Acuerdo 14/CG 27-6-12, por el que se aprueba el Convenio Tipo-Base en materia de becas para la ejecución  de proyectos en empresas públicas y privadas a través  del Programa CO-LABORA.
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y compromiso de dicha institución académica y del Ayun-  
tamiento que la respalda.  
Acuerdo 14/CG 27-6-12, por el que se aprueba el Con-  
venio Tipo-Base en materia de becas para la ejecución  
de proyectos en empresas públicas y privadas a través  
del Programa CO-LABORA.  
Acuerdo 14/CG 27-6-12, por el que de conformidad con  
el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimiento,  
aprobar el Convenio Tipo-Base en materia de becas para  
la ejecución de proyectos en empresas públicas y privadas  
a través del Programa CO-LABORA, en los términos del  
documento que se anexa, de modo que los Convenios fu-  
turos que sean idénticos a este Convenio-tipo Base se en-  
tenderán aprobados por el Consejo de Gobierno, dándose  
de ellos conocimiento al mismo.  
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INSERTAR LOGOTIPO DE  
EMPRESA  
(MODELO)  
CONVENIO TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y  
[ENTIDAD PRIVADA]  
En la ciudad de Sevilla, a  
de 2012  
REUNIDOS  
De una parte, D. Antonio Ramírez de Arellano López, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.  
De otra parte, D./Dª …, en nombre y representación de la [ENTIDAD PRIVADA].  
Ambas partes, intervienen en función de los respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las  
facultades que a cada uno les están conferidas, reconociéndose mutuamente plena y expresa capacidad para obligarse  
con el carácter en el que intervienen, y a tal fin  
EXPONEN  
1. Que la Universidad de Sevilla (en adelante la Universidad), es una institución de Derecho Público abierta a la sociedad,  
dotada de personalidad jurídica, que desarrolla sus funciones, de acuerdo con la legislación vigente, en régimen de  
autonomía, y a la que corresponde la prestación del servicio público de educación superior, mediante el estudio, la  
docencia y la investigación, así como la generación, desarrollo y difusión del conocimiento al servicio de la sociedad y  
de la ciudadanía.  
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. Que la [ENTIDAD PRIVADA] (en adelante …), es una [NATURALEZA] cuyos fines son [..…] y que pretende [..…].  
. Que ambas partes tienen personalidad jurídica propia, lo que les permite celebrar el presente Convenio o Acuerdo  
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Marco para el mejor cumplimiento de los fines que tienen encomendados.  
4. Que por todo lo anterior, las partes firmantes manifiestan su interés común en formalizar el presente convenio de  
colaboración, de forma que les permita acrecentar su vinculación, estableciendo para ello los instrumentos adecuados.  
En razón de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo Marco de colaboración de conformidad con  
las siguientes.  
CLÁUSULAS  
PRIMERA.- OBJETO  
Ambas partes, interesadas en desarrollar acciones cuya iniciativa esté orientada a facilitar la inserción profesional de  
alumnos y titulados, propiciando la incorporación e integración en el mundo empresarial de los estudiantes y recién  
egresados, con vistas a incrementar sus posibilidades de empleabilidad a través del programa CO-LABORA promovido  
por el Consejo Social mediante la participación en la convocatoria de becas para la ejecución de proyectos en empresas  
públicas y privadas, orientadas a la mejora de sus procesos productivos, servicios o a la resolución de necesidades  
específicas de su gestión.  
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INSERTAR LOGOTIPO DE  
EMPRESA  
SEGUNDA.- CONTENIDO  
Las características generales de la convocatoria estarán publicadas junto con las particulares que serán acordadas  
para cada proyecto con la empresa proponente, en las que se incluirán expresamente perfil del solicitante, detalle del  
proyecto a abordar, dotación económica y período de ejecución, completándose con la composición de la comisión  
seleccionadora, proceso de adjudicación y régimen de ejecución del proyecto. Tendrá carácter anual e irá dirigido  
fundamentalmente a estudiantes próximos a terminar sus estudios y recién egresados. En cualquier caso, la convocatoria  
establecerá expresamente que las becas otorgadas por la empresa, reúnen las siguientes características:  
1. Los becarios no tendrán vinculación o relación laboral o contractual de ningún tipo con la empresa.  
2. Los alumnos se someterán al sistema de organización y funcionamiento general de la Empresa, procurando en  
todo momento que su presencia no dificulte el desenvolvimiento ordinario de las tareas de los empleados y asumen la  
responsabilidad de guardar secreto profesional sobre cualquier información a la que tengan acceso como consecuencia  
de la realización de las prácticas; como la de no explotar sin la autorización expresa de la Empresa los trabajos realizados  
en el desarrollo de las mismas, salvo la utilización por parte del alumno de dichos trabajos como Proyecto de Fin de  
Estudios o en la ejecución de la Memoria que en todo caso fuese exigida.  
3. La duración y el importe de las becas serán determinados por la propia empresa que se hace responsable de la  
ejecución de la misma en los términos previstos en el RD 1493/2011 de 24 de octubre.  
TERCERA.- COMPROMISOS  
1. La Universidad de Sevilla colaborará en las actividades conjuntas organizadas en el marco del presente Acuerdo a  
través del Consejo Social, con la publicación y difusión del programa CO-labora, recepción de solicitudes y participación  
en el proceso de selección.  
2. Por su parte la Empresa pondrá a disposición de las actividades realizadas en colaboración con la Universidad de  
Sevilla, sus instalaciones e infraestructura, así como los recursos humanos con los que cuenta normalmente para la  
consecución de sus fines. La empresa dotará y otorgará la beca en el importe que se acuerde expresamente y colaborará  
en la ejecución de la correspondiente Convocatoria, que será pública, proponiendo el proyecto a abordar, participando  
en la Comisión Seleccionadora y supervisando la ejecución técnica de los proyectos que serán llevados a la práctica en  
dependencias de la Empresa Colaboradora.  
Esta beca estará sujeta a lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.  
CUARTA.- NATURALEZA DEL CONVENIO Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO  
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá en su interpretación y desarrollo por el ordenamiento  
jurídico-administrativo, con especial sumisión de las partes a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.  
QUINTA.- DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA COLABORACIÓN  
Ambas instituciones aportarán sus cauces habituales de comunicación para difundir las actividades organizadas en colabora-  
ción, y en aquellos casos en que resulte oportuna una nota de prensa conjunta, ésta será consensuada entre las partes.  
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INSERTAR LOGOTIPO DE  
EMPRESA  
SEXTA.- USO DE LOGOTIPOS  
El uso y la inserción de un logotipo de cualquiera de las partes, en las actividades que se realicen al amparo de este  
Convenio, deberá respetar, en todo caso, la aplicación de las normas por las que vengan reguladas normativamente.  
SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN O ADICIÓN DEL CONVENIO  
El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por imperativo legal o por mutuo acuerdo a petición de  
cualquiera de las partes. Las modificaciones entrarán en vigor en la fecha en que sean acordadas por ambas partes y los  
documentos acreditativos de tales variaciones serán anexados a este Convenio o Acuerdo Marco como partes integrantes  
del mismo.  
OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS  
Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos comunes, así como los resultados finales tendrán  
carácter confidencial.  
NOVENA.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONVENIO  
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de un año, que podrá ser prorrogado  
automáticamente por períodos iguales, a partir de la citada fecha de finalización, a menos que una de las partes comunique  
a la otra, por escrito y con, al menos, tres meses de antelación, la fecha en que desee darlo por concluido.  
DÉCIMA.- DISCREPANCIAS, LITIGIOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS  
Las partes acuerdan, con renuncia expresa y consentida a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieran corresponderles  
en derecho, someterse expresamente al fuero de los Juzgados y Tribunales de Sevilla para cualquier discrepancia,  
conflicto o litigios que se deriven sobre el cumplimiento, ejecución o interpretación del presente Convenio.  
Ambas partes, por medio de sus representantes, suscriben el presente Convenio Marco en duplicado ejemplar y estampan  
en ellos sus respectivas firmas y sellos en la fecha y lugar arriba indicados.  
POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
Fdo.: Antonio Ramírez de Arellano López  
POR LA [ENTIDAD PRIVADA]  
Fdo.: