Acuerdo 10.1/CG 25-10-12, por el que se aprueba el  V Plan Propio de Investigación de la Universidad de  Sevilla.
4
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
de Riesgos Laborales, se conviene, por asentimiento, la  
ANEXO  
concesión de licencia por estudio a Dª. Ruth María Cabe-  
za Ruiz, Ayudante, adscrita al Departamento de Educa-  
ción Física y Deporte, por el periodo comprendido entre  
el 1 de octubre de 2012 y el 30 de junio de 2013 en el  
Centro Andaluz de Medicina del Deporte, con el 100%  
de sus retribuciones. Procede la ratificación del Consejo  
de Gobierno.  
Movilidad de plazas  
Movilidad de plazas  
de Asociado de:  
Adscripción temporal de  
plazas vacantes a:  
Departamento /  
Área  
Plazas  
vacantes  
Departamento / Área  
Cirugía  
-2 TP13  
Cirugía -4 TP7  
2 TP13: Didáctica de la Lengua /  
Lengua española  
Acuerdo 1.2/CP 26-9-12, por el que de conformidad con  
los artículos 80.1 del EUS, y de la Instrucción Vicerrecto-  
ral de 1.X.88, a la vista de la solicitud de la interesada y  
habiéndose emitido informe del Servicio de Prevención de  
Riesgos Laborales, se conviene, por asentimiento, la con-  
cesión de licencia por estudio a Dª. Laura María Guerrero  
Almeida, Ayudante, adscrita al Departamento de Educa-  
ción Física y Deporte, el periodo comprendido entre el 1  
de octubre de 2012 y el 31 de enero de 2013 en la Facultad  
de Ciencias de laActividad Física y del Deporte de la Uni-  
versidad de Granada, con el 100% de sus retribuciones.  
Procede la ratificación del Consejo de Gobierno.  
Oftalmología -4 TP7  
1 TP9: Didáctica de la Lengua /  
Lengua española  
Otorrinolaringología -3TP7  
1
TP13: Didáctica CC. Exp. y  
Soc. / Didáctica CC. Sociales  
1
TP11: Estética e Hª Filos. /  
Estética y Tª Artes  
Sin especificar C.G.  
2
TP5: Filologías Integradas /  
Julio  
-1 TP13  
Estudios Asia Oriental  
-1 TP11  
-2 TP9  
-1 TP7  
1 TP7: Ing. Aeroespacial y Mec.  
Fluidos / Mecánica Fluidos  
1
TP9: Ing. Construcc. y Proy.  
Ingeniería  
1
TP5: Ing. Construcc. y Proy.  
Ingeniería / Ing. Construcción  
Acuerdo 1.3/CP 26-9-12, por el que de con-  
formidad con los artículos 80.1 del EUS, 8 del  
RD 898/1985 y 1 de la Instrucción Vicerrectoral de  
1
TP5: Ing. Construcc. y Proy.  
Ingeniería / Proy. Ingeniería  
1
TP13: Ing. Mecánica / CC. de  
1.X.88, a la vista de la solicitud del interesado y habién-  
los Materiales  
dose emitido informe del Departamento, se conviene, por  
asentimiento, la concesión de licencia por estudio a D.  
Carlos Janer Jiménez, Profesor Titular de Universidad,  
adscrito al Departamento de Ingeniería Electrónica, por  
el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2012  
y el 29 de noviembre de 2013 en el Tyndall National Ins-  
titute, Cork (Irlanda), con el 80% de sus retribuciones.  
Procede la ratificación del Consejo de Gobierno.  
2 TP11: Periodismo II /  
Periodismo  
3 TP9: Sin especificar  
1
TP7: Sin especificar  
Ajustes de horas de docencia  
Departamento/Área  
Observaciones  
1 TP9 → TP5  
Ingeniería Gráfica  
Acuerdo 2/CP 26-9-12, por el que se conviene, por 11  
votos a favor, una abstención y ningún voto en contra,  
aprobar las modificaciones de plantilla en los términos  
del documento anexo. Procede la ratificación del Conse-  
jo de Gobierno.  
Expresión Gráfica en la Ingeniería 1 TP7 → TP11  
Ingeniería Telemática  
1 TP11 → TP9  
Ingeniería Telemática 1 TP9 → TP11  
Farmacología, Pediatría y Radiología  
Radiología y Medicina Física  
1
TP13 → TP7  
Acuerdo 10.1/CG 25-10-12, por el que se aprueba el  
V Plan Propio de Investigación de la Universidad de  
Sevilla.  
Acuerdo 10.1/CG 25-10-12, por el que de conformidad  
con el artículo 13.1.g) del EUS, previo informe favorable  
de la Comisión de Investigación y a propuesta de ésta, se  
conviene, por 30 votos a favor, 9 en contra y ninguna  
abstención, la aprobación del V Plan Propio de Investi-  
gación de la Universidad de Sevilla en los términos del  
documento que se anexa.  
5
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
V PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN (2013-2016)  
PRESENTACIÓN  
OBJETIVOS, LÍNEAS Y ÁMBITO TEMPORAL  
El V Plan Propio de Investigación de la US mantiene como  
objetivo fundamental su política de fomento de la actividad  
investigadora productiva y competitiva y de la calidad de la  
investigación de nuestra comunidad universitaria. Continúa  
con el esfuerzo y el trabajo llevado a cabo por los equipos  
que han conformado este Vicerrectorado de investigación,  
ampliando las líneas de los planes anteriores, reestructuran-  
do algunas de sus acciones e incorporando otras nuevas. Los  
cambios que se presentan derivan del análisis de los resul-  
tados de las diversas acciones ejecutadas en el anterior Plan  
Propio de Investigación y de la entrada en vigor dela Ley de  
la Ciencia la Tecnología y la Innovación (Ley CTI).  
El V Plan propio de Investigación pretende ser una he-  
rramienta fundamental para apoyar, promover, premiar y  
estimular la investigación en la Universidad de Sevilla.  
Constituye también un instrumento de nuestra Comuni-  
dad Universitaria para ejercer su derecho a la investiga-  
ción y facilitar el deber de la investigación en la Univer-  
sidad de Sevilla. Aspira, por otra parte, a contribuir a la  
mejora de la posición de nuestra institución en el escena-  
rio internacional donde se desarrolla su actividad.  
El V Plan Propio de Investigación supone un esfuerzo  
institucional muy importante en un entorno económico  
muy desfavorable y una situación normativa universita-  
ria incierta. Es una fuerte apuesta que se sustenta en la  
convicción de la importancia central que tiene la investi-  
gación en la institución universitaria y el papel que tiene  
la Universidad como institución pública generadora y  
transmisora de conocimiento.  
Esta política de fomento de la investigación será financia-  
da con recursos propios de la Universidad y contribuye  
a complementar las aportaciones institucionales (autonó-  
micas, nacionales e internacionales) y así como las de  
fundaciones y empresas que, en su conjunto, posibilitan  
la continuidad y la extensión de la actividad investigado-  
ra realizada por el personal docente e investigador en el  
seno de los Departamentos y grupos de investigación de  
la Universidad de Sevilla.  
La estructura de este nuevo Plan Propio aprovecha la ex-  
periencia adquirida en el diseño, aplicación y gestión de  
los Planes Propios previos.  
El V Plan Propio de Investigación se estructura en cuatro  
líneas estratégicas y sus correspondientes acciones:  
El V Plan Propio de Investigación consta de cuatro gran-  
des Líneas Estratégicas, una más que el IV Plan Propio,  
que se desarrollan en veintinueve acciones, nueve más  
que en el Plan Propio anterior.  
I. AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN.  
I.1.Ayudas a Departamentos para gastos de funcionamien-  
to de grupos de investigación.  
Las Líneas Estratégicas son la de Ayudas a la Investi-  
gación, con ocho acciones para su aplicación, la de Do-  
tación de Recursos Humanos para la Investigación, con  
siete acciones, la de Divulgación y Difusión de la Inves-  
tigación, con siete acciones y la deApoyo aAcciones Es-  
tratégicas de Investigación, con siete acciones también  
para su desarrollo. El contenido de cada una de ellas se  
detalla en el texto que sigue a esta presentación, aunque  
se puede decir que en términos generales el Plan preten-  
de cubrir todos los aspectos recogidos tradicionalmen-  
te en los diferentes planes de apoyo a la investigación.  
De esa manera encontramos ayudas a la movilidad, a la  
transferencia de conocimiento y tecnología, a la difusión  
de resultados de la investigación, dotación de contratos  
predoctorales y posdoctorales, apoyo a la divulgación,  
premios a la trayectoria investigadora y a las publicacio-  
nes de relevancia, etc.  
I.2. Ayudas a Institutos Universitarios de Investigación  
para gastos de funcionamiento.  
I.3. Ayudas para presentar proyectos de investigación in-  
ternacionales y para la formación de consorcios estratégi-  
cos nacionales en convocatorias públicas de I+D+i.  
I.4. Ayudas para asignación de espacios de investigación.  
I.5. Ayudas para la gestión de la investigación.  
I.6. Ayudas para movilidad internacional del personal de-  
dicado a la investigación.  
I.7. Ayudas a la extensión internacional de patentes por  
procedimiento PCT y a la entrada en fases nacionales.  
I.8. Ayudas para la incubación de empresas de base tec-  
nológica en espacios de Servicios Generales de Investiga-  
ción, Centros y Espacios de Investigación.  
El carácter delVPlan Propio es complementario. Esdecir,  
como norma general, los solicitantes de ayudas del Plan  
deberán acudir a las convocatorias externas de la misma  
naturaleza si las hubiera. Desde el punto de vista econó-  
mico es lo lógico, pero lo fundamental es el valor que  
tiene esta medida al reconocer que el terreno de juego, el  
escenario donde se desarrolla la actividad investigadora  
no es doméstico sino que trasciende a la institución.  
II. DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA  
LA INVESTIGACIÓN.  
II.1. Becas de iniciación a la investigación para estudiantes  
de la Universidad de Sevilla.  
II.2. Contratos predoctorales o de Personal Investigador en  
Formación (PIF) para el desarrollo del Programa Propio  
de I+D+i de la Universidad de Sevilla.  
Manuel García León  
Vicerrector de Investigación  
6
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
II.3. Contratos predoctorales o de Personal Investigador en  
Formación (PIF) para el desarrollo del Programa Propio  
de I+D+i de la Universidad de Sevilla asociados a proyec-  
tos competitivos de investigación.  
ámbito temporal de aplicación desde el momento de  
su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2016,  
manteniéndose, tras dicha fecha final, la eficacia de las  
medidas que hayan sido acordadas con anterioridad en  
cumplimiento de las previsiones del Plan.  
II.4. Co-financiación de contratos – puente postdoctorales.  
Se autoriza a la Comisión de Investigación de la US (CI-  
US) a realizar modificaciones menores por alteración de  
la norma y/o para garantizar su aplicabilidad.  
II.5. Contratos de acceso al Sistema Español de Ciencia,  
Tecnología e Innovación para el desarrollo del programa  
propio de I+D+i de la Universidad de Sevilla.  
NORMAS GENERALES  
Beneficiarios.  
II.6. Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo a  
la investigación.  
II.7. Licencias anuales para investigación.  
Los beneficiarios del VPPI-US serán los miembros de la  
comunidad universitaria definidos en el Estatuto de la US.  
III. DIVULGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA INVESTI-  
GACIÓN CIENTÍFICA.  
Requisitos que deben cumplir los beneficiarios.  
a) Los solicitantes deberán cumplir los requisitos exi-  
gibles en las convocatorias a las que opten el día de  
finalización del plazo de presentación de solicitudes.  
III.1. Ayudas para realizar congresos y reuniones científi-  
cas con proyección internacional.  
III.2. Ayudas para actividades de divulgación científica.  
b) Deberán tener vinculación con la US en el mo-  
mento de la solicitud y mantenerla durante el período  
de disfrute de la ayuda concedida.  
III.3. Ayudas para la publicación de trabajos de divulga-  
ción científica.  
III.4. Premio Universidad de Sevilla a la divulgación científica.  
c) No podrán tener pendientes de justificación ayu-  
das concedidas en convocatorias previas del presente  
o de anteriores Planes Propios de Investigación.  
III.5. Ayudas a la promoción de patentes y otros títulos de  
propiedad industrial.  
d) Caso que existiere, deberán solicitar también las  
ayudas equivalentes de otros organismos públicos.  
III.6. Premios FAMA – Universidad de Sevilla a la trayec-  
toria investigadora.  
III.7. Premio Universidad de Sevilla a trabajos de investi-  
gación de especial relevancia.  
Presentación de las solicitudes.  
Las solicitudes se cumplimentarán mediante los formula-  
rios disponibles en la dirección de Internet del Vicerrec-  
torado de Investigación de la US (http://investigacion.  
us.es/), y en el plazo establecido para cada convocatoria.  
IV. APOYO AACCIONES ESTRATÉGICAS DE IN-  
VESTIGACIÓN.  
IV.1. Ayudas a la preparación de proyectos de investiga-  
ción en A-Tech.  
Obligaciones de los beneficiarios.  
Aceptar las normas generales del VPPI-US y las  
IV.2. Acciones especiales de internacionalización de la in-  
vestigación.  
específicas de cada acción.  
Notificar al Vicerrector de Investigación de la US  
IV.3. Ayudas a actividades de investigación de grupos  
emergentes.  
cualquier modificación de las condiciones o plazos  
aprobados.  
IV.4. Ayuda suplementaria a Grupos de Investigación en  
cumplimiento del contrato - programa entre la Consejería  
de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (CEICE) y  
la Universidad de Sevilla, para su financiación anual.  
Mencionar de manera expresa en todas las publica-  
ciones y actividades derivadas de las acciones sub-  
vencionadas que la actividad ha sido financiada por  
el VPPI-US.  
IV.5. Contratos predoctorales o de Personal Investigador  
en Formación (PIF) para el desarrollo del programa pro-  
pio de I+D+i de la Universidad de Sevilla en áreas de  
especial atención.  
• Dado el carácter complementario del presente Plan  
Propio de Investigación, deberá presentarse justifi-  
cante de participación en las convocatorias oficia-  
les análogas, tanto internacionales como nacionales  
y autonómica, caso que las hubiere. Si se recibiese  
subvención para la misma actividad, la ayuda del  
presente Plan Propio estará limitada al importe de  
los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos  
IV.6. Reparación y validación de material científico.  
IV.7. Acciones especiales.  
El presente Plan Propio de Investigación extenderá su  
7
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
por la subvención externa al VPPI-US, debiendo re-  
integrase al mismo la parte de la ayuda recibida que  
exceda de dicho importe.  
Los Departamentos que no experimenten aumento  
no accederán a esta ayuda.  
Con cargo a laAyuda Básica y a la de internacionalización,  
que no podrán superar la cantidad de 9.000 € cada una por  
ejercicio, los Departamentos deberán atender a gastos di-  
rectamente relacionados con la actividad investigadora.  
Con carácter general, se remitirá al Servicio de  
Gestión de Investigación, dentro de los plazos esta-  
blecidos en cada convocatoria, la justificación cien-  
tífica y económica de la ayuda concedida.  
En el caso de grupos de investigación ínter- departamenta-  
les, las ayudas del Plan Propio se asignarán por defecto al  
Departamento al que pertenezca el responsable del grupo.  
Si se deseara una distribución de la asignación entre los  
distintos Departamentos implicados, el responsable del  
grupo deberá comunicar por escrito al Vicerrectorado de  
Investigación los porcentajes de aplicación a cada uno.  
La justificación económica de las ayudas se reali-  
zará del modo indicado en la web del Vicerrectorado  
de Investigación de la US.  
El incumplimiento de las obligaciones por parte de  
los beneficiarios de las ayudas podrá ocasionar la sus-  
pensión y/o revocación de las mismas, sin perjuicio de  
otras responsabilidades en las que se pudiera incurrir.  
I.2. AYUDAS A INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE  
INVESTIGACIÓN PARA GASTOS DE FUNCIONA-  
MIENTO.  
LÍNEA ESTRATÉGICA I. AYUDAS A LA INVES-  
TIGACIÓN  
Ayuda específica dirigida a apoyar las actividades de  
investigación de los Institutos Universitarios de Inves-  
tigación recogidos en el artículo 40 del Estatuto de la  
US y aquellos que deriven del desarrollo del Reglamento  
General de Investigación de la US.  
I.1. AYUDAS A DEPARTAMENTOS PARA GASTOS  
DE FUNCIONAMIENTO DE GRUPOS DE INVESTI-  
GACIÓN.  
Acción específica dirigida a apoyar las actividades de in-  
vestigación de los Departamentos recogidas dentro del  
artículo 32.1 del Estatuto de la US.  
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación  
global que, dentro del periodo de vigencia del VPPI-US,  
proponga la CI-US en cada ejercicio, de acuerdo con las  
disponibilidades presupuestarias. Para el ejercicio de  
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación  
global que cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia  
del VPPI-US, proponga la CI-US de acuerdo con las dis-  
ponibilidades presupuestarias. Para el ejercicio de 2013,  
la dotación de esta acción será de 500.000 €.  
2
013 la dotación de esta acción será de 60.000 €.  
La dotación anual se desglosará en tres modalidades:  
a) Ayuda básica (40.000 €). El criterio de distribu-  
ción de esta ayuda será directamente proporcional a  
los fondos captados por (i) investigación competitiva  
y (ii) contratos de investigación por valor superior  
total a 60.000 € por los grupos adscritos a cada De-  
partamento. Se contabilizará la financiación obteni-  
da en los 2 años anteriores a la solicitud. La ayuda no  
podrá superar la cantidad de 9.000 € por ejercicio.  
La dotación anual se desglosará en tres modalidades:  
a) Ayuda básica (350.000 €). El criterio de distribu-  
ción de esta ayuda será directamente proporcional a  
los fondos captados por (i) investigación competitiva  
y (ii) contratos de investigación por valor superior  
total a 60.000 € por los grupos adscritos a cada De-  
partamento. Se contabilizará la financiación obteni-  
da en los 2 años anteriores a la solicitud.  
b) Ayuda complementaria. Se distribuirá entre los  
Institutos que hayan incorporado en el ejercicio an-  
terior algún investigador contratado, seleccionado en  
programas de incorporación de doctores en convo-  
catorias oficiales, públicas y competitivas. Esta ayu-  
da se concederá una sola vez por cada investigador  
contratado y se destinará exclusivamente a cubrir los  
gastos que genere su incorporación al Instituto. Esta  
ayuda se financiará con los fondos del apartado B de  
la acción I.1, para lo cual el Departamento de ads-  
cripción del Doctor incorporado deberá renunciar a  
la ayuda obtenida por dicho concepto.  
b) Ayuda complementaria (50.000 €). Se distribuirá  
entre aquellos Departamentos que hayan incorpora-  
do en el ejercicio anterior algún investigador contra-  
tado, seleccionado en programas de incorporación de  
doctores en convocatorias oficiales, públicas y com-  
petitivas. Esta ayuda se concederá una sola vez por  
cada investigador contratado y se destinará exclusi-  
vamente a cubrir los gastos que genere su incorpora-  
ción al Departamento.  
c) Ayuda a la internacionalización de la investiga-  
ción (100.000 €). Se repartirá proporcionalmente en  
función del incremento del número y de los indicios  
de calidad de las publicaciones internacionales acre-  
ditadas debidamente como Universidad de Sevilla.  
c) Ayuda a la internacionalización (20.000 € mas los  
remanentes del apartado A). Se realizará el reparto  
proporcional de esta ayuda en función del incremen-  
8
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
to y de los indicios de calidad del número de publi-  
caciones internacionales acreditadas debidamente  
como Universidad de Sevilla. Los Institutos que no  
experimenten aumento no accederán a esta ayuda.  
será de 3.000 €, salvo que el equipo coordine las activi-  
dades, en cuyo caso será de 5.000 €.  
Abono de la ayuda.  
El 50 % en el momento de la concesión y el resto, una  
vez que se justifique la presentación del proyecto en al-  
guna de las convocatorias establecidas anteriormente.  
Con cargo a esta ayuda los Institutos deberán atender  
prioritariamente gastos directamente relacionados con la  
actividad investigadora.  
La no presentación del proyecto o su no aceptación para  
evaluación supondrá la devolución de la ayuda percibida.  
I.3. AYUDAS PARA PRESENTAR PROYECTOS DE  
INVESTIGACIÓN INTERNACIONALES Y PARA LA  
FORMACIÓN DE CONSORCIOS ESTRATÉGICOS  
NACIONALES EN CONVOCATORIAS PÚBLICAS  
DE I+D+i.  
I.4. AYUDAS PARA ASIGNACIÓN DE ESPACIOS  
DE INVESTIGACIÓN.  
Se trata de una acción específica destinada a apoyar a  
los grupos de investigación de la US que cuenten con  
financiación por medio de proyectos obtenidos en con-  
vocatorias públicas, mediante la asignación temporal de  
espacios en los Servicios Generales y Centros y Espacios  
de Investigación de la US.  
Acción específica destinada al PDI o grupos de investi-  
gación de la US para fomentar presentación de proyec-  
tos de investigación a convocatorias públicas internacio-  
nales, así como para formar consorcios estratégicos de  
I+D+i (Ciber, Consolider, Cenit, Insignia, RETICS…),  
mediante la concesión de ayudas destinadas a atender los  
gastos iniciales de elaboración y formalización de la so-  
licitud de proyectos.  
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación  
global que proponga la CI-US en cada ejercicio, dentro  
del periodo de vigencia del VPPI-US, de acuerdo con las  
disponibilidades presupuestarias.  
El PDI y los grupos de investigación de la US que solici-  
ten estas ayudas con arreglo a lo establecido en las bases  
de la convocatoria, deberán comprometerse a presentar  
el proyecto propuesto a la siguiente convocatoria del co-  
rrespondiente programa oficial de I+D+i.  
Las convocatorias anuales del VPPI-US se establecerán  
en función de la disponibilidad de espacios; éstos podrán  
asignarse en términos de puestos de trabajos en lugar de  
recintos completos, en caso de que el número de solici-  
tudes lo haga necesario.  
Requisitos.  
1
. Los equipos de investigación propuestos para la eje-  
La ayuda consistirá en la asignación temporal del espa-  
cio, que se mantendrá durante el período de vigencia del  
proyecto de investigación sobre el que el grupo de inves-  
tigación solicite la ayuda, que nunca podrá ser superior  
a tres años, con posibilidad excepcional de una prórroga  
por un año más.  
cución del proyecto deberán contar con un mínimo de 4  
doctores miembros del PDI de la US, incluido el investi-  
gador principal (IP), que deberá ser profesor en activo a  
tiempo completo de la US.  
2. Al menos el 50 % de los componentes del equipo que  
presenta la propuesta nunca debe haber participado en  
proyectos financiados por convocatorias del tipo para el  
que solicitan la ayuda.  
Criterios de concesión.  
Para la selección de las solicitudes se valorará funda-  
mentalmente:  
3. El cumplimiento de estas condiciones debe ser acre-  
ditado en el caso de que algún miembro del equipo no  
fuese de la US.  
1. La excelencia del proyecto de investigación sobre el que  
el grupo de investigación solicite la ayuda, fundamentada  
en indicadores como la financiación obtenida en convoca-  
torias competitivas, producción científica, internacionali-  
zación y posibilidades de transferencia del conocimiento.  
4
3
. El IP del equipo no debe haber obtenido en los últimos  
años financiación en dichas convocatorias.  
Criterios de concesión.  
2
. El interés estratégico de los resultados esperados  
de la actividad para la US en términos de indicadores  
científicos.  
Para la resolución de esta convocatoria se valorará la cali-  
dad y viabilidad del proyecto presentado y el enfoque inter-  
disciplinar del equipo de investigación, así como el interés  
estratégico para la US y la entidad científica del consorcio.  
3
. En propuestas inter-universitarias, se valorará el lide-  
razgo en actividad investigadora y plan de actividades  
de la US.  
Dotación y cuantía.  
Compromiso de los beneficiarios.  
La dotación anual total para esta acción será de 60.000 €,  
pudiéndose incrementar con remanentes de años anterio-  
res, si los hubiere. La subvención máxima por proyecto  
Los beneficiarios se comprometerán a publicar los resul-  
tados en medios de reconocido prestigio y alto impacto,  
9
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
presentar solicitud de patentes en los casos que sea apli-  
cable, solicitar proyectos de investigación adicionales  
que complemente al que se ejecuta, y a otras acciones  
que permitan potenciar la difusión de los resultados y el  
impacto de éstas.  
área de conocimiento o por proximidad geográfica de los  
grupos de investigación participantes.  
La cofinanciación puede extenderse a lo largo del perio-  
do de vigencia del V Plan Propio mediante la renovación  
anual de la ayuda concedida en función de los resultados  
científicos obtenidos por el grupo o el consorcio de gru-  
pos. Se concederá como máximo una ayuda por grupo  
o consorcios de grupos de investigación a lo largo del  
presente Plan Propio de Investigación.  
También se comprometerán a abonar a los Servicios Ge-  
nerales de Investigación, Centro o Espacio en el que se  
aloje una cantidad determinada, que se establecerá en  
cada convocatoria anual, en concepto de gastos genera-  
les de funcionamiento. Esto no incluye los gastos men-  
surables (teléfono, papelería…).  
Como requisito indispensable para las renovaciones  
anuales, los beneficiarios de estas ayudas deberán remi-  
tir al Vicerrectorado de Investigación, dentro de los pla-  
zos establecidos en cada convocatoria, la memoria anual  
justificativa para su evaluación por parte de la CI-US en  
la que se incluirán los logros científicos exigidos para la  
renovación de la ayuda.  
Los beneficiarios se comprometerán a presentar un in-  
forme anual que incluya las actividades realizadas y los  
resultados obtenidos, cuya aprobación por parte del Vi-  
cerrectorado de Investigación será requisito necesario  
para continuar en el uso de los espacios durante la vigen-  
cia del proyecto.  
I.6. AYUDAS PARA MOVILIDAD INTERNACIO-  
NAL DEL PERSONAL DEDICADO A LA INVESTI-  
GACIÓN.  
I.5.AYUDASALAGESTIÓN DE LAINVESTIGACIÓN.  
El objeto de esta acción es apoyar a grupos o consorcios  
de grupos de investigación de la US que cuenten con fi-  
nanciación por medio de proyectos de investigación de  
convocatorias públicas competitivas, mediante la cofi-  
nanciación para asignación temporal de un personal que  
ayude en las tareas de gestión de los proyectos de investi-  
gación del grupo o consorcio. Los consorcios podrán for-  
marse por afinidad científica o proximidad geográfica.  
Esta línea de actuación está destinada a facilitar la movi-  
lidad del PDI y del personal contratado dedicado a tareas  
de investigación con el objeto de intensificar la actividad  
investigadora y fomentar el intercambio y la actualiza-  
ción de conocimientos e información científica de los  
miembros de la US.  
Estas ayudas se podrán aplicar a las siguientes actividades:  
Dotación y cuantía de las ayudas.  
A) Estancias breves en otras Universidades o Cen-  
tros de Investigación que tengan un marcado recono-  
cimiento internacional.  
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación  
global que cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia  
del VPPI-US, proponga la CI-US de acuerdo con las dis-  
ponibilidades presupuestarias. Para el ejercicio de 2013  
la dotación de esta acción será de 60.000 €.  
B) Participación en congresos de carácter interna-  
cional con presentación de comunicación.  
C) Estancias breves en la US de profesores e inves-  
tigadores de reconocido prestigio de otras Universi-  
dades o Centros de Investigación.  
En cada convocatoria anual del VPPI-US se dotarán has-  
ta 10 ayudas, que serán distribuidas por la CI-US, en fun-  
ción del volumen a gestionar.  
En sucesivos ejercicios la dotación de esta acción podrá  
incrementarse con los remanentes del ejercicio anterior,  
si los hubiera, o con nuevas aportaciones que cubrirían  
la cofinanciación de la renovación de los contratos ya  
formalizados o de los que se adjudiquen en nuevas con-  
vocatorias públicas.  
Beneficiarios.  
Para la modalidad A:  
a) El PDI de la US, en cualquiera de sus modalida-  
des, salvo los beneficiarios de las acciones destina-  
das a contratos predoctorales o de PIF propias de la  
US, por disponer éstas de un programa específico de  
ayuda a la movilidad.  
Criterios de concesión de la cofinanciación.  
Para la selección de las solicitudes se valorarán funda-  
mentalmente el volumen y la calidad de los proyectos  
de investigación asociados en el consorcio, la calidad de  
la investigación producida y su grado de internacionali-  
zación. Igualmente se valorará el grado de interdiscipli-  
nariedad y el esfuerzo en la optimización del uso de la  
ayuda concedida.  
b) El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a  
la investigación.  
Para la modalidad B:  
a) El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades.  
b) El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a  
la investigación.  
Se priorizarán las ayudas solicitadas en consorcio de  
grupos de investigación, que podrán establecerse por  
1
0
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
Para la modalidad C:  
La dotación anual para esta acción será de 220.000 €, pu-  
diéndose incrementar con remanentes de años anteriores,  
si los hubiere.  
a) Los Departamentos.  
b) Los Institutos de Investigación.  
Criterios para la concesión de las ayudas.  
c) Los Grupos de Investigación de la US reconocidos  
en el PAIDI.  
La CI-US resolverá las convocatorias aplicando los si-  
guientes criterios:  
Requisitos de los beneficiarios.  
1
. Curriculum vitae del solicitante.  
1
. Para las modalidades A y B los recogidos en el apar-  
2
. Programa de trabajo a desarrollar, incluyendo produc-  
tado anterior, bien entendido que en caso de ser personal  
contratado a tiempo determinado, el contrato debe estar  
vigente en la fecha de la convocatoria y durante el perio-  
do completo de disfrute de la ayuda.  
ción esperada expresada en los términos usuales en cada  
rama del conocimiento.  
3. Modalidad A: excelencia investigadora del centro re-  
ceptor.  
2. Para las tres modalidades, concedida la ayuda, el be-  
neficiario deberá contar con la licencia de estudios re-  
glamentaria.  
4. Modalidad B: entidad, naturaleza y repercusión de la  
actividad, así como la visibilidad de la US.  
3
. Disponer del documento de aceptación del centro re-  
5. Modalidad C: méritos académicos y científicos tanto  
del solicitante como del visitante.  
ceptor, con expresión de la duración de la estancia para  
la modalidad A o la aceptación del Comité Organizador  
del Congreso de la ponencia que se presentará para la  
modalidad B.  
Los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir al Vi-  
cerrectorado de Investigación, dentro de los plazos esta-  
blecidos en cada convocatoria, la justificación científica  
(incluyendo resultados mensurables) y económica de la  
ayuda concedida para su evaluación. La CI-US evaluará  
la justificación remitida y el grado de cumplimiento del  
Plan de Trabajo. El incumplimiento de los planes pro-  
puestos supondrá el reembolso de la ayuda obtenida.  
4. En el caso de la modalidadAy en el de la C se tendrá que  
presentar un programa de la investigación a desarrollar por  
los beneficiarios de la ayuda, incluyendo producción cien-  
tífica estimada que será evaluada al justificar la ayuda.  
5. En las tres modalidades habrá de presentarse justifi-  
cante de participación en las convocatorias oficiales aná-  
logas, tanto internacionales como nacionales y autonó-  
mica, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención  
para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Pro-  
pio estará limitada al importe de los gastos realizados  
que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa  
al VPPI-US, debiendo reintegrase al mismo la parte de la  
ayuda recibida que exceda de dicho importe.  
I.7. AYUDAS A LA EXTENSIÓN INTERNACIONAL  
DE PATENTES POR PROCEDIMIENTO PCT Y A LA  
ENTRADA EN FASES NACIONALES.  
Esta acción tiene como objetivo fomentar la internacio-  
nalización de las patentes presentadas por la US en el  
territorio nacional y su posterior explotación comercial.  
Se contemplan dos tipos de ayudas para las que se desti-  
nará una cantidad anual de 100.000 €:  
Dotación de las ayudas.  
a) Ayudas PCT: consisten en la financiación de los  
costes que fije anualmente la Oficina Española de  
Patentes y Marcas (OEPM) para la presentación in-  
ternacional PCT (Patent Cooperation Treaty). En el  
caso de co-titularidad con otros organismos públicos  
o privados, las ayudas serán por el porcentaje corres-  
pondiente a la US establecido según acuerdo previo.  
En cada convocatoria anual el periodo de estancia a fi-  
nanciar para las modalidades A y C no podrá ser inferior  
a 30 días ni superior a 3 meses, en uno o varios centros  
de investigación, con independencia de que se pueda so-  
licitar autorización para estancias superiores a 3 meses si  
el período formativo de la estancia lo requiere.  
A lo largo del V Plan Propio, para la modalidad A se  
concederá, como máximo, ayuda hasta un total de 6 me-  
ses de estancia, y para la modalidad B, un máximo de 1  
ayuda por solicitante.  
b) Ayudas a entrada en fases nacionales: consisten en  
la co-financiación de los costes teniendo en cuenta  
el número de países solicitados con un máximo de  
5
.000 € por ayuda. La co-financiación será comple-  
Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las  
ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones  
económicas para estancias que acuerde la CI-US para cada  
convocatoria, de acuerdo con las disponibilidades presu-  
puestarias. La concesión de la ayuda no supondrá merma  
alguna de otros haberes percibidos por los solicitantes.  
tada por el grupo de investigación o empresa licen-  
ciataria si la hubiera.  
Podrá solicitar la ayuda el PDI de la US que aparezca  
como inventor de un resultado de investigación prote-  
gido, cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la  
11  
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
US y que haya sido gestionada por la OTRI. Junto con la  
solicitud deberá presentarse:  
a realizar una explotación comercial de cualquier tipo  
de resultado de investigación protegido cuya titularidad  
corresponda a la US.  
Informe Tecnológico de Patentabilidad (ITP) para  
la extensión PCT.  
3. La naturaleza de la actividad: si se pretende potenciar  
determinados sectores económicos o bien la complemen-  
tariedad con las empresas anteriormente ubicadas.  
Informe de Búsqueda Internacional (IBI) para la  
entrada en fases nacionales.  
Características de la ayuda.  
Criterios de concesión.  
Las ayudas consistirán en los gastos de adecuación del es-  
pacio (cerramientos, pavimento y acometidas de instala-  
ciones básicas), y en el uso del espacio disponible por un  
periodo de tiempo que cada año se establecerá en lacorres-  
pondiente convocatoria, en función de la disponibilidad y  
de criterios de evolución de la empresa. Las convocatorias  
anuales determinarán también las características del con-  
venio que la empresa debe firmar con la Universidad.  
Para la resolución de la convocatoria anual la CI-US ten-  
drá en cuenta los siguientes documentos:  
1
. Informe del técnico de patentes de la OTRI en función  
del Informe Tecnológico de patentabilidad (ITP) para la  
extensión PCT.  
2. Opinión escrita del Informe de Búsqueda Internacio-  
nal (IBI) para la entrada en fases nacionales.  
El número de ayudas dependerá de la cantidad de es-  
pacios que las instalaciones de los Servicios Generales  
de Investigación y Grandes Instalaciones de Investiga-  
ción puedan ofertar y se recogerá en las correspondientes  
convocatorias anuales del VPPI-US.  
3
. Expresión de interés de empresas licenciadoras inte-  
resadas en la co-financiación de las ayudas tanto para la  
extensión PCT como para la entrada en fases nacionales.  
4
. Compromiso del solicitante en la co-financiación de  
Los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir al Vi-  
cerrectorado de Investigación, dentro de los plazos esta-  
blecidos en cada convocatoria, la justificación científica  
y económica de la ayuda concedida para su evaluación.  
El incumplimiento de los planes propuestos supondrá el  
reembolso de la ayuda obtenida.  
las ayudas tanto para la extensión PCT como para la en-  
trada en fases nacionales.  
5
. Compromiso de productividad, que se especificará en  
cada convocatoria anual del presente Plan Propio.  
I.8. AYUDAS PARA LA INCUBACIÓN DE EMPRE-  
SAS DE BASE TECNOLÓGICA EN ESPACIOS DE  
SERVICIOS GENERALES DE INVESTIGACIÓN,  
CENTROS Y ESPACIOS DE INVESTIGACIÓN  
LÍNEA ESTRATÉGICA II. DOTACIÓN DE RE-  
CURSOS HUMANOS PARA LA INVESTIGACIÓN  
II.1. BECAS DE INICIACIÓNALAINVESTIGACIÓN  
PARA ESTUDIANTES DE LA US.  
Esta medida está destinada a iniciativas empresariales  
que se constituyan como empresas de base tecnológica  
El objetivo de esta acción es fomentar el acceso y la ini-  
ciación a la investigación de los alumnos de la US. Va  
dirigida a aquellos estudiantes de titulaciones de grado y  
de licenciatura que estén en el penúltimo o último curso  
de la carrera, y cumplan los siguientes requisitos:  
(EBT) de la US y que necesiten, para su funcionamiento,  
hacer uso de espacios disponibles en las instalaciones de  
los Servicios Generales de Investigación y Centros y Es-  
pacios de Investigación de la US.  
Podrán solicitar esta ayuda:  
a) Tener aprobadas asignaturas por un número de cré-  
ditos igual o superior al 50 % de la totalidad de créditos  
necesarios en la titulación en la que esté matriculado.  
Las EBTconstituidas o en fase de constitución que ten-  
gan entre sus promotores a miembros del PDI de la US.  
Las EBT cuya actividad principal esté vinculada a  
b) Estar matriculado, durante el curso que solicite la  
ayuda, en una Facultad o Escuela Superior Univer-  
sitaria en asignaturas que sumen un total de créditos  
igual o superior a 50 o el equivalente al 70 % de los  
créditos que constituyan el último curso de la titula-  
ción que curse.  
la explotación de una línea o resultado de investiga-  
ción desarrollado en la US.  
Criterios de selección.  
Para la selección de las solicitudes según la convocatoria  
anual se tendrá en cuenta:  
La CI-US podrá modificar los números de créditos ante-  
riores en función de la adaptación de los estudios a los  
títulos de grado y la duración de los estudios. Para la  
obtención de esta ayuda se tendrán en cuenta el curricu-  
lum vitae del estudiante y la trayectoria investigadora del  
Director de la beca.  
1
. La viabilidad técnico-económica de la iniciativa y la  
creación de puestos de trabajo cualificados.  
2
. Las necesidades específicas que la empresa requiera  
de los Servicios de Investigación y Grandes Instalacio-  
nes. Se tendrá particularmente presente que la EBT vaya  
1
2
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
Número de becas.  
títulos oficiales españoles y, en su caso, de los comple-  
mentos de formación, que den acceso a la fase de inves-  
tigación de un Programa de Doctorado de conformidad  
con las diferentes ordenaciones vigentes de estas ense-  
ñanzas o encontrarse matriculado en el curso académico  
actual para cumplirlos al término del mismo y poder pre-  
sentar, en el caso de ser preseleccionado, la matrícula en  
la fase de investigación en un programa de doctorado al  
inicio del curso siguiente.  
En cada convocatoria anual del VPPI-US se dotarán un  
mínimo de 30 becas, a distribuir en razón de 6 por cada  
una de las ramas científicas establecidas por la CI-US.  
Dotación económica, duración y obligaciones de los  
becarios.  
La cuantía total de cada beca será de 1.500 €, que se  
abonará al beneficiario a razón de 750 € por cada mes de  
disfrute de la misma. Las actividades del becario serán  
dirigidas por un profesor de la US y deberán realizarse  
obligatoriamente en el Departamento o Instituto de di-  
cho profesor durante los meses de julio y septiembre,  
con una dedicación de jornada completa.  
En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título  
o realizado los estudios conforme a sistemas educativos  
extranjeros que den acceso al doctorado, se estará a lo  
dispuesto en el apartado anterior.  
2. Respecto a la fecha de finalización de los estudios que  
dan acceso a los estudios de master o al período docente o  
formativo del doctorado, así como en lo referente a la nota  
media del expediente académico de los solicitantes, se  
ajustará a lo dispuesto en las correspondientes convocato-  
rias anuales del Ministerio competente en esta materia por  
la que se convoquen las ayudas para contratos de Forma-  
ción de Profesorado Universitario del Programa Nacional  
de Formación de Recursos Humanos de Investigación.  
Estas becas serán compatibles con el disfrute de becas de  
Colaboración para estudiantes universitarios.  
Seguimiento.  
El beneficiario de la ayuda deberá presentar memoria jus-  
tificativa de la actividad científica desarrollada (máximo:  
1
000 palabras), en el plazo de un mes desde la finaliza-  
ción de la actividad. El abono de la segunda mensualidad  
estará supeditada a la entrega de la memoria final y a su  
evaluación positiva.  
3. No podrán participar en la convocatoria quienes ya  
estén en posesión del título de Doctor por ninguna Uni-  
versidad o Institución nacional o extranjera.  
El incumplimiento del Plan de Trabajo supondrá el re-  
embolso de la ayuda obtenida.  
4. Los ciudadanos de otros países de la UE deberán estar  
en posesión del NIE en el plazo de presentación de soli-  
citudes de cada convocatoria. Los ciudadanos de la UE  
y asimilados deberán estar en posesión del registro de  
ciudadano de la Unión.  
II.2. CONTRATOS PREDOCTORALES O DE PIF,  
PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PROPIO  
DE I+D+i DE LA US.  
Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación  
y capacitación investigadora de titulados superiores que  
realicen su Tesis Doctoral en el seno de un Grupo de In-  
vestigación de la US, bajo la dirección de alguno de los  
doctores pertenecientes a dicho grupo.  
5
. Los beneficiarios de estas becas deberán haber par-  
ticipado en las convocatorias de FPU del año en curso,  
caso que las hubiere, y deberán presentar documentación  
acreditativa de la evaluación de su expediente y resulta-  
dos de la misma.  
Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato  
predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos  
recogidos en el Art. 21 de la Ley CTI. Este personal ten-  
drá la consideración de personal investigador predocto-  
ral en formación.  
Requisitos de los directores de tesis.  
1. Los directores de tesis de los beneficiarios de estas  
ayudas, que actuarán como tutores académicos durante  
los períodos de ejecución del contrato, deberán cumplir  
con los requisitos establecidos en la normativa de régi-  
men de Tesis Doctoral de la US.  
Este programa de ayudas a la formación del personal  
investigador se inscribirá en el Registro general de pro-  
gramas de ayudas a la investigación y quedará sujeto a  
lo regulado en el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero,  
por el que se aprueba el Estatuto del PIF. Las personas  
beneficiarias de esta ayuda gozarán de todos los dere-  
chos y tendrán los deberes, que le sean de aplicación,  
contemplados en el mencionado Real Decreto y en las  
bases de la correspondiente convocatoria anual realizada  
por la CI-US.  
En el supuesto de vinculación contractual del director de  
la tesis, los requisitos deberán cumplirse en el momen-  
to de presentación de la solicitud y mantenerse durante  
todo el tiempo de duración de la beca. En el caso de que  
el director de la tesis no cumpliera con este requisito,  
será obligatoria la colaboración de un codirector o cotu-  
tor que lo cumpla.  
2. Ningún director podrá figurar como tal en más deuna soli-  
Requisitos de los solicitantes.  
citud de beca en cada convocatoria. La presentación de más  
de una solicitud avalada por el mismo director de la tesis  
será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.  
1. Con carácter general, deberán estar en posesión de los  
1
3
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
Calendario de las convocatorias y valoración de las  
Obligaciones de los beneficiarios de las ayudas.  
solicitudes.  
Deberán cumplir el programa de formación establecido  
en su proyecto.  
Las convocatorias anuales de estas ayudas se adecuarán  
a las correspondientes convocatorias de FPU.  
El beneficiario de esta ayuda deberá colaborar en acti-  
vidades docentes en el Departamento entre 20-30 horas  
anuales durante los dos primeros años del contrato pre-  
doctoral, aumentando su participación en la docencia  
durante los 2 últimos años del contrato hasta un total de  
entre 30-60 horas anuales, sin que ello suponga ningún  
compromiso laboral por parte de la US y sin que supon-  
ga responsabilidad exclusiva del PIF sobre la asignatura.  
Esta colaboración será incluida en el Plan de Organiza-  
ción Docente del Departamento.  
Se emplearán las puntuaciones otorgadas por el Ministe-  
rio para valorar las solicitudes presentadas al VPPI-US.  
En el caso de que no hubiera convocatoria del Minis-  
terio, la CI-US establecerá los mecanismos necesarios  
para arbitrar la adjudicación de estas ayudas.  
Número de ayudas.  
En cada convocatoria anual del V Plan Propio se dotará  
un mínimo de 20 ayudas, a distribuir en razón de 4 por  
cada una de las ramas científicas establecidas por la CI-  
US. El número de ayudas previstas podrá ser ampliado  
en función de las disponibilidades presupuestarias.  
Con carácter general, la docencia impartida por el bene-  
ficiario de esta ayuda se retraerá de la carga docente del  
Director de la Tesis Doctoral, caso que éste perteneciera  
al Departamento en cuestión. Si no fuera así, computaría  
en el encargo docente común del Departamento de ads-  
cripción. En el caso de que hubiera más de un Director,  
el reparto sería proporcional entre ellos.  
Sólo se concederá 1 contrato por esta modalidad a lo lar-  
go del presente Plan Propio por Director de Tesis y no  
más de 1 contrato por Departamento en los dos primeros  
años de vigencia del contrato.  
Ayudas.  
Duración del contrato.  
Los beneficiarios de esta acción tendrán derecho a con-  
currir a la convocatoria de las siguientes ayudas, en las  
condiciones que se describen:  
El contrato, de duración determinada con dedicación  
a tiempo completo, tendrá una duración de un año,  
prorrogableporperíodosanualesprevioinformefavorable  
de la comisión académica del Programa de Doctorado, o  
en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo  
que dure su permanencia en el programa. Igualmente,  
para acceder a las prórrogas anuales, el PIF deberá  
presentar al Vicerrectorado de la US la memoria anual  
de actividades con el informe favorable del director de  
la Tesis Doctoral.  
1
. Ayudas para estancias breves.  
Objeto.- Las ayudas para estancias breves del PIF en  
otros centros tendrán por objeto reforzar la internaciona-  
lización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo  
de su tesis.  
Estas ayudas se aplicarán a estancias en centros de pres-  
tigio internacional, preferentemente en el extranjero y  
muy excepcionalmente en centros españoles. Los cen-  
tros de destino en España deberán estar ubicados en una  
localidad distinta a la del centro de adscripción de la  
beca y deberá implicar, necesariamente, cambio de resi-  
dencia respecto del domicilio habitual y ser diferente a la  
residencia familiar y al centro de formación académica  
anterior. Igualmente las estancias a realizar en centros  
extranjeros deberán asegurar un grado de internacionali-  
zación a la que no hubiera accedido por formación aca-  
démica anterior o por nacionalidad.  
En ningún caso la duración acumulada del contrato ini-  
cial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las  
excepciones señaladas en el Art. 21 de la Ley CTI..  
La consecución de la titulación de doctor/a pondrá fin a  
la etapa de formación del personal investigador (punto 4  
del Art. 20 de la Ley CTI).  
En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por re-  
nuncia del titular en los seis primeros meses, el periodo  
de vigencia anual de la nueva ayuda se computará ínte-  
gramente desde la fecha de nombramiento del sustituto.  
Características.- Las estancias susceptibles de recibir  
esta ayuda tendrán una duración mínima de 2 meses y  
máxima de 4, debiendo coincidir, salvo excepciones jus-  
tificadas, con los periodos académicos y/o los de activi-  
dad ordinaria de los centros de destino.  
Dotación.  
Para el año 2013, la dotación económica de cada ayuda  
será de 1.150 € por 14 mensualidades. Esta cantidad será  
revisada anualmente según lo estipulado en el apartado  
d) del Art. 21 de la Ley CTI y según el Índice de Precios  
al Consumo.  
El máximo número de estancias breves a lo largo de los  
48 meses será de 3 y por un período máximo de 9 meses  
entre todas ellas. Las estancias no podrán llevarse a cabo  
durante los últimos 6 meses de los 48 de duración del con-  
trato salvo que la tesis ya estuviese presentada a trámite  
La US asumirá el coste de la inscripción del beneficiario  
en el Régimen General de la Seguridad Social.  
1
4
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
para su defensa pública o que haya indicación expresa  
favorable en el informe del Director de la Tesis Doctoral.  
beneficiario estará obligado a reintegrar la totalidad de  
la cantidad percibida. En el caso de reducción del perio-  
do concedido, el beneficiario deberá justificar las causas.  
Igualmente deberá reintegrar las cantidades percibidas  
en exceso sobre el coste real al viaje realizado, todo ello  
relacionado con la finalidad de la estancia.  
Los beneficiarios de ayudas para estancias breves en cen-  
tros en el extranjero, disfrutarán, sin perjuicio de la cober-  
tura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes  
y de asistencia médica en los desplazamientos cuando se  
trate de países sin concierto con la Seguridad Social espa-  
ñola o cuando las coberturas de este concierto fueran in-  
suficientes. La cobertura de este seguro alcanzará única y  
exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada para  
el período para el que fuera concedida la estancia breve.  
2. Traslado temporal a un centro extranjero.  
Con el objetivo de reforzar la internacionalización de la  
formación científica y capacidad técnica se convocan 5  
ayudas (1 por rama de conocimiento) para traslado tem-  
poral a un centro o grupo de investigación relevante en  
el ámbito internacional y vinculado al campo científico,  
técnico o artístico correspondiente al contenido de la te-  
sis doctoral para la que se concedió el contrato. Si alguna  
de las ramas no contara con candidatos suficientes para  
cubrir las plazas que le corresponden, las vacantes po-  
drán reasignarse al resto de las ramas.  
Una vez concedidas las ayudas y en casos debidamente  
justificados en los que concurran circunstancias de fuer-  
za mayor, se podrá autorizar cambios sobrevenidos por  
situaciones posteriores, sin que ello suponga incremento  
del gasto aprobado ni modifique sustancialmente los ele-  
mentos tenidos en cuenta en la evaluación.  
Requisitos.- Podrán disfrutar de esta ayuda los contrata-  
dos predoctorales del Plan Propio que hayan completado  
un periodo igual o superior a doce meses, aunque pueden  
solicitarla antes de haber transcurrido el citado periodo.  
La ayuda consistirá en la cofinanciación del gasto deri-  
vado de la estancia, en una cuantía estipulada en cada  
convocatoria.  
Requisitos.- Podrán disfrutar el traslado temporal, los  
contratados predoctorales que hayan completado los 2  
primeros años del contrato y que hayan obtenido infor-  
me favorable a la memoria de seguimiento. La solicitud  
podrá realizarse antes de transcurrido dicho periodo. La  
CI-US establecerá los criterios y la puntuación mínima  
para la adjudicación de estas ayudas.  
La presentación de las solicitudes, así como el proceso  
de evaluación y selección, se detallarán en cada convo-  
catoria anual del presente Plan Propio.  
Estas ayudas para estancias breves se adjudicarán en las  
cuantías y condiciones que determine la CI-US.  
Los beneficiarios se comprometen a solicitar ayudas de  
movilidad dentro de las convocatorias oficiales que se  
convoquen para dicho fin, a nivel autonómico, nacional  
e internacional.  
Características.- Todo el periodo de traslado temporal  
deberá superponerse con el periodo de actividad de la  
ayuda de PIF, no pudiendo por esta causa superarse los  
4
8 meses de duración máxima del contrato.  
Pago y justificación de las ayudas para estancias bre-  
ves.- El importe de las ayudas concedidas para la realiza-  
ción de estancias breves se entregará por adelantado a los  
beneficiarios, con fecha anterior al inicio de la estancia.  
El periodo de traslado a un centro extranjero a financiar  
será de 6 meses, con independencia de que pueda soli-  
citar autorización para estancias de hasta 9 meses si el  
período formativo lo requiere.  
Una vez concluida la estancia y en el plazo de quince  
días contados desde el día siguiente a su regreso, los be-  
neficiarios justificarán la realización de la misma. Los  
beneficiarios deberán presentar ante la CI-US el formu-  
lario de justificación con la siguiente documentación:  
El disfrute de un traslado temporal es incompatible con  
el de una estancia breve u otra estancia temporal que  
finalice en el mismo año y deberán mediar al menos 6  
meses entre ambas. La estancia de traslado temporal no  
podrá superponerse con los últimos 6 meses de contrato,  
salvo que la tesis ya estuviese presentada.  
1) Certificación del responsable del grupo receptor, en la que  
constará el día de inicio y de finalización de la estancia.  
Las cuantías de las ayudas que comporten el traslado  
temporal al extranjero serán fijadas por la CI-US y pu-  
blicadas en cada convocatoria anual.  
2) Justificantes del gasto por desplazamiento desde el lu-  
gar de disfrute de la beca al centro receptor de la estancia  
breve y regreso.  
Los beneficiarios de ayudas para traslado temporal a centros  
en el extranjero disfrutarán, sin perjuicio de la cobertura de  
la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asis-  
tencia médica en los desplazamientos al extranjero autoriza-  
dos, cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad  
Social española o cuando las coberturas de este concierto  
fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará  
única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contrata-  
da para el periodo para el que fuera concedido el traslado.  
3
1
) Memoria descriptiva, con una extensión máxima de  
.000 palabras, en la que figurará el visto bueno del di-  
rector de la tesis; dicha memoria irá encabezada por el  
título del proyecto de tesis y por la referencia del contra-  
tado predoctoral.  
En caso de no llevarse a cabo la estancia en las condi-  
ciones que fue concedida o de no poderla justificar, el  
1
5
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
No podrá concederse más de un periodo de traslado tem-  
poral a lo largo de los 48 meses de duración máxima del  
período de formación establecido en este programa.  
aplicación, contemplados en la mencionada Ley CTI y  
en las bases de la correspondiente convocatoria anual  
realizada por la CI-US.  
Los centros de destino no podrán coincidir con el país de  
nacionalidad del beneficiario o de su formación académica.  
En relación con los requisitos de los solicitantes y de los  
directores de las tesis doctorales, la dotación económica,  
la duración de los contratos, las obligaciones y ayudas a  
las que pueden concurrir los beneficiarios y los mecanis-  
mos de seguimiento y control, se cumplirá lo dispuesto  
en la acción II.2.  
La presentación de las solicitudes, así como la evalua-  
ción y selección se detallarán en cada convocatoria anual  
del presente Plan Propio.  
El pago y la justificación de las ayudas para estancias  
temporales en el extranjero se llevarán a cabo de la mis-  
ma forma que para las estancias breves.  
Cuantía de la ayuda.  
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación  
global que para cada ejercicio, dentro del periodo de vigen-  
cia del VPPI-US, proponga la CI-US de acuerdo con las  
disponibilidades presupuestarias. Se co-financiará hasta el  
equivalente de un 30 % del coste del contrato, estipulado  
según las condiciones del artículo 21 de la citada Ley.  
3. Ayudas de precios públicos por matrícula en el Pro-  
grama de Doctorado.  
Las ayudas por los precios públicos de la matrícula en  
un Programa de la presente convocatoria se aplicarán en  
la tutela académica durante los cursos académicos coin-  
cidentes con el período total de la ayuda. Estas ayudas  
no podrán aplicarse en los casos de convalidaciones de  
estudios realizados con anterioridad.  
En cada convocatoria anual del presente Plan Propio se  
dotarán un mínimo de 10 ayudas, a distribuir en razón de  
2
por cada una de las ramas científicas establecidas por la  
CI-US, superados unos niveles de exigencia que se deta-  
llarán en las correspondientes convocatorias anuales.  
Incompatibilidades.- Esta ayuda será incompatible con  
las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convo-  
catoria de entidades públicas o privadas, para cursar las  
mismas enseñanzas que se acrediten en la solicitud de la  
presente convocatoria.  
En sucesivos ejercicios la dotación de esta acción podrá  
incrementarse con los remanentes del ejercicio anterior,  
si los hubiere.  
Criterios de concesión de la co-financiación.  
II.3. CONTRATOS PREDOCTORALES O DE PIF  
PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE  
I+D+i PROPIO DE LA US ASOCIADOS A PROYEC-  
TOS COMPETITIVOS DE INVESTIGACIÓN.  
Para la selección de las solicitudes se valorará funda-  
mentalmente los criterios de excelencia del proyecto de  
investigación, centrados en la internacionalización, fi-  
nanciación obtenida previamente, etc.  
El objeto de esta acción es apoyar a los grupos de in-  
vestigación de la US que cuenten con financiación para  
personal investigador por proyectos de investigación con  
tres años de vigencia en convocatorias públicas competi-  
tivas, mediante la ayuda para cofinanciar un contrato de  
trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral. Con  
esta ayuda se pretende facilitar la formación y capacita-  
ción investigadora de titulados superiores que realicen  
su Tesis Doctoral en el seno de un Grupo de Investiga-  
ción de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores  
pertenecientes a dicho grupo.  
Selección del personal.  
La CI-US establecerá los criterios para la selección de  
los beneficiarios de estas ayudas. Entre otros se incluirá  
un informe del IP del proyecto dentro del que se desa-  
rrollará la actividad investigadora. La CI-US realizará  
una convocatoria pública para la selección de candidatos  
para cada uno de los proyectos seleccionados.  
II.4. CO-FINANCIACIÓN DE CONTRATOS-PUENTE  
POSTDOCTORALES.  
Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato  
predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos  
recogidos en el artículo 21 de la Ley CTI. Los contra-  
tados tendrán la consideración de personal investigador  
predoctoral en formación.  
Acción dirigida a servir de enlace entre la etapa predoc-  
toral y post-doctoral, procurando la continuidad de la  
relación entre la US y los investigadores que hayan com-  
pletado su etapa predoctoral, para facilitar su incorpo-  
ración a programas de perfeccionamiento post-doctoral.  
Se evita así interrupciones de la labor investigadora y se  
permite mantener la vinculación con el Grupo de Investi-  
gación de la US hasta que se resuelvan las convocatorias  
de formación post-doctoral.  
Este programa de ayudas a la formación del personal in-  
vestigador será inscrito en el Registro general de progra-  
mas de ayudas a la investigación y quedará sujeto a lo  
regulado en el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero, por  
el que se aprueba el Estatuto del PIF.  
El objetivo es contratar doctores con curricula vitae com-  
petitivos en las diferentes convocatorias de programas  
de perfeccionamiento de doctores.  
Las personas beneficiarias de esta ayuda gozarán de to-  
dos los derechos y tendrán los deberes, que le sean de  
1
6
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
Sólo se concederá una ayuda anual por grupo de inves-  
tigación, y un investigador sólo dispondrá de esta ayuda  
por una única vez.  
tranjero de reconocida solvencia para realizar una estan-  
cia post-doctoral.  
4
) Haber participado, o comprometerse a hacerlo, en las  
Los doctores contratados por esta modalidad podrán pres-  
tar colaboraciones docentes hasta un máximo semestral de  
convocatorias de ayudas específicas para estancias post-  
doctorales por una duración no inferior a un año, al me-  
nos desde la aceptación de la ayuda y durante el período  
de disfrute de la misma.  
3
0 horas La docencia impartida por el beneficiario de esta  
ayuda se retraerá, salvo acuerdo en contrario, de la carga  
docente de los miembros del Grupo de Investigación per-  
tenecientes al Departamento que acoge al beneficiario.  
A la firma del contrato, deben cumplirse todos los requi-  
sitos expuestos anteriormente.  
Este contrato no generará obligaciones contractuales con  
la US, y será incompatible con otras ayudas financiadas  
con otros fondos públicos o privados, así como con suel-  
dos o salarios que impliquen vinculación contractual o  
estatutaria del beneficiario.  
Documentación.  
a) Certificado acreditativo del Título de Doctor o de  
defensa de la Tesis Doctoral.  
b) Curriculum vitae del solicitante.  
Número de ayudas.  
c) Documento de aceptación del solicitante tanto por el  
Grupo de investigación como por el Departamento.  
En cada convocatoria anual del VPPI-US se dotarán 20  
ayudas, a distribuir en razón de 4 por cada una de las ramas  
científicas establecidas por la CI-US, que determinará un  
umbral mínimo de puntuación para el acceso a esta ayuda.  
c) Documento de aceptación en el centro de investi-  
gación para estancia no inferior a 12 meses.  
d) Copias de las solicitudes de ayudas presentadas  
para realizar estancias postdoctorales, o compromi-  
sos de participación en próximas convocatorias.  
Condiciones del contrato-puente.  
Estos contratos – puente se realizarán bajo la modali-  
dad de contrato para el desarrollo de un proyecto de in-  
vestigación, con una duración máxima de 6 meses. De  
manera excepcional el contrato se podrá prorrogar otros  
e) Memoria de actividades a realizar durante la vi-  
gencia del contrato, con indicación expresa de las  
actividades encaminadas a difundir los resultados de  
su Tesis Doctoral.  
6
meses más por el mismo importe condicionado al in-  
forme favorable de la CI-US. Este informe se emitirá en  
función de la memoria final de actividades presentada  
por el beneficiario de la ayuda. Para la renovación excep-  
cional deberán acreditarse resultados de investigación  
que conduzcan a publicaciones de carácter internacional  
o patentes acreditadas a la US.  
Criterios para la asignación de las ayudas.  
La CI-US valorará las solicitudes presentadas, admitién-  
dose sólo los méritos acreditados documentalmente. Los  
méritos científicos que se contemplarán como principales  
criterios de selección estarán referidos a la calidad cien-  
tífica (índices de impacto y/o parámetros bibliométricos  
oficiales) de los trabajos presentados por los candidatos.  
El VPPI-US co-financiará el 50 % del coste del contrato,  
quedando la financiación restante a cargo de un grupo o  
proyecto de investigación.  
Una vez concedida la ayuda, el contrato se formalizará  
cuando esté disponible en el centro de gasto correspon-  
diente el 50 % del importe del contrato - puente.  
Obligaciones de los beneficiarios.  
Incorporarse al centro receptor en el plazo de un  
mes desde la firma del contrato, salvo que cuente con  
autorización oficial de desplazamiento.  
Los beneficiarios percibirán una dotación mensual de  
1
.200 €, incluida la parte proporcional de las pagas  
Presentar, al finalizar el contrato de los 6 prime-  
extraordinarias.  
ros meses, memoria final de actividades, acompaña-  
da con la valoración del responsable del grupo de  
investigación y de toda aquella documentación que  
estime oportuna para obtener la prórroga de carácter  
extraordinario si se solicita.  
Requisitos de los solicitantes.  
1
) Haber disfrutado íntegramente los 4 años de beca/con-  
trato predoctoral en la US.  
2
) Haber defendido la Tesis Doctoral en la US como  
Presentar memoria final si se ha accedido a la pró-  
máximo 6 meses antes de la apertura del plazo de solici-  
tud. Las solicitudes podrán hacerse hasta 5 meses antes  
de finalizar el período predoctoral, aunque el beneficia-  
rio deberá estar en posesión del título de Doctor antes de  
la firma del contrato – puente.  
rroga extraordinaria de 6 meses.  
II.5. CONTRATOS DE ACCESO AL SISTEMA ESPA-  
ÑOL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN  
PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PROPIO  
DE I+D+i DE LA US.  
3) Haber sido admitido en un centro de investigación ex-  
1
7
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
Esta acción va dirigida a posibilitar que investigadores  
que estén en posesión del título de Doctor o equivalente  
puedan participar en el desarrollo del programa de I+D+i  
de la US. El trabajo a desarrollar consistirá primordial-  
mente en realizar tareas de investigación orientadas a la  
obtención, por el personal investigador, de un elevado ni-  
vel de perfeccionamiento y especialización profesional.  
establecerá una puntuación mínima para que el contrato  
se lleve a cabo.  
Duración del contrato.  
El contrato, de duración determinada con dedicación a  
tiempo completo, tendrá una duración de un año, prorro-  
gable por períodos anuales hasta un máximo de 4 años.  
En ningún caso las prórrogas pueden tener una duración  
inferior al año. Las situaciones de incapacidad temporal,  
riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o aco-  
gimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, sus-  
penderán el cómputo de la duración del contrato.  
La solicitud de estas ayudas la realizarán los Departa-  
mentos e Institutos de Investigación de la US que acredi-  
ten adecuada producción científica y capacidad formati-  
va investigadora. Una vez asignados los Departamentos  
beneficiarios, la selección de los candidatos a contratar  
correrá a cargo de la CI-US.  
Las prórrogas se otorgarán tras la evaluación de los re-  
sultados presentados en las memorias anuales de segui-  
miento. En las bases de la convocatoria, la CI-US esta-  
blecerá y publicará los indicadores de seguimiento para  
estas evaluaciones anuales.  
Dotación de contratos y cuantía.  
El número de contratos a dotar en cada convocatoria del  
VPPI-US se ajustará a disponibilidades presupuestarias.  
A lo largo de 2013 será de 15, a distribuir entre las cinco  
ramas científicas establecidas por la CI-US, que estable-  
cerá y publicará unos criterios mínimos de puntuación  
para asignar estos contratos.  
Participación en la docencia.  
El personal investigador que sea contratado por esta  
modalidad podrá prestar colaboraciones complementa-  
rias en tareas docentes relacionadas con la actividad de  
investigación propuesta, hasta un máximo de 80 horas  
anuales, previo acuerdo con el Departamento implicado,  
con la aprobación del Vicerrectorado de Investigación y  
con sometimiento a la normativa vigente de incompati-  
bilidades del personal al servicio de las Administracio-  
nes Públicas.  
Si alguna de las ramas no contara con candidatos sufi-  
cientes para cubrir las plazas que le corresponden, las  
vacantes podrán reasignarse al resto de las ramas en fun-  
ción de la puntuación alcanzada por los solicitantes.  
Ningún Departamento o Instituto podrá tener más de 1  
contrato en activo por esta modalidad durante el V Plan  
Propio.  
II.6. CO-FINANCIACIÓN DE CONTRATOS DE TÉC-  
NICOS DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN.  
Durante la vigencia del VPPI-US, el número de plazas a  
dotar cada año podrá modificarse por el Consejo de Go-  
bierno en razón de las disponibilidades presupuestarias.  
El objeto de esta acción es complementar, con cargo a las  
dotaciones del VPPI, la subvención concedida en convo-  
catorias públicas de aquellos programas que requieran co-  
financiación para la contratación de técnicos de investiga-  
ción adscritos a proyectos de investigación, a los Servicios  
Generales de Investigación y a la OTRI, y a los Departa-  
mentos e Institutos Universitarios de Investigación.  
La cuantía de cada contrato será de 32.000 € anuales, a  
repartir entre 14 mensualidades.  
Criterios para la asignación de contratos a los Depar-  
tamentos o Institutos.  
Se valorarán tanto (i) la producción científica y la cap-  
tación de financiación de los Departamentos e Institu-  
tos Universitarios como (ii) su capacidad formativa en  
función del número de becarios de investigación y Tesis  
Doctorales presentadas en un periodo de tres años ante-  
riores a la convocatoria de contratos.  
Dotación y cuantía de las ayudas.  
Para el primer año de vigencia del VPPI–US se destinará  
una dotación global de 120.000 € con la que se co-finan-  
ciará el coste anual de hasta 14 contratos de técnicos de  
investigación.  
La CI-US publicará los baremos para estas asignaciones  
y la puntuación mínima para la dotación del contrato.  
En sucesivos ejercicios, la dotación de esta acción podrá  
incrementarse con los remanentes del ejercicio anterior,  
si los hubiere, o con nuevas aportaciones que cubrirían  
la co-financiación de la renovación de los contratos ya  
formalizados, o de los que se adjudiquen en nuevas con-  
vocatorias públicas.  
Selección de los candidatos.  
La selección del personal a contratar por esta modalidad  
la llevará a cabo la CI-US. Para ello, la CI-US elaborará  
y publicará los criterios para la selección de los doctores  
candidatos a estos contratos. En todo caso, los candida-  
tos habrán de acreditar estancias en centros de investi-  
gación de prestigio internacional por un período total no  
inferior a 6 meses, y su curriculum vitae investigador  
será el criterio fundamental para su selección. La CI-US  
Criterios de adjudicación de la co-financiación.  
La CI-US, a la vista de la resolución favorable de las con-  
vocatorias públicas de subvención de contratos de técni-  
cos de investigación y teniendo en cuenta las disponibili-  
dades presupuestarias, asignará las ayudas de co-financia-  
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BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
ción hasta un máximo del 25 % del coste de cada contrato  
asociados a proyectos de Investigación de convocatorias  
competitivas y Servicios Generales de Investigación, Ins-  
titutos Universitarios de Investigación y OTRI.  
2) Máximo de cuatro puntos por las actividades de inves-  
tigación desarrolladas por los solicitantes en los últimos  
diez años.  
3) Hasta tres puntos por la valoración del programade inves-  
II.7. LICENCIAS ANUALES PARA INVESTIGACIÓN.  
tigación a realizar por el solicitante durante su licencia de in-  
vestigación, en el que han de indicarse los hitos del mismo.  
Esta acción va orientada a favorecer la dedicación inten-  
siva a la investigación y la movilidad de aquellos profe-  
sores que, cumpliendo los requisitos exigidos, presenten  
un proyecto investigador a realizar en un centro de reco-  
nocido prestigio durante un curso académico.  
4) Máximo de tres puntos por el prestigio de la Univer-  
sidad o Centro de Investigación y su adecuación al pro-  
grama que se ejecutará durante la licencia, así como a la  
duración total de la o de las estancias.  
Dotación de las licencias.  
5) Cuando dos o más solicitudes obtengan la misma  
puntuación, la licencia se adjudicará al profesor que más  
años de servicio activo tenga en la US.  
Se concederán anualmente 10 licencias, 2 por cada una  
de las ramas científicas establecidas por la CI-US. La  
concesión de la licencia no supondrá merma alguna de  
los haberes percibidos por los profesores seleccionados.  
6) No podrá concederse más de una licencia por Depar-  
tamento en la misma convocatoria.  
Los Departamentos a los que pertenezcan los adjudica-  
tarios de la licencia podrán solicitar la contratación, du-  
rante el curso académico de disfrute de la licencia, de un  
sustituto de acuerdo a la normativa vigente en el momen-  
to de la resolución. Dicha solicitud deberá presentarse  
motivando la necesidad de la dotación para cubrir la do-  
cencia del beneficiario de la licencia anual.  
7) La CI-US establecerá una puntuación mínima que  
permita la obtención de la licencia.  
LÍNEA ESTRATÉGICA III. DIVULGACIÓN Y DI-  
FUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA  
III.1. AYUDAS PARA REALIZAR CONGRESOS Y  
REUNIONES CIENTÍFICAS CON PROYECCIÓN  
INTERNACIONAL.  
Requisitos de los solicitantes.  
Con el objetivo de fomentar y colaborar a la difusión y  
al intercambio de resultados de la investigación científi-  
ca en el ámbito internacional, el VPPI-US contempla la  
concesión de ayudas para realizar congresos y reunio-  
nes científicas de carácter internacional en cuya organi-  
zación participen investigadores de la US y se realicen  
dentro del ámbito de la misma.  
1
) Ser profesor doctor de la US, con dedicación a tiempo  
completo.  
2
) Haber cumplido un mínimo de quince años de servi-  
cio activo como profesor en la US.  
3
) Haber desempeñado docencia e investigación de for-  
ma continuada durante los seis cursos académicos ante-  
riores al del disfrute de la licencia.  
Sólo serán admisibles aquellas actividades que, cum-  
pliendo las bases de la convocatoria, contribuyan a la di-  
fusión y al intercambio de resultados de la investigación  
científica, quedando excluidas las destinadas a comple-  
mentar o reforzar la actividad docente y las que tengan  
por objeto la difusión cultural.  
4
) Tener concedidos, al menos, dos tramos de investi-  
gación por la CNEAI. Se valorará que el último tramo  
concedido sea “vivo”.  
5) No haber disfrutado, por el procedimiento establecido  
en el art. 80.3 del Estatuto de la US, de un periodo de  
licencia septenal en los doce cursos anteriores al del dis-  
frute de la licencia para investigación.  
La dotación presupuestaria para esta acción será de  
9
0.000 € por año y las ayudas por actividad no podrán  
rebasar la cantidad de 2.500 €. Excepcionalmente, la  
CI-US podrá incrementar la ayuda hasta un máximo de  
6) No haber sido objeto de sanción por expediente disci-  
4
.000 € para aquellas actividades de especial relevancia.  
plinario incoado por la US.  
Se remitirá al Servicio de Gestión de Investigación, den-  
tro de los plazos establecidos en cada convocatoria, la  
justificación científica y económica de la ayuda concedi-  
da para su evaluación por la CI-US.  
7
) Proponer una o varias estancias, con aceptación ex-  
presa del o de los centros de acogida, que supongan una  
permanencia total de, al menos, cuatro meses.  
Valoración de las solicitudes y adjudicación de licencias.  
III.2. AYUDAS PARAACTIVIDADES DE DIVULGA-  
CIÓN CIENTÍFICA.  
Las solicitudes serán valoradas por la CI-US, que eleva-  
rá al Sr. Rector una propuesta de concesión, aplicando  
los siguientes criterios:  
Con estas ayudas se pretende promover, mediante su fi-  
nanciación, la realización de actividades de divulgación  
científica orientadas al fomento de la cultura científica y  
tecnológica de la sociedad y a promocionar el interés de  
1) Cinco puntos por cada tramo de investigación  
1
9
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma prefe-  
rente, serán objeto de esta acción la realización de accio-  
nes que además tiendan a promocionar en la sociedad las  
actividades científicas y tecnológicas de la US.  
Con este premio a la divulgación científica se pretende  
promover, fuera de los ámbitos estrictamente académicos  
e investigadores, la difusión del conocimiento científico  
y los resultados de la investigación realizada en la US.  
Consistirá en la publicación anual de una obra que reúna  
los máximos niveles de calidad y capacidad divulgativa.  
Requisitos de los beneficiarios.  
Los equipos de trabajo que soliciten estas ayudas de-  
berán estar dirigidos por un profesor doctor en activo a  
tiempo completo de la US.  
Dotación.  
El Premio Universidad de Sevilla de Divulgación Cien-  
tífica será dotado con la cantidad de 6.000 €, además de  
la edición y publicación de la obra seleccionada por el  
Secretariado de Publicaciones de la US.  
Criterios de concesión.  
Para la resolución de esta convocatoria se valorará la ca-  
lidad y viabilidad de la actividad que se pretende realizar  
en relación con los objetivos de la convocatoria.  
La selección de las obras que concurran al concurso y se  
adapten a lo establecido en las bases de la convocatoria,  
será realizada por un jurado de especialistas, tanto aca-  
démicos como no académicos, designados por la CI-US.  
Además de la publicación de la obra premiada, el jurado  
podrá proponer la publicación de uno o varios accésit  
honoríficos y su incorporación al Catálogo de Divulga-  
ción Científica de la US.  
Dotación.  
La dotación anual será de 60.000 €, cantidad que se podrá  
incrementar con remanentes de años anteriores cuando los  
hubiere. Se concederán ayudas por un máximo de 4.000 €.  
Obligaciones de los beneficiarios.  
Ser beneficiario de este premio se considerará como un  
indicador positivo a efectos de evaluación para los in-  
centivos de investigación contemplados en el VPPI-US.  
El beneficiario de esta ayuda remitirá, dentro de los pla-  
zos establecidos en cada convocatoria, la justificación  
científica y económica de la ayuda concedida para su  
evaluación por la CI-US.  
III.5. AYUDAS A LA PROMOCIÓN DE PATENTES Y  
OTROS TÍTULOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.  
Asimismo, se compromete a publicitar convenientemen-  
te la ayuda recibida del VPPI-US.  
Los objetivos de esta acción son:  
Ofertar la cartera de patentes de la US al sector  
III.3. AYUDAS PARA LA PUBLICACIÓN DE TRA-  
BAJOS DE DIVULGACIÓN CIENTÍFICA.  
empresarial mediante la asistencia del investigador  
responsable a encuentros bilaterales de transferencia  
de los resultados de investigación protegidos (cuya  
titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que  
haya sido gestionada por la OTRI) a terceros, junto  
con la presencia de personal técnico de la OTRI.  
El objeto de esta acción es la publicación, por elSecretaria-  
do de Publicaciones de la US, de trabajos de divulgación  
científica derivada de la actividad de los investigadores  
de nuestra Universidad. Las obras seleccionadas formarán  
parte del catálogo de Divulgación Científica de la US.  
Elaborar material divulgativo que contribuya a la  
Dotación.  
promoción de las patentes propiedad de la US.  
Las ayudas cubrirán el presupuesto de edición de un  
máximo de 5 obras por cada ejercicio de vigencia del  
VPPI-US.  
Solicitantes.  
El PDI con vinculación contractual con la US y que apa-  
rezca como inventor de un resultado de investigación  
protegido por la OTRI de la US.  
Proceso de selección.  
La CI-US procederá a evaluar las obras, aplicando los  
requisitos y condiciones establecidos en las bases de la  
convocatoria. Se valorará la capacidad de las obras para  
hacer llegar el conocimiento científico al público no es-  
pecializado en un tema específico, pero con interés en  
conocer sobre el mismo. No se aceptarán ni Tesis Docto-  
rales ni monografías especializadas.  
Criterios de concesión.  
1
) Estar la solicitud de patente admitida a trámite por la  
Oficina Española de Patentes y Marcas.  
2
) Características de los encuentros e identificación de  
los asistentes.  
Para adoptar su decisión, la CI-US podrá recurrir a la  
evaluación de los trabajos por especialistas externos a la  
propia Comisión.  
Dotación.  
La dotación anual será de 60.000 €, cantidad que se po-  
drá incrementar con remanentes de años anteriores cuan-  
do los hubiere. Se concederán ayudas para:  
III.4. PREMIO UNIVERSIDAD DE SEVILLA A LA  
DIVULGACIÓN CIENTÍFICA.  
2
0
BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
Gastos de viajes y dietas asociados a la asistencia  
Las candidaturas deberán ser presentadas por uno de los  
autores, con la autorización expresa de los co-autores, si  
los hubiera.  
al encuentro con un máximo de dos encuentros por  
patente ofertada y por año.  
Costes de elaboración del material divulgativo sin  
Las aportaciones presentadas se someterán a evaluación  
por parte de una comisión externa designada por la CI-  
US, formado por especialistas tanto del ámbito académi-  
co como no académico.  
superar un máximo de 3.000 € por patente.  
III.6. PREMIOS FAMA-UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
A LA TRAYECTORIA INVESTIGADORA.  
El premio consistirá en un reconocimiento en un acto  
solemne y público presidido por el Rector de la US.  
El objetivo de estos premios es reconocer y divulgar los  
méritos acumulados por los profesores durante una trayec-  
toria investigadora de excelencia desarrollada en la US.  
Ser beneficiario de este premio se considerará como un  
indicador positivo a efectos de evaluación para los in-  
centivos de investigación contemplados en el VPPI-US.  
Requisitos de los candidatos.  
LÍNEA ESTRATÉGICA IV. APOYO A ACCIONES  
ESTRATÉGICAS DE INVESTIGACIÓN  
Ser PDI de la US, en activo o emérito, y haber desarro-  
llado en dicha institución la mayor parte de la trayectoria  
investigadora que se premia. La convocatoria del premio  
podrá establecer otros requisitos adicionales, de acuerdo  
con lo que determine el modelo de la misma, que será  
elaborado por la CI-US.  
IV.1. AYUDAA LA PREPARACIÓN DE PROYECTOS  
DE INVESTIGACIÓN EN A-TECH.  
Acción específica destinada al PDI o grupos de inves-  
tigación de la US para fomentar la elaboración y pre-  
sentación de proyectos de investigación a las distintas  
convocatorias públicas internacionales por medio de  
consorcios con otros grupos de investigación de la Uni-  
versidad de Málaga.  
Dotación del Premio.  
Entrega por el Rector, en acto solemne, de la mención  
honorífica y de una reproducción de la estatua FAMA.  
Selección de candidatos.  
Estas ayudas se destinarán a atender los gastos iniciales de  
elaboración y formalización de la solicitud de proyectos.  
Las distintas candidaturas se someterán a la evaluación  
de un jurado propuesto por el Sr. Rector Magnífico de la  
US, que propondrá la concesión de un máximo de cinco  
distinciones anuales (una por cada rama del conocimien-  
to de las establecidas por la CI-US).  
El consorcio formado que solicite estas ayudas con arre-  
glo a lo establecido en las bases de la convocatoria, de-  
berá comprometerse a presentar el proyecto propuesto a  
la siguiente convocatoria del correspondiente programa  
de I+D+i.  
Ser beneficiario del premio FAMA se considerará como  
un indicador positivo a efectos de evaluación para los in-  
centivos de investigación contemplados en el VPPI-US.  
El equipo de investigación propuesto para la ejecución  
del proyecto deberá contar con un mínimo de 2 grupos  
de investigación (uno de la US y otro de la UMA). Entre  
ambos, deberán contar con no menos de 8 doctores, in-  
cluido el investigador principal (IP) de la propuesta.  
III.7. PREMIO UNIVERSIDAD DE SEVILLA A  
TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN DE ESPECIAL  
RELEVANCIA.  
El objetivo de este premio es reconocer a los investiga-  
dores de la US autores de trabajos de investigación que  
hayan tenido una relevancia especial a nivel internacio-  
nal. Se otorgará 1 premio por cada una de las 5 ramas de  
conocimiento establecidas por la CI-US.  
La solicitud se realizará de forma paralela ante los 2 Pla-  
nes Propios de Investigación de las Universidades de Se-  
villa y Málaga.  
Criterios de concesión.  
Para la resolución de esta convocatoria se valorará la ca-  
lidad y viabilidad del proyecto presentado, el enfoque in-  
terdisciplinar del equipo internacional y la composición  
del equipo de investigación que conforma el consorcio,  
así como la financiación previa obtenida por los grupos  
de investigación participantes. Se valorará también el  
interés manifestado por el sector empresarial en la pro-  
puesta de investigación.  
Los candidatos deberán aportar los índices de impacto  
y parámetros bibliométricos que determinen la calidad  
y la excelencia de las aportaciones presentadas, usando  
como indicios objetivos de calidad principalmente los  
datos publicados por el ISI. Se valorará el porcentaje e  
importancia de la participación de los investigadores de  
la US en la autoría del trabajo.  
Los trabajos de investigación que se presenten a este pre-  
mio deberán haberse publicado en un periodo de tiempo  
no superior a 3 años previos a cada convocatoria anual  
del VPPI-US.  
La resolución debe ser positiva tanto en la US como en  
la UMA y se hará efectiva en la Universidad a la que  
pertenezca el IP de la propuesta presentada.  
2
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BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
Dotación y cuantía.  
tariedad entre los equipos de investigación, número de  
grupos participantes, etc.  
La dotación anual para esta acción será de 30.000 €, pu-  
diéndose incrementar con remanentes de años anteriores,  
si los hubiere. La subvención máxima por proyecto será  
de 3.000 €; la cantidad concedida será cofinanciada de  
forma proporcional entre ambas Universidades en función  
del número de doctores que aporte cada una al consorcio.  
5) Financiación aportada por los equipos copartícipes.  
6
)Adecuacióndelosobjetivosdelaacciónalasnecesidades  
de proyección internacional de la Universidad de Sevilla.  
Obligaciones.  
Abono de la ayuda.  
Se deberá llevar a cabo la acción prevista en las condi-  
ciones establecidas y presentar, en el plazo de un mes  
desde la realización de la acción, una breve memoria  
explicativa de la labor efectuada y los pertinentes jus-  
tificantes económicos. La no realización de la actividad  
supondrá el reembolso de la ayuda concedida.  
El 50 % de la ayuda será abonado en el momento de la  
concesión y el resto una vez que se justifique la presen-  
tación del proyecto en alguna de las convocatorias esta-  
blecidas anteriormente. La no presentación del proyecto  
y su aceptación para evaluación supondrá la devolución  
de la ayuda percibida  
IV.3. AYUDAS A ACTIVIDADES DE INVESTIGA-  
CIÓN DE GRUPOS EMERGENTES.  
IV.2. ACCIONES ESPECIALES DE INTERNACIO-  
NALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN.  
Esta acción está destinada específicamente a ayudar a  
los grupos de investigación de la US de nueva creación  
reconocido por el PAIDI que demuestren tener una tra-  
yectoria investigadora relevante de acuerdo con la pun-  
tuación PAIDI obtenida.  
Además de las líneas de actuación destinadas a internacio-  
nalizar la actividad investigadora de la US por medio de  
ayudas para elaborar proyectos internacionales, movilidad  
de carácter internacional y actuaciones para difundir los  
resultados de la investigación a nivel internacional, me-  
diante esta acción especial se pretende fomentar el estable-  
cimiento de nuevas relaciones y el inicio de colaboración  
entre equipos de investigación de la US e investigadores  
de otros países, co-financiando actividades que ayuden a  
establecer consorcios internacionales fuertemente compe-  
titivos, orientados a la presentación de propuestas de in-  
vestigación en convocatorias internacionales.  
Requisitos.  
1) El Grupo de Investigación debe estar registrado en el  
PAIDI con no más de dos años de antelación previo a la  
solicitud de la ayuda.  
2
) El Investigador responsable del Grupo de Investiga-  
ción debe pertenecer a la US, y no haber sido responsa-  
ble de ningún Grupo registrado en el PAIDI.  
Dotación y cuantía.  
3
)Al menos el 60 % de los componentes del grupo deben  
Durante la vigencia del VPPI-US se dotarán anualmente  
hasta 20 ayudas (4 por cada una de las ramas de conoci-  
miento establecidas por la CI-US) con una cuantía máxi-  
ma de 2.000 €, para co-financiar viajes y dietas del PDI de  
la US que participe en la actividad, quedando excluidos  
los gastos de los equipos de investigadores extranjeros.  
ser miembros de la Universidad de Sevilla  
Criterios de concesión.  
La CI-US establecerá los criterios adecuados que permi-  
tan determinar la relevancia y continuidad de la actividad  
investigadora de los Grupos de Investigación solicitantes.  
Sólo habrá una ayuda por grupo de investigación y año.  
Se concederá una única ayuda por grupo de investiga-  
ción durante la vigencia del VPPI-US.  
Requisitos.  
Dotación.  
El equipo deberá estar compuesto por un mínimo de tres  
doctores de la US con dedicación a tiempo completo,  
incluyendo el IP.  
La dotación anual será de 30.000 €, cantidad que se podrá  
incrementar con remanentes de años anteriores cuando los  
hubiere. Se concederán ayudas por un máximo de 3.000 €.  
Criterios de selección.  
Se destinará a ayudar a financiar los gastos elegibles que  
permitan las ayudas similares concedidas por la Junta de  
Andalucía a grupos PAIDI.  
Se valorarán los siguientes aspectos:  
1) Calidad científica, viabilidad e interés de la propuesta.  
2
) Actividad investigadora desarrollada por el equipo de  
Condiciones de los beneficiarios.  
la US.  
Los beneficiarios de la ayuda se comprometen a:  
3) Calidad y prestigio de los equipos de investigación  
1
) Presentar una memoria anual de actividades que hará  
extranjero.  
referencia a los objetivos planteados en la petición, que  
deberán incluir resultados mensurables.  
4) Calidad del consorcio entendida como complemen-  
2
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BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
2
) Permanecer en el catálogo de grupos de investigación  
Durante la vigencia del VPPI-US, los porcentajes ante-  
riores relativos a los overheads podrán ser modificados  
en función de la disponibilidad presupuestaria.  
del PAIDI durante la vigencia del VPPI-US.  
3) Presentar proyectos de investigación en convocatorias  
oficiales.  
Si se interrumpiera o suspendiera el sistema de puntua-  
ción PAIDI, los criterios de asignación de estas ayudas  
serán fijados por la CI-US.  
IV.4. AYUDA SUPLEMENTARIA A GRUPOS DE IN-  
VESTIGACIÓN ENCUMPLIMIENTODELCONTRA-  
TO - PROGRAMAENTRE LACONSEJERÍADE ECO-  
NOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO (CEI-  
CE) Y LA US, PARA SU FINANCIACIÓN ANUAL.  
IV.5. CONTRATOS PREDOCTORALES O DE PIF  
PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PRO-  
PIO DE I+D+i DE LA US EN ÁREAS DE ESPECIAL  
ATENCIÓN.  
Acción específica dirigida a recompensar al PDI de los  
Grupos de Investigación de la US que contribuyen de  
manera activa al cumplimiento del Contrato-Programa  
entre la CEICE y la US.  
Esta acción tiene como objetivo fomentar la formación y  
capacitación investigadora de titulados superiores con la  
realización de una Tesis Doctoral en el seno de un Depar-  
tamento de la US para atender necesidades investigado-  
ras de interés estratégico para la Universidad de Sevilla.  
La tesis se deberá realizar bajo la dirección de alguno de  
los doctores pertenecientes a dicho Departamento.  
La ayuda se aplicará en función de la evolución de los indi-  
cadores de productividad científica de los Grupos de Inves-  
tigación reconocidos por el PAIDI, del número de Proyec-  
tos de Investigación y de la cuantía concedida en el último  
año. Y consistirá en la puesta a disposición de los IP de  
proyectos del Plan Nacional de una cierta fracción de los  
overheads del proyecto conseguido en cada convocatoria.  
Para cada anualidad del VPPI se dotarán 10 ayudas que  
se distribuirán entre las áreas de conocimiento y Depar-  
tamentos que la CI-US establezca para el curso en el que  
se realiza la convocatoria. Sólo se dotará 1 ayuda por  
Departamento durante la vigencia del VPPI-US.  
Se aplicará de la siguiente manera:  
a) Con carácter general los IP de proyectos del Plan  
Nacional de I+D+i que se presenten a esta convocato-  
ria, podrán obtener previa solitud hasta el 10 % de los  
overheads del proyecto, siempre que hayan manteni-  
do, como mínimo, su anterior puntuación del PAIDI.  
Todo lo referente a esta acción, tanto en lo relativo a la con-  
vocatoria, duración del contrato, dotación y cuantía de es-  
tas ayudas, así como las obligaciones de lo beneficiarios y  
el ámbito de aplicación, serán equivalentes a las ayudas del  
apartado II.2 del presente Plan Propio de Investigación.  
b) Aquellos IP de proyectos del Plan Nacional de  
I+D+i que pertenezcan a grupos cuya puntuación  
esté por encima de la media anual de su rama cientí-  
fica en la US, podrán obtener previa solicitud hasta  
el 20 % de los overheads de su proyecto, para aten-  
der a gastos no elegibles derivados de su actividad  
investigadora, siempre que hayan mantenido, como  
mínimo, su anterior puntuación del PAIDI.  
Los Departamentos beneficiarios de contratos predocto-  
rales PIF del VPPI-US (acción II.2) no podrán ser bene-  
ficiarios de esta acción.  
IV.6. REPARACIÓN Y VALIDACIÓN DE MATERIAL  
CIENTÍFICO.  
Esta acción está destinada a ayudar en la reparación y  
validación de equipos y material científico de los grupos  
de investigación, Departamentos, Institutos y Centros de  
Investigación de la US.  
c) Aquellos IP de proyectos del Plan Nacional de  
I+D+i que pertenezcan a grupos cuya puntuación  
esté comprendida entre 28 y 32, podrán obtener pre-  
via solicitud hasta el 30 % de los overheads de su  
proyecto, para atender a gastos no elegibles deriva-  
dos de su actividad investigadora.  
Las solicitudes, presentadas por los responsables de los  
grupos de investigación, Directores de Departamentos e  
Institutos Universitarios de la US, deberán venir acom-  
pañadas de una memoria explicativa de la necesitad de  
llevar a cabo la reparación o validación, así como de la  
factura pro-forma de la misma.  
Así mismo, los miembros de los grupos beneficiarios de  
estas ayudas, sean doctores o no, contarán con una pun-  
tuación adicional para todas las convocatorias de tipo  
individual de este VPPI-US en las que participen. En tér-  
minos relativos, esta puntuación será siempre: para los  
miembros de los grupos del apartado C, el doble de la que  
se asigne a los miembros de grupos del apartado B, y para  
estos últimos, el doble de la que se asigne a los miembros  
de grupos del apartado A. La CI-US expresará en térmi-  
nos absolutos las diferentes puntuaciones a asignar a cada  
grupo en las bases de las distintas convocatorias.  
Los beneficiarios deberán llevar a cabo la reparación  
para la que han obtenido la ayuda según el presupuesto  
presentado, y remitir, en el plazo de un mes después de  
efectuada la reparación, copia de los correspondientes  
justificantes económicos.  
Se destinará una dotación anual de 40.000 €, no pudién-  
dose superar la cantidad de 4.000 € al año por grupo de  
investigación, Departamento, Instituto y Centro de In-  
vestigación de la US.  
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BOUS núm. 6, de 23 de noviembre de 2012  
IV.7. ACCIONES ESPECIALES.  
Acuerdo 11/CG 25-10-12, por el que se aprueba el  
Convenio Tipo-Base de cooperación educativa para  
la realización de prácticas académicas externas.  
Estas ayudas están destinadas a cofinanciar determinadas  
actividades de investigación no incluidas en las modalida-  
des anteriores del presente VPPI pero que, a juicio de la  
CI-US, sean especialmente prioritarias y presenten un ca-  
rácter excepcional para la investigación de la US, contri-  
buyendo a aumentar su visibilidad internacional y mejorar  
el posicionamiento de la misma en los rankings y foros  
internacionales de interés estratégico para la Universidad.  
Acuerdo 11/CG 25-10-12, por el que de conformidad con  
el artículo 13.1.t) del EUS, se conviene, por asentimiento,  
aprobar el Convenio Tipo-Base de cooperación educativa  
para la realización de prácticas académicas externas, en  
los términos del documento que se anexa de modo que  
los Convenios futuros que sean idénticos a este Conve-  
nio-tipo Base se entenderán aprobados por el Consejo de  
Gobierno, dándose de ellos conocimiento al mismo.  
La dotación anual para esta acción será de 30.000 €.  
Podrán solicitar esta ayuda los profesores, grupos de  
investigación, consorcios de grupos, Departamentos o  
Institutos de la US. La solicitud deberá acompañarse de  
una memoria suficientemente detallada de la actividad a  
realizar, con indicación expresa del interés y de la viabi-  
lidad de la propuesta, así como de las necesidades econó-  
micas y presupuesto detallado de la actividad.  
La CI-US valorará las prioridades de las propuestas pre-  
sentadas, así como la cuantía de la ayuda, atendiendo  
fundamentalmente al interés científico e institucional de  
la propuesta y a las disponibilidades presupuestarias de  
cada anualidad de vigencia del VPPI-US.  
Los beneficiarios de esta acción deberán presentar, en los  
plazos estipulados en las convocatorias anuales, memo-  
ria justificativa tanto científica como económica de la ac-  
ción llevada a cabo, incluyendo resultados mensurables  
y especificando de forma detallada el impacto obtenido.  
FINANCIACIÓN  
Las acciones previstas en el presente Plan Propio de In-  
vestigación serán financiadas en función de las dispo-  
nibilidades presupuestarias existentes. A tal fin en los  
Presupuestos de la US de cada año se contemplarán las  
dotaciones necesarias. De forma subsidiaria y/o comple-  
mentaria podrán asignarse al Plan Propio de Investiga-  
ción recursos financieros externos.  
Cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan,  
se podrán ampliar, en función del incremento financiero,  
el número de ayudas y subvenciones de las diferentes  
acciones que este Plan contempla e incorporar nuevas  
acciones.  
DISPOSICIÓN FINAL  
El V Plan Propio de Investigación de la Universidad de  
Sevilla entrará en vigor tras su aprobación por el Conse-  
jo de Gobierno.  
La CI-US aprobará anualmente las bases reguladoras de  
las distintas convocatorias, que serán publicadas en el  
BOUS y en la página web del Vicerrectorado de Investi-  
gación, comunicándose a los Departamentos e Institutos  
de Investigación de la US.