Acuerdo 8.1/CG 20-3-25, por el que se conviene, por asentimiento, aprobar la modificación del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla, aprobado por Acuerdo 7.1/CG 20-12-22, en los términos del documento que se anexa.
ANEXO
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA (ACUERDO 7.1/CG 20-12-22, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO SOBRE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA)
La puesta en funcionamiento del sistema de notificaciones a través de la sede electrónica de la Universidad de Sevilla pretende lograr una agilización de los procedimientos administrativos en relación con su gestión y con los plazos para su desarrollo. La publicación de la Resolución rectoral, de 13 de diciembre de 2024, por la que se establece el catálogo de procedimientos administrativos electrónicos actualmente vigentes en la Universidad de Sevilla y se regula su uso plantea la conveniencia de adaptar la regulación sobre las personas obligadas a recibir notificaciones electrónicas establecida por el artículo 63 del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla a la correspondiente a las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con esta Universidad prevista en el apartado 1 del artículo 3 del referido Reglamento.
En relación con el Esquema Nacional de Seguridad, la guía CCN-STIC-881 Adecuación al ENS para universidades, publicada por el CCN-CERT, especifica, en su apartado 3.1, que en la composición del Comité de seguridad TIC, denominado Comisión de Seguridad de la Información en la Universidad de Sevilla , el Responsable del Sistema (RSIS) de la universidad, será el Director o Jefe de Servicio del Área TI. Por otra parte, se ha considerado necesario para el buen funcionamiento de esta comisión y la correcta elaboración y ejecución de sus acuerdos que se incorporen a ella como miembros los cargos académicos adscritos al vicerrectorado con competencias en materia de TI.
Artículo único. Modificación de los artículos 63.2 y 70.2 del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla.
1. El artículo 63.2 del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla queda redactado con el siguiente tenor literal:
Con carácter general, serán sujetos obligados en la práctica de las notificaciones electrónicas por parte de la Universidad de Sevilla las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con esta Universidad conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 de este Reglamento.
2. El artículo 70.2 del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla queda redactado con el siguiente tenor literal:
Esta Comisión estará compuesta por:
a) El vicerrector con competencia en materia de TI, que la presidirá.
b) El secretario general, como responsable de la información.
c) El gerente, como responsable de los servicios.
d) El responsable de la Seguridad de la Información, que actuará como Secretario.
e) El delegado de Protección de Datos de la US.
f) Los directores de secretariado del vicerrectorado con competencia en materia de TI.
g) Los directores técnicos de área del Servicio de Informática y Comunicaciones.
h) El director de Recursos Humanos.
i) El director del Gabinete Jurídico.
Disposición final primera.
La Secretaría General publicará en el BOUS la versión consolidada del texto de Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla.
Disposición final segunda.
La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOUS.