Excedencias y otras situaciones administrativas

El profesorado universitario funcionario puede encontrarse en las siguientes situaciones administrativas:

Servicio activo

Cuando se encuentran desempeñando las funciones propias de su condición de profesores de universidad.

Servicios Especiales

El profesorado pasa a esta situación, entre otras, cuando sean designados miembros del Gobierno o de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas, miembros de las Instituciones de la Unión Europea, cuando sean adscritos a los servicios del Tribunal Constitucional o del Defensor del Pueblo o destinados al Tribunal de Cuentas, cuando accedan a la condición de Diputado o Senador de las Cortes Generales, miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.

Se solicitará mediante el impreso correspondiente, adjuntando el nombramiento del cargo que vayan a desempeñar. Una vez cesen en el cargo deberán solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo de un mes. 

Excedencia por cuidado de familiares

Se distinguen entre excedencia por cuidado de hijos y excedencia por cuidado de un familiar a cargo del solicitante, con una duración máxima de tres años. 

Suspensión de funciones

Como consecuencia de una sanción, o en su caso de estar incurso en un procedimiento judicial.

Excedencia voluntaria por interés particular

Para solicitar la declaración de la situación de excedencia voluntaria por interés particular será preciso haber prestado servicios efectivos en cualquier Administración Pública, durante los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud. Su permanencia en esta situación no puede ser inferior a dos años (no existe un límite máximo).

El periodo de permanencia en esta situación administrativa no dará derecho al cómputo del tiempo a ningún efecto.
Los profesores que se encuentren en esta situación no tienen reserva de puesto de trabajo.

Por su parte los profesores universitarios con contrato laboral tendrán las siguientes situaciones administrativas:

Servicio activo

Cuando se encuentran desempeñando las funciones propias de su condición de profesores de universidad.

Excedencia especial

La excedencia especial podrá ser solicitada por el profesorado con contrato laboral en las mismas condiciones y con los mismos efectos que la normativa establece para la situación de servicios especiales del personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.

Excedencia por cuidado de familiares

Podrán ser solicitadas por el profesorado con contrato laboral en las mismas condiciones y con los mismos efectos que la normativa establece para dichas situaciones para el personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.

Suspensión especial del contrato.

El personal docente o investigador sujeto al I Convenio Colectivo del PDI laboral que lleve, como mínimo, dos años al servicio de la universidad podrá acordar con ésta una suspensión especial de contrato de una duración máxima de dos años. 

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