Resolución rectoral, de 15 de marzo de 2023, por la que se establece el procedimiento de homologación en acciones formativas dirigidas al personal de administración y servicios de la Universidad de Sevilla.

La Resolución Rectoral de fecha 24 de marzo de 1999, establecía los requisitos y el procedimiento para la homologación de acciones formativas destinadas al Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

La planificación, organización, gestión y ejecución de acciones formativas dirigidas al PAS de la Universidad de Sevilla es competencia del Servicio de Formación del PAS, adscrito funcional y orgánicamente a la Dirección de Recursos Humanos.

No obstante, en las últimas décadas, al amparo de la citada resolución, ha sido habitual la colaboración de las Secciones Sindicales de la Universidad de Sevilla en la organización de dichas acciones formativas dentro del marco general de la programación, destinadas a favorecer el desarrollo competencial del Personal de Administración y Servicios, en razón de las necesidades y demanda efectivas, contando para ello con asignación económica específica proveniente de la distribución de fondos afectados de la Consejería competente en materia de universidades, y del presupuesto asignado al Servicio de Formación del PAS, con arreglo a criterios de proporcionalidad representativa.

Dicha colaboración ha resultado altamente provechosa y positiva durante este largo periodo, considerando oportuno su continuidad, sin perjuicio de que sea aconsejable modificar su regulación para ajustarla al actual panorama de la formación, tal como se propuso en el seno de la Comisión de Formación del PAS (sesión de febrero de 2021) y ratificándose en sesión de febrero de 2022.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

RESUELVO:

PRIMERO. Solicitantes.

Podrán solicitar la homologación de acciones formativas las Secciones Sindicales de la Universidad de Sevilla debidamente constituidas.

SEGUNDO. Acciones formativas homologables.

Serán susceptibles de homologación las acciones formativas de interés para el desarrollo competencial del Personal de Administración y Servicios, en el marco de la programación transversal principalmente, así como aquellas de carácter específico que cuenten con demanda suficientemente representativa del colectivo afectado.

TERCERO. Solicitudes.

Las solicitudes de homologación se realizarán cumplimentando un formulario online disponible en la Intranet de Recursos Humanos (https://recursoshumanos.us.es/intranet/index.php?page=forpas/homologacion), acompañando el currículum del profesorado propuesto (Ver anexo) junto con:

  1. Título de la acción formativa.
  2. Justificación.
  3. Contenidos.
  4. Objetivos.
  5. Metodología.
  6. Colectivo afectado.
  7. Coste estimado.
  8. Currículum del profesorado.
  9. Ediciones.
  10. Calendario.

CUARTO. Plazos.

Las solicitudes de homologación podrán presentarse en cualquier momento a lo largo del ejercicio, siempre con anterioridad al comienzo de la acción formativa y con una antelación mínima de quince días hábiles.

QUINTO. Procedimiento.

Las solicitudes serán resueltas, en el plazo de cinco días hábiles, por la Subcomisión Técnica de Formación del PAS, previo informe de la persona responsable del Servicio de Formación del PAS, que versará sobre adecuación, complementariedad, equiparación o similitud con la programación del Servicio de Formación del PAS.

En cualquier momento, la Subcomisión Técnica de Formación del PAS, a través del Servicio de Formación del PAS podrá recabar documentación y datos que se estimen oportunos para la gestión y resolución de la homologación de acciones formativas, así como aquellos otros previstos o que puedan preverse para la correcta ejecución de la actividad que se trate, estando obligada la entidad organizadora a facilitarlos en el plazo más breve posible.

SEXTO. Efectos de la homologación.

La homologación solo producirá efectos sobre la actividad objeto de la formación y para el número de ediciones inicialmente previstas.

Cualquier variación sobre alguno de los aspectos señalados en el apartado anterior, deberá comunicarse al Servicio de Formación sin dilación y siempre con anterioridad al comienzo de la acción formativa.

La modificación que suponga una alteración sustancial de solicitud de homologación una vez resuelta favorablemente supondrá su revocación, debiendo someterse nuevamente a valoración de la Subcomisión Técnica, que decidirá a la mayor brevedad posible. La ausencia de este trámite imposibilitará la emisión de los informes de aprovechamiento y/o aptitud.

SÉPTIMO. Informes de asistencia y aprovechamiento y/o aptitud de los participantes.

Los informes de aprovechamiento y/o aptitud serán tramitados por el Servicio de Formación del PAS y expedidos por la persona titular de la Dirección de Recursos Humanos o persona en quien delegue su firma.

Dicho documento incluirá, al menos, los siguientes datos:

  1. Datos personales del participante.
  2. Denominación, código, fecha y duración en horas de la acción formativa.
  3. Programa de contenidos.
  4. Superación de la prueba de aptitud, en su caso.

OCTAVO. Documentación.

Una vez finalizada la acción formativa, la Sección Sindical organizadora, habrá de registrar telemáticamente las hojas de control de asistencia y los documentos que figuran en el Portal del personal formador, necesarios para la expedición de los informes de aprovechamiento y/o aptitud, y para tramitar los honorarios que correspondan, en su caso (declaración de compatibilidad, declaración responsable, datos bancarios, etc.).

NOVENO. Habilitación normativa de desarrollo.

Se habilita a la Dirección de Recursos Humanos, a fin de que proceda a adoptar cualquier norma de desarrollo de carácter técnico de la presente Resolución.

DÉCIMO. Entrada en vigor y disposición derogatoria.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y deroga la anterior normativa reguladora de la homologación de acciones formativas mediante Resolución Rectoral de 23 de marzo de 1999.

Sevilla, 15 de marzo de 2023.

El Rector,

Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO

SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE ACCIÓN FORMATIVA

SECCIÓN SINDICAL PROPONENTE:

DATOS A CUMPLIMENTAR:

  1. Título de la acción formativa.
  2. Justificación.
  3. Contenidos.
  4. Objetivos.
  5. Metodología.
  6. Colectivo afectado.
  7. Coste estimado.
  8. Currículum del profesorado.
  9. Ediciones.
  10. Calendario.

ACCESO A LA SOLICITUD ONLINE:

https://recursoshumanos.us.es/intranet/index.php?page=forpas/homologacion