Las universidades podrán excepcionalmente establecer normativas específicas para que el alumnado acceda a un máster sin el TFG aprobado y a falta de un máximo de hasta 9 créditos
La Junta de Andalucía ha publicado el acuerdo alcanzado en la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía por el que se regula el procedimiento de admisión en los estudios de Máster Universitario de las universidades públicas andaluzas.
De este modo, las universidades podrán excepcionalmente establecer a partir de normativas específicas aprobadas por sus órganos de gobierno, procedimientos de matrícula condicionada para el acceso a un máster universitario, que permitan al estudiantado de grado que le reste por superar el Trabajo de Fin de Grado (TFG) y como máximo hasta 9 créditos ECTS el acceso y matrícula en un Máster Universitario.
No obstante, en ningún caso podrá obtener el título de máster si previamente no ha obtenido el título de grado. Además, las universidades deben garantizar la prioridad en la matrícula del estudiantado que disponga del título universitario oficial de grado. Sólo podrá solicitarse plaza en la última fase de admisión y sólo en los másteres que queden plazas libres vacantes. Por otra parte, no pueden solicitarse certificados académicos oficiales de los créditos de máster que se vayan aprobando hasta que se obtenga el título de grado.
El alumnado interesado en acogerse a esta novedad debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Podrá solicitar la admisión condicionada en estudios de máster universitario en las universidades públicas andaluzas el estudiantado de las universidades españolas al que, a la fecha de finalización del último plazo de preinscripción fijado por la Comisión Distrito Único Universitario de Andalucía (Fase 3), solo le reste por superar la acreditación de la competencia lingüística en idioma extranjero requerida, el TFG y un máximo de 9 créditos ECTS para obtener el título de grado.
2. A efectos del cómputo de créditos pendientes de superar para la obtención del título de grado, no se computarán como superados los créditos pendientes de reconocimiento a la fecha de finalización del plazo de preinscripción fijado por la Comisión Distrito Único Universitario de Andalucía.
3. Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, el estudiantado deberá aportar, en el procedimiento de preinscripción, certificación académica en la que conste el número de créditos que le resta para finalizar los estudios de grado, así como el justificante de matrícula en los créditos pendientes, en el mismo curso en el que solicita su admisión en los estudios de máster universitario.
4. Adicionalmente, deberá cumplir también los requisitos que se exijan específicamente en los estudios de máster universitario que desee cursar.
La información relativa a la admisión y matrícula condicionada se puede consultar aquí.