Acuerdo 11/CG 27-10-21, por el que se aprueba el Convenio Tipo-Base de Relaciones Institucionales para organizar y desarrollo de conferencias, coloquios, seminarios y otras actividades

Acuerdo 11/CG 27-10-21, por el que de conformidad con el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimiento, aprobar el Convenio Tipo-Base de Relaciones Institucionales para organizar y desarrollo de conferencias, coloquios, seminarios y otras actividades, en los términos del documento que se anexa, de modo que los Convenios futuros que sean idénticos a este Convenio Tipo-Base se entenderán aprobados por el Consejo de Gobierno, dándose de ellos conocimiento al mismo.

ANEXO

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y [CONTRAPARTE]

En la ciudad de Sevilla, a de … 20..

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. MIGUEL ÁNGEL CASTRO ARROYO, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, nombrado en virtud de Decreto 198/2020 de 1 de diciembre de la Junta de Andalucía, y cuya representación legal ostenta, según dispone el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como el art. 20 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre, modificado por Decreto 55/2017, de 11 de abril.

De otra parte, D./Dª ...................................…, en nombre y representación de la (cumplimentar con nombre y capacidad jurídica del firmante).

Ambas partes, intervienen en función de los respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las facultades que a cada uno les están conferidas, reconociéndose mutuamente plena y expresa capacidad para obligarse con el carácter en el que intervienen, y a tal fin

EXPONEN

1. Que la Universidad de Sevilla (en adelante la Universidad) es una institución de Derecho Público abierta a la sociedad, dotada de personalidad jurídica, que desarrolla sus funciones, de acuerdo con la legislación vigente, en régimen de autonomía, y a la que corresponde la prestación del servicio público de educación superior, mediante el estudio, la docencia y la investigación, así como la generación, desarrollo y difusión del conocimiento al servicio de la sociedad y de la ciudadanía.

2. Que la […………………….] (en adelante …) es una … [naturaleza jurídica (pública o privada)] cuyos fines son [..…] y que pretende [..…]. 

3. Que ambas partes tienen personalidad jurídica propia, lo que les permite celebrar el presente Convenio o Acuerdo Marco para el mejor cumplimiento de los fines que tienen encomendados. 

4. Que por todo lo anterior, las partes firmantes manifiestan su interés común en [……], de forma que les permita acrecentar su vinculación, estableciendo para ello los instrumentos adecuados.

En razón de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo Marco de colaboración de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- FINALIDAD DEL ACUERDO MARCO

El objeto del presente Convenio es establecer el marco de colaboración en la organización y desarrollo de conferencias, coloquios, seminarios y otras actividades que las partes entiendan que resultan adecuadas al objeto de procurar la más amplia y completa interrelación entre el mundo universitario y la sociedad.

SEGUNDA.- COMPROMISOS

Para el cumplimiento de la cláusula Primera:

1. La Universidad de Sevilla colaborará en las actividades conjuntas organizadas en el marco del presente Acuerdo a través de sus Centros, Departamentos y Personal Docente, y en la medida que le sea posible, con la cesión de espacios adecuados para el buen desarrollo de las mismas.

2. Por su parte la […………………..] pondrá a disposición de las actividades realizadas en colaboración con la Universidad de Sevilla, sus instalaciones e infraestructura, así como los recursos humanos con los que cuenta normalmente para la consecución de sus fines.

TERCERA.- MODALIDADES DE COLABORACIÓN

Las partes, que suscriben, convienen en intercambiar determinados recursos y experiencias dentro de aquellas áreas en las que tengan un interés legítimo.

CUARTA.- CONTENIDO DE LOS CONVENIOS ESPECÍFICOS

Cada Proyecto/Programa y/o Actividad podrá ser objeto de un Acuerdo o Convenio específico que deberá, para su validez formal, hacer mención y respetar lo establecido en el presente Convenio Marco de colaboración, debiendo contemplar, como mínimo, los siguientes contenidos:

1. Cláusulas del Convenio de Colaboración en el que se fundamenta la celebración del Convenio específico

2. Definición del objeto o finalidad que se persigue

3. La duración del Convenio específico

4. Normas para la dirección, coordinación, ejecución, seguimiento, control y evaluación del Proyecto/Programa

5. Financiación en su caso.

QUINTA.- NATURALEZA DEL CONVENIO Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá en su interpretación y desarrollo por el ordenamiento jurídico-administrativo, con especial sumisión de las partes a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las colaboraciones derivadas de este Acuerdo Marco de cooperación quedarán sometidas, además, al marco jurídico que, la Universidad y la […………………….], determinen y en la forma que establezcan los Convenios o Acuerdos específicos, teniendo en cuenta la naturaleza de la colaboración y el lugar donde se lleve a término la realización del objeto del Convenio.

SEXTA.- OTRAS COLABORACIONES

Para la mejor consecución de los objetivos del presente Convenio, ambas instituciones podrán buscar o admitir la colaboración de otras entidades públicas o privadas.

SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA COLABORACIÓN

Ambas instituciones aportarán sus cauces habituales de comunicación para difundir las actividades organizadas en colaboración, y en aquellos casos en que resulte oportuna una nota de prensa conjunta, ésta será consensuada entre las partes. En todo caso, en cualquier actividad organizada conjuntamente deberá hacerse constar, en las mismas condiciones, la participación de ambas instituciones.

OCTAVA.- USO DE LOGOTIPOS

El uso y la inserción de un logotipo de cualquiera de las partes, en las actividades que se realicen al amparo de este Convenio, deberá respetar, en todo caso, la aplicación de las normas por las que vengan reguladas normativamente.

NOVENA.- MODIFICACIÓN O ADICIÓN DEL CONVENIO

El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por imperativo legal o por mutuo acuerdo a petición de cualquiera de las partes. Las modificaciones entrarán en vigor en la fecha en que sean acordadas por ambas partes y los documentos acreditativos de tales variaciones serán anexados a este Convenio o Acuerdo Marco como partes integrantes del mismo.

DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS

Los datos e informes obtenidos durante la realización de los Proyectos/Programas y/o Actividades comunes, así como los resultados finales tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes quiera utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación como artículo, comunicación, conferencia, ponencia, etc., deberá obtener la conformidad expresa y por escrito de la otra de conformidad con el presente Convenio.

UNDÉCIMA.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONVENIO

El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración inicial de cuatro años. No obstante, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

DUODÉCIMA.- DISCREPANCIAS, LITIGIOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Las partes acuerdan, con renuncia expresa y consentida a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieran corresponderles en derecho, someterse expresamente al fuero de los Juzgados y Tribunales de Sevilla para cualquier discrepancia, conflicto o litigios que se deriven sobre el cumplimiento, ejecución o interpretación del presente Convenio.

DÉCIMA TERCERA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Para la ejecución del presente Convenio de Colaboración, ambas Instituciones acuerdan la constitución de una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes designados por cada una de las partes. 

La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones: 

a) Asumir la labor de seguimiento del presente Convenio.

b) Coordinar los trabajos necesarios para la ejecución del Convenio.

c) Informar sobre la interpretación, seguimiento y posibles prórrogas. 

d) Conocer, informar y propiciar la resolución amistosa de las cuestiones derivadas de la ejecución y cumplimiento del Convenio.

e) Las restantes funciones establecidas en el presente Convenio de Colaboración.

DÉCIMA CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS

El régimen de protección de datos de carácter personal que han de cumplir las partes en las actuaciones que se desarrollen en ejecución del presente convenio será el previsto en, lo que afecte a cada una de ellas, las disposiciones de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en su caso a la normativa específica aplicable a cada parte.

 A estos efectos, las entidades firmantes del Convenio deberán aplicar a los tratamientos de datos personales que en su caso se realizaran en ejecución del presente Convenio, los principios, garantías y medidas técnicas y organizativas establecidas en la normativa citada para la adecuada protección de los derechos y libertades de las personas en el tratamiento que se haga de sus datos personales.

Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de la información facilitada por las partes y de la información, de cualquier clase o naturaleza, generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio; dicha obligación se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o de que, en su caso, dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.

Ambas partes, por medio de sus representantes, suscriben el presente Convenio Marco en duplicado ejemplar y estampan en ellos sus respectivas firmas y sellos en la fecha y lugar arriba indicados.

POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA           POR LA [………………….]

Fdo.: Miguel Ángel Castro Arroyo                  Fdo.: