Acuerdo del Pleno del Consejo Social de 16 de abril de 2026, por el que se aprueba la creación de la Empresa basada en el conocimiento PODOINNOVA (Acuerdo 2.11/CSUS 16-4-26).

Según Acuerdo 17.3/CG 14-4-26, por el que se conviene, por asentimiento, informar favorablemente la creación de la Empresa basada en el conocimiento PODOINNOVA, en los términos de la documentación obrante en el expediente (Anexo XL), el Pleno del Consejo Social, por asentimiento, y previo informe favorable de su Comisión Económica y Financiera, reunida al efecto, ha acordado su aprobación.

ANEXO

INFORME DE AUTORIZACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE PODOINNOVA SL COMO EMPRESA BASADA EN EL CONOCIMIENTO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA, EMITIDO POR EL VICERRECTORADO DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA, DE FECHA 6/11/2025.

El proyecto de creación de PODOINNOVA (Innovación Aplicada a la Podología) reúne los requisitos para su reconocimiento como Empresa Basada en el Conocimiento (EBC) de la Universidad de Sevilla, de acuerdo con el Reglamento de apoyo a la creación de empresas basadas en el conocimiento de la Universidad de Sevilla, aprobado por el Acuerdo 9.2/CG de 24-2-25 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla (BOUS Núm. 3, de 13 de marzo de 2025).

La autorización otorgada por el Consejo de Gobierno para el reconocimiento de una empresa basada en el conocimiento de la Universidad de Sevilla tiene carácter exclusivamente académico e institucional.

Dicha autorización no constituye, a efectos de acreditación, una certificación de la constitución legal, ni de la vigencia o actividad de la empresa, ni implica por sí misma la concesión de compatibilidad al personal docente e investigador promotor, conforme a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y resto de normativa aplicable en materia de compatibilidades.

Asimismo, la autorización no acredita la condición de Empresa Basada en el Conocimiento (EBC) legalmente constituida.

La certificación de constitución o vigencia de la iniciativa como empresa basada en el conocimiento de la Universidad de Sevilla, deberán ser solicitados expresamente ante el Vicerrectorado de Transferencia del Conocimiento.

Este informe se emite con carácter previo a la presentación de PODOINNOVA SL ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla para su autorización como EBC de la US.

RESUMEN EJECUTIVO DEL PROYECTO

PODOINNOVA es una empresa especializada en podología, centrada en la transferencia de innovación clínica, educativa y tecnológica. El proyecto persigue ofrecer soluciones de alto valor añadido orientadas a la salud biomecánica del pie femenino, la optimización de protocolos clínicos, la digitalización diagnóstica y la consultoría avanzada en podología.

Entre sus principales líneas destacan:

  • Diseño y desarrollo de plantillas ortopodológicas para tacones, con innovaciónbiomecánica.
  • Diseño y desarrollo de plantillas ortopodológicas con innovación biomecánica.
  • Elaboración de protocolos clínicos estandarizados basados en evidencia científica.
  • Desarrollo de software y aplicaciones para evaluación biomecánica y apoyo aldiagnóstico.
  • Consultoría especializada en podología avanzada, incluyendo recursos digitales,simuladores y realidad aumentada.
  • Diseño de material educativo e innovación docente para universidades y centros deformación.
  • Consultoría científica y académica en el ámbito de la salud del pie.

El proyecto se presenta como una oportunidad de transferencia directa del conocimiento generado en la Universidad de Sevilla hacia el sector profesional, combinando tecnología e investigación.

EQUIPO PROMOTOR

La iniciativa está liderada por Dª Ana Juana Pérez Belloso, profesora permanente laboral del Departamento de Podología de la Universidad de Sevilla, con un equipo promotor formado por miembros vinculados a la Universidad y colaboradores externos.

Equipo promotor vinculado a la Universidad de Sevilla

Nombre y Apellidos

Vinculación a la US

% previsto de participación

Ana Juana Pérez Belloso

PCD Dpto. de Podología

50 %

Manuel Coheña Jiménez

PTU Dpto. de Podología

10 %

José Algaba del Castillo

Prof. colaborador Dpto. de Podología

10 %

María Luisa González Elena

PCD Dpto. de Podología

10 %

Promotores sin vinculación a la Universidad de Sevilla

Nombre y Apellidos / Razón Social

Papel en la iniciativa

% previsto de participación

José Manuel Lora Prieto

Autónomo societario

9 %

Ángela de la Cruz Cotán Pérez

Ayuda técnica

5 %

Alejandro Roas Bernal

Ayuda técnica

5 %

Se solicita la participación de la Fundación de la Investigación de la Universidad de Sevilla (FIUS) con un 1% del capital social de la empresa.

Promotora principal:

Ana Juana Pérez Belloso

Departamento: Podología

Centro: Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología

Área: Enfermería

Grupo de investigación: CTS-1099

Teléfono: 652018916

Correo electrónico: aperez30@us.es

TECNOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

La tecnología y el conocimiento transferidos por PODOINNOVA tienen su origen en los resultados de investigación, docencia y práctica clínica desarrollados en la Universidad de Sevilla en el ámbito de la podología, biomecánica y ortopodología.

Los principales resultados de conocimiento y tecnología incluyen:

  • Diseño y validación de una plantilla para tacones de uso prolongado, orientada a lamejora biomecánica y el confort.
  • Protocolos clínicos basados en evidencia científica, validados a pequeña escala enentornos docentes y asistenciales.
  • Herramientas digitales para la evaluación biomecánica del paciente en fase conceptual.
  • Plataforma de formación especializada, con metodologías innovadoras de aprendizajedigital.

El conocimiento deriva de la formación universitaria en podología en la Universidad de Sevilla, la participación en proyectos docentes, la actividad clínica universitaria y el desarrollo de prototipos, materiales y metodologías aplicadas.

La plantilla ortopodológica se encuentra Registrada como modelo de utilidad o patente, mientras que los contenidos digitales, materiales docentes y software se registrarán mediante derechos de autor y propiedad intelectual.

CONTRAPRESTACIONES DE PODOINNOVA SL A LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Con la información disponible en el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento (STCE), se solicita la firma de un Contrato de transferencia de tecnología y conocimiento entre la Universidad de Sevilla y PODOINNOVA, con los siguientes términos orientativos:

  • Regalía anual: 5% (1)
  • Valor del conocimiento transferido: 91.830,40 €

El valor del conocimiento es válido para el momento en el que se ha cuantificado. En ningún caso este valor será representativo en caso de venta de la empresa a terceros o una vez consolidada.

1 Sometida a las reducciones establecidas en el Reglamento de apoyo a la creación de empresas basadas en el conocimiento de la Universidad de Sevilla, aprobado por el Acuerdo 9.2/CG de 24-2-25 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla (BOUS Núm. 3, de 13 de marzo de 2025)

RESUMEN DE LA VALORACIÓN DEL SECRETARIADO DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y EMPRENDIMIENTO

Desde el STCE se ha evaluado el plan de empresa del proyecto y se estima que el mismo es viable técnica y económicamente, según el plan de empresa aportado por los promotores.

Nombre de la EBC de la US:

PODOINNOVA

Personal promotor adscrito a la US:

Ana Juana Pérez Belloso

Vinculación del PDI a la US:

Profesora permanente laboral (mod. PCD) de Departamento de Podología

Propuesta de contrato de EBC a la US:

Contrato de Transferencia:

- Regalía anual del 5% sobre la facturación de la empresa.

- Valor de la tecnología transferida: 91.830,40 €.

Se solicita la participación de la US

1% del capital social de la empresa

Distribución del capital social:

Ana Juana Pérez Belloso: 50 %.

Resto del equipo promotor: 49 %.

Universidad de Sevilla (FIUS): 1 %.

Otras consideraciones:

*Las limitaciones establecidas en el artículo cuarto, en su caso, y en los artículos doce.1.b) y d) y dieciséis de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, no serán de aplicación a los profesores/as funcionarios/as de los cuerpos docentes universitarios, al profesorado laboral permanente y al personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario y laboral cuando participen en las entidades o empresas basadas en el conocimiento previstas creadas o participadas por la universidad, siempre que exista un acuerdo explícito del Consejo de Gobierno de la universidad y se autorice por la Administración Pública competente.

Tras la aprobación como EBC, podrá tramitarse, si procede, la compatibilidad para la prestación de servicios del personal investigador, de acuerdo con el artículo 18.3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

La sede de la empresa no podrá situarse en espacios universitarios no habilitados expresamente para ello..

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