Acuerdo 5.3/CG 20-12-11 por el que se aprueba la  convocatoria del premio a la jubilación voluntaria  para profesores de cuerpos docentes en el año 2012.
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BOUS núm. 1, de 17 de enero de 2012  
Acuerdo 5.3/CG 20-12-11 por el que se aprueba la  
convocatoria del premio a la jubilación voluntaria  
para profesores de cuerpos docentes en el año 2012.  
2.3. La solicitud de jubilación voluntaria y premio debe-  
rá presentarse en el Registro General de esta Universidad  
en el plazo comprendido entre el 23 de enero y el 29 de  
febrero de 2012 (ambos incluidos).  
Acuerdo 5.3/CG 20-12-11, por el que se conviene, por  
asentimiento, aprobar la convocatoria del premio a la ju-  
bilación voluntaria para profesores de cuerpos docentes en  
el año 2012 en los términos del documento que se anexa.  
2.4. De haber más de 100 solicitudes, se atenderán las  
de los 100 profesores con mayor número de años de ser-  
vicio en la Universidad de Sevilla, sin perjuicio de lo  
dispuesto en el punto 2.5 siguiente.  
ANEXO  
2
.5. Del profesorado adscrito a una misma área de cono-  
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA  
DEL PREMIO A LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA  
DEL PERSONAL DOCENTE FUNCIONARIO DE LA  
UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL AÑO 2012.  
cimiento dentro de un mismo departamento, únicamente  
podrán atenderse las solicitudes de un máximo de tres  
profesores. De haber más de tres solicitudes se conside-  
rarán, a lo sumo, las de los tres profesores con mayor nú-  
mero de años de servicio en la Universidad de Sevilla.  
Los profesores de los cuerpos docentes universitarios  
pueden acogerse a dos tipos de jubilación voluntaria,  
la establecida, con carácter general, en la Ley de Cla-  
ses Pasivas del Estado (R.D. Legislativo 670/1987 de 30  
de abril, que aprueba su texto refundido) y la regulada  
específicamente para el P.D.I. en la Ley 27/1994 de 29  
de septiembre, de modificación de la edad de jubilación  
de los funcionarios de los cuerpos docentes universita-  
rios. Pues bien, existen casos de profesores que, desean-  
do jubilarse voluntariamente, no lo hacen por la pérdida  
retributiva que ello supone. El objetivo del premio a la  
jubilación voluntaria es facilitar que estos profesores  
puedan jubilarse sin merma de las retribuciones que les  
corresponderían de seguir en activo hasta su jubilación  
forzosa a los setenta años de edad.  
2
.6. Los profesores cuya solicitud no sea atendida, por  
aplicación de lo dispuesto en los puntos 2.4 y 2.5 ante-  
riores, podrán retirar su solicitud de jubilación voluntaria  
antes del 15 de septiembre de 2012.  
3
3
. CUANTÍA DEL PREMIO.  
.1. La cuantía del premio se determina y abona, en cada  
caso, según las siguientes reglas:  
a) Se calcula la diferencia entre la pensión máxima  
anual (será la previsible para la mayoría) que, de  
acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del  
Estado, pueda percibirse en 2012 y las retribuciones  
brutas anuales del profesor en 2012, con exclusión  
del componente singular por desempeño de cargos  
académicos y, en caso de los profesores vinculados,  
del complemento asistencial.  
1
. ÁMBITO DE APLICACIÓN.  
El presente acuerdo será de aplicación al profesorado de  
los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de  
Sevilla que, llevando al menos en ésta quince años de  
servicios como profesor, solicite la jubilación voluntaria  
con efectos 1 de octubre de 2012 en cualquiera de sus  
modalidades:  
b) El importe total del premio será igual al producto  
de la diferencia calculada en el apartado a) multipli-  
cada por el número de años que medien entre el 1 de  
octubre de 2012 y el 30 de septiembre del curso aca-  
démico en el que el profesor cumpla setenta años.  
a) general, a partir de los sesenta años de edad siempre  
que se tengan reconocidos treinta años de servicio, o  
c) La cuantía resultante se abonará al profesor en  
plazos mensuales, en los que se descontará la co-  
rrespondiente retención del IRPF, desde el mes de  
octubre de 2012 hasta el mes de septiembre del curso  
académico en el que el profesor cumpla setenta años,  
aplicándose las reducciones fiscales correspondien-  
tes y siempre que continúe percibiendo la pensión  
de jubilación.  
b) específica, a los sesenta y cinco o más años de edad.  
2
2
. PREMIOS A LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA EN  
012.  
2
.1. Se ofertan un total de 100 premios a la jubilación vo-  
luntaria en 2012 cuya cuantía se calculará, en cada caso,  
de acuerdo con lo dispuesto en el punto 3.  
3
.2. Mediante un sistema de información electrónica de  
acceso restringido, cada profesor podrá conocer cuál se-  
ría, en su caso, la cuantía del premio y del importe bruto  
de cada mensualidad.  
2
.2. El pago del premio se realizará con cargo al Fondo  
de Acción Social, en el que se arbitrará una partida es-  
pecífica.  
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BOUS núm. 1, de 17 de enero de 2012  
No obstante lo dicho, conviene aclarar que los cálcu-  
los se realizan de acuerdo con las previsiones del punto  
.1.a) de las presentes bases, es decir tomando siempre  
como referencia el tope de la pensión de jubilación.  
3
4
. ACCIÓN SOCIAL.  
Los profesores que obtengan el premio serán beneficia-  
rios de la Acción Social de la Universidad de Sevilla has-  
ta que cumplan setenta años de edad, siéndoles de aplica-  
ción, a partir de dicha fecha, los beneficios establecidos  
para los jubilados forzosos.  
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5
. INCOMPATIBILIDADES.  
.1. El disfrute del premio a la jubilación voluntaria será  
incompatible con la contratación como Profesor Emérito  
y con la percepción del premio de jubilación establecido  
por el Acuerdo 8.4/JG 27-11-2000.  
5
.2. En el supuesto de que los preceptores del premio de-  
sarrollen alguna actividad pública o privada, la percep-  
ción de éste quedará en suspenso hasta que se produzca  
el cese de dicha actividad, en cuyo momento volverán a  
percibirlo, si bien las cantidades no recibidas mientras  
haya persistido la situación de incompatibilidad serán  
descontadas del importe total del premio, calculado con-  
forme dispone la Base 3. Estas circunstancias deberán  
ponerse en conocimiento del Área de Personal Docente  
(Servicio de Gestión de Personal Docente).  
5
.3. Los incumplimientos de estas bases darán lugar a la  
pérdida automática del premio.  
Acuerdo 5.4/CG 20-12-11 por el que se aprueban las  
modificaciones de plazas de plantilla.  
Acuerdo 5.4/CG 20-12-11, por el que se conviene, por  
asentimiento, previo informe favorable de la Comisión  
Académica, y a propuesta de ésta, aprobar las modifica-  
ciones de plazas de plantilla en los términos del documen-  
to anexo, y documentación obrante en el expediente.  
ANEXO  
MODIFICACIONES DE PLANTILLA  
DEPARTAMENTO  
ÁREA DE CONOCIMIENTO  
PLAZA  
OBSERVACIONES Y PERFIL DOCENTE  
Reingreso del Profesor D. Antonio González Cordón  
PROYECTOS  
ARQUITECTÓNICOS  
PROYECTOS  
ARQUITECTÓNICOS  
C.U.  
DEPARTAMENTO  
TECNOLOGÍA ELECTRÓNICA  
ÁREA DE CONOCIMIENTO  
OBSERVACIONES Y PERFIL DOCENTE  
Transformación 1 Profesor Ayudante Doctor → 1  
Profesor Contratado Doctor  
TECNOLOGÍA ELECTRÓNICA