Acuerdo 7/CG 24-7-13, por el que se aprueba el Convenio Tipo-Base de colaboración específico para el  desarrollo de enseñanzas a través del Centro de Formación Permanente de a Universidad de Sevilla.
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BOUS núm. 4, de 20 de septiembre de 2013  
Acuerdo 7/CG 24-7-13, por el que se aprueba el Con-  
venio Tipo-Base de colaboración específico para el  
desarrollo de enseñanzas a través del Centro de For-  
mación Permanente de a Universidad de Sevilla.  
Acuerdo 7/CG 24-7-13, por el que de conformidad con  
el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimiento,  
aprobar el Convenio Tipo-Base de colaboración específi-  
co para el desarrollo de enseñanzas a través del Centro de  
Formación Permanente de a Universidad de Sevilla, en  
los términos del documento que se anexa, de modo que  
los Convenios futuros que sean idénticos a este Conve-  
nio-tipo Base se entenderán aprobados por el Consejo de  
Gobierno, dándose de ellos conocimiento al mismo.  
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BOUS núm. 4, de 20 de septiembre de 2013  
CONVENIO DE COLABORACIÓN ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y… PARA EL  
DESARROLLO DEL.….QUE SE ORGANIZAA TRAVÉS DEL CENTRO DE FORMACIÓN PERMANENTE  
REUNIDOS  
Reunidos en Sevilla, el día…. de septiembre de 20 de una parte, el Excmo. Sr. Antonio Ramírez de Arellano López,  
Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, nombrado por Decreto 58/2012, de 6 de marzo (BOJA nº 48 de 9 de  
marzo), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen el art. 20.1 de la Ley Orgánica de Universidades y el artículo  
18 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.  
Y de otra parte D/Dña…, con D.N.I…en nombre y representación de… con C.I.F… en su calidad de representante  
legal, según escritura pública otorgada ante notario  
Actuando ambos en razón de sus respectivos cargos y con el reconocimiento mutuo de la capacidad legal para suscribir  
el presente Acuerdo  
EXPONEN  
Que la Universidad de Sevilla, como Institución abierta a la sociedad, tiene interés en fomentar y participar, a través de  
su Centro de Formación Permanente, en la formación de aquellas personas interesadas cuya actividad se relaciona con  
las materias objeto del curso.  
Que la organización…, contempla entre sus fines la promoción constante y mejora de la calidad de las prestaciones  
técnicas y profesionales de sus asociados y empleados.  
Que la Universidad de Sevilla cuenta con los recursos humanos adecuados para ofrecer la formación objeto de este  
acuerdo  
En razón de lo expuesto, acuerdan suscribir un Convenio Específico con arreglo a las siguientes:  
CLÁUSULAS  
I. El objetivo del presente Convenio Específico consiste en determinar las bases de colaboración para el desarrollo del  
Curso ... que será organizado por el Centro de Formación Permanente de la Universidad de Sevilla  
II. La Dirección Académica del curso será asumida por el Prof…  
III. La Comisión Académica de las enseñanzas se compromete a:  
-
Hacer constar la colaboración con la (ORGANIZACIÓN) en cuanto a publicidad o difusión del curso con posterioridad  
a la firma de este convenio.  
Supervisar que la difusión que se realice del curso y en la que colabore (ORGANIZACIÓN) sea correcta. Esta difusión  
-
se realizará principalmente a través de la página web y de todo aquel material de publicidad que se genere desde el  
Centro de Formación Permanente.  
IV. La (ORGANIZACIÓN) se compromete a participar y colaborar con la Dirección Académica del curso, mediante  
docentes especialista en la materia. Igualmente, colaborará en la publicidad y difusión del curso entre sus colegiados.  
V. Para el seguimiento del Convenio Específico se creará una Comisión Mixta y Paritaria.  
VI. Para la mejor consecución de los objetivos del presente Convenio Específico, ambas instituciones podrán buscar o  
admitir la colaboración de otras entidades públicas o privadas, previa aprobación de la Comisión Mixta de los Cursos.  
VII. El presente Acuerdo específico entrará en vigor a partir de la firma por ambas partes y durará hasta final del año  
académico en curso, siendo prorrogable por períodos de dos años académicos salvo denuncia, pudiendo ser denunciado  
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por cualquiera de las partes con una antelación mínima de tres meses respecto a la fecha en que se pretenda deba quedar  
sin efecto, debiéndose establecer en cualquier caso las medidas oportunas para garantizar la terminación de cuantas  
actividades formativas se encuentren en fase de desarrollo o ejecución.  
VIII. Prorrogado el presente Acuerdo por el período previsto en la anterior cláusula, y mediante Acuerdo de la Comisión  
Mixta, podrá introducirse mejora en los contenidos.  
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio por duplicado, en fecha y lugar  
indicados.  
POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
Fdo.: Antonio Ramírez de Arellano López  
POR (ORGANIZACIÓN)  
Fdo.: