representantes de la Universidad de Sevilla y dos representantes del Ayuntamiento de _____________________________.

Esta comisión, en reuniones cuatrimestrales, conocerá el grado de ejecución de las actividades y del Convenio, evaluará sus resultados e introducirá las medidas correctoras de las dificultades o problemas que en su realización pudieran surgir. Asimismo, resolverá, en su caso, los problemas de interpretación que en el cumplimiento del Convenio puedan presentarse.

DUODÉCIMA: DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD.

Ambas partes colaborarán, con arreglo a los medios de que disponen, en la difusión de los Programas Universitarios objeto de este Convenio entre las personas o colectivos potencialmente interesados en el mismo.

DECIMOTERCERA: VIGENCIA, PRÓRROGA Y RESOLUCIÓN.

El presente Convenio tendrá vigencia desde la fecha de suscripción del mismo y tendrá una duración de cuatro años, siendo susceptible de prórroga, y en su caso extinción, en los términos establecidos en el artículo 49 h), 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. La resolución del presente Convenio se producirá en los supuestos previstos en el artículo 51 de esa misma Ley.

Durante la vigencia inicial del Convenio, y en su caso de su prórroga, se suscribirá cada año una adenda, en la que establecerán las cantidades y/o condiciones particulares del curso académico.

Y en prueba de conformidad y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente Convenio, por duplicado.

POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA, POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE _______________________________

Fdo.: Miguel Ángel Castro Arroyo. Fdo.:______________________.

ADENDA

 

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE _________________________________________________ Y LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES RELATIVAS AL “PROGRAMA PROVINCIAL DEL AULA DE LA EXPERIENCIA” EN LA CIUDAD DE_______________________.

En Sevilla, en la fecha indicada en la firma.

REUNIDOS

De una parte, D./Dª. ___________________________, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de ___________________________.

Y de otra, el Sr. D. Miguel Ángel Castro Arroyo, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

Ambos intervienen en función de los respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las facultades que a cada uno les están conferidas reconociéndose recíprocamente plena capacidad para obligarse con el carácter con que intervienen, y a tal fin

EXPONEN

PRIMERO.- Que con fecha ___________________________, el Excmo. Ayuntamiento de ___________________________ y la Universidad de Sevilla suscribieron un convenio de colaboración para el desarrollo de actividades relativas al “Programa Provincial del Aula de la Experiencia”.

SEGUNDO.- En el citado convenio se recoge la necesidad de facilitar el acercamiento de las personas mayores a programas de formación, que especialmente diseñados para ellos, incidan en su plena integración en la vida social y cultural de su entorno, procurándoles de esta forma un mejor aprovechamiento del tiempo libre y un mayor bienestar.

Para lo cual la Universidad de Sevilla está desarrollando el Programa del Aula de la Experiencia, dirigido a personas mayores de 50 años, con unos objetivos, contenidos, metodología y actividades apropiadas, para promover en ellos la utilización de la Ciencia y la Cultura como vehículo idóneo para mejorar la calidad de vida.

Considerando todo ello las partes acuerdan firmar la presente adenda, que se regirá por las siguientes:

ESTIPULACIONES

PRIMERA: OBJETO.

La presente adenda se regirá por las condiciones estipuladas en el Convenio de colaboración del que trae causa, formando parte integrante del mismo y que ha sido suscrito con fecha ___________________________ al objeto de articular la colaboración del Ayuntamiento de ___________________________, a través del Área/Delegación ___________________________ de ese Ayuntamiento, con la Universidad de Sevilla, para el desarrollo de las actividades enmarcadas dentro del “Programa Provincial del Aula de la Experiencia”, durante el curso académico ___________________________, que se extiende desde el (indicar fecha inicio- fecha fin).

SEGUNDA: SEDE Y DURACIÓN DE LOS CURSOS.

Los cursos se desarrollarán en ___________________________. La duración efectiva de estos cursos abarcará el período comprendido entre los meses (indicar fecha inicio-fecha fin).

TERCERA: FINANCIACIÓN Y PAGO.

Para la realización de las actividades de la presente adenda, el Área/Delegación de ___________________________ del Ayuntamiento de ___________________________ se compromete a aportar la cantidad ___________________________ financiada con cargo a la aplicación presupuestaria ___________________________, correspondiente al Presupuesto de Gastos del ejercicio (año).

(Dos opciones)

  • El pago se realizará tras la firma del Convenio, una vez justificados los gastos con cargo a la cantidad concedida, C/C de la Universidad de Sevilla: ES60/49/2588/71/2114197826. El plazo máximo de justificación será de dos meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad. El pago se formalizará dentro del mes siguiente a la justificación.
  • El pago se realizará en la C/C de la Universidad de Sevilla: ES60/49/2588/71/2114197826, en el plazo de un mes tras la firma del Convenio, o en su caso, de la addenda al mismo correspondiente a la anualidad corriente del curso académico de que se trate, si bien con posterioridad la Universidad de Sevilla realizará la justificación de los gastos, en un plazo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad.

Los ingresos realizados en concepto de Matrícula por los alumnos y alumnas del Programa Provincial del Aula de la Experiencia con sede en ___________________________ para cada curso podrán modificarse al alza o a la baja la cantidad que debe aportar el Ayuntamiento de la Localidad.

La continuidad en el Programa Provincial del Aula de la Experiencia de la Universidad de Sevilla de la sede ___________________________ en el curso académico siguiente a la firma del Convenio de referencia, se verá condicionada con estar al corriente en el pago por parte del Excmo. Ayuntamiento de ___________________________ del importe recogido en esta estipulación.

CUARTA: JUSTIFICACIÓN DE LA FINANCIACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.

La Universidad de Sevilla justificará de forma fehaciente en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad, el destino de las cantidades recibidas en la forma establecida en el art. 75 del Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas aprobado por RD 887/2006 de 21 de julio, por el procedimiento de cuenta justificativa simplificada comprensiva de la siguiente documentación:

  • Memoria final de actuación donde se detallen las materias impartidas, según el área de conocimiento o bloque temáticos, especificando el profesorado encargado de su impartición, su tipología docente y número de horas impartidas. 
  • Una relación clasificada de los gastos de la actividad con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y en su caso, fecha de pago.

La documentación justificativa se presentará por medios telemáticos.

QUINTA: VIGENCIA Y RESOLUCIÓN.

La presente adenda, a efectos de respaldar la justificación del gasto, tendrá vigencia desde la fecha de suscripción de la misma en el curso académico de que se trate hasta el 31 de diciembre del año de finalización del curso académico; sin perjuicio de que pueda procederse a su extinción en los términos establecidos en el artículo 49 h), 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman la presente adenda, por duplicado.

POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA, POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE _______________________________

Fdo.: Miguel Ángel Castro Arroyo. Fdo.:_____________________.