Acuerdo 9.1/CG 22-7-21, por el que se aprueba el VII Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla.

Acuerdo 9.1/CG 22-7-21, por el que de conformidad con el artículo 13.1.g) del EUS, previo informe favorable de la Comisión de Investigación y a propuesta de ésta, se conviene, por asentimiento, aprobar el VII Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla, en los términos del documento que se anexa.

Procede la elevación del presente Acuerdo al Claustro Universitario para su conocimiento.

ANEXO

 

VII PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA

(2022–2025)

PRESENTACIÓN

 

El 30 de septiembre de 2020 la Comisión Europea presentó, junto con su estrategia de educación digital, dos documentos que considera claves para su desarrollo futuro, “A new ERA for Research and Innovation” y “On achieving the European Education Area by 2025”. El objetivo es que el Espacio Europeo de Investigación e Innovación y el Espacio Europeo de Educación Superior sean convergentes y permitan construir una Europa fuerte con una economía competitiva basada en el conocimiento.

Las universidades poseen un carácter dual único al prestar a la sociedad el servicio de educación superior y ser creadores en la frontera del conocimiento, lo que las convierte en un actor esencial para establecer sinergias entre la formación y la investigación, como conectoras en la sociedad de la educación, ciencia y tecnología. Por esta razón, los ecosistemas más innovadores y dinámicos a nivel mundial poseen fuertes lazos con las universidades más prestigiosas. Este potencial dual y su profunda conexión social debe aprovecharse al máximo, y se hace necesario establecer una agenda de transformación que así lo haga en el desarrollo de sus misiones de educación, investigación, innovación y servicio a la sociedad. 

Para ello es importante diseñar una sólida estrategia de fortalecimiento institucional que incluya entre otras medidas un importante número de acciones destinadas al fortalecimiento de su I+D+i.

Por ello, el VII Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla (VII PPIT-US) se convierte en la herramienta central de nuestra universidad para impulsar la generación del conocimiento y su transformación en resultados beneficiosos para nuestro entorno, y define la estrategia de la US en el desarrollo de estas funciones, que sin duda resultan esenciales para diferenciar las universidades más prestigiosas a nivel internacional.

El VII PPIT continúa la trayectoria previa con actuaciones que se han mostrado como claves y que conviene mantener y potenciar, y que se complementan con otras nuevas de carácter estratégico para el impulso de la investigación de la US y que, en conjunto, tienen como objetivo mejorar la calidad de nuestra investigación y nuestra competitividad en el escenario de investigación internacional. De ello debería derivarse una mejora de los diversos indicadores usados para comparar el nivel de la investigación en las instituciones académicas de todo el mundo.

En el presente VII PPIT destaca el énfasis en los siguientes aspectos:

  •  Promoción de la excelencia, como principio básico que rige todo el plan, esencial para posibilitar la consecución de resultados relevantes de investigación y transferencia, así como favorecer el establecimiento de grandes alianzas en el escenario internacional.
  •  Apoyo al esfuerzo investigador en áreas con necesidades investigadoras y elevado potencial, que precisan un impulso estratégico para estimular y promocionar la actividad investigadora.
  • Captación y retención del talento, imprescindible y definitoria del futuro de nuestra universidad como líder en la generación de conocimiento y motor de la economía basada en el conocimiento. Por un lado, establece procesos selectivos que tienen como objetivo incorporar a los profesionales más cualificados a nuestra universidad y, por otro, persigue incrementar el éxito en convocatorias competitivas.
  • Estímulo a la investigación de calidad en todas las ramas de conocimiento, adaptándose a las características particulares de cada una de ellas, con un apoyo específico a la actividad de líneas de investigación emergentes y precompetitivas y a áreas de conocimiento de reciente incorporación plena a las actividades investigadoras.
  • Impulso a la internacionalización de la actividad investigadora, potenciando la participación en convocatorias internacionales, así como la formación de consorcios que permitan alcanzar masa crítica para acceder a convocatorias de excelencia.
  • Intensificación de las acciones de transferencia de conocimiento en todas las ramas del saber, acciones fundamentales que complementan necesariamente a la actividad investigadora y que deben sustentar un PPIT como el presente, desde la convicción de que el objetivo final es la máxima contribución de la institución al desarrollo económico y mejora social.
  • Incremento del apoyo a la divulgación y difusión de nuestra actividad de investigación y transferencia, en el convencimiento de la necesidad y utilidad de trasladar a la sociedad los avances científicos e innovadores que se generan, y promover la cultura y conocimientos científicos en la sociedad.
  • Carácter complementario, en la medida en que las acciones están alineadas con las convocatorias regionales, estatales y europeas, como medio para fomentar la participación de nuestros investigadores en las convocatorias públicas competitivas y mejorar nuestra tasa de éxito en dichas convocatorias.

Para su implementación, el presente PPIT se ha estructurado en 5 grandes líneas estratégicas que son desarrolladas por 33 acciones específicas cuya estructura y objetivos se describen a continuación.

Julián Martínez Fernández

Vicerrector de Investigación

Universidad de Sevilla

VII PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA:

 

OBJETIVOS, LÍNEAS ESTRATÉGICAS, NORMAS GENERALES

 

El VII Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla (VII PPIT-US) surge con el objetivo fundamental de constituirse en el instrumento esencial en la Universidad de Sevilla con el que articular las actividades de investigación y de la transferencia de conocimientos resultantes.

Desde su primera edición ha sido una herramienta clave para la US, que ha ido evolucionando con el tiempo para adaptarse al escenario real, tanto nacional como internacional, en el que se ha ido desenvolviendo la actividad investigadora.

De los resultados obtenidos a lo largo de este proceso se determina la conveniencia de mantener muchas de las acciones implementadas hasta la fecha, potenciándolas en la medida de lo posible, e introduciendo nuevas actuaciones tanto de apoyo a la investigación como a la transferencia que ayuden a mantener e incrementar nuestra investigación de excelencia en todas las ramas del conocimiento.

Se pretende, con la implementación de las siguientes cinco líneas estratégicas en las que se estructura este VII PPIT-US, mantener e impulsar las líneas de investigación y de transferencia de nuestros grupos de investigación más excelentes, así como aquellas líneas en las que se esté haciendo un esfuerzo por parte de los grupos de investigación implicados:

1. Impulso a las distintas actividades de investigación y de transferencia de conocimiento, estimulando la internacionalización de las mismas.

II. Dotación y potenciación de recursos humanos para actividades de investigación en muy diversas etapas: becas de iniciación a la investigación, programa de contratos predoctorales y postdoctorales, acciones encaminadas a la captación y retención de talento, plazas de profesores universitarios por necesidades investigadoras en áreas estratégicas de nuestra universidad y captación de personal técnico altamente cualificado en actividades de investigación.

III. Programa de movilidad y perfeccionamiento del personal investigador. Se fomentará la movilidad de los investigadores de la US en centros nacionales y extranjeros, así como la visita y estancia de investigadores de otros centros en los departamentos e institutos de investigación de la US. Asimismo, se potenciará la actualización y difusión de conocimientos a través del programa de participación en congresos y reuniones científicas.

IV. Fomento de las actividades de divulgación y difusión de la investigación y transferencia, así como reconocimiento a dichas actividades.

Apoyo a acciones de investigación y de transferencia de interés estratégico para la US.

Estas 5 líneas estratégicas se desarrollan en 33 acciones:

I. Impulso a las actividades de investigación y de transferencia.

I.1. Ayudas a departamentos para gastos de investigación.

I.2. Ayudas a Institutos Universitarios de Investigación.

I.3. Ayudas para el uso de los Servicios Generales de Investigación.

I.4. Ayuda suplementaria a grupos de investigación por captación de fondos.

I.5. Ayudas para la reparación y validación de material científico.

I.6. Ayudas para presentar proyectos de investigación internacionales, apoyo a Horizonte Europa y formación de consorcios estratégicos en convocatorias públicas de I+D+i.

I.7. Ayudas para la gestión de la investigación y la transferencia de conocimiento.

I.8. Ayudas para acciones específicas de transferencia de conocimiento.

I.9. Ayudas a empresas basadas en el conocimiento de la US.

I.10. Ayudas a la constitución de redes temáticas.

II. Plan de Captación y Retención del talento.

 

II.1. Programa de becas de iniciación a la investigación.

II.2. Programa de formación predoctoral.

II.3. Programa de contratos puente posdoctoral.

II.4. Contratos de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US.

II.5. Atracción de investigadores con alto potencial.

II.6. Contratos de Profesor Ayudante Doctor por necesidades investigadoras.

II.7. Oferta de empleo público por necesidades estratégicas de investigación.

II.8. Captación de personal técnico altamente especializado en investigación y transferencia.

III. Movilidad y perfeccionamiento del personal investigador.

III.1. Programa de perfeccionamiento postdoctoral en el extranjero.

III.2. Programa de ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales y extranjeros.

III.3. Programa de estancias de investigadores de otros centros nacionales y extranjeros en departamentos e institutos de investigación de la US.

III.4. Ayudas para asistencia y participación en congresos científicos de carácter internacional.

III.5. Ayudas para organizar congresos y reuniones científicas de carácter internacional.

IV. Divulgación, difusión y reconocimiento de la actividad de investigación y de transferencia.

IV.1. Ayudas a revistas de la Universidad de Sevilla.

IV.2. Ayudas para actividades de divulgación científica.

IV.3. Premio US a la divulgación científica.

IV.4. Premio US a trabajos de especial relevancia.

IV.5. Premios FAMA – Universidad de Sevilla a la trayectoria investigadora y de transferencia.

IV.6. Organización de encuentros universidad-empresa en sectores de interés para la economía, la sociedad o la cultura.

V. Acciones estratégicas de investigación y transferencia.

 

V.1. Programa al estímulo de áreas con necesidades investigadoras y de actividad investigadora emergente.

V.2. Intensificación de la actividad investigadora excepcional.

V.3. Impulso para la formación de unidades de excelencia.

V.4. Acciones especiales.

FINANCIACIÓN

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

NORMAS GENERALES

 

El presente Plan Propio de Investigación extenderá su ámbito temporal de aplicación desde el momento de su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025, manteniéndose la eficacia de las medidas que hayan sido acordadas con anterioridad en cumplimiento de las previsiones del Plan tras esta fecha.

Toda referencia en este VII PPIT-US a personas, colectivos, cargos, etc. en género masculino, debe entenderse como género gramatical no marcado, incluyendo la referencia a hombres y mujeres.

El término PDI en este VII PPIT-US se usa en sentido amplio, incluyendo a contratados predoctorales y postdoctorales de convocatorias altamente competitivas y que participan en colaboraciones docentes.

Los beneficiarios de las ayudas deberán tomar todas las medidas necesarias para fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la ejecución de las acciones. Su objetivo, en la medida de lo posible, deberá ser el equilibrio entre hombres y mujeres a todos los niveles del personal asignado a la acción.

La Universidad de Sevilla está comprometida con el control ético y de impacto social y medioambiental de su actividad investigadora. Este compromiso se extiende a las acciones del VII PPIT-US desarrollado tanto de manera individual como en colaboración con empresas u otras entidades.

En el proceso de selección de las diversas acciones del VII PPIT–US, la Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla (CI-US) tendrá en consideración el carácter emergente de las áreas de conocimiento recién incorporadas plenamente a las actividades investigadoras. Se tendrá en cuenta el liderazgo de los solicitantes en la investigación que la US realiza en esas áreas y, cuando sea necesario, se tendrán en cuenta plataformas o bases de datos específicas que permitan identificar la trayectoria de impulso a la investigación en dichas áreas.

Las subcomisiones evaluadoras de cada rama podrán contar con evaluadores invitados cuando el volumen de trabajo y la presencia de expertos de las grandes áreas temáticas que engloba lo recomiende. La CI-US podrá solicitar evaluaciones externas a otros expertos o agencias.

Se autoriza a la CI-US a realizar modificaciones no sustanciales por alteración de la norma y/o para garantizar su aplicabilidad, y en función de la evolución de los indicadores.

La ejecución de las acciones presentadas en este documento queda supeditada a disponibilidad presupuestaria. Los fondos y números de plazas asociados a cada acción son orientativos y se concretarán en la publicación de las convocatorias correspondientes.

La asignación de fondos a cada acción se realizará mediante la distribución anual de la dotación global que en cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia del VII PPIT-US, proponga la CI-US de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Los fondos no usados en una acción podrán aplicarse a otra más demandada por acuerdo de la CI-US, de modo que aumentaría su dotación sobre la inicialmente publicada en la convocatoria. Se tendrá en cuenta una acción positiva de género en la asignación de ayudas en estos casos y en las dotaciones de contratos por encima de lo previsto en cada rama de conocimiento, según se indique en las bases reguladoras anuales.

Las convocatorias correspondientes a este Plan Propio se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS BENEFICIARIOS

Los solicitantes deberán cumplir los requisitos exigibles en las convocatorias a las que opten en el momento de presentación de las solicitudes.

Cuando se concurra a acciones dirigidas a miembros de la comunidad universitaria definidos en el Estatuto de la US, éstos deberán tener vinculación con la US en el momento de la solicitud y mantenerla durante el período de disfrute de la ayuda concedida.

No podrán tener pendientes de justificación ayudas concedidas en convocatorias previas del presente o de anteriores Planes Propios de Investigación.

Deberán solicitar también las ayudas equivalentes de otros organismos públicos, en los casos en que existan dichas convocatorias.

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, deberán cumplimentarse obligatoriamente vía telemática en los impresos normalizados disponibles en la dirección web del Vicerrectorado de Investigación, subiendo a la aplicación la documentación requerida en formato electrónico. El sistema generará una hoja resumen que se deberá imprimir y presentarse en el Registro General de la Universidad de Sevilla (https://sede.us.es/web/guest/registro), dentro del plazo establecido en cada convocatoria. Las bases podrán indicar el uso de otro procedimiento durante el desarrollo del Plan Propio.

En el caso de que el solicitante de la ayuda no disponga de usuario UVUS de la Universidad de Sevilla, en la página de entrada a la aplicación telemática se proporcionará un enlace con el procedimiento de autenticación para realizar la solicitud. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria. Las solicitudes deberán incluir una dirección de correo electrónico a través de la cual se realizarán todas las comunicaciones y/o requerimientos durante el proceso de revisión y evaluación de la solicitud. Estas comunicaciones serán consideradas como válidas a efectos de notificaciones.

El Servicio de Gestión de Investigación procederá a la revisión administrativa de las solicitudes y, en el caso de estar incompletas o presentar alguna deficiencia, se requerirá al interesado para que subsane los defectos encontrados o aporte la documentación requerida. En caso de no hacerlo en el plazo que le sea indicado, se entenderá que desiste en su solicitud.

Finalizada la revisión administrativa, los expedientes se remitirán a la Comisión de Investigación para su evaluación. El interesado podrá seguir el estado de su solicitud, una vez presentada, dentro de la aplicación informática del VII PPIT “Gestor de Solicitudes".

Los acuerdos de la CI respecto a la resolución de las ayudas se publicarán en la página web del Vicerrectorado de Investigación, siendo ésta la fecha de notificación a todos los efectos (https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones), salvo las resoluciones definitivas de las convocatorias que se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual), siendo ésta la fecha de notificación a todos los efectos, además de comunicarlas en la página web del Vicerrectorado de Investigación.

La justificación de las ayudas económicas recibidas, se realizará siguiendo una guía de justificación específica (http://investigacion.us.es/area-investigacion/procedimientos/gestion-plan-propio), que buscará reducir la carga burocrática y flexibilizar la ejecución de las ayudas el máximo posible.

Las ayudas podrán evaluarse mientras se esté realizando la revisión administrativa, para agilizar los tiempos de evaluación. Los acuerdos de la Comisión de Investigación serán susceptibles de recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Sevilla.

EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES

 

Con objeto de que la CI-US pueda llevar a cabo una evaluación más eficaz, en las acciones en las que se deban valorar curricula vitae y listado de publicaciones, es requisito indispensable que tanto éstos como los documentos que los acompañen respondan de forma directa y ordenada a los apartados del baremo que les sean de aplicación.

Cuando sea requerido el CV abreviado para la evaluación de una solicitud, éste se presentará conforme al modelo CVA del Plan Estatal. No se aceptarán modelos diferentes a éste. Todas las aportaciones de investigación deberán venir acompañadas de sus correspondientes indicadores de calidad, que deberán aparecer de forma clara, detallada y concisa (en el caso de artículos publicados en revistas indexadas, citas, factor de impacto y posición de la revista en el área, como mínimo, así como otros indicadores de calidad propios de cada área de conocimiento), con indicación expresa y exacta de la fuente de estos datos. En los casos en los que los indicadores no vengan expresamente detallados, las aportaciones no se contemplarán para la evaluación. La CI-US podrá modificar los indicadores a presentar en función de la evolución de los criterios bibliométricos que determinan la calidad de las publicaciones y los aspectos específicos de las ramas de conocimiento.

Con carácter general, no será necesario acreditar documentalmente los méritos aportados excepto si son requeridos en las bases, aunque la CI-US podrá solicitar dicha acreditación si lo estima conveniente.

Los solicitantes tendrán la obligación de comunicar, de forma expresa, si se ha producido la retirada de algunas de sus aportaciones científicas en revistas indexadas por cualquier conducta inapropiada en el ámbito de la investigación. La no comunicación será motivo de exclusión inmediata de la solicitud, así como la imposibilidad de poder solicitar nuevas ayudas en esta anualidad.

En las acciones que les sean de aplicación y para los periodos en los que los solicitantes estén vinculados a la Universidad de Sevilla, sólo se considerarán las aportaciones científicas en las que la filiación de la Universidad de Sevilla aparezca correctamente (http://bous.us.es/2017/BOUS-02-2017/numero2/14), y en relación con los proyectos de investigación de convocatorias competitivas, los que sean gestionados por la US, o aquellos en los que la Universidad de Sevilla sea solicitante y centro de aplicación.

El Vicerrectorado podrá consultar bases de datos y plataformas online, cuando proceda, para verificar la producción científica usando las que mejor se adapten a las especificidades de cada rama de conocimiento. La herramienta PRISMA (https://bibliometria.us.es/prisma/) integra dichas bases de datos y plataformas, con continua ampliación y actualización de éstas.

Las convocatorias se podrán evaluar en base a estas herramientas, sustituyendo la aportación de datos por parte de los solicitantes, y facilitando de esta manera la carga burocrática.

Para este fin, es obligatorio que los investigadores adscritos a la Universidad de Sevilla que soliciten una ayuda del Plan Propio cuenten con un perfil abierto con su respectivo número identificativo en las plataformas ORCID identifier (http://orcid.org/), Scopus ID (www.scopus.com) enlazado al código ORCID, Researcher ID (www.researcherid.com) y Google Scholar (https://scholar.google.es/). En los formularios de solicitud de las diferentes ayudas se deberán especificar estos 4 códigos. La Biblioteca de la Universidad de Sevilla continúa realizando acciones para facilitar el alta en estas plataformas.

Tras la evaluación de las solicitudes, en caso de empate en las puntuaciones obtenidas se priorizarán, en primer lugar, los solicitantes que no hayan recibido la ayuda solicitada previamente en los últimos 3 años, y en segundo, las propuestas presentadas por personas del género con representación inferior al 40% de ayudas concedidas en la acción solicitada en los últimos 3 años.

Los Vicerrectorados de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación, y de Investigación podrán realizar acciones de forma conjunta para facilitar la conciliación de la vida familiar con la ejecución de las ayudas.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Aceptar las normas generales del VII PPIT-US y las específicas de cada acción.

Notificar al Vicerrectorado de Investigación de la US cualquier modificación de las condiciones o plazos aprobados.

Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de las acciones subvencionadas que la actividad ha sido financiada por el VII PPIT-US.

Dado el carácter complementario del presente Plan Propio de Investigación, deberá presentarse justificante de participación en las convocatorias oficiales análogas, tanto internacionales como nacionales y autonómica, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VII PPIT-US, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.

Con carácter general, se remitirá al Servicio de Gestión de Investigación, dentro de los plazos establecidos en cada convocatoria, la justificación científica y económica de la ayuda concedida. La justificación económica de las ayudas se realizará del modo indicado en la web del Vicerrectorado de Investigación de la US: http://investigacion.us.es/area-investigacion/procedimientos/gestion-plan-propio.

El incumplimiento de las obligaciones por parte de los beneficiarios de las ayudas podrá ocasionar la suspensión y/o revocación de las mismas, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que se pudiera incurrir.

Contratar seguros para las estancias fuera, que deben cubrir la repatriación médica y sanitaria, responsabilidad civil, daños en el lugar donde se desarrolla la estancia, así como cualquier otro seguro que requiera el centro receptor. Puede obtener más información en https://oncampus.es/universidad/universidad-de-sevilla/

INTERRUPCIÓN DE LAS AYUDAS

En el caso de que en los contratos celebrados al amparo de este VII PPIT se produzcan suspensiones por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal por un periodo de al menos 3 meses consecutivos, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o acogimiento durante el período de duración del mismo, podrán solicitar la interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al tiempo de la suspensión, conforme a las instrucciones publicadas en la página web del Vicerrectorado de Investigación.

EN RELACIÓN CON LAS FECHAS DE OBTENCIÓN DEL GRADO DE DOCTOR

En las acciones del presente Plan Propio en las que los candidatos deban acreditar el grado de doctor, se establece habitualmente como requisito un intervalo de tiempo determinado para haber obtenido dicho grado. Se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor, la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.

Cuando concurra alguna de las situaciones que se citan a continuación se aplicará una ampliación de la fecha límite inferior para la obtención del grado de doctor, siempre que los periodos de interrupción derivados de tales situaciones se hayan producido entre la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes y el límite inferior.

1. Periodos de descanso derivados de maternidad o paternidad disfrutados con arreglo a las situaciones protegidas que se recogen en el Régimen General de la Seguridad Social. Se aplicará una ampliación de un año por cada hijo.

2. Grave enfermedad o accidente del solicitante, con baja médica igual o superior a tres meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo de baja justificado, redondeando al alza a meses completos.

3. Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, por un periodo mínimo de tres meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado, redondeando al alza a meses completos.

Estos periodos se indicarán y acreditarán debidamente en el momento de presentar la solicitud.

En el caso de los solicitantes al cupo de personas con discapacidad, el límite inferior de la fecha de obtención del grado de doctor se ampliará en 3 años, pudiendo aplicarse también las ampliaciones recogidas en este apartado para el turno general cuando concurran las situaciones citadas de forma análoga.

RESERVA DE CUOTA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Las convocatorias determinarán el número de plazas reservadas a personas con discapacidad, que será del 5% del total de plazas ofertadas.

Para optar a este cupo reservado se debe adjuntar documento acreditativo de un grado de discapacidad igual o superior al 33%. La no acreditación del grado de discapacidad implicará la desestimación de la solicitud, que no podrá ser considerada para el acceso general. Quienes opten por participar por el cupo de personas con discapacidad no podrán cambiarse de cupo una vez formulada la solicitud por dicha opción.

Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al turno de acceso general. Asimismo, las ayudas del turno de personas con discapacidad no tendrán una distribución prefijada entre las distintas ramas del conocimiento.

DIRECCIONES PARA FORMULAR CONSULTAS:

 

Consultas generales: consultas-VIIPPIT@us.es

Justificaciones: justificacion-VIIPPIT@us.es

IMPULSO A LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Y DE TRANSFERENCIA

Línea estratégica I.

I.1. AYUDAS A DEPARTAMENTOS PARA GASTOS DE INVESTIGACIÓN.

Objeto de la convocatoria:

Acción específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los departamentos recogidas dentro del artículo 32.1 del Estatuto de la US. Sólo podrán atender a gastos directamente orientados a facilitar la actividad investigadora en el departamento, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.

Dotación y requisitos:

Se realizará mediante la distribución anual de la dotación global que cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia del VII PPIT-US, proponga la CI-US de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La dotación de esta acción será de hasta 450.000 €.

La dotación anual se desglosará en tres modalidades:

A. Ayuda básica.

La distribución de esta ayuda se realizará valorando los fondos captados por (i) investigación competitiva y (ii) contratos de investigación. Para los fondos captados por contratos de investigación, se establecerá un valor mínimo anual por área determinado en base al valor promedio de la financiación de los proyectos de investigación del Plan Estatal del área correspondiente.

Se contabilizará la financiación obtenida en los 2 años anteriores a la solicitud.

B. Ayuda complementaria.

Se distribuirá entre aquellos departamentos que hayan incorporado en el ejercicio anterior algún investigador doctor contratado, seleccionado en programas de incorporación de doctores en convocatorias oficiales, públicas y competitivas: Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Postdoctorales de Excelencia, Contratos de Acceso, Beatriz Galindo, Emergia y similares (previo acuerdo explícito por parte de la CI-US). Esta ayuda se concederá una sola vez por cada investigador contratado y se destinará a gastos de investigación directamente relacionados con la incorporación del investigador al departamento.

 

C. Ayuda a la internacionalización de la investigación.

Esta ayuda se distribuirá entre los departamentos valorando la productividad científica de los mismos: número de publicaciones internacionales acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla, evolución de la productividad en los últimos dos años e indicios de calidad.

Con cargo a las ayudas de las modalidades A y C, que no podrán superar una cantidad determinada que se especificará en cada anualidad, los departamentos deberán atender a los gastos directamente relacionados con la actividad investigadora, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.

I.2. AYUDAS A INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN.

Objeto de la convocatoria:

Ayuda específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los Institutos Universitarios de Investigación (IUI) recogidos en el artículo 40 del Estatuto de la US y aquellos que se deriven del desarrollo del Reglamento General de Investigación de la US.

Con cargo a esta ayuda, los IUI sólo podrán atender a gastos directamente relacionados con la actividad investigadora, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.

Dotación y requisitos:

Se realizará mediante la distribución anual de la dotación global que, dentro del periodo de vigencia del VII PPIT-US, proponga la CI-US en cada ejercicio, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La dotación de esta acción será de hasta 90.000 €.

Criterios de concesión:

La distribución de esta ayuda se realizará valorando el programa de actuaciones presentado por los institutos, las publicaciones internacionales acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla, y los fondos captados por investigación competitiva y por contratos de investigación. Para los fondos captados por contratos de investigación, se establecerá un valor mínimo anual por área determinado en base al valor promedio de la financiación de los proyectos de investigación del Plan Estatal de cada rama. Se tendrán en cuenta los méritos de los 2 últimos años.

I.3. AYUDAS PARA EL USO DE LOS SERVICIOS GENERALES DE INVESTIGACIÓN (CITIUS).

Objeto de la convocatoria:

Acción destinada a ayudar a los grupos de la US a cubrir los gastos derivados del uso del equipamiento científico–técnico, y de espacios de los Servicios Generales de Investigación (SGI) de la US (CITIUS).

Los espacios a los que se refiere esta ayuda son módulos para el desarrollo de proyectos en el edificio CITIUS Manuel Losada Villasante. La concesión de la ayuda para espacios está sujeta a la disponibilidad de los mismos. Se podrán ofrecer otros espacios en esta acción si hubiera disponibilidad.

El espacio se mantendrá durante el período de vigencia del proyecto de investigación sobre el que el Grupo de investigación solicite la ayuda.

Dotación y requisitos:

Dotación anual de hasta 90.000 €, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La ayuda máxima, por grupo, tanto en el caso de uso de equipamiento como de espacios, no excederá de 3.000 € anuales.

En el caso de solicitudes de ayudas para el uso de equipamiento, tendrán prioridad aquellas que no dispongan de proyectos en activo con los que hacer frente a estos gastos. Por el contrario, en el caso de solicitudes de ayudas para espacios, tendrán prioridad las que tengan proyectos en activo que justifiquen la necesidad de disponer de un espacio para su desarrollo, así como que requieran hacer uso de los servicios del Centro de Experimentación Animal, y que les permitan asumir los costes del módulo una vez se agote la ayuda.

Criterios de concesión:

Se valorará la producción científica asociada a la investigación para la que se solicita la ayuda. En todo caso, deberá quedar claramente justificada la necesidad del uso de los equipos o espacios de los SGI.

Tendrán prioridad los solicitantes que no hayan disfrutado de estas ayudas previamente.

I.4. AYUDA SUPLEMENTARIA A GRUPOS DE INVESTIGACIÓN POR CAPTACIÓN DE FONDOS.

Objeto de la convocatoria:

Acción específica dirigida a recompensar al PDI de los grupos de investigación de la US que contribuyen de manera activa a la captación de fondos en convocatorias públicas competitivas de proyectos de investigación del Plan Estatal (del Ministerio o el Instituto de Salud Carlos III) siempre que estén gestionadas por la US.

Se divide en dos acciones:

A. Convocatorias públicas competitivas de proyectos de investigación del Plan Estatal.

La ayuda consistirá en poner a disposición de los IP de proyectos del Plan Estatal de la convocatoria inmediatamente anterior a la presente, el equivalente a un 10% de los “overheads” generados. Los IP de los proyectos calificados como “excelentes” en su área (Plan Estatal, calificación A en anteriores convocatorias), recibirán el equivalente a un 15% de los “overheads”.

Se resolverá de oficio, tras resolución de la convocatoria del Plan Estatal de la anualidad correspondiente.

B. Convocatorias competitivas público-privadas de Transferencia del Conocimiento.

Los proyectos susceptibles de ser beneficiarios en el ámbito de la Transferencia del Conocimiento serán aquellos que se hayan presentado en la anualidad anterior a la presente, siendo elegibles como tales, aquellos que hayan sido concedidos en convocatorias público-privadas nacionales (AEI), Fundaciones u otros organismos que financian investigación cooperativa.

Se resolverá de oficio, y se coordinará con la modalidad A para resolver ambas en la misma fecha y publicar una resolución única.

Esta acción estará dotada con hasta 225.000 € en cada anualidad, estableciéndose una distribución aproximada de 205.000 € para la modalidad A y 20.000 € para la modalidad B.

Para ambas modalidades, si los porcentajes de retorno indicados superan la dotación presupuestaria anual, se podrá establecer un valor máximo de ayuda y un reparto proporcional entre los adjudicatarios de esta ayuda. Puede quedar condicionada parte de la ayuda a la correcta ejecución del proyecto de investigación. Esta condición será presentada, para su aprobación, a la CI-US.

I.5. REPARACIÓN Y VALIDACIÓN DE MATERIAL CIENTÍFICO.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción está destinada a ayudar en la reparación y validación de equipos y material científico de los grupos de investigación, departamentos e institutos de investigación de la US.

Dotación y requisitos:

Se destinará una dotación anual de 50.000 €, no pudiéndose superar la cantidad de 4.000 € al año por grupo de investigación, ni los 6.000 € por departamento o instituto de investigación de la US.

Criterios de concesión:

Las solicitudes deben ser presentadas por los responsables de los grupos de investigación, directores de departamentos o de institutos universitarios de la US. Irán acompañadas de una memoria explicativa de la necesidad de llevar a cabo la reparación o validación, así como del presupuesto correspondiente.

Los criterios de concesión se basarán en la relevancia de la investigación en curso y en la necesidad del equipo o material científico para su desarrollo, y el establecimiento de consorcios entre grupos de investigación que apoyen la solicitud.

I.6. AYUDAS PARA PRESENTAR PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNACIONALES, APOYO A HORIZONTE EUROPA Y FORMACIÓN DE CONSORCIOS ESTRATÉGICOS EN CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE I+D+i.

Objeto de la convocatoria.

Esta acción está destinada a promover y facilitar la participación del PDI de la US en convocatorias públicas internacionales, principalmente proyectos europeos de I+D+i en cualquiera de sus programas o convocatorias dedicados a investigación e innovación (Horizonte Europe, Acciones COST, Justice, Urban, ERA-NETs, etc.). El objetivo esencial es impulsar la investigación de la US en el contexto europeo, el liderazgo de proyectos de alto impacto internacional y la captación de recursos económicos que posibiliten una investigación de calidad.

La ayuda estará destinada a atender los gastos iniciales de promoción, preparación de las propuestas, formalización de las solicitudes de proyectos y ejecución inicial. Para ello, se articula en 3 modalidades que se indican a continuación. Quedan expresamente excluidas de este programa aquellas solicitudes cuyo objetivo sea la asistencia a congresos o reuniones para preparar jornadas o reuniones científicas.

Dotación y requisitos:

La dotación presupuestaria inicial para esta acción es de hasta 110.000 €. Se desglosa en tres modalidades:

A. Promoción y formación de consorcios.

Ayuda a la formación de consorcios para participación en Horizonte Europa y otras convocatorias públicas internacionales. Apoyar la movilidad de los investigadores para la creación o participación de consorcios, organización de eventos para la preparación de propuestas, etc.

B. Preparación de propuestas.

Ayuda para la participación en el Programa Europeo de Investigación e Innovación Horizonte Europa: Apoyar la elaboración de propuestas, asesoría y redacción.

Ayuda para la participación en otros programas internacionales de investigación e innovación financiados con otros fondos (Interreg, Life, etc.). Apoyar la elaboración de propuestas a otros programas internacionales. Asesoría y redacción.

C. Fases iniciales de ejecución.

Ayudas para abordar las etapas iniciales de ejecución del proyecto. Apoyar actuaciones imprescindibles para el arranque del proyecto.

Las ayudas concedidas se destinarán a cubrir los conceptos señalados en el apartado anterior, con una subvención de hasta 6.000 € por solicitud.

Criterios de concesión:

Para la evaluación de las solicitudes, se creará una comisión asesora nombrada por la CI-US, presidida por el Vicerrector de Investigación, y en la que participarán el Vicerrectorado de Proyección Institucional e Internacionalización y el Vicerrectorado de Transferencia del Conocimiento. La evaluación se basará en criterios tanto curriculares del solicitante y/o equipo investigador (últimos 5 años), como de calidad y viabilidad de la propuesta a presentar, interés estratégico para la US, y entidad, naturaleza e impacto de la actividad, así como la visibilidad de la US.

Se valorará especialmente la coordinación por parte de la US. Se atenderá principalmente a la calidad y competitividad del proyecto que se está preparando, así como a la relevancia internacional de los equipos y empresas con los que se colabora en la confección del proyecto.

La OGPI podrá realizar una contratación de un volumen de servicios de asesoramiento con estos fondos para atender las solicitudes que vayan siendo seleccionadas en esta acción.

I.7. AYUDAS PARA LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN Y DE LA TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO.

Objeto de la convocatoria:

El objeto de esta acción es apoyar a grupos o consorcios de grupos de investigación de la US que cuenten con financiación por medio de proyectos de investigación y transferencia de convocatorias competitivas, mediante la cofinanciación para asignación temporal de personal que ayude en las tareas de gestión de los proyectos de investigación del grupo o consorcio, así como de la transferencia de los resultados de la investigación realizada.

Los consorcios podrán formarse por afinidad científica o proximidad geográfica.

Podrá solicitarse por un Instituto Universitario de Investigación o Departamento si todos los grupos de investigación que lo forman participan.

Dotación:

La dotación anual de esta acción será de 100.000 €, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. En cada convocatoria anual del VII PPIT-US se dotarán ayudas de hasta 10.000 €, que serán distribuidas por la CI-US, en función del volumen a gestionar.

En sucesivos ejercicios la dotación de esta acción podrá incrementarse con nuevas aportaciones que cubrirían la cofinanciación de la renovación de los contratos ya formalizados o de los que se adjudiquen en nuevas convocatorias públicas.

Criterios de concesión:

Para la selección de las solicitudes se valorarán fundamentalmente el volumen y la calidad de los proyectos de investigación asociados en el consorcio, la calidad de la investigación realizada y su grado de internacionalización.

Igualmente se valorará el esfuerzo en la optimización del uso de la ayuda concedida, de forma que se priorizarán las ayudas solicitadas en consorcio de grupos de investigación. Se valorarán especialmente las solicitudes en las que estén implicados proyectos ERC u otros consorcios que aporten una alta financiación a la investigación y a la transferencia de la US.

La cofinanciación puede extenderse a lo largo del periodo de vigencia del VII PPIT mediante la renovación anual de la ayuda concedida en función de los resultados científicos obtenidos. Se flexibilizará la temporalidad de la aportación de la cofinanciación para adaptarse a las características de los proyectos. Se concederá como máximo una ayuda por grupo o consorcios de grupos de investigación durante el periodo de vigencia del presente PPIT. 

I.8. AYUDAS PARA ACCIONES ESPECÍFICAS DE TRANSFERENCIADE CONOCIMIENTO.

Se concretan en las 3 modalidades siguientes:

A. Registro de la propiedad industrial e intelectual.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción está orientada a fomentar la calidad de la protección de las investigaciones de la US a través de los correspondientes registros de patentes y demás títulos de propiedad industrial e intelectual, así como promover su internacionalización y posterior explotación comercial.

Dotación y requisitos:

Esta convocatoria tendrá una dotación global de hasta 90.000 € por anualidad. Las ayudas solicitadas en el marco de esta convocatoria se canalizarán a través del Secretariado de Transferencia del Conocimiento y Emprendimiento de la US.

Se contemplan dos tipos de participación:

1. Ayuda al registro de patentes y cualquier otro título de propiedad industrial e intelectual: La ayuda financiará las acciones llevadas a cabo para la protección de un resultado de investigación en la anualidad vigente. El coste máximo financiado al año no podrá superar los 3.000 €.

2. Ayudas a la internacionalización. La ayuda financiará la internacionalización de los registros: presentación internacional PCT (Patent Cooperation Treaty) o entrada en fases nacionales, y todas las acciones requeridas durante la anualidad vigente. El coste máximo financiado al año no podrá superar los 5.000 €.

En el caso de co-titularidad con otros organismos públicos o privados, las ayudas serán por el porcentaje correspondiente a la US establecido según acuerdo previo. Podrá solicitar la ayuda el personal de la US con relación contractual con ella que aparezca como inventor de un resultado de investigación protegido, cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que haya sido gestionada por el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.

Criterios de concesión:

Para la resolución de la convocatoria anual, la CI-US valorará principalmente los siguientes aspectos (modalidad 1 y 2): 

- El cumplimiento de los requisitos de protección en el caso de patentes.

- Potencial explotación comercial, el tipo de resultado o tecnología a explotar, su nivel de desarrollo y su aplicación industrial.

- Expresión de interés de empresas en la explotación del resultado objeto de la ayuda.

 En ambos casos, se considerará el compromiso de co-financiación del solicitante en las ayudas y la productividad de las ayudas anteriores solicitadas.

B. Ayudas para el desarrollo tecnológico de resultados de investigación: pruebas de concepto.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción tiene como objetivo fomentar y acelerar la transferencia de conocimientos y resultados generados por nuestra Universidad en proyectos financiados por la AEI, así como la explotación de los mismos en forma de productos, bienes, aplicaciones o beneficios para la economía, la sociedad o la cultura.

Esta modalidad I.8B tiene su reflejo en las convocatorias anuales que la AEI publique sobre “Proyectos de Pruebas de Concepto (PDC)”, de forma que los IP elegibles para participar en la convocatoria anual de PDC de la AEI podrán beneficiarse de esta ayuda para optimizar la redacción de su propuesta en aspectos como: 

- Análisis de viabilidad técnica, comercial o social de los resultados.

- Obtención de prototipos, demostración a escala piloto, pruebas con usuarios finales u otras actividades que permitan la validación del resultado, procesos o producto.

- La colaboración con empresas u otros entes sociales que participen en la viabilidad de los resultados, pruebas a escala real, etc.

- Protección del conocimiento y gestión estratégica de los derechos de propiedad industrial e intelectual (IPR), transferencia de conocimiento o explotación de resultados de investigación.

- Acciones encaminadas a la explotación de resultados, elaboración de modelo de negocio, así como previsión de financiación para etapas posteriores. 

Dotación y requisitos:

La dotación anual de esta acción será de hasta 35.000 € y la ayuda no podrá exceder de 5.000 €, salvo casos excepcionales.

Los costes elegibles serán destinados a las necesidades que el IP determine necesarios para optimizar la solicitud de prueba de concepto a la AEI o, en el caso de solicitudes que hayan sido denegadas, requieran optimizar la preparación en los aspectos anteriormente indicados.

No se financiarán gastos propios de la investigación, sino aspectos que sean evaluables en la convocatoria de PDC de la AEI y que por sus particularidades requieran ser asesoradas por especialistas, profesionales o terceras partes. Se entiende que la asesoría y la subcontratación pudieran ser (aunque no exclusivamente) las formas más acertadas de ejecutar esta modalidad I.8B.

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda aquellos IP que sean elegibles para participar en la convocatoria anual de “Proyectos de Pruebas de Concepto (PDC)”, así como aquellos IP que hayan participado en convocatorias anteriores de PDC y les haya sido denegada, pudiendo optar a esta ayuda siempre que vayan a participar en la siguiente convocatoria y sean elegibles para ello.

El criterio de elegibilidad estará alineado con la participación en los proyectos de pruebas de concepto de la AEI, esto es, los resultados objeto de la solicitud no pueden ser copropiedad de empresas ni haber sido licenciados ni transferidos a empresas u otros agentes.

Criterios de concesión:

Se evaluará la justificación técnica y económica de las actividades a desarrollar, particularmente su incidencia en optimizar la solicitud de PDC que se vaya a presentar a la AEI.

Se valorarán expresiones de interés (EoI) que empresas u otros agentes socioeconómicos potencialmente usuarios manifiesten en favor de los resultados que se pretenden trasladar a pruebas de concepto.

Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.

C. Ayudas para valorización de resultados de investigación cuya titularidad corresponde a la US.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción tiene un doble objetivo: 

a) Generar valor a partir del capital intelectual de nuestra Universidad acercando a la sociedad y facilitando su comercialización y/o la solución de problemas de la sociedad.

b) Promover acciones de transferencia de los resultados de la investigación con potencial comercial, estableciendo relaciones con el sector empresarial o con otras instituciones públicas o privadas. 

Consistirá en la ayuda al desarrollo de actuaciones para su validación en condiciones reales y en actividades de “marketing” (búsqueda de socios, inversores y potenciales clientes finales), asesoramiento jurídico y otras acciones orientadas a facilitar la transferencia de los resultados.

Dotación y requisitos:

La dotación anual de esta acción será de hasta 15.000 € anuales, y la ayuda no podrá exceder de 4.000 €, salvo casos excepcionales.

Los costes elegibles serán los derivados directa y exclusivamente del desarrollo de la actuación, y en ningún caso será elegible el gasto de personal.

Podrá solicitar la ayuda el PDI de la US que aparezca como inventor de un resultado de investigación protegido, cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que haya sido gestionada por el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US. 

Criterios de concesión:

Se evaluará la justificación técnica y económica de la memoria a desarrollar presentada y el impacto social y/o económico de la actuación. Se valorará tanto la posibilidad de cofinanciación como los resultados previos de la investigación y las actuaciones de transferencia realizados por el solicitante.

Si hubiera cotitularidad con otra Institución o Empresa, la ayuda deberá ser complementada por los otros cotitulares en la medida de los porcentajes de participación.

Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.

I.9. AYUDAS A EMPRESAS BASADAS EN EL CONOCIMIENTO DE LA US.

Objeto de la convocatoria:

Esta ayuda, con dotación presupuestaria anual de hasta 25.000 €, está destinada a incentivar e impulsar iniciativas empresariales que se constituyan como Empresas Basadas en el Conocimiento (EBC) de la US.

Adicionalmente, se podrán aplicar estas ayudas para las EBC que necesiten, para su creación y funcionamiento, hacer uso de los espacios de incubación disponibles en las instalaciones de los SGI y espacios de investigación de la US, condicionadas a las disponibilidades anuales. En este caso las condiciones de instalación en los espacios de incubación de la US vendrán reguladas por un convenio.

Se establecen 2 modalidades:

A. Creación de EBC.

Se pretende impulsar la creación de EBC, cuyos objetivos empresariales se basen en la explotación de los resultados de investigación de los miembros de la US. Las ayudas máximas serán de 2.000 €.

Para la selección de las solicitudes según la convocatoria anual se tendrá en cuenta:

1. Viabilidad técnico-económica de la iniciativa, con posibilidad de retorno o capacidad de cofinanciación.

2. Experiencia del equipo en el ámbito de la transferencia.

3. Creación de puestos de trabajo cualificados.

4. Se tendrá particularmente presente que la EBC vaya a realizar una explotación comercial de cualquier tipo de resultado de investigación protegido cuya titularidad corresponda a la US.

5. Naturaleza de la actividad y descripción de la idea (si se pretende potenciar determinados sectores económicos o bien la complementariedad con las empresas anteriormente ubicadas).

Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.

B. Impulso de EBC.

Constituidas en los últimos 5 años que tengan entre sus promotores a miembros del PDI de la US. El objetivo es potenciar actuaciones del PDI que mejoren el posicionamiento de la EBC en el sector empresarial.

Las ayudas máximas serán de 4.000 €. Para la selección de las solicitudes según la convocatoria anual se tendrá en cuenta: 

1. Valoración de la transferencia del conocimiento de la EBC.

2. Facturación media anual.

3. Puestos de trabajo cualificados (becarios, egresados, prácticas, etc.). 

Podrán solicitar esta ayuda el PDI de la US, que sean promotores de: 

-Las EBC constituidas o en fase de constitución que tengan entre sus promotores a miembros del PDI de la US.

- Las EBC cuya actividad principal esté vinculada a la explotación de una línea o resultado de investigación desarrollado en la US.

- Quedarán excluidos de la ayuda los gastos de constitución de la empresa.

- Podrá solicitarse la ayuda para la valoración de las transferencias del conocimiento de la US a la empresa. 

Obligaciones de los beneficiarios: 

1. Remitir al Vicerrectorado de Investigación, al finalizar el año de la concesión de la ayuda, informe de actividades para su evaluación. El incumplimiento de los planes propuestos supondrá el reembolso de la ayuda obtenida.

2. Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.

3. Compromiso de constitución de la empresa.

4. Compromiso de colaborar con la institución en la creación de la empresa. 

I.10. AYUDAS A LA CONSTITUCIÓN Y CONSOLIDACION DE REDES TEMÁTICAS.

Objeto de la convocatoria:

La creación de redes temáticas de carácter sectorial tiene por objetivo facilitar el intercambio y la transferencia de conocimientos entre grupos de distintos agentes del sistema de ciencia-tecnología-empresa, de manera que se fomente la cooperación entre ellos para propiciar la creación de redes de excelencia y se mejore la coordinación entre las infraestructuras científico-tecnológicas, así como la vertebración de las comunidades científicas de cara al desarrollo tecnológico de sectores de interés para la economía, la sociedad o la cultura.

La confluencia de diferentes agentes (universidades, centros tecnológicos, asociaciones, empresas, fundaciones, etc.), cada uno con su experiencia y su perspectiva sobre las fortalezas y las debilidades de un determinado sector o temática científica, debe permitir la puesta en común de oportunidades que favorezcan sinergias de colaboración entre los nodos y el desarrollo de iniciativas conjuntas.

Dotación y requisitos:

La dotación para esta acción será de hasta 25.000 € anuales. No serán subvencionables las actividades de investigación y se valorará positivamente que cada grupo participante en la red tenga financiación para la investigación a través de proyectos propios.

Se concederán ayudas para: 

- Elaboración de elementos que den visibilidad a la red, tales como página web, boletines, imagen corporativa, publicidad en prensa, etc.

- Creación de catálogos de ofertas y demandas propias del sector o temática científica que incorpore las capacidades científicas y tecnológicas disponibles, así como las demandas que el sector precisa atender.

- Encuentros entre los diferentes nodos para atender acciones formativas, puesta en común de resultados, homogenización de métodos y técnicas, creación de bases de datos de uso conjuntos de la red, publicaciones conjuntas, programa de visitas y en general actividades que fomenten un mejor conocimiento de las distintas realidades que representan a un determinado sector. 

Además de cumplir con las normas generales del VII PPIT-US, podrá solicitar estas ayudas el PDI con vinculación contractual con la US. No se requiere que el IP disponga de proyectos que financien su investigación, pero se recomienda que aporte detalles sobre el mantenimiento de su investigación durante el periodo de ejecución de esta ayuda.

Criterios de concesión:

Los criterios de valoración de las solicitudes y de concesión de las subvenciones considerarán lo siguiente: 

- Conocimiento del IP sobre el sector de aplicación. Se recomienda presentar un análisis DAFO que permita su evaluación.

- Importancia del sector de aplicación en la economía, la sociedad o la cultura, así como el potencial investigador de la Universidad de Sevilla en dicho sector.

- Relevancia de los nodos participantes, grado de interacción entre ellos y propuesta de actividades a desarrollar. 

Obligaciones de los beneficiarios: 

- Destinar la ayuda a realizar la actividad prevista en la solicitud.

- Presentar una memoria con los resultados de la actividad subvencionada al mes siguiente de su realización.

- Hacer mención explícita, en los materiales de difusión de la actividad, a la colaboración del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la US.

- El incumplimiento de estas obligaciones supondrá la revocación de la ayuda.

PLAN DE CAPTACIÓN Y RETENCIÓN DEL TALENTO

Línea estratégica II.

II.1. PROGRAMA DE BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN.

Objeto de la convocatoria:

El objetivo de esta acción es fomentar el acceso y la iniciación a la investigación de los estudiantes de la US que hayan demostrado un alto nivel de rendimiento académico, mediante un plan de formación básica en investigación centrado en un trabajo de investigación tutelado.

Se estructura en 2 modalidades. En ambas, la dirección del trabajo será a cargo de un profesor doctor de la US que imparta docencia en la titulación que esté cursando el solicitante.

A. Estudiantes de grados de la US que estén en el último curso de su titulación.

En cada convocatoria anual del VII PPIT-US se dotarán hasta 35 becas, a distribuir a razón de 7 por cada una de las ramas del conocimiento establecidas por la CI-US. Tendrán una financiación mínima de 1.250 € y máxima de 1.750 €, a distribuir de la siguiente manera: 

- 1.250 € con la concesión de la beca, que se repartirá según quede recogido en las bases anuales, y que puede comenzar desde ese momento y durar hasta la finalización del curso.

- 500 € tras formalizar la matrícula en un máster oficial de la US o, en los grados que den acceso directo al programa de doctorado, tras formalizar la matrícula en el programa, en el curso inmediatamente siguiente al disfrute de la ayuda. 

Podrán solicitar estas becas los estudiantes de grado de la US que no le resten más del 25% de los créditos para finalizar el grado y no menos del 12.5%. Entre estos créditos no debe haber asignaturas de los dos primeros cursos de la titulación en los grados de 4 años, o de los tres primeros cursos en los grados y dobles grados cuya duración sea superior a 4 años. Deberán tener una nota media igual o superior a 7.0 en escala de 0 a 10 (o similar en otra escala), ponderándose la nota media de acuerdo con la titulación.

B. Estudiantes de másteres oficiales de la US.

Se dotarán hasta 35 becas por convocatoria anual, 7 por cada rama del conocimiento. En esta modalidad, se podrán dotar becas participadas con empresas o instituciones; en estos casos, cada 2 becas computan como una en el total de 35.

Tendrán una dotación mínima de 1.500 € y máxima de 1.750 €, a distribuir de la siguiente manera: 

- 1.500 € con la concesión de la beca, que se repartirá según quede recogido en las bases anuales, y que puede comenzar desde ese momento y durar hasta la finalización del curso o máster. En el caso de que haya participación por una empresa o institución, ésta cofinanciará el 70% de la beca.

- 250 € tras formalizar la matrícula en un programa de doctorado en el curso inmediatamente siguiente al disfrute de la ayuda. 

Estudiantes matriculados en un máster oficial de la US y que hayan obtenido más de 7.0 de media, en escala de 0 a 10 (o similar en otra escala), en la titulación de grado, ponderándose la nota media de acuerdo con la titulación.

Criterios de concesión:

Estas becas serán incompatibles con la concesión de otras becas o ayudas con la misma finalidad, y sólo se podrá disfrutar una vez. Se recuerda la reserva del 5% de las becas, en ambas modalidades, para la cuota de personas con discapacidad igual o superior al 33% (ver normas generales).

Para la obtención de esta ayuda se valorará el expediente académico del estudiante, la calidad científico-técnica de la memoria presentada, la trayectoria investigadora del director de la beca y la empresa o institución participante, caso que la hubiere.

Se valorará positivamente la participación previa del candidato en la convocatoria de las Becas de Colaboración del Ministerio.

II.2. PROGRAMA DE FORMACIÓN PREDOCTORAL.

Se desarrolla en 2 modalidades:

A. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US.

Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

Este programa de ayudas a la formación del personal investigador se inscribirá en el Registro general de programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto a lo regulado en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. Las personas beneficiarias de esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán los deberes, que le sean de aplicación, contemplados en el mencionado Real Decreto y en las bases de la correspondiente convocatoria anual realizada por la CI-US.

Requisitos de los solicitantes:

1- Los criterios de admisión se ajustarán a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias anuales del Ministerio competente en esta materia sobre las ayudas para contratos de FPU del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.

2. Los candidatos de estos contratos predoctorales deberán haber participado en la convocatoria de FPU inmediatamente anterior al plazo de presentación de candidatos de la convocatoria anual del VII PPIT, y presentar su solicitud con el mismo director de proyecto (que debe ser PDI de la US) y grupo y propuesta de investigación. Deberán presentar documentación acreditativa de la evaluación de su expediente y resultados de la misma, donde conste puntuación detallada, título del proyecto y nombre del director de la solicitud del contrato FPU.

3. Los solicitantes deberán cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la US.

4. No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.

5. Los ciudadanos de otros países de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.

Requisitos de los directores de tesis:

1. Ser PDI de la US, y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.

2. En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato.

3. Ningún director/a podrá figurar como tal en más de una solicitud de beca en cada convocatoria. La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director de la tesis será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.

Calendario de las convocatorias y valoración de las solicitudes:

Las convocatorias anuales de estas ayudas se adecuarán a las correspondientes convocatorias de FPU del Ministerio. Se emplearán las puntuaciones otorgadas por el Ministerio para valorar las solicitudes presentadas al VII PPIT-US. Detalles más específicos estarán recogidos en la convocatoria anual de la ayuda.

En el supuesto de que tras la evaluación final de la ANECA no hubiera número de candidatos suficientes para cubrir cada una de las ramas, la CI-US podrá emplear los datos emitidos por el Ministerio en lo referente a la evaluación de los expedientes académicos, y el proceso se podrá complementar con una evaluación del expediente por parte de la CI-US.

Si aun así no se pudiera cubrir alguna de las ramas de conocimiento, los contratos que quedaran vacantes pasarían a las restantes ramas. En el caso de que no hubiera convocatoria del Ministerio, la CI-US establecerá los mecanismos necesarios para arbitrar la adjudicación de estas ayudas.

Número de ayudas:

En cada convocatoria anual del VII PPIT se dotarán hasta 30 ayudas, distribuidas entre las 5 ramas científicas establecidas por la CI-US (6 ayudas por rama). El número de ayudas previstas podrá ser modificado en función de las disponibilidades presupuestarias.

Sólo se concederá 1 contrato por esta modalidad a lo largo del presente Plan Propio por director de tesis. Los departamentos sólo podrán obtener un contrato por convocatoria, no pudiendo optar a un nuevo contrato en la convocatoria siguiente a la de la concesión.

Se establecerá un cupo de hasta 5 contratos para estimular la incorporación de talento estratégico, dirigido a beneficiarios seleccionados por su carácter estratégico, de entre los que hayan obtenido proyectos/contratos en los programas ERC y RyC, así como en otros programas que pueda determinar la CI. Excepcionalmente podría superarse el cupo de 5, si así lo decide la CI antes de publicarse la correspondiente convocatoria. El proceso de asignación de estos contratos se establecerá en las bases reguladoras anuales y se hará de forma independiente a la convocatoria general.

Dentro del cupo de discapacidad, se podrá conceder hasta un contrato predoctoral al año a candidatos que, cumpliendo todos los requisitos académicos, no hayan podido realizar la solicitud FPU por razones de tiempo transcurrido desde la finalización de estudios. La CI valorará en este caso la solicitud en base al expediente académico, proyecto de tesis y CV de los miembros del Grupo de Investigación.

Duración del contrato:

El contrato, con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de un año, prorrogable por períodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa. Igualmente, para acceder a las prórrogas anuales, el contratado deberá presentar al Vicerrectorado de la US la memoria anual de actividades con el informe favorable del director de la tesis doctoral.

En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las excepciones señaladas en el Art. 21 de la Ley CTI.

La consecución de la titulación de doctor pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador (punto 4 del Art. 20 de la Ley CTI). A estos efectos, la fecha se considerará al día siguiente de la lectura y aprobación de la tesis doctoral.

En este supuesto, el contratado puede pasar, previa solicitud expresa al Vicerrectorado de Investigación de la US, a un contrato puente postdoctoral, cuyas características serán las mismas que las que presenta la ayuda de Contratos puente postdoctorales del VII PPIT-US, salvo la condición exigida de co-financiación. La duración máxima del contrato será de 6 meses. Excepcionalmente, el contrato se podrá prorrogar hasta 6 meses más condicionado a un informe favorable por parte de la CI-US. En ningún caso podrá superar la fecha prevista inicialmente de finalización del cuarto año de su contrato predoctoral PIF.

Igualmente, finalizado este plazo, se podrá solicitar la ayuda de contratos puente-postdoctoral del VII PPIT-US siempre que se cumpla con las condiciones estipuladas en esta acción, incluyendo los requisitos de la fecha de obtención del título de doctor. En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por renuncia del titular en los 6 primeros meses, el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se computará íntegramente desde la fecha de nombramiento del sustituto, por una única vez.

Retribución:

La retribución bruta será la indicada en el Estatuto del Personal Investigador en Formación, y se concretará en las Bases reguladoras anuales. La US asumirá el coste de la inscripción del beneficiario en el Régimen General de la Seguridad Social.

Ayudas específicas:

Los beneficiarios de esta acción tendrán derecho a concurrir a la convocatoria de las siguientes ayudas, en las condiciones que se describen: 

- Ayudas para estancias breves: Las ayudas para estancias breves del PIF en otros centros tendrán por objeto reforzar la internacionalización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo de su tesis. Estas ayudas se aplicarán a estancias en centros de prestigio internacional, preferentemente en el extranjero y muy excepcionalmente en centros españoles. Los centros de destino en España deberán estar ubicados en una localidad distinta a la del centro de adscripción de la beca y deberá implicar, necesariamente, cambio de residencia respecto del domicilio habitual y ser diferente a la residencia familiar y al centro de formación académica anterior. Análogamente, las estancias a realizar en centros extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización al que no hubiera accedido por formación académica anterior o por nacionalidad.

Las estancias susceptibles de recibir esta ayuda tendrán una duración mínima de 2 meses y máxima de 4, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino.

El máximo número de estancias breves a lo largo de los 48 meses será de 3 y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas. Las estancias no podrán llevarse a cabo durante los últimos 6 meses de los 48 de duración del contrato salvo que la tesis ya estuviese presentada a trámite para su defensa pública o que haya indicación expresa favorable en el informe del director de la tesis doctoral.

Los beneficiarios de ayudas para estancias breves en centros en el extranjero disfrutarán, sin perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica en los desplazamientos cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada para el período para el que fuera concedida la estancia breve.

Una vez concedidas las ayudas y en casos debidamente justificados en los que concurran circunstancias de fuerza mayor, se podrán autorizar cambios sobrevenidos por situaciones posteriores, sin que ello suponga incremento del gasto aprobado ni modifique sustancialmente los elementos tenidos en cuenta en la evaluación.

Requisitos: Podrán disfrutar de esta ayuda los contratados predoctorales del Plan Propio que hayan completado un periodo igual o superior a doce meses. La solicitud podrá realizarse antes de haber transcurrido el citado periodo.

La presentación de las solicitudes, así como el proceso de evaluación y selección, se detallarán en cada convocatoria anual del presente Plan Propio.

Estas ayudas para estancias breves se adjudicarán en las cuantías y condiciones que determine la CI-US. Los beneficiarios se comprometen a solicitar ayudas de movilidad dentro de las convocatorias oficiales que se convoquen para dicho fin, a nivel autonómico, nacional e internacional.

- Traslado temporal a un centro extranjero: Con el objetivo de reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica se convocan hasta 5 ayudas (1 por rama de conocimiento) para traslado temporal a un centro o grupo de investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió el contrato. Si alguna de las ramas no contara con candidatos suficientes para cubrir las plazas que le corresponden, las vacantes podrán reasignarse al resto de las ramas.

La ayuda consistirá en la cofinanciación del gasto derivado de la estancia, en una cuantía estipulada en cada convocatoria.

Requisitos: Podrán disfrutar el traslado temporal los contratados predoctorales que hayan completado los 2 primeros años del contrato y que hayan obtenido informe favorable a la memoria de seguimiento. La solicitud podrá realizarse antes de transcurrido dicho periodo. La CI-US establecerá los criterios y la puntuación mínima para la adjudicación de estas ayudas. 

B. Ayudas predoctorales en Colaboración con empresas u otras entidades.

Objeto de la convocatoria:

El objeto de esta acción es promover la colaboración de la Universidad de Sevilla con el tejido empresarial mediante la financiación de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que se enmarque una tesis doctoral que pudiera optar preferentemente a la mención de Doctorado Industrial conforme a lo establecido en el RD99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Se persigue estimular la colaboración entre el entorno universitario y el sector productivo, fomentando iniciativas emprendedoras e incentivando la contratación en empresas.

Dotación:

Esta acción tendrá una dotación económica inicial de hasta 80.000 € anuales, pudiéndose otorgar un máximo de 8.000 € anuales por ayuda, o proporcionalmente a la duración del proyecto caso de que éste sea inferior a 1 año, que deberá destinarse al correcto desarrollo de la propuesta de investigación planteada. El proyecto podrá tener una duración máxima de 3 años. En la medida de lo posible se distribuirán de manera equitativa entre las ramas de conocimiento de la US.

Formalización de solicitudes:

Se realizará en dos fases: 

- En la fase A, los directores de los proyectos, PDI de la US que serán a su vez los directores de tesis de los nuevos beneficiarios, solicitarán la ayuda y firmarán un convenio de colaboración con la empresa o entidad colaboradora en donde se defina el compromiso de colaboración científica y de cofinanciación del doctorando. Se seleccionarán en función del interés del proyecto presentado y la relevancia de la empresa o entidad colaboradora en relación con el proyecto de tesis.

- En la fase B, se presentarán los candidatos, que deberán estar pre-admitidos o matriculados en un programa de doctorado de la US, o al menos en condiciones de realizar el programa de doctorado en caso de ser seleccionados. La selección tendrá lugar por medio de un concurso público a través de una convocatoria oficial, y se realizará de forma conjunta entre la US y la empresa, institución o entidad colaboradora. No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna universidad o institución nacional o extranjera. Más detalles se publicarán en las bases de la convocatoria. 

Características de la ayuda:

1. Se financiará un único proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental por tesis doctoral. El proyecto podrá ser nuevo o encontrarse en desarrollo, es decir, con la tesis doctoral en proceso de elaboración, o bien dicho proyecto podría conllevar la contratación de un doctorando por parte de la empresa. En este último supuesto, el proceso de selección quedará explícitamente detallado en el convenio regulador de la colaboración.

2. La financiación irá dirigida a incentivar el desarrollo del proyecto de investigación en el seno de la empresa o entidad participante, y se destinará a cubrir parte de los gastos de ejecución del proyecto presentado.

3. El proyecto cuya financiación se solicita tendrá una duración mínima de 6 meses y máxima de 3 años. Los proyectos con una duración superior a 12 meses deberán presentar solicitud de renovación en la siguiente anualidad. Para ello, en el décimo mes de contratación deberá presentarse, por parte del contratado y con las firmas del IP del proyecto y del responsable por parte de la empresa, informe de seguimiento, así como compromiso de vinculación por parte de la empresa.

4. Será necesario rubricar el correspondiente convenio de colaboración entre la US y la empresa o institución participante conforme al modelo publicado en la página web del Vicerrectorado de Investigación, con carácter previo a la solicitud de la ayuda. Se recomienda contactar con la Unidad de Convenios del Vicerrectorado de Investigación (convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda.

5. La dedicación del doctorando al proyecto de I+D+i se deberá distribuir entre la empresa y la US, de modo que permita finalizar la tesis doctoral en el plazo previsto. Esta circunstancia quedará reflejada en el convenio de vinculación que se suscriba.

6. Los beneficiarios de esta acción podrán prestar colaboraciones docentes cuando se determinen en el convenio de colaboración entre la US y la empresa.

7. La empresa garantizará unas condiciones retributivas anuales equivalentes, al menos, a las de un contratado predoctoral de programas oficiales (e.g., programas FPU o FPI).

8. Los proyectos que se presenten deberán atenerse a los principios internacionales y a la normativa vigente en materia de bioética, experimentación animal, bioseguridad, seguridad biológica, protección del medioambiente, patrimonio natural y biodiversidad y protección de datos, correspondiendo a las entidades participantes velar por su cumplimiento.

9. Se podrán también considerar como destinatarias de estas ayudas, colaboraciones/convenios en el ámbito de las Cátedras de Empresa, aunque las tesis realizadas no sean conducentes a la mención de Doctorado Industrial. Al respecto, tendrán prioridad las solicitudes de propuestas de tesis que puedan tener la mención de doctorado industrial.

Observaciones: a efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa o instituciones participantes las definiciones recogidas en el art. 3 de la última convocatoria del MINECO, referida a Doctorados Industriales.

II.3. PROGRAMA DE CONTRATOS PUENTE POSTDOCTORAL.

Objeto de la convocatoria:

El objetivo de esta acción es estimular la realización de estancias postdoctorales en el extranjero de doctores con CV competitivos. Está dirigida a servir de enlace entre la etapa predoctoral y postdoctoral, para facilitar su incorporación a programas de perfeccionamiento postdoctoral. Se evita así interrupciones de la labor investigadora y se permite mantener la vinculación con el grupo de investigación de la US hasta que se resuelvan las convocatorias de formación postdoctoral.

Sólo se concederá una ayuda anual por grupo de investigación, y un investigador sólo dispondrá de esta ayuda por una única vez. Los beneficiarios de esta acción prestarán colaboraciones docentes hasta un máximo semestral de 30 horas. La docencia impartida por el beneficiario se retraerá, salvo acuerdo en contra, de la carga docente de los miembros del grupo de investigación pertenecientes al departamento que lo acoge, o del departamento, si así lo determina el responsable del grupo.

Dotación:

En cada convocatoria anual del VII PPIT-US se dotarán hasta 20 ayudas, a distribuir 4 por cada una de las ramas científicas establecidas por la CI-US, que determinará un umbral mínimo de puntuación para el acceso a esta ayuda. Si alguna de las ramas no contara con candidatos suficientes para cubrir las ayudas que le corresponden, las vacantes podrían reasignarse al resto de las ramas en función de la puntuación alcanzada por los solicitantes.

Condiciones de la ayuda puente posdoctoral:

Estas ayudas se realizarán bajo la modalidad de contrato para el desarrollo de un proyecto de investigación, con una duración máxima de 6 meses. De manera excepcional la ayuda se podrá prorrogar otros 6 meses más por el mismo importe condicionado al informe favorable de la CI-US. Este informe se emitirá en función de la memoria final de actividades presentada por el beneficiario de esta acción. Para la renovación excepcional de la ayuda deberá acreditarse que se han cubierto los objetivos de investigación de la primera fase del contrato. El candidato deberá justificar resultados de investigación que conduzcan a publicaciones de carácter internacional o patentes acreditadas a la US. Asimismo, se debe reafirmar el compromiso de realizar la estancia postdoctoral invocada en la solicitud.

El VII PPIT-US cofinanciará el 50 % del coste de la ayuda, quedando la financiación restante a cargo del grupo de investigación, que deberá presentar la documentación que acredite la posibilidad de cofinanciar el contrato. Esta documentación será evaluada por el área de investigación de la US. El 50% de financiación del grupo de investigación podrá aportarse financiando meses completos tanto al principio como al final del semestre o de la anualidad. El coste anual de cada contrato, incluido cuotas patronales y finiquito será de 25.500 €.

Requisitos de los solicitantes: 

- Haber realizado el doctorado en la US tras haber cumplido íntegramente los 4 años de contrato predoctoral (a no ser que se haya obtenido el título de doctor antes de completar los 4 años del contrato).

- Haber defendido la Tesis Doctoral en la US como máximo 6 meses antes de la apertura del plazo de solicitud. Las solicitudes podrán hacerse hasta 6 meses antes de finalizar el período predoctoral, aunque el beneficiario deberá estar en posesión del título de Doctor antes de recibir la ayuda.

- Haber sido admitido en un centro de investigación extranjero de reconocida solvencia para realizar una estancia postdoctoral.

- Haber participado, o comprometerse a hacerlo, en las convocatorias de ayudas específicas para estancias postdoctorales por una duración no inferior a un año, al menos desde la aceptación de la ayuda y durante el período de disfrute de la misma. 

A la recepción de la ayuda, deben cumplirse todos los requisitos expuestos anteriormente.

Criterios para la asignación de las ayudas:

La CI-US valorará las solicitudes presentadas, admitiéndose sólo los méritos acreditados documentalmente. Los méritos científicos, que se contemplarán como principales criterios de selección, estarán referidos a la calidad científica (índices de impacto e indicadores al uso dentro de cada rama del conocimiento) de los trabajos presentados por los candidatos.

Obligaciones de los beneficiarios: 

- Incorporarse al grupo de investigación del centro receptor en el plazo de un mes desde la firma del contrato, salvo que cuente con autorización oficial de desplazamiento.

- Presentar durante la primera quincena del sexto mes del contrato memoria final de actividades, acompañada con la valoración del responsable del grupo de investigación y de toda aquella documentación que estime oportuna para obtener la prórroga de carácter extraordinario si se solicita.

- Presentar memoria final si se ha accedido a la prórroga extraordinaria de 6 meses.

- En las bases de la convocatoria se establecerán en detalle todos los requisitos exigidos a los beneficiarios. 

II.4. CONTRATOS DE ACCESO AL SISTEMA ESPAÑOL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PROPIO DE I+D+i DE LA US.

Objeto de la convocatoria: 

Esta acción va dirigida a posibilitar que investigadores que estén en posesión del título de Doctor o equivalente y puedan acreditar una dilatada experiencia postdoctoral, participen en el desarrollo del programa de I+D+i de la US. El objetivo esencial es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad investigadora y una dilatada experiencia en centros de investigación tanto nacionales como extranjeros. Los doctores contratados realizarán tareas de investigación orientadas a la obtención de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional.

Dotación:

Anualmente, se dotarán hasta 20 contratos, a distribuir entre las cinco ramas científicas establecidas por la CI-US. Si alguna de las ramas no contara con candidatos suficientes para cubrir las plazas que le corresponden, las vacantes podrían reasignarse al resto de las ramas en función de la puntuación alcanzada por los solicitantes.

Los candidatos seleccionados se adscribirán a departamentos o institutos universitarios de la US. Ningún departamento o instituto universitario podrá tener más de 1 contrato en activo por esta modalidad durante el VII PPIT-US. No obstante, se contempla la posibilidad de que la CI-US arbitre un mecanismo por el que se pueda asignar un nuevo contrato a departamentos o institutos universitarios ya beneficiados por esta acción en el presente PPIT.

Durante la vigencia del VII PPIT-US, el número de plazas a dotar cada año podrá modificarse por el Consejo de Gobierno en razón de las disponibilidades presupuestarias. El coste anual aproximado de cada contrato, incluido cuotas patronales y finiquito será de 32.200 €.

Se establecerá un cupo de hasta 5 contratos de acceso para estimular la incorporación de talento senior de interés estratégico, de entre los investigadores que hayan obtenido proyecto en el programa ERC, así como en otros programas que pueda determinar la CI. El proceso de asignación de dicho contrato se determinará en las bases reguladoras anuales y se hará de forma independiente a la convocatoria general.

Selección de los candidatos:

El objetivo general del programa es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad científica y experiencia postdoctoral prolongada con estancias en centros de investigación preferentemente internacionales. El programa de contratos de acceso irá ligado a la participación previa de los candidatos en la convocatoria anual del programa Ramón y Cajal del Ministerio. Se pretende de esta forma fomentar la participación de los jóvenes investigadores en convocatorias científicas altamente competitivas. 

Requisitos de los candidatos: 

- Haber participado en la convocatoria del Programa Ramón y Cajal del Ministerio inmediatamente anterior al periodo de presentación de candidatos de esta acción. El candidato deberá presentar justificación de su participación en dicho programa, así como la evaluación obtenida, sea ésta provisional o definitiva. La resolución de esta convocatoria tendrá lugar una vez que el programa Ramón y Cajal haya publicado la lista definitiva con las evaluaciones. En el caso en que existiese un retraso considerable en la resolución del programa RyC, modificación o desaparición de éste, la CI arbitrará las medidas que considere oportunas. La CI-US también establecerá las medidas oportunas para la transición entre lo estipulado en el VI y VII PPITUS en esta acción.

- El candidato deberá haber obtenido en el programa RyC una calificación mínima para su admisión. La CI de investigación establecerá en las bases anuales, la calificación mínima, que deberá ser igual o superior a 70,0 (sobre 100) puntos. Se podrá establecer un mínimo diferenciado por rama de conocimiento.

- Presentar escrito firmado por uno o varios profesores/investigadores doctores de un departamento o instituto universitario de investigación de la US avalando la solicitud. Entre los firmantes del documento de aval deberá figurar necesariamente al menos un miembro del cuerpo de: catedráticos de universidad, profesores titulares de universidad y/o profesores contratados doctores, que será el avalista principal. Las solicitudes se adscribirán a la rama de conocimiento y departamento/instituto del profesor avalista principal. 

Cada candidato presentará una única solicitud, con el documento de aval de profesores de un único departamento o instituto. La selección se realizará por orden de calificación en el programa RyC, de manera independiente en cada una de las ramas de conocimiento, teniendo en cuenta las incompatibilidades anteriormente descritas. Los candidatos seleccionados se incorporarán a los departamentos o institutos correspondientes, previo informe razonado emitido por los consejos de departamento.

Los contratos serán incluidos a su finalización en el plan de Captación y Retención de Talento de la US que anualmente se contemple en la correspondiente Oferta de Empleo Público, ofreciendo de este modo la posibilidad de estabilización para un investigador por cada uno de los contratos efectuados bajo esta modalidad, siempre que se haya disfrutado el contrato al menos 3 de los 4 años de duración.

Duración del contrato:

El contrato, de duración determinada con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de un máximo de 4 años. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato, tal como se indica en las normas generales.

Las prórrogas se otorgarán tras la evaluación de los resultados presentados en las memorias anuales de seguimiento. En las bases de la convocatoria, la CI-US establecerá y publicará los indicadores de seguimiento para estas evaluaciones anuales.

Participación en la docencia:

El personal investigador que sea contratado por esta modalidad deberá realizar tareas docentes relacionadas con la actividad de investigación propuesta, hasta un máximo de 80 horas anuales (o el máximo que indique la Ley de CTI, si sufre modificación), con la aprobación del Vicerrectorado de Investigación y con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y a la Normativa de dedicación docente del profesorado en cada curso.

II.5. ATRACCIÓN DE INVESTIGADORES CON ALTO POTENCIAL.

 

Objeto de la convocatoria:

Esta acción tiene por objetivo incorporar a la US a investigadores doctores en áreas de investigación consideradas como estratégicas para la US.

Consistirá en financiar proyectos de investigación innovadores dirigidos por un IP que haya sido seleccionado en las convocatorias Ramón y Cajal o ERC y no estén incorporados previamente en la US. El investigador se integrará como PDI en la US. En estos casos, los contratados estarán incluidos en el Plan de Captación y Retención de Talento de la Universidad de Sevilla que anualmente se contemple en la Oferta de Empleo Público.

Se establecen las siguientes modalidades para poder concurrir a la ayuda: 

a. Los proyectos innovadores dirigidos por un IP que haya sido seleccionado en el programa Ramón y Cajal del Ministerio, y que al menos le queden dos años y medio de duración cuando se incorporen en la universidad de Sevilla. La CI podrá definir otros programas nacionales equivalentes

b. Los proyectos innovadores dirigidos por un IP que haya sido seleccionado en programas internacionales altamente competitivos como los asociados al “European Research Council: Starting Grant, Consolidator Grant o Advanced Grant”, y que tengan una duración de al menos dos años en el momento de la incorporación a la universidad de Sevilla. La CI podrá definir otros programas internacionales equivalentes

c. En caso de existir fondos remanentes en la anualidad, podrán participar investigadores que hayan sido seleccionados (en la convocatoria inmediatamente anterior a la presente) como reserva en el Programa Ramón y Cajal, o que hayan obtenido calificación B de “Starting Grants”. La CI podrá establecer otros perfiles que incentivar con esta acción. En este caso concreto, la ayuda incluirá los gastos de contratación del propio solicitante. Además, en estos casos, las personas seleccionadas se deberán comprometer a presentarse de nuevo a la convocatoria por la que han sido seleccionadas, así como a ejecutar su contrato, caso de obtenerlo, en la US. En caso de no incorporarse a la US habiendo obtenido el contrato en estas convocatorias, deberá devolver la ayuda otorgada por este VII PPIT. 

Los proyectos serán de 1 año de duración, con la posibilidad de prorrogarse 1 año más en función de la evaluación de los resultados.

Dotación:

La dotación presupuestaria para esta acción será de 200.000 €, con un presupuesto por proyecto máximo de 40.000 € anuales por ayuda, que incluirán los gastos de ejecución del proyecto.

Proceso de selección:

Se hará tras la resolución de las convocatorias pertinentes, seleccionándose los candidatos en función tanto de la evaluación obtenida en los Programas Ramón y Cajal, ERC Grants y similares, como de las líneas de investigación que desarrollen y su evaluación por parte de la comisión en cuanto a sus condiciones estratégicas para la US.

Los investigadores seleccionados se integrarán en un departamento, instituto universitario o centro de la US. Se valorará positivamente que el investigador contratado abra una nueva línea de investigación.

Del conjunto de convocatorias de contratos predoctorales y postdoctorales anuales del plan propio se reservará un cupo para una selección de los investigadores incorporados a esta ayuda en las modalidades A y B, tal como se indica en las acciones II.2 y II.4.

II.6. PLAZAS DE PROFESOR AYUDANTE DOCTOR POR NECESIDADES INVESTIGADORAS.

 

Objeto de la convocatoria:

Se trata de una acción destinada a impulsar el tejido investigador de la US, en términos de recursos humanos, mediante la dotación de plazas de Ayudante Doctor en áreas donde existan necesidades investigadoras que se consideren de especial interés para la US.

Dotación:

Anualmente se determinará el número de plazas dependiendo de la disponibilidad económica y necesidades estratégicas, a propuesta de los Vicerrectorados de Investigación y de Personal Docente e Investigador. Esta propuesta incluirá la dotación de plazas asociadas al Plan de Captación de Talento de la US que anualmente se haya contemplado en la Oferta de Empleo Público.

Criterios de concesión:

Para dar trámite a esta ayuda, la CI-US designará una subcomisión, presidida por el Vicerrector de Investigación y en cuya composición también estará el Vicerrector de Personal Docente e Investigador.

Adicionalmente, en función de las disponibilidades presupuestarias, la subcomisión podrá identificar otras áreas en las que dotar nuevas plazas, en función de que posean una masa crítica de personal investigador postdoctoral de alta cualificación con elevada producción científica de calidad, también áreas emergentes, estratégicas, o en las que el impulso investigador tenga especial impacto.

La propuesta emitida por la subcomisión, no vinculante, será considerada por la CI-US para la selección de las áreas a las que se dotarán las ayudas. En base a ella, los Vicerrectorados de Investigación y Personal Docente e Investigador elaborarán la correspondiente propuesta de dotación al Consejo de Gobierno de la US, para su aprobación.

Siguiendo el procedimiento de autorización de convocatorias de Personal Docente e Investigador vigente en cada curso académico, el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador solicitará autorización para la convocatoria pública de las plazas aprobadas. Una vez obtenida dicha autorización, y solo en ese caso, la selección del profesorado para cubrir las plazas de Profesor Ayudante Doctor que anualmente se doten por este VII PPIT-US será llevada a cabo por el procedimiento establecido al efecto. La CI trasladará los perfiles investigadores a los departamentos.

II.7. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO POR NECESIDADES ESTRATÉGICAS DE INVESTIGACIÓN.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción, de carácter estratégico, tiene como objetivo establecer una herramienta que permita a la US mantenerse competitiva en investigación. Para ello, se establece el presente mecanismo con el objeto de que la US no pierda líneas estratégicas que son el fruto del intenso esfuerzo humano y económico realizado en la institución de manera prolongada, así como lanzar líneas identificadas como estratégicas para el futuro de la institución. Se integra dentro de las acciones que impulsan la consideración estratégica de la investigación en las políticas de dotación de plazas.

Dotación:

Para ello, el Consejo de Gobierno de la US podrá solicitar anualmente a la CI-US que realice una propuesta de dotación de plazas por necesidades estratégicas de investigación.

Para esta acción, la CI-US nombrará anualmente una comisión de expertos, presidida por el Vicerrector de Investigación y actuando como Secretario el Director del Secretariado de Investigación, con representación igualitaria de todas las ramas del conocimiento, que realizará un informe en base a las solicitudes presentadas, de acuerdo con criterios de valoración centrados fundamentalmente en una producción investigadora elevada y de excelencia, capacidad demostrada para captar fondos en convocatorias públicas fuertemente competitivas, análisis de la pérdida científica y de recursos que produciría la salida de personal del área en cuestión, o el beneficio objetivo en investigación que aportaría su incorporación a la US. El informe emitido por esta comisión de expertos, no vinculante, será empleado por la CI-US para realizar la propuesta de dotación de plazas al Consejo de Gobierno de la US.

II.8. PROGRAMA DE CAPTACIÓN DE TÉCNICOS ALTAMENTE ESPECIALIZADOS EN INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA.

 

Objeto de la convocatoria:

La actividad de I+D+i requiere de personal técnico, tecnólogos, con alto grado de especialización. El buen funcionamiento y el éxito en estos campos depende en gran medida de la existencia de técnicos especializados en infraestructuras científico-técnicas, oficinas de proyectos, OTRIs o gestión administrativa de los fondos de investigación.

El objeto de esta acción es complementar, con cargo a las dotaciones del VII PPIT, la subvención concedida en convocatorias públicas de aquellos programas que requieran co-financiación para la contratación de técnicos de investigación, y así facilitar su posible integración en la estructura de la Universidad a través de un plan de captación de perfiles especializados.

Las convocatorias que actualmente seleccionan en concurrencia competitiva, y que serán consideradas inicialmente en esta acción, son las convocatorias de Personal Técnico de Apoyo (Ministerio de Ciencia e Innovación) y de Empleo Joven (Ministerio de Ciencia e Innovación y Junta de Andalucía).

Criterios de adjudicación de la co-financiación:

La CI-US, a la vista de la resolución favorable de las convocatorias públicas de subvención de contratos de técnicos de investigación y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, asignará las ayudas de co-financiación atendiendo a lo indicado en la convocatoria.

Se dará prioridad a los técnicos adscritos a los Secretariados de Investigación y de Transferencia, a los SGI y a los Institutos Universitarios de Investigación. Adicionalmente se priorizará por su impacto en la institución y necesidad de las tareas a realizar.

Dotación y cuantía de las ayudas:

Se destinará una dotación anual de hasta 120.000 €. En sucesivos ejercicios, la dotación de esta acción podría incrementarse con nuevas aportaciones que cubrirían la co-financiación de la renovación de los contratos ya formalizados, o de los que se adjudiquen en nuevas convocatorias públicas.

Plan de Captación de Perfiles Especializados:

Este Plan de Captación de Perfiles Especializados, Tecnólogos, usará como base las plazas obtenidas en las convocatorias anteriormente mencionadas, con las siguientes características: 

1. Se establecerá una comisión de trabajo para la ejecución de este plan

2. Los candidatos que obtengan contrato en estas convocatorias se integrarán en los programas de formación de la Universidad de Sevilla con apoyo para su desarrollo profesional, por ejemplo, a nivel de cursos formativos. 

3. Tras el periodo de alta especialización cofinanciado por estas convocatorias altamente competitivas, se podrá proponer la creación de plazas del nivel adecuado que cubran las tareas que se han venido realizando y tengan perfil estratégico para la universidad, que serán negociadas con los representantes de los trabajadores, siempre y cuando las previsiones presupuestarias lo permitan. 

La comisión de trabajo determinará, además: 

- Estudio de posibles medidas que den continuidad a las tareas que viene realizando el personal actualmente contratado en estos programas, una vez que finalicen sus contratos. 

MOVILIDAD Y PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL INVESTIGADOR

Línea estratégica III.

III.1. PROGRAMA DE PERFECCIONAMIENTO POSTDOCTORAL EN EL EXTRANJERO.

Objeto de la convocatoria:

El objetivo de esta acción es facilitar el proceso de perfeccionamiento postdoctoral de los jóvenes doctores formados en la US a través de programas oficiales que (i) hayan tenido un contrato predoctoral de duración mínima de 4 años y (2) se hayan disfrutado íntegramente (a no ser que se haya obtenido el título de doctor antes de finalizar los 4 años del contrato predoctoral).

La ayuda consistirá en la financiación de estancias en centros de investigación en el extranjero de reconocido prestigio científico internacional. La fecha de obtención del título de doctor deberá tener una antigüedad de 2 años máximo con respecto a las convocatorias anuales del presente VII PPIT-US.

Asimismo, los candidatos deberán haber solicitado las ayudas de Juan de la Cierva Formación (o similar, definido anualmente por la CI-US). En el caso de que no hubiera habido convocatoria del Ministerio previa a las convocatorias anuales del presente PPIT, se deberá presentar compromiso de participación en la primera convocatoria del Ministerio inmediatamente posterior a la solicitud al VII PPIT. 

Dotación y cuantía:

Se dotarán hasta 5 ayudas a repartir de forma homogénea entre las 5 ramas de conocimiento. Las ayudas se materializarán por medio de un contrato de trabajo por obra o servicio determinado con la US, de 6 meses de duración, para el desarrollo de un proyecto de investigación en el centro de destino, que necesariamente deberá estar ubicado fuera de España. Deberá aparecer correctamente la filiación a la Universidad de Sevilla en toda su producción científica.

El coste semestral aproximado de cada contrato, incluido cuotas patronales y finiquito será de 17.000 €. En el caso en que el investigador se desplace al centro de destino acompañado por la unidad familiar, se determinará una dotación de viaje adicional que se publicará en las bases reguladoras anuales de la ayuda.

Criterios de selección:

Se basarán en el curriculum vitae investigador del solicitante, la puntuación obtenida en la evaluación de la Convocatoria Juan de la Cierva (Formación) o similar, calidad del centro receptor extranjero en el que se realiza la estancia postdoctoral, e interés y calidad del proyecto de investigación.

Los beneficiarios de esta ayuda deberán presentar solicitud a las convocatorias oficiales de programas de perfeccionamiento de doctores que se realicen durante el periodo de vigencia de su contrato. En caso de serle concedida alguna de las ayudas solicitadas, los beneficiarios de este programa tendrán obligación de renunciar a este contrato.

III.2. PROGRAMA DE AYUDAS PARA ESTANCIAS BREVES EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN NACIONALES Y EXTRANJEROS.

Objeto de la convocatoria

Esta línea de actuación está destinada a facilitar la movilidad del PDI y del personal contratado dedicado a tareas de investigación con el objeto de intensificar la actividad investigadora y fomentar el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la US. Para ello se propone un programa de ayudas para financiar estancias breves de investigadores de la US en centros de investigación nacionales e internacionales. Se valorarán positivamente aquellas estancias propuestas en centros de investigación o universidades en el extranjero. Se potenciará la movilidad de los investigadores jóvenes.

Se presentan 2 modalidades: 

a. En otras Universidades o Centros de Investigación.

b. En departamentos de I+D+i de empresas o de instituciones públicas o privadas con una trayectoria reconocida de marcado carácter internacional.

Beneficiarios:

El PDI de la US en cualquiera de sus modalidades, incluyendo los contratados postdoctorales. Se excluyen los beneficiarios de las acciones destinadas a contratos predoctorales o de PIF propias de la US, por disponer éstas de un programa específico de ayuda a la movilidad. Para aquellos contratos predoctorales de otras convocatorias oficiales que dispongan de programas específicos de ayuda a la movilidad, será incompatible la concesión de ambas para el mismo ejercicio. Se recuerda la obligatoriedad de concurrir al programa específico en cuestión.

Requisitos de los beneficiarios:

1. Los recogidos en el apartado anterior. En caso de ser personal contratado a tiempo determinado, el contrato debe estar vigente en la fecha de la convocatoria y durante el periodo completo de disfrute de la ayuda.

2. Concedida la ayuda, el beneficiario deberá contar con la licencia de estudios reglamentaria.

Disponer del documento de aceptación de la entidad receptora, con expresión de la duración de la estancia.

Elaborar y presentar un programa de la investigación a desarrollar, incluyendo producción científica estimada que será evaluada al justificar la ayuda.

Presentar justificante de participación en las convocatorias oficiales análogas, tanto internacionales como nacionales y autonómicas, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VII PPIT-US, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.

Dotación de las ayudas:

La dotación anual para esta acción será de hasta 120.000 €. En cada convocatoria anual el periodo de estancia a financiar no podrá ser inferior a 30 días ni superior a 3 meses, en uno o varios centros de investigación, con independencia de que se pueda solicitar autorización para estancias superiores a 3 meses si el período formativo o el proyecto investigador de la estancia lo requiere.

Se concederá, como máximo, una ayuda anual por solicitante. Las ayudas concedidas a un mismo solicitante durante la vigencia del VII PPIT, no podrán superar en total la duración de 6 meses de estancia.

Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones económicas para estancias que acuerde la CI-US para cada convocatoria, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La concesión de la ayuda no supondrá merma alguna de otros haberes percibidos por los solicitantes.

En el caso en que el investigador se desplace al centro de destino acompañado por la unidad familiar, se determinará una dotación de viaje adicional que se publicará en las bases reguladoras anuales de la ayuda.

Criterios para la concesión de las ayudas:

La CI-US resolverá las convocatorias aplicando los siguientes criterios: 

- Curriculum vitae del solicntro receptor o del grupo de acogida. 

III.3. PROGRAMA DE ESTANCIAS DE INVESTIGADORES DE OTROS CENTROS NACIONALES Y EXTRANJEROS EN DEPARTAMENTOS E INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA US.

 

Objeto de la convocatoria:

Esta línea de actuación está destinada a fomentar el intercambio y actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la US, mediante la invitación y permanencia en nuestra institución de profesores e investigadores con una reconocida trayectoria científica y profesional en su campo, provenientes de otras universidades o centros de investigación. 

Se considerarán dos modalidades distintas en este tipo de ayudas: 

a) Estancias breves en la US de profesores e investigadores de reconocido prestigio de otras Universidades o Centros de Investigación. La financiación de una estancia a través de esta actuación es incompatible con la financiación a través del PP de Docencia.

b) Programa “Visiting Scholars”.

Modalidad A. Estancias breves en la US.

Beneficiarios: 

- Los departamentos e institutos de investigación.

- Los grupos de investigación de la US reconocidos en el PAIDI. 

Requisitos de los beneficiarios: 

- Deberá presentarse un programa de la investigación a desarrollar por los beneficiarios de la ayuda, incluyendo producción científica estimada que será evaluada al justificar la ayuda.

- Justificante de participación en las convocatorias oficiales análogas, tanto internacionales como nacionales y autonómicas, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VII PPIT-US, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe. 

Dotación de las ayudas:

La dotación anual para esta acción será de 55.000 €. En cada convocatoria anual el periodo de estancia a financiar no podrá ser inferior a 30 días ni superior a 3 meses, con independencia de que se pueda solicitar autorización para estancias superiores a 3 meses si el período formativo o el proyecto investigador de la estancia lo requiere. Durante el periodo de vigencia del VII-PPIT-US tendrán prioridad los solicitantes que no hayan recibido esta ayuda con anterioridad.

Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones económicas para estancias que acuerde la CI-US para cada convocatoria, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Criterios para la concesión de las ayudas:

La CI-US resolverá las convocatorias aplicando los siguientes criterios: 

- Curriculum vitae del solicitante.

- Programa de trabajo a desarrollar, incluyendo producción esperada expresada en los términos usuales en cada rama del conocimiento.

- Méritos académicos y científicos tanto del solicitante como del investigador visitante.

- Distribución equilibrada entre ramas de conocimiento. 

Compromiso de los beneficiarios:

Los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir al Vicerrectorado de Investigación, dentro de los plazos establecidos en cada convocatoria, la justificación científica (incluyendo resultados mensurables) y económica de la ayuda concedida para su evaluación. La CI-US evaluará la justificación remitida y el grado de cumplimiento del Plan de Trabajo. El incumplimiento de los planes propuestos supondrá el reembolso de la ayuda obtenida.

Modalidad B. “Visiting Scholars”

Con esta acción se persigue atraer a la Universidad de Sevilla a investigadores internacionales de centros extranjeros de prestigio excepcional, con objeto de impulsar la internacionalización, estimulando la colaboración científica con nuestros grupos de investigación.

El objetivo es que de estas colaboraciones resulten actividades investigadoras que se concreten en proyectos de investigación y publicaciones de alto impacto, a la vez que se amplíe la oferta formativa de la US en áreas con reconocimiento internacional que supongan un alto valor añadido para nuestra universidad. Dicha oferta formativa será ofrecida a la comunidad universitaria.

Dotación de las ayudas:

En cada anualidad se dotarán hasta 30.000 € en ayudas, si es posible de forma igualitaria entre las ramas del conocimiento científico.

La ayuda consistirá en una dotación de hasta 6.000 € por profesor visitante, que se abonará como pago por los servicios prestados en la ejecución del programa presentado. Las solicitudes podrán provenir de grupos de investigación, departamentos, centros o institutos universitarios.

Criterios para la concesión de las ayudas:

Para resolver estas ayudas, la CI-US nombrará anualmente una subcomisión de expertos, presidida por el Vicerrector de Investigación y con la participación del responsable de los programas de Master y/o Doctorado, que evaluará las solicitudes presentadas valorando, principalmente, los curricula vitae de los profesores visitantes, la excelencia investigadora de sus centros de procedencia, el carácter estratégico de la colaboración científica planteada, y la calidad de la actividad formativa propuesta, vinculadas a titulaciones de máster y/o a programas de doctorado.

El informe emitido por la comisión de expertos deberá ser ratificado por la CI-US. Los “Visiting Scholars” recibirán un nombramiento de la CI y se procederá a su publicación.

III.4. PROGRAMA DE AYUDAS PARA ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN EN CONGRESOS CIENTÍFICOS DE CARÁCTER INTERNACIONAL.

Objeto de la convocatoria:

Esta línea de actuación está destinada a financiar los gastos en concepto de desplazamiento y estancia del personal investigador de la US con el objeto participar en congresos científicos de carácter internacional.

Dotación de las ayudas:

La dotación anual para esta acción será de 70.000 €. Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones económicas para estancias que acuerde la CI-US para cada convocatoria, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La concesión de la ayuda no supondrá merma alguna de otros haberes percibidos por los solicitantes.

Durante el periodo de vigencia del VII-PPIT-US tendrán prioridad aquellos solicitantes que no hayan recibido previamente esta ayuda. Asimismo, sólo se concederá una ayuda anual por solicitante, y sólo se dotará una ayuda por grupo de investigación para asistencia al mismo congreso.

Requisitos de los beneficiarios:

El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades, incluyendo contratos pre y postdoctorales.

1. Los recogidos en el apartado anterior. En caso de ser personal contratado a tiempo determinado, el contrato debe estar vigente en la fecha de la convocatoria y durante el periodo completo de disfrute de la ayuda.

2. Concedida la ayuda, el beneficiario deberá contar con la licencia de estudios reglamentaria.

3. Disponer del documento de aceptación del Comité Organizador del Congreso, indicando el tipo de participación y/o ponencia que se presentará: conferencia invitada, comunicación oral, póster, etc.

4. Justificante de participación en las convocatorias oficiales análogas, tanto internacionales como nacionales y autonómicas, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VII PPIT-US, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.

Criterios para la concesión de las ayudas:

La CI-US resolverá las convocatorias aplicando los siguientes criterios: 

- Curriculum vitae del solicitante.

- Entidad, naturaleza y repercusión de la actividad, así como visibilidad de la US. Tendrán preferencia las presentaciones invitadas y orales. 

III.5. AYUDAS PARA ORGANIZAR CONGRESOS Y REUNIONES CIENTÍFICAS CON PROYECCIÓN INTERNACIONAL.

Objeto de la convocatoria:

Con el objetivo de fomentar y colaborar a la difusión y al intercambio de resultados de la investigación científica en el ámbito internacional, el VII PPIT-US contempla la concesión de ayudas para realizar congresos y reuniones científicas de marcado carácter internacional en cuya organización participen investigadores de la US y se realicen dentro del ámbito de la misma.

Dotación y cuantía:

La dotación presupuestaria para esta acción será de 65.000 € por año y las ayudas por actividad no podrán rebasar la cantidad de 2.500 €. Excepcionalmente, la CI-US podrá incrementar la ayuda hasta un máximo de 4.000 € para aquellas actividades de especial relevancia. La ayuda estará destinada a complementar los gastos de organización y promoción del congreso internacional.

Criterios de concesión:

Sólo serán admisibles aquellas actividades que, cumpliendo las bases de la convocatoria, contribuyan a la difusión y al intercambio de resultados de la investigación científica, quedando excluidas las destinadas a complementar o reforzar la actividad docente y las que tengan por objeto la difusión cultural.

 

DIVULGACIÓN, DIFUSIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE IVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA

Línea estratégica IV.

IV.1. AYUDAS A REVISTAS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción está destinada a contribuir al mantenimiento y a la mejora de la calidad editorial de revistas de la US ya en funcionamiento, así como a la creación de nuevas revistas que presenten un proyecto adaptado a los criterios de calidad editorial, y que permitan garantizar la publicación de artículos de calidad científica, y la difusión y transferencia de resultados de investigación y de conocimiento tanto a la comunidad científica como a la sociedad.

Para ello, se potenciarán los programas de impulso a las revistas científicas, en formato electrónico, que se ajustan a los criterios de calidad ampliamente reconocidos como los de la FECYT, entre otros, y que permite que estas publicaciones sean reconocidas en las bases de datos de su comunidad científica de referencia.

Dotación y requisitos:

Esta acción se llevará a cabo en coordinación con la Editorial Universidad de Sevilla, desde donde se fomentará la edición de las revistas en su formato electrónico. Tendrá una dotación presupuestaria de 40.000 € por año, con un máximo subvencionable de 4.000 € por ayuda. Las revistas no podrán recibir más de 1 ayuda por anualidad. La dotación de esta actuación se incrementará si existen remanentes.

Criterios de concesión:

Los solicitantes deberán ser PDI de la US y además ser miembros del equipo directivo de la revista o formar parte del consejo editor de la publicación.

IV.2. AYUDAS PARA ACTIVIDADES DE DIVULGACIÓN CIENTÍFICA.

 

Objeto de la convocatoria:

Con estas ayudas se pretende promover, mediante su financiación, la realización de actividades de divulgación científica de calidad orientadas al fomento de la cultura científica y tecnológica de la sociedad, y a promocionar el interés de la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma preferente, serán objeto de esta acción la realización de acciones que además tiendan a promocionar en la sociedad las actividades científicas y tecnológicas de la US y a fortalecer la marca de divulgación de la US.

Estas actividades se vincularán al Secretariado de divulgación científica y cultural de la US, perteneciente a la Red de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) del Ministerio de Economía y Competitividad.

Dotación:

La dotación será de hasta 80.000 € anuales. Se concederán ayudas por un máximo de 5.000 €. Una misma solicitud, que podrá contener más de una acción, no podrá recibir más de una subvención dentro de esta convocatoria del VII PPIT-US. Una misma persona no podrá participar en más de una solicitud (ni como responsable, ni en el equipo de trabajo).

Requisitos de los solicitantes:

Además de los requisitos recogidos en las normas generales del VII PPIT-US, los equipos de trabajo que soliciten estas ayudas deberán estar dirigidos por un profesor doctor en activo a tiempo completo de la US. Para la resolución de esta convocatoria se valorará la calidad científica y la viabilidad de la actividad que se pretende realizar en relación con los objetivos de la convocatoria.

El beneficiario de esta ayuda remitirá, dentro de los plazos establecidos en cada convocatoria, la justificación científica y económica de la ayuda concedida para su evaluación por la CI-US así como un resumen en un formato normalizado de la convocatoria. Con la concesión de la ayuda el solicitante accede a la publicación de dicho resumen en la memoria anual de actividades de divulgación de la US.

Asimismo, se compromete a publicitar convenientemente durante la realización de la actividad y en el material generado asociado la ayuda recibida del VII PPIT-US así como los logos y etiquetas de la divulgación de la US.

Además de los grupos de trabajo, también se considerarán solicitudes presentadas por los responsables institucionales de centros e institutos de investigación de la US. Los criterios generales mencionados en los párrafos previos sobre valoración, viabilidad, justificación y promoción de las ayudas también son aplicables en este caso.

Criterios de concesión:

Para la evaluación de las solicitudes y formulación de propuestas de adjudicación, la CI-US podrá recurrir a una comisión de expertos, que evaluará en base a: 

- CV abreviado del solicitante (últimos 5 años), con especial hincapié, aunque no exclusiva, en su labor previa en divulgación.

- Calidad del equipo de trabajo y viabilidad del reparto de tareas.

- Calidad y viabilidad de las actividades que se pretenden realizar en relación con los objetivos de la convocatoria.

- Carácter divulgativo y su repercusión.

- Planes para conseguir la repercusión y de seguimiento de la misma. 

IV.3. PREMIO UNIVERSIDAD DE SEVILLA A LA DIVULGACIÓN CIENTÍFICA.

Objeto de la convocatoria:

Con este premio a la divulgación científica se pretende promover, fuera de los ámbitos estrictamente académicos e investigadores, la difusión del conocimiento científico y los resultados de la investigación realizada en la US.

Se podrá optar a este premio por dos vías:

1. A través de acciones y labores de divulgación llevadas a cabo por uno o varios miembros de la Universidad de Sevilla.

2. Mediante una obra inédita de divulgación que opta a su publicación reuniendo los máximos niveles de calidad y capacidad divulgativa.

Dotación:

Se concederá un único premio. No obstante, el jurado podrá proponer la concesión de uno o varios accésits al premio y la incorporación de aquellos que pertenezcan a la segunda modalidad a la Colección de Divulgación Científica de la US.

El Premio Universidad de Sevilla de Divulgación Científica será dotado con la cantidad de 5.000 €. Además, en el caso de que se premie una obra inédita, se procederá a la edición y publicación de la misma por parte de la Editorial de la Universidad de Sevilla (EUS). La aceptación del premio, en el caso de la modalidad de obra inédita, lleva implícito el consentimiento de los autores para la publicación de la obra premiada por la US, debiendo formalizar contrato a este efecto con la US en las condiciones establecidas por la EUS.

Requisitos de los solicitantes:

Deberán cumplir con las normas generales establecidas en el VI PPIT-US.

Podrán presentar candidaturas a este premio en su primera modalidad todo miembro o grupo de la Universidad de Sevilla que venga realizando una labor destacable dentro del campo de la divulgación. En el caso de obras que impliquen o persigan la difusión a nivel divulgativo del conocimiento científico en cualquier campo del saber, estas han de ser inéditas y, muy especialmente, cuya investigación se haya realizado en la US. En todo caso, el autor o su autor principal en caso de coautoría, deberá ser miembro de la US.

Quedan excluidos de la convocatoria los trabajos que puedan ser considerados como manuales y las monografías que tengan carácter profesional.

Criterios de selección:

La selección de las candidaturas que concurran al premio y se adapten a lo establecido en las bases de la convocatoria será realizada por un jurado de especialistas, tanto académicos como no académicos.

Este jurado estará presidido por la Dirección General de Comunicación de la US, y actuará como secretario la Dirección del Secretariado de Divulgación Científica y Cultural de la US. Dos miembros serán designados por la CI-US, uno por la Editorial Universidad de Sevilla, y otros dos por la Dirección General de Comunicación de la US.

Los criterios de valoración de las candidaturas y de concesión del premio comprenderán la calidad científica de la labor u obra, su capacidad para divulgar con rigor, extensión y claridad los contenidos científicos y para promover la difusión del conocimiento en la sociedad, así como su relevancia, oportunidad y repercusión sociales y científicas. Igualmente, se valorará positivamente aquellas labores u obras que se consideren que fortalecen la imagen de la US ante la sociedad.

Si a juicio del Jurado ninguna de las candidaturas presentadas reuniera la calidad mínima exigible, o no cubriera satisfactoriamente el objeto de la convocatoria, el premio podrá declararse desierto. Resuelta la convocatoria, la documentación de las solicitudes no seleccionadas quedará a disposición de los solicitantes durante los dos meses posteriores a la fecha de la resolución.

IV.4. PREMIO UNIVERSIDAD DE SEVILLA A TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN DE ESPECIAL RELEVANCIA.

Objeto de la convocatoria:

Reconocer a los investigadores de la US, autores de trabajos de investigación publicados que hayan tenido una relevancia especial e impacto a nivel internacional.

Contará con dos modalidades:

A. Premios de especial relevancia de la Universidad de Sevilla.

 

El premio consistirá en un reconocimiento en acto solemne y público, presidido por el Sr. Rector Magnífico de la US, dotado económicamente con la cantidad de 1500 € para cada uno de los premios concedidos en cada anualidad. Durante cada ejercicio se concederá un máximo de cinco premios, uno por cada rama de conocimiento de las establecidas por la CI-US.

Las candidaturas deberán ser presentadas por uno de los autores, con la autorización expresa de los co-autores de la US, si los hubiera. Se considerarán como presentados de oficio las publicaciones que hayan resultado designadas como “Artículo del mes” en cada uno de los centros de la Universidad de Sevilla. Alternativamente, desde el Vicerrectorado de Investigación se podrá actuar identificando publicaciones especialmente relevantes, proponiéndolas para su presentación como candidatas para optar a este premio.

Las aportaciones presentadas se someterán a evaluación por parte de un jurado designado por la CI-US formado por especialistas. Este jurado estará presidido por el Vicerrector de Investigación de la US, y actuará como secretario la Dirección de Promoción de la Investigación. El jurado podrá basarse en los indicadores de calidad de la publicación contenidos en PRISMA, la base de datos bibliométricos de la Universidad de Sevilla.

En cualquiera de los casos, en la filiación de los autores debe aparecer claramente la US. En el caso de que la publicación premiada contase con más de un autor miembro de la Universidad de Sevilla la dotación económica del premio se repartirá entre ellos en partes iguales.

B. Premio al artículo científico del mes en los centros de la Universidad de Sevilla.

El objeto de esta ayuda es dar visibilidad a las actividades de los investigadores de la US dentro de su centro, tanto para el PDI como para el alumnado y la sociedad. Se consigue, así, incentivar la producción científica de calidad y difundir los resultados de la investigación.

Este programa distribuirá a los centros de la universidad de Sevilla una ayuda anual de 2000 € para el desarrollo de las actividades contempladas dentro de las bases específicas aprobadas en cada centro para la realización de la actividad. Recibirán estas ayudas los centros que hayan implementado en anualidades anteriores las bases para el premio al artículo científico del mes en coordinación con el Vicerrectorado de Investigación. Las actuaciones realizadas y todos los artículos seleccionados en la anualidad se enviarán al vicerrectorado de Investigación para su inclusión en la modalidad del bloque A.

IV.5 PREMIOS FAMA – UNIVERSIDAD DE SEVILLA A LA TRAYECTORIA INVESTIGADORA Y DE TRANSFERENCIA.

Objeto de la convocatoria:

El objetivo de estos premios es reconocer y divulgar los méritos acumulados por los profesores durante una trayectoria investigadora de excelencia desarrollada en la US.

Requisitos de los candidatos:

Ser PDI de la US, en activo o emérito, y haber desarrollado en dicha institución la mayor parte de la trayectoria investigadora que se premia. La convocatoria del premio podrá establecer otros requisitos adicionales, de acuerdo con lo que determine el modelo de la misma, que será elaborado por la CI-US.

Dotación del premio:

Entrega por el Rector, en acto solemne, de la mención honorífica y de una reproducción de la estatua FAMA.

Selección de candidatos:

Las distintas candidaturas se someterán a la evaluación de un jurado propuesto por el Sr. Rector Magnífico de la US, que propondrá la concesión de un máximo de cinco distinciones anuales (una por cada rama del conocimiento de las establecidas por la CI-US).

IV.6. ORGANIZACIÓN DE ENCUENTROS UNIVERSIDAD-EMPRESA EN SECTORES DE INTERÉS PARA LA ECONOMÍA, LA SOCIEDAD O LA CULTURA.

Objeto de la convocatoria:

La puesta en común de la oferta y la demanda tecnológica constituye un instrumento imprescindible en la comercialización de resultados de investigación, requiriendo la intervención de los diferentes actores que participan en el proceso de transferencia de tecnología: entorno científico, tecnológico, empresarial y financiero, con distinto nivel de participación según el grado de madurez de la tecnología y su proximidad al Mercado. 

A. Modalidad A: Con el propósito de fomentar el acercamiento entre los distintos agentes del conocimiento se articulan ayudas destinadas a la organización de encuentros sectoriales y/o reuniones temáticas entre grupos de investigación y empresas afines a un sector productivo con la finalidad de identificar necesidades específicas de dicho sector y proponer soluciones desde la investigación universitaria.

Mediante estos encuentros un grupo de investigación o varios grupos afines pueden dar a conocer a un colectivo de empresas (usuarios, productores, asociaciones, centros tecnológicos, “brockers”, etc.) los resultados más relevantes de su actividad investigadora, tecnologías que se hayan desarrollado, servicios tecnológicos que pueden ofrecer, resultados de proyectos de investigación, desarrollo o demostración ejecutados, etc. Recíprocamente, responsables del sector empresarial pueden dar a conocer sus necesidades individuales o conjuntas que precisen de asistencia técnica, apoyos tecnológicos, proyectos de I+D, etc.

B. Modalidad A plus: Ayudas a promotores de proyectos coordinados con empresas: una forma exitosa de los encuentros sectoriales podría ser su continuidad en forma de un paquete de actuación más ambicioso mediante el cual se concedan ayudas que financien el plan estratégico de un grupo de investigación en su relación con una empresa o grupo de empresas. 

La financiación va dirigida a la coordinación de un paquete de actuaciones que el grupo de investigación precise realizar para: 

- Iniciar el acercamiento a empresas significativas/representativas implicándolas o interesándolas en sus actividades de investigación.

- Estrechar relaciones ya establecidas con el propósito de avanzar en proyectos tecnológicos más ambiciosos.

- Reforzar colaboraciones consolidadas hacia planes de negocios conjuntos u otras modalidades de cooperación que beneficien a ambas partes.

- Profundizar en la creación de consorcios más amplios y heterogéneos (“clusters”) que incrementen el valor de la coordinación y posibiliten nuevas estrategias de colaboración. 

Dotación y requisitos:

La dotación para esta acción será de hasta 35.000 € anuales. Se concederán ayudas para:

1. Gastos de viajes y dietas asociados con la invitación a ponentes, alquiler de espacios para la organización, servicios relacionados como catering, medios audiovisuales, etc.

2. Costes de elaboración de material divulgativo que faciliten a las empresas y en general a los sectores productivos el acceso a las tecnologías y servicios disponibles por el grupo de investigación.

3. La modalidad A plus es finalista y debe concluir con la presentación de un proyecto competitivo en una convocatoria público-privada, tras lo cual se concede un incentivo fijo de 2.500 € a disposición del IP.

Además de cumplir con las normas generales del VII PPIT-US, podrá solicitar estas ayudas el PDI con vinculación contractual con la US. No se requiere que el IP sea titular de tecnología protegida o licenciada, aunque se recomienda que los IP que participen en esta modalidad tengan experiencia en transferencia del conocimiento, en programas de investigación colaborativa y/o un buen conocimiento de los sectores de aplicación.

Criterios de concesión:

Los criterios de valoración de las solicitudes y de concesión de las subvenciones tendrán en consideración los siguientes aspectos: 

- Conocimiento del IP sobe el sector de aplicación. Se recomienda presentar un análisis DAFO que permita su evaluación.

- Importancia del sector de aplicación en la economía, la sociedad o la cultura regional, así como el potencial investigador de la Universidad de Sevilla en dicho sector.

- Relevancia de la agenda, ámbito y grado de interacción entre diferentes agentes del conocimiento.

- Para la modalidad A plus se valorará la tipología de proyecto en cooperación y el nivel competitivo de la convocatoria donde se presenta. 

Obligaciones de los beneficiarios: 

- Destinar la ayuda a realizar la actividad prevista en la solicitud.

- Presentar una memoria con los resultados de la actividad subvencionada al mes siguiente de su realización.

- Hacer mención explícita, en los materiales de difusión de la actividad, a la colaboración del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la US. 

El incumplimiento de estas obligaciones supondrá la revocación de la ayuda.

ACCIONES ESTRATÉGICAS DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA

 

Línea estratégica V.

V.1 PROGRAMA AL ESTÍMULO DE ÁREAS CON NECESIDADES INVESTIGADORAS, Y DE LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA EMERGENTE.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción está orientada a estimular la actividad investigadora del personal docente e investigador de áreas de conocimiento con necesidades investigadoras y con alto potencial, emergentes, grupos de investigación de la US de nueva creación y/o que se hayan involucrado en el desarrollo de líneas de investigación altamente innovadoras. Se trata de una acción que persigue estimular la base investigadora de nuestra universidad.

Esta ayuda pretende: 

- Incentivar líneas de investigación prometedoras.

- Incentivar el despegue de la actividad investigadora en áreas deficitarias.

- Impulsar su actividad investigadora y apoyar la publicación de resultados en foros de alto impacto científico.

- Facilitar la incubación de nuevos proyectos de investigación. Mejorar la competitividad para la captación de recursos externos.

- Incentivar la internacionalización de la investigación. 

Se establecen tres modalidades distintas en este tipo de ayudas:

A. Ayudas para áreas de conocimiento con necesidades investigadoras y con alto potencial.

Áreas con elevado potencial, que precisan un impulso estratégico para estimular y promocionar la actividad investigadora, y que, por circunstancias coyunturales, históricas, entre otras, se encuentran en situación precompetitiva.

La CI-US determinará las áreas con necesidades investigadoras y alto potencial por los factores anteriormente señalados, en base a indicadores bibliométricos de productividad investigadora, doctores activos, tasa de interinidad, captación de contratos predoctorales y postdoctorales, entre otros indicadores.

Dotación y cuantía:

Se concederá una única ayuda durante la vigencia del VII PPIT- US, en dos modalidades: 

- Modalidad A.1 (Departamentos) con una dotación anual de hasta 6.000 euros.

- Modalidad A.2. (Grupos/Equipos de investigación) con una dotación anual de hasta 3.000 euros. 

Ambas modalidades podrán prorrogarse dos años. Se concederán ayudas por un máximo de 180.000 €. Se destinará a ayudar a financiar los gastos elegibles en la solicitud.

Requisitos:

Deberá presentarse un programa de la investigación a desarrollar por los beneficiarios de la ayuda.

Dicho programa incluirá propuestas de proyectos de investigación para concurrencia competitiva, acciones de internacionalización y/o transferencia de la investigación y producción científica estimada.

Se comprometerá a concurrir a convocatorias competitivas en la próxima anualidad tras la concesión de la ayuda, y a la publicación en revistas de alto impacto y/o generación de actividades de transferencia.

Condiciones de las beneficiarias:

Para la evaluación de las propuestas presentadas, se valorará el programa de investigación presentado, en función de la viabilidad e impacto de las acciones previstas que pudieran conseguirse en caso de disponer de la ayuda solicitada. La producción científica estimada será evaluada al justificar la ayuda. Las posibles prórrogas se evaluarán en función del cumplimiento de objetivos.

B. Grupos emergentes.

Grupos de investigación de la US de nueva creación que demuestren tener una trayectoria investigadora relevante y emergente.

Dotación y cuantía:

Se concederá una única ayuda por área durante la vigencia del VII PPIT- US. La dotación anual será de 45.000 €. Se concederán ayudas por un máximo de 5.000 €. Se destinará a ayudar a financiar los gastos para el desarrollo de la actividad de investigación.

Requisitos:

1. El grupo de investigación debe estar registrado en el PAIDI con no más de 5 años de antelación previo a la solicitud de la ayuda.

2. El Investigador responsable del grupo de investigación debe pertenecer a la US, y no haber sido responsable de ningún grupo registrado en el PAIDI.

3. Al menos el 60% de los componentes del grupo deben ser miembros de la Universidad de Sevilla. 

4. La CI-US también considerará los casos de investigadores prometedores en proceso de creación de su propio grupo PAIDI.

La CI-US establecerá los criterios adecuados que permitan determinar la relevancia y continuidad de la actividad investigadora de los Grupos de Investigación solicitantes.

Obligaciones de los beneficiarios:

Los beneficiarios de la ayuda se comprometen a: 

- Contribuir intensamente a mejorar la producción científica.

- Permanecer en el catálogo de grupos de investigación del PAIDI durante la vigencia del VII PPIT-US.

- Presentar una memoria anual mientras dure la vigencia del VII PPIT-US de actividades que hará referencia a los objetivos planteados en la petición. La memoria deberá incluir resultados mensurables.

C. Proyectos de investigación precompetitivos.

Investigadores que hayan presentado una propuesta de proyecto de investigación en convocatorias públicas de carácter competitivo y no hayan obtenido financiación.

Dotación y cuantía:

Tendrá una dotación económica de hasta 90.000 €, por un importe máximo de 8.000 € por ayuda, que se otorgarán de manera equilibrada entre las ramas de conocimiento. Deberá destinarse a iniciar la investigación prevista en la propuesta y/o a actividades para mejorar la solicitud.

Requisitos:

1. Se trata de una acción orientada a apoyar a los grupos de investigación de la US que se hayan involucrado en el desarrollo de nuevas líneas de investigación o cambiado a líneas más innovadoras.

2. Grupos que hayan presentado al respecto una propuesta de proyecto de investigación en convocatorias del Ministerio o el Instituto de Salud Carlos III, siempre que sean gestionadas por la US, en la convocatoria inmediatamente anterior a la presente, y que haya obtenido calificación B o similar.

3. Se dará prioridad a los investigadores con menos de 5 años de antigüedad como doctor, así como investigadores que no han sido anteriormente IP, o que actualmente no sean IP de proyecto.

Obligaciones de los beneficiarios: 

- Se comprometerá a concurrir a la próxima convocatoria, por lo que se concederá por un solo año improrrogable.

- Para la evaluación de las propuestas presentadas, se empleará el informe de evaluación emitido por el agente evaluador competente, que deberá presentar el solicitante. 

V.2. INTENSIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA EXCEPCIONAL.

Objeto de la convocatoria:

La investigación hoy en día se desarrolla fundamentalmente a través de redes de investigadores pertenecientes a diferentes ámbitos geográficos, y su difusión internacional configura la base para su evaluación. Dicha investigación ha de ser visible y difundida al máximo en todo el mundo. Prueba de ello es el empleo del impacto, número de citas y otros parámetros bibliométricos de un trabajo como indicadores de calidad del mismo.

La acción propuesta tiene como objetivo mejorar la calidad de nuestra investigación y nuestra competitividad a través del apoyo a los investigadores con actividad investigadora excepcional. De ello debería derivarse una mejora de los diversos indicadores usados para comparar el nivel de la investigación en las instituciones académicas de todo el mundo y mejorar así la posición de la Universidad de Sevilla en el escenario de investigación internacional.

El objetivo de esta acción es facilitar la labor investigadora del PDI de nuestra Universidad que presente una intensa actividad investigadora con una producción científica de impacto especialmente elevado.

Dotación y características:

Dotación de hasta 90.000 €. En cada anualidad se podrán dotar ayudas para profesores con una actividad investigadora excepcional, que consistirá en la exoneración total o parcial de su docencia por un curso académico y/o una ayuda económica.

Requisitos:

Tendrán prioridad los investigadores de la US altamente citados (“Highly Cited Researcher”, http://highlycited.com) que recibirán hasta 15.000 €, así como aquéllos que hayan publicado un artículo en la revista matriz de las publicaciones “Science” o “Nature”, que recibirán, si son primer, segundo, tercer autor o autor para correspondencia, una dotación adicional de hasta 15.000 € por artículo para gastos de investigación en función del impacto en las clasificaciones internacionales, y en el resto de los casos una dotación de hasta 5.000 € por artículo. También se considerarán artículos en las revistas de mayor impacto en cada área y otros méritos de impacto en las clasificaciones internacionales con una dotación de hasta 5.000 €. La producción científica de impacto especialmente relevante se determinará de manera contrastable por indicadores bibliométricos.

En todos estos artículos deben haberse seguido las instrucciones para la Firma de las Publicaciones Científicas de la Universidad de Sevilla.

Condiciones de los beneficiarios:

Los Vicerrectorados de Investigación, Proyección Institucional e Internacionalización y Personal docente e Investigador llevarán a cabo los análisis anuales que permitan realizar la propuesta de profesores con una producción científica de impacto especialmente elevado. Presentarán en comisión de investigación la propuesta de ayudas y coordinarán las actuaciones anteriores con los departamentos a los que pertenezcan los adjudicatarios de la ayuda, para que puedan solicitar si procede la contratación, durante el curso académico de disfrute de la ayuda, de un sustituto, de acuerdo con la normativa vigente en el momento de la resolución, de tal forma que el departamento no se vea afectado en su capacidad docente.

V.3. IMPULSO PARA LA FORMACIÓN DE UNIDADES DE EXCELENCIA.

Objeto de la convocatoria:

Esta acción está destinada a impulsar el establecimiento de unidades de excelencia entre grupos de investigación de la US y, si procede, grupos externos a la US, con objeto de alcanzar masa crítica y otros requerimientos de las convocatorias altamente competitivas tipo María de Maeztu, Severo Ochoa y similares, en áreas estratégicas en las que la US tenga especial relevancia.

Dotación:

Esta ayuda tendrá una dotación presupuestaria de 90.000 €.

Criterios de concesión y requisitos:

La CI seleccionará las propuestas de unidades de excelencia sobre la base del cumplimiento de los requerimientos de las convocatorias a las que se orientan, la calidad del consorcio y sus probabilidades de éxito. La ayuda se destina a los gastos de funcionamiento de las unidades de excelencia seleccionadas. La CI elevará la propuesta de dichas unidades de excelencia al Consejo de Gobierno de la US. Las unidades deben formalizar la presentación a las convocatorias inmediatamente posteriores a la concesión de la ayuda. En caso contrario, deberán devolver la ayuda concedida.

V.4. ACCIONES ESPECIALES.

Objeto de la convocatoria:

Estas ayudas están destinadas a cofinanciar determinadas actividades de investigación no incluidas en las modalidades anteriores del presente VII PPIT-US pero que, a juicio de la CI-US, sean especialmente importantes para la investigación y la transferencia, contribuyendo a mejorar el posicionamiento de la universidad en los rankings y foros internacionales, así como su visibilidad internacional, y a aumentar la participación de la US en organizaciones internacionales que presenten un alto retorno e interés estratégico.

También tendrán una consideración especial las solicitudes en las que haya participación de la Universidad de Sevilla en actividades investigadoras de especial trascendencia y repercusión social.

Dotación:

La dotación anual para esta acción será de 135.000 €.

Requisitos:

Podrán solicitar esta ayuda los profesores, grupos de investigación, consorcios de grupos, departamentos o institutos de la US. La solicitud deberá acompañarse de una memoria suficientemente detallada de la actividad a realizar, con indicación expresa del interés y de la viabilidad de la propuesta, así como de las necesidades económicas y presupuesto detallado de la actividad.

La CI-US valorará las prioridades de las propuestas presentadas, así como la cuantía de la ayuda, atendiendo fundamentalmente al interés científico e institucional de la propuesta y a las disponibilidades presupuestarias de cada anualidad de vigencia del VII PPIT-US. Los beneficiarios de esta acción deberán presentar, en los plazos estipulados en las convocatorias anuales, memoria justificativa tanto científica como económica de la acción llevada a cabo, incluyendo resultados mensurables y especificando de forma detallada el impacto obtenido.

FINANCIACIÓN

Las acciones previstas en el presente Plan Propio de Investigación serán financiadas en función de las disponibilidades presupuestarias existentes. A tal fin en los Presupuestos de la US de cada año se asignarán las dotaciones necesarias.

De forma subsidiaria y/o complementaria podrán asignarse al Plan Propio de Investigación recursos financieros externos. Cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se podrá ampliar, en función del incremento financiero, el número de ayudas y subvenciones de las diferentes acciones que este plan contempla.

DISPOSICIÓN FINAL

El VII Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla entrará en vigor tras su aprobación por el Consejo de Gobierno.

La CI-US aprobará anualmente las bases reguladoras de las distintas convocatorias, que serán publicadas en la página web del Vicerrectorado de Investigación, comunicándose a los departamentos e institutos de investigación de la US.