Acuerdo 10.5/CG 1-3-24, por el que se aprueba la modificación de la Normativa de dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla.

Acuerdo 10.5/CG 1-3-24, por el que de conformidad de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, se conviene, por asentimiento, aprobar la modificación de la Normativa de dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla, aprobada por Acuerdo 6.4/CG 30-5-19 y modificada por Acuerdo 6.1/CG 24-5-22, en los términos del documento que se anexa.

ANEXO

MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE DEDICACIÓN ACADÉMICA DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

La Normativa de dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla fue aprobada por el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo 6.4/CG 30-5-19, como culminación de las establecidas transitoriamente para el curso 2018/19 y anteriores, a su vez modificada por Acuerdo 6.1/CG 24-5-22, indica en el apartado 3 de su artículo 11 lo siguiente:

“El personal investigador de los programas Ramón y Cajal y otros contratos de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación tendrá una dedicación a la docencia presencial de hasta 80 horas anuales a petición propia, según lo dispuesto en el Art. 22, 1.e) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.”

Posteriormente, la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, introdujo modificaciones en las modalidades de contratación del personal investigador, así como en su régimen de dedicación a la actividad docente. En particular, conforme a la nueva redacción del artículo 22.1 f) El personal investigador que sea contratado al amparo de lo dispuesto en este artículo podrá realizar actividad docente hasta un máximo de cien horas anuales, previo acuerdo en su caso con el departamento implicado, con la aprobación de la entidad para la que presta servicios, y con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Por ello, con objeto de actualizar la actividad docente del personal investigador doctor a esta nueva regulación introducida por la citada Ley 17/2022, se acuerda lo siguiente:

Artículo 1. El apartado 3 del artículo 11 de la Normativa de dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 6.4/CG 30-5-19), que quedará redactado en los siguientes términos:

“El personal investigador de la Universidad de Sevilla, con contrato de acceso de personal investigador doctor al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación o contrato de investigador/a distinguido/a, podrá realizar actividad docente hasta un máximo de cien horas anuales, según lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.”

DISPOSICIONES FINALES

Primera.

La Secretaría General publicará en el BOUS la versión consolidada del texto de la Normativa de dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla, que integre la modificación establecida en la presente norma.

Segunda.

La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOUS.