Acuerdo Único/CU 16-12-10 por el que se aprueba el  Informe de Gobierno del año académico 2009-2010.
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BOUS núm. 1, de 10 de enero de 2011  
puedan jubilarse sin merma de las retribuciones que les  
corresponderían de seguir en activo hasta su jubilación  
forzosa a los setenta años de edad.  
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. ÁMBITO DE APLICACIÓN  
El presente acuerdo será de aplicación al profesorado de  
los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de  
Sevilla que, llevando al menos en ésta quince años de  
servicios como profesor, solicite la jubilación voluntaria  
con efectos 1 de octubre de 2011 en cualquiera de sus  
modalidades:  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES  
I.1. Claustro Universitario  
Acuerdo Único/CU 16-12-10 por el que se aprueba el  
Informe de Gobierno del año académico 2009-2010.  
a) general, a partir de los sesenta años de edad siem-  
pre que se tengan reconocidos treinta años de servi-  
cio, o  
Acuerdo Único/CU 16-12-10, por el que de conformidad  
con lo establecido en los artículos 11.k) del EUS y 72 del  
RFCU, habiéndose producido la votación del Informe de  
Gobierno del año académico 2009-2010, durante los días  
b) específica, a los sesenta y cinco o más años de edad.  
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4 y 15 de diciembre anticipadamente, y el 16 de diciem-  
2. PREMIOS A LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA EN 2011  
bre en sesión abierta; y habiendo obtenido el citado Infor-  
me 186 votos a favor, 7 en contra, 9 en blanco y 0 nulos,  
queda aprobado el Informe de Gobierno del año académi-  
co 2009-2010.  
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.1. Se ofertan un total de 100 premios a la jubilación vo-  
luntaria en 2011 cuya cuantía se calculará, en cada caso,  
de acuerdo con lo dispuesto en el punto 3.  
2
.2. El pago del premio se realizará con cargo al Fondo  
I.2. Consejo de Gobierno  
de Acción Social, en el que se arbitrará una partida es-  
pecífica.  
Acuerdo 5.3/CG 21-12-10 por el que se aprueba la con-  
vocatoria del premio a la jubilación voluntaria para  
profesores de cuerpos docentes en el año 2011.  
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.3. La solicitud de jubilación voluntaria y premio debe-  
rá presentarse en el Registro General de esta Universidad  
en el plazo comprendido entre el 24 de enero y el 25 de  
febrero de 2011 (ambos incluidos).  
Acuerdo 5.3/CG 21-12-10, por el que se conviene, por  
asentimiento, aprobar la convocatoria del premio a la jubi-  
lación voluntaria para profesores de cuerpos docentes en el  
año 2011 en los términos del documento que se anexa.  
2
.4. De haber más de 100 solicitudes, se atenderán las  
de los 100 profesores con mayor número de años de ser-  
vicio en la Universidad de Sevilla, sin perjuicio de lo  
dispuesto en el punto 2.5 siguiente.  
ANEXO  
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA  
DEL PREMIO A LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA  
DEL PERSONAL DOCENTE FUNCIONARIO DE LA  
UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL AÑO 2011.  
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.5. Del profesorado adscrito a una misma área de cono-  
cimiento dentro de un mismo departamento, únicamente  
podrán atenderse las solicitudes de un máximo de tres  
profesores. De haber más de tres solicitudes se conside-  
rarán, a lo sumo, las de los tres profesores con mayor nú-  
mero de años de servicio en la Universidad de Sevilla.  
Los profesores de los cuerpos docentes universitarios  
pueden acogerse a dos tipos de jubilación voluntaria,  
la establecida, con carácter general, en la Ley de Cla-  
ses Pasivas del Estado (RD Legislativo 670/1987 de 30  
de abril, que aprueba su texto refundido) y la regulada  
específicamente para el PDI. en la Ley 27/1994 de 29  
de septiembre, de modificación de la edad de jubilación  
de los funcionarios de los cuerpos docentes universita-  
rios. Pues bien, existen casos de profesores que, desean-  
do jubilarse voluntariamente, no lo hacen por la pérdida  
retributiva que ello supone. El objetivo del premio a la  
jubilación voluntaria es facilitar que estos profesores  
2
.6. Los profesores cuya solicitud no sea atendida, por  
aplicación de lo dispuesto en los puntos 2.4 y 2.5 ante-  
riores, podrán retirar su solicitud de jubilación voluntaria  
antes del 15 de septiembre de 2011.  
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. CUANTÍA DEL PREMIO  
.1. La cuantía del premio se determina y abona, en cada  
caso, según las siguientes reglas:  
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BOUS núm. 1, de 10 de enero de 2011  
a) Se calcula la diferencia entre la pensión máxima  
anual (será la previsible para la mayoría) que, de  
acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del  
Estado, pueda percibirse en 2011 y las retribuciones  
brutas anuales del profesor en 2011, con exclusión  
del componente singular por desempeño de cargos  
académicos y, en caso de los profesores vinculados,  
del complemento asistencial.  
descontadas del importe total del premio, calculado con-  
forme dispone la Base 3. Estas circunstancias deberán  
ponerse en conocimiento del Área de Personal Docente  
(Servicio de Gestión de Personal Docente).  
5.3. Los incumplimientos de estas bases darán lugar a la  
pérdida automática del premio.  
b) El importe total del premio será igual al producto  
de la diferencia calculada en el apartado a) multipli-  
cada por el número de años que medien entre el 1 de  
octubre de 2011 y el 30 de septiembre del curso aca-  
démico en el que el profesor cumpla setenta años.  
Acuerdo 6.5/CG 21-12-10 por el que se aprueban las  
bases reguladoras de las convocatorias de los premios  
de jubilación voluntaria anticipada del personal de ad-  
ministración y servicios de la Universidad de Sevilla en  
el año 2011.  
c) La cuantía resultante se abonará al profesor en  
plazos mensuales, en los que se descontará la co-  
rrespondiente retención del IRPF, desde el mes de  
octubre de 2011 hasta el mes de septiembre del curso  
académico en el que el profesor cumpla setenta años,  
aplicándose las reducciones fiscales correspondien-  
tes y siempre que continúe percibiendo la pensión  
de jubilación.  
Acuerdo 6.5/CG 21-12-10, por el que se conviene, por  
asentimiento, la aprobación de las bases reguladoras de  
las convocatorias de los premios de jubilación voluntaria  
anticipada del personal de administración y servicios de la  
Universidad de Sevilla en el año 2011, según lo contenido  
en el documento anexo.  
ANEXO  
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.2. Mediante un sistema de información electrónica de  
acceso restringido, cada profesor podrá conocer cuál se-  
ría, en su caso, la cuantía del premio y del importe bruto  
de cada mensualidad.  
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA  
DEL PREMIO A LA JUBILACION VOLUNTARIA  
ANTICIPADAATIEMPO PARCIAL DEL PERSONAL  
LABORAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS  
PARA EL AÑO 2011.  
No obstante lo dicho, conviene aclarar que los cálcu-  
los se realizan de acuerdo con las previsiones del punto  
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.1.a) de las presentes bases, es decir tomando siempre  
Examinado el Acuerdo con el Comité de Empresa por el  
que se determinan las condiciones que permiten al per-  
sonal laboral de administración y servicios la posibilidad  
de jubilarse a partir de los 60 años, en la modalidad de  
jubilación parcial, conforme a lo dispuesto en el artícu-  
lo 166 del texto refundido de la Ley General de la Se-  
guridad Social y los apartados 6 y 7 del artículo 12 del  
texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, en las  
redacciones dadas, respectivamente, por el artículo 4.1  
y la disposición adicional 29.1 de la Ley 40/2007, de 4  
de diciembre, se convocan 50 premios con arreglo a las  
siguientes:  
como referencia el tope de la pensión de jubilación.  
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. ACCIÓN SOCIAL  
Los profesores que obtengan el premio serán beneficia-  
rios de la Acción Social de la Universidad de Sevilla has-  
ta que cumplan setenta años de edad, siéndoles de aplica-  
ción, a partir de dicha fecha, los beneficios establecidos  
para los jubilados forzosos.  
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. INCOMPATIBILIDADES  
.1. El disfrute del premio a la jubilación voluntaria será  
BASES  
incompatible con la contratación como Profesor Emérito  
y con la percepción del premio de jubilación establecido  
por el Acuerdo 8.4/JG 27-11-2000.  
1
. ÁMBITO DE APLICACIÓN  
La presente convocatoria será de aplicación al personal  
laboral de administración y servicios en los que concu-  
rran los siguientes requisitos:  
5
.2. En el supuesto de que los preceptores del premio de-  
sarrollen alguna actividad pública o privada, la percep-  
ción de éste quedará en suspenso hasta que se produzca  
el cese de dicha actividad, en cuyo momento volverán a  
percibirlo, si bien las cantidades no recibidas mientras  
haya persistido la situación de incompatibilidad serán  
1
.1. Ostentar la condición de personal laboral de Admi-  
nistración y Servicios de la Universidad de Sevilla.  
.2. Haber prestado servicios en la Universidad, al me-  
nos, durante 10 años.  
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