Acuerdo 11.1/CG 20-2-23, por el que se aprueba el Acuerdo de Intenciones entre la Universidad de Sevilla y el Ayuntamiento de Sevilla, relativo al Inmueble ubicado en la calle Becas 5 y 7 (antiguo colegio Cervantes), propiedad del Ayuntamiento de Sevilla, con vistas a la posible cesión para espacio expositivo cultural de la Universidad de Sevilla.

Acuerdo 11.1/CG 20-2-23, por el que se conviene, por asentimiento, aprobar el Acuerdo de Intenciones entre la Universidad de Sevilla y el Ayuntamiento de Sevilla, relativo al Inmueble ubicado en la calle Becas 5 y 7 (antiguo colegio Cervantes), propiedad del Ayuntamiento de Sevilla, con vistas a la posible cesión para espacio expositivo cultural de la Universidad de Sevilla, en los términos del documento que se anexa.

ANEXO

ACUERDO DE INTENCIONES ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y EL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, RELATIVO AL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE BECAS 5 Y 7 (ANTIGUO COLEGIO CERVANTES), PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, CON VISTAS A LA POSIBLE CESIÓN PARA ESPACIO EXPOSITIVO CULTURAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

REUNIDOS

DE UNA PARTE, MIGUEL ÁNGEL CASTRO, en calidad de Rector Magnífico de la UNIVERSIDAD DE SEVILLA, actuando en nombre y representación de la misma, nombrado en virtud del Decreto 198/2020, de 1 de diciembre (BOJA nº 235 de 4 de diciembre de 2020), de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como el artículo 20 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre, modificado por Decreto 55/2017, de 11 de abril (BOJA 18 de abril de 2017);

DE OTRA, D. ANTONIO MUÑOZ MARTÍNEZ, que actúa en calidad de Alcalde de la ciudad de Sevilla, en nombre y representación de esta, y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, mediante resolución del Sr. Alcalde, de 7 de enero de 2022.

EXPONEN

Que, con el presente acuerdo de Intenciones, desean renovar y consolidar la cooperación establecida entre ambas instituciones con vistas a la posible utilización del inmueble ubicado en la c/ Becas 5 y 7, propiedad del Ayuntamiento de Sevilla, como ubicación de un ESPACIO EXPOSITIVO CULTURAL de la Universidad de Sevilla, impulsando la consolidación del Espacio de Santa Clara como un espacio de cultura y lleno de actividades, desarrollando un proyecto conjunto que enriquezca y complemente el proyecto de Santa Clara y la oferta cultural y patrimonial en la Ciudad.

Que el Ayuntamiento de Sevilla considera de interés estratégico para la Ciudad y su entorno, crear las condiciones para favorecer espacios de convivencia con la participación de la comunidad universitaria para el desarrollo de actividades científicas, educativas y culturales, a través del proyecto que se presente.

Y es por ello, que las partes manifiestan su decisión de suscribir el presente acuerdo de intenciones.

Ambos firmantes intervienen en función y en el ejercicio de las facultades que a cada uno les están conferidas.

ACUERDAN

PRIMERO.- Finalidad.

El presente acuerdo tiene como finalidad principal la colaboración entre el Ayuntamiento de Sevilla y la UNIVERSIDAD DE SEVILLA con vistas a la posible cesión del inmueble ubicado en la c/ Becas 5 y 7, de titularidad municipal, a dicha entidad universitaria, conforme a la normativa de aplicación, que posibilite el desarrollo e implementación de un ESPACIO EXPOSITIVO CULTURAL de la Universidad de Sevilla.

SEGUNDO. -Colaboración.

Dicha colaboración consistirá en facilitar la información y documentación necesarias sobre el inmueble, la cooperación a nivel técnico entre la Universidad y los servicios del Ayuntamiento – a través del grupo de trabajo que se establece en el apartado quinto - así como la autorización al acceso físico al citado inmueble.

TERCERO.- Competencia.

Los firmantes se comprometen a llevar a cabo las gestiones necesarias encaminadas a impulsar lo establecido en el apartado primero del presente acuerdo, con absoluto respeto a las respectivas competencias y normativas.

CUARTO.- Recursos.

Cada una de las Partes aportará recursos para la consecución de los objetivos citados en el apartado primero, de conformidad con la disponibilidad de los mismos y lo dispuesto en la legislación de aplicación.

QUINTO. – Grupo de Trabajo.

Las Partes acuerdan establecer un grupo de trabajo conjunto, compuesto por los representantes que cada parte designe en función del área competencial relacionada con la consecución del objetivo propuesto, con independencia de la participación del personal técnico que sea necesario.

SEXTO.- Entrada en Vigor y vigencia.

El presente acuerdo de Intenciones estará vigente desde el momento de su firma y tendrá una vigencia de un año.

Asimismo, finalizará una vez este formalizado el acuerdo de concesión del inmueble. No obstante, cualquiera de las Partes podrá dar por finalizado el presente acuerdo en el momento que considere oportuno mediante notificación escrita dirigida a la otra con sesenta días de antelación.

SÉPTIMO. - Naturaleza Jurídica.

El presente documento de intenciones no tiene la consideración de convenio, conforme a lo establecido en el artículo 47.1 y 2.d) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

OCTAVA.- Protección de Datos.

PROTECCIÓN DE DATOS.

Cláusula de Protección de Datos de Carácter Personal El régimen de protección de datos de carácter personal que han de cumplir las partes en las actuaciones que se desarrollen en ejecución del presente Acuerdo será el previsto , en lo que afecte a cada una de ellas, a las disposiciones de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 Del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en su caso normativa específica aplicable a cada parte.

A estos efectos, las entidades firmantes del Convenio deberán aplicar a los tratamientos de datos personales que en su caso se realizaran en ejecución del presente Acuerdo, y a ello se comprometen, los principios, garantías y medidas técnicas y organizativas establecidas en la normativa citada para la adecuada protección de los derechos y libertades de las personas en el tratamiento que se haga de sus datos personales.

Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de la información facilitada por las partes y de la información, de cualquier clase o naturaleza, generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio; dicha obligación se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o de que en su caso, dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.

Los datos de contacto de los firmantes del presente Acuerdo serán tratados en base a la ejecución del convenio, así como en base al cumplimiento de una obligación legal y de una misión de interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente Convenio de Colaboración.

Asimismo, las partes firmantes, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a https://www.ayuntamientodesevilla y/o a dpd@us.es indicando como referencia en el sobre “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia de su documento nacional de identidad. En su caso, el interesado también podrá plantear una reclamación ante la autoridad de control competente.

Tales datos se tratarán mientras que se mantenga en vigor el presente Convenio de Colaboración entre las partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad.

En Sevilla, fecha a pie de firma.

POR EL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA                      POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

El Alcalde El Rector

Fdo: Antonio Muñoz Martínez                                          Fdo.: Miguel Ángel Castro