Resolución rectoral, de 4 de diciembre de 2023, por la que se aprueba la modificación de la Normativa sobre Trabajos Fin de Grado de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación.

La Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios, aprobada mediante Acuerdo 4.1/CG 20-7-17, establece en su artículo 12.1 que los Centros de la Universidad de Sevilla, a través de sus Juntas de Centro, elaborarán una normativa interna que regule y desarrolle determinados aspectos relativos a la realización de los Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster de las distintas titulaciones que tengan adscritas.

Por otra parte, en su artículo 12.3 indica que las normativas internas aprobadas por las Juntas de Centro deberán ser trasladadas al Vicerrectorado de Ordenación Académica, que verificará su adecuación a la normativa general y que una vez informadas favorablemente serán aprobadas mediante Resolución Rectoral al efecto.

De conformidad con lo anterior, la Junta de Centro de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación aprobó el 16 de mayo de 2018 su normativa interna de Trabajos Fin de Grado aplicable a los títulos adscritos al Centro, que fue informada favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y aprobada por Resolución Rectoral de 30 de noviembre de 2018 (BOUS nº 11, 14-12-2018).

Posteriormente, en fecha 29 de marzo de 2023, la Junta de Centro de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación ha aprobado una modificación puntual de varios artículos de la Normativa que afecta principalmente a la gestión y presentación del TFG que, igualmente, ha sido analizada e informada favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica, por lo que este Rectorado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios antes indicada,

Ha resuelto:

Primero: Aprobar la modificación de la normativa de Trabajos Fin de Grado de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación que queda redactada en los términos que se contienen en el anexo.

Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS).

Sevilla, 4 de diciembre de 2023.

El Rector,

(D.F. 13/05/2021) La Vicerrectora de Ordenación Académica,

Cristina Yanes Cabrera.

ANEXO

NORMATIVA SOBRE TRABAJOS FIN DE GRADO DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA DE EDIFICACIÓN

ÍNDICE

1. Objeto

2. Ámbito de aplicación

3. Matriculación del Proyecto Fin de Grado

4. Adecuación del tema del Proyecto Fin de Grado a los créditos asignados

5. Desarrollo del Proyecto Fin de Grado

6. Tutor del Proyecto Fin de Grado

7. Comisiones Evaluadoras y tribunales de apelación

8. Comisiones Evaluadoras y Tribunales de Apelación

8. Entrega o depósito de los Proyectos Fin de Grado

9. Evaluación del Proyecto Fin de Grado

10. Calificación

11. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas

Disposición adicional primera

Disposición adicional segunda

Disposición adicional tercera

Disposición adicional cuarta

Disposición derogatoria única

Disposición final

Anexos. Relación de documentos relativos al Proyecto Fin de Grado

1. Objeto.

1. La presente normativa tiene por objeto establecer las bases y normas sobre la definición, adjudicación, presentación, calificación y tramitación administrativa de los trabajos realizados en la asignatura Proyecto Fin de Grado (en adelante PFG) correspondiente al Grado en Edificación de la Universidad de Sevilla, según el acuerdo 4.1/CG 20-7-17 por el que se aprueba la Normativa Reguladora de Trabajos Fin de Estudios de la Universidad de Sevilla.

2. El PFG requiere la realización por parte del estudiante y bajo la dirección de, al menos un profesor, de un proyecto, memoria, estudio o informe sobre un tema orientado a la evaluación de competencias asociadas al título.

3. El PFG podrá desarrollarse en el marco de un programa de movilidad, de un convenio de intercambio con otra universidad o de un convenio de colaboración con otra entidad.

2. Ámbito de aplicación.

La presente normativa será de aplicación a la asignatura de Proyecto Fin de Grado de la titulación Grado en Edificación impartida en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación (en adelante Centro) de la Universidad de Sevilla.

3. Matriculación del Proyecto Fin de Grado.

1. La matrícula del PFG se realizará en los plazos ordinarios previstos en el calendario académico de cada curso de la Universidad de Sevilla.

2. La asignatura PFG sólo podrá ser matriculada una vez que el estudiante haya superado, al menos, el setenta por ciento de los créditos totales del Grado en Edificación (excluidos los asociados al propio PFG).

4. Adecuación del tema del Proyecto Fin de Grado a los créditos asignados.

El tema asignado deberá posibilitar que el PFG sea completado por el estudiante de forma individual en los doce créditos ECTS que tiene asignada esta asignatura en el plan de estudios del Grado en Edificación.

5. Desarrollo del Proyecto Fin de Grado.

1. El Proyecto Fin de Grado del Grado en Edificación de la Universidad de Sevilla es una asignatura de doce créditos ECTS, organizada en grupos lectivos; las actividades formativas que conforman dichos créditos se recogerán en el programa docente de la asignatura, el cual se aprueba siguiendo las directrices del Vicerrectorado de Ordenación Académica.

2. El Subdirector de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación competente en la materia será el coordinador de la asignatura PFG del Grado en Edificación de la Universidad de Sevilla.

3. Para el desarrollo del PFG se pueden realizar asignaciones al profesorado individualizadas por estudiante u organizarse, dentro de un mismo grupo lectivo, grupos formativos de entre tres y seis tutelados, con uno o más tutores por grupo. En los grupos formativos los estudiantes podrán elaborar sus PFG sobre temáticas diferentes; aspectos diferentes dentro de una temática global común; un tema común desde diferentes o similares perspectivas. En este último caso, deberán determinarse por el tutor o tutores para cada grupo de tutelados, objetivos y tareas diferenciadas que permitan una evaluación individual e independiente; dichas evaluaciones individuales serán llevadas a cabo por una misma Comisión Evaluadora. En las asignaciones por estudiante, cada tutelado elaborará su tema asignado en el PFG de forma individual. En cualquiera de las dos modalidades, asignación al profesorado individualizada por estudiante y grupo formativo, el estudiante debe entregar su memoria de manera individual.

4. El idioma empleado para realizar el PFG podrá ser tanto el castellano como el inglés. La redacción del documento y el acto de presentación completo, ante la correspondiente Comisión Evaluadora, se deberá realizar en uno de los dos idiomas. En cualquier caso, la memoria deberá incluir una versión en castellano del título, un resumen de al menos 10 páginas, palabras clave y conclusiones.

5. Los departamentos con docencia en PFG dispondrán de 10 días hábiles dentro del periodo lectivo y tras la aprobación en la Junta de Centro de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación de la Universidad de Sevilla (en adelante Junta de Centro) del Plan de Organización Docente del Grado en Edificación para comunicar al Centro los temas que ofertará al alumnado correspondientes a cada grupo lectivo. Esta comunicación se realizará por departamento mediante el documento PFG-06.

6. La docencia presencial de los grupos lectivos de PFG se impartirá en los espacios asignados a tal efecto y aprobados en Junta de Centro. Durante esta formación presencial el tutor orientará al estudiante, supervisará y velará por el cumplimiento del programa docente de la asignatura. También deberá informar a los tutelados con antelación suficiente de los sistemas de evaluación y criterios de calificación dispuestos para la asignatura.

6. Tutor del Proyecto Fin de Grado.

1. El tutor o los tutores del PFG será profesorado con plena capacidad docente y su función consistirá en orientar al estudiante durante la realización del trabajo, supervisarlo y velar por el cumplimiento de los objetivos fijados. Excepcionalmente, se podrán designar a otros colaboradores docentes, de los recogidos en la normativa reguladora de la colaboración docente en enseñanzas oficiales de personal externo, que tendrán como función asistir en las labores de tutoría a los profesores responsables asignados.

2. Cuando el PFG se desarrolle en el marco de un convenio de intercambio o de colaboración, la otra parte del convenio deberá designar a un miembro de su personal como responsable interno del proyecto. El responsable asistirá al tutor en su función.

7. Comisiones Evaluadoras y tribunales de apelación.

1. Las Comisiones Evaluadoras de la asignatura PFG del Grado en Edificación de la Universidad de Sevilla se determinarán siguiendo las siguientes directrices:

(a) Cada Comisión Evaluadora estará formada por tres profesores con plena capacidad docente, elegidos entre el profesorado de la asignatura, siendo uno de ellos el tutor del PFG. En caso de tutorización compartida, los tutores acordarán la persona que pertenecerá a la Comisión Evaluadora; en caso de no alcanzar un acuerdo, será el coordinador de PFG quien la designe. El profesor con mayor categoría según el orden de prelación establecido por la Universidad de Sevilla actuará como presidente y el de menor categoría como secretario.

(b) En caso de autoría compartida por estudiante y tutor/es, según lo dispuesto en el segundo apartado de la Disposición Adicional Segunda, la Comisión Evaluadora estará formada por tres profesores con plena capacidad docente, elegidos entre el profesorado de la asignatura y diferentes al tutor/es.

(c) Adicionalmente, en caso de haberse recibido alguna propuesta por parte de los departamentos (documento PFG-06), se podrá incluir en la Comisión Evaluadora un profesional de reconocido prestigio.

(d) Para cada Comisión Evaluadora se designará una Comisión suplente formada por tres profesores con plena capacidad docente, elegidos entre el profesorado de la asignatura. Ante la imposibilidad de actuación de alguno de los miembros de la Comisión titular, el coordinador de PFG elegirá un miembro de la Comisión suplente correspondiente y se formará una nueva Comisión Evaluadora. Esta nueva Comisión ejercerá las mismas funciones que la Comisión Evaluadora original.

(e) El número de Comisiones Evaluadoras (titulares y suplentes), su composición y su asignación a los grupos lectivos de la asignatura PFG deberán ser aprobados, para cada curso académico, por la Junta de Centro, a propuesta de su coordinador.

2. El tribunal de apelación de la asignatura PFG del Grado en Edificación de la Universidad de Sevilla se determinará siguiendo las siguientes directrices:

(a) Estará formado por tres profesores con plena capacidad docente, elegidos entre el profesorado del Grado en Edificación y pertenecientes a tres departamentos de los que imparten docencia de PFG, diferentes entre si. El profesor con mayor categoría según el orden de prelación establecido por la Universidad de Sevilla actuará como presidente y el de menor categoría como secretario.

(b) Los tutores de PFG o miembros de comisiones Evaluadoras (titulares y suplentes) no podrán ser miembros del tribunal de apelación.

(c) Se designará un tribunal de apelación suplente que reúna los mismos requisitos exigidos al tribunal titular. Ante la imposibilidad de actuación de alguno de los miembros del tribunal titular, el coordinador de PFG elegirá un miembro del tribunal suplente y se formará un nuevo tribunal de apelación, el cual ejercerá las mismas funciones que el titular.

(d) La composición del tribunal de apelación (titular y suplente) de la asignatura PFG deberá ser aprobada, para cada curso académico, siguiendo las directrices del Vicerrectorado de Ordenación Académica y a propuesta de su coordinador. Para ello, los departamentos con docencia en PFG designarán a dos profesores cumpliendo los requisitos de los apartados (a) y (b) y lo comunicarán a la Secretaría del Centro mediante el documento PFG-07 en el plazo de 10 días hábiles dentro del periodo lectivo tras la aprobación en Junta de Centro del Plan de Organización Docente del Grado en Edificación.

8. Entrega o depósito de los Proyectos Fin de Grado.

1. En los periodos de entrega establecidos en el calendario de Entregas y Presentaciones del PFG, aprobado por la Junta de Centro para cada curso académico, el estudiante hará entrega a la Secretaría del Centro del modelo PFG-01 y de su Proyecto Fin de Grado en el tiempo y forma que se determine para cada convocatoria de cada curso académico. En el documento PFG-01 se recogen tanto la declaración de originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin ser citadas debidamente, como la posible autorización por parte del estudiante para la integración de los Proyectos Fin de Grado con calificación mínima de sobresaliente en el Repositorio de Producción Científica idUS.

2. La Secretaría del Centro remitirá al tutor/es y a los miembros de la Comisión Evaluadora el PFG.

3. En los periodos de entrega establecidos en el Calendario de Entregas y Presentaciones del PFG el estudiante debe entregar al tutor/es una copia de su Proyecto Fin de Grado en el formato que éste solicite.

4. Cuando la naturaleza del PFG no permita su entrega en formato digital o su reproducción, el único ejemplar original se depositará en la Secretaría del Centro. La Secretaría custodiará dicho original y lo pondrá a disposición de los miembros de la Comisión Evaluadora en caso de que el estudiante lo necesite para la presentación de su trabajo. En este caso, además, el único ejemplar original estará expuesto en la dependencia en la que se lleve a cabo el acto de presentación del trabajo mientras este tiene lugar.

9. Evaluación del Proyecto Fin de Grado.

1. Serán objeto de evaluación las competencias, conocimientos y capacidades adquiridas por el estudiante mediante la realización del PFG.

2. La evaluación y calificación del PFG tendrá dos componentes: el 30 % será a propuesta del tutor exclusivamente y el 70 % a propuesta de la Comisión Evaluadora. En el caso de que la autoría sea compartida por el estudiante y el tutor, según lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, la evaluación y calificación del PFG será propuesta en su totalidad por la Comisión Evaluadora.

3. El tutor evaluará tanto las competencias básicas como las genéricas, y la calificación propuesta se recogerá en el documento PFG-02, así como la posible autorización para la integración de los Proyectos Fin de Grado con calificación mínima de sobresaliente en el Repositorio de Producción Científica idUS.

4. En el caso de tutela compartida, la evaluación efectuada por los tutores se alcanzará incluyendo sus distintas propuestas por consenso o, en su defecto, a través de la media aritmética de las evaluaciones individuales.

5. Tras la presentación del PFG por el estudiante, en sesión pública convocada al efecto, la Comisión Evaluadora recogerá la calificación propuesta en el documento PFG-03.

6. Las fechas de presentación estarán recogidas en el Calendario de Entregas y Presentaciones del PFG, aprobado por la Junta de Centro para cada curso académico. En cada convocatoria, el lugar, fecha y hora de las presentaciones se publicarán en la página web del Centro (http://etsie.us.es). Adicionalmente, los miembros de las Comisiones Evaluadoras recibirán por correo electrónico dicha información.

7. La evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora se alcanzará incluyendo las distintas propuestas por consenso de sus miembros o, en su defecto, a través de la media aritmética de las evaluaciones individuales.

8. Los PFG elaborados, presentados y calificados en otra universidad en el marco de programas de movilidad o convenios de intercambio serán reconocidos académicamente en su totalidad y su calificación será trasladada al expediente del estudiante sin necesidad de un nuevo acto de presentación en la Universidad de Sevilla. En el caso de que proceda su publicación, a efectos de lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de esta normativa, el estudiante deberá presentar en la Secretaría del Centro el documento PFG-08 acompañado de una copia digital del citado PFG.

10. Calificación.

1. El PFG se calificará en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10 puntos, con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse la calificación cualitativa correspondiente:

(a) De 0 a 4,9: Suspenso (SS).

(b) De 5 a 6,9: Aprobado (AP).

(c) De 7 a 8,9: Notable (NT).

(d) De 9 a 10: Sobresaliente (SB).

2. La secretaría del Centro, con anterioridad al acto de presentación, facilitará al tutor/es el documento PFG-02 y al secretario de la Comisión Evaluadora los documentos, PFG-03 y PFG-04, este último por duplicado y en los que estarán consignados los datos del estudiante, tutor/es y título del PFG.

3. Tras la presentación del PFG por parte del estudiante, y en el mismo acto, se reflejará la calificación en los documentos PFG-02, PFG-03 Y PFG-04. Asimismo, el Presidente de la Comisión Evaluadora leerá al final de este acto la calificación otorgada a cada uno de los estudiantes.

4. El secretario de la Comisión, a instancias del Presidente, entregará en la secretaría del Centro, en el plazo máximo de un día hábil tras la finalización del acto de presentación, los documentos PFG-02, PFG-03 y PFG-04, este último por duplicado. La calificación provisional (PFG-04), pasará a ser definitiva transcurridos los plazos oficiales establecidos en el curso académico.

5. En el acta provisional podrá incluirse la mención de “Matrícula de Honor”, para lo que será requisito que la calificación haya sido de “sobresaliente” y que la propuesta haya sido adoptada por unanimidad. En cada convocatoria de la asignatura el número de menciones de “Matrícula de Honor” que se pueden otorgar no podrá exceder del cinco por ciento del total de alumnos que pueden optar a la presentación de su PFG en dicha convocatoria, salvo que éste sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola “Matrícula de Honor”. En el caso de que el número posible de menciones sea inferior al número de calificaciones propuestas de “Matrículas de Honor”, se otorgará dichas menciones siguiendo los siguientes criterios en el orden en el que se indican:

1. Mayor nota numérica en la calificación del Proyecto Fin de Grado.

2. Mayor nota media de los créditos superados del Grado en Edificación.

3. Menor número de créditos no superados del Grado en Edificación.

4. Sorteo a realizar en la Secretaría del Centro.

6. El tutor/es deberá conservar el fichero que el estudiante utilice en el acto de presentación, así como una copia del proyecto, memoria, estudio o informe entregado en la Secretaría del Centro, según lo dispuesto en el artículo 31 (conservación de documentos) de la Normativa Reguladora de la Evaluación y Calificación de las Asignaturas de la Universidad de Sevilla.

7. La Comisión Evaluadora no podrá otorgar una calificación final de “Suspenso” sin audiencia previa al tutor, en caso de que no forme parte de la misma. En este caso, el presidente de la Comisión Evaluadora entregará en la Secretaría del Centro, junto al acta provisional, instancia solicitando audiencia con el tutor o tutores. Este trámite de audiencia se encuentra regulado mediante el artículo 82 de La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015, de 1 de octubre).

11. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas.

1. Los estudiantes podrán interponer, ante el tribunal de apelación de la asignatura PFG, recurso contra la calificación definitiva otorgada por la Comisión Evaluadora.

2. El procedimiento del recurso de apelación será el mismo que se aplica a cualquier otra asignatura y que se encuentra recogido en el artículo 35 de la Normativa Reguladora de la Evaluación y Calificación de las Asignaturas de la Universidad de Sevilla, teniendo en cuenta las siguientes puntualizaciones:

(a) El escrito presentado por el estudiante será trasladado por Secretaría al presidente del tribunal de apelación.

(b) Los profesores responsables de la evaluación serán tanto el tutor o tutores como los miembros de la Comisión Evaluadora.

(c) Si el recurso fuere estimado y afectare a la calificación definitiva de una convocatoria, la nueva calificación resultante se incorporará, junto con una copia de la resolución, al acta de la misma mediante diligencia firmada por el presidente del tribunal de apelación y el secretario del Centro.

3. Contra las resoluciones de los tribunales de apelación cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Disposición adicional primera. Cita en género femenino de los preceptos de esta normativa.

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figura en la presente normativa en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

Disposición adicional segunda. Autoría del Proyecto Fin de Grado.

1. El estudiante tendrá la consideración de autor del PFG elaborado y será el titular de sus derechos de propiedad intelectual a todos los efectos.

2. En aquellos casos en que, dada la naturaleza investigadora del trabajo, pudiera surgir algún resultado susceptible de protección, determinado por el Departamento, a petición del tutor/es, se podrá admitir la autoría compartida con el/los tutor/es a los solos efectos de propiedad intelectual o industrial. Dicha petición será cursada mediante la entrega del documento PFG-05 en la Secretaría del Centro, con anterioridad al comienzo del periodo del Calendario de Entregas y Presentaciones del Proyecto Fin de Grado en el que el alumno vaya a representar su trabajo; será la Comisión de Docencia del Centro el órgano encargado de admitir o rechazar dicha solicitud. En los casos de autoría compartida, los tutores no podrán evaluar el trabajo.

3. En los trabajos realizados en el marco de convenios de colaboración con empresas, organismos de investigación u otros, la propiedad intelectual o industrial del trabajo vendrá determinada por el acuerdo establecido con la empresa o entidad.

Disposición adicional tercera. Acto de presentación de forma no presencial del Proyecto Fin de Grado.

En casos excepcionales, para que el acto de Presentación del PFG pueda realizarse de forma no presencial, por videoconferencia u otro medio telemático, deberá estar autorizado por el Centro, teniendo en cuenta su justificación académica, la disponibilidad de los medios técnicos necesarios y asegurando las debidas garantías sobre la identidad del estudiante. La solicitud de realización de acto no presencial se tramitará mediante entrega del documento PFG-09 en la Secretaría del Centro, en el plazo de 30 días hábiles anteriores al periodo del Calendario de Entregas y Presentaciones del Proyecto Fin de Grado en el que el alumno vaya a representar su trabajo.

Disposición adicional cuarta. Acceso a los Proyectos Fin de Grado.

1. Siguiendo la Declaración Institucional de la Universidad de Sevilla para el fomento del acceso abierto de la producción científica, los trabajos de la asignatura Proyecto Fin de Grado del Grado en Edificación realizados por los alumnos con calificación de “sobresaliente” y “Matrícula de Honor” se integrarán en el Repositorio de Producción Científica idUS en caso de autorización por parte del autor y del tutor según los documentos PFG-01 y PFG-02 respectivamente.

2. Para el cumplimiento del apartado anterior, la Secretaría del Centro remitirá a la Biblioteca una copia electrónica íntegra de dicho trabajo, junto a la autorización expresa del autor y del tutor, para su difusión y conservación.

3. En el caso de un PFG realizado en el marco de un convenio o proyecto de investigación, de carácter público o privado, su remisión resultará de lo establecido en el correspondiente acuerdo de confidencialidad firmado previamente por el alumno.

4. Cuando la naturaleza del PFG no permita su reproducción, el único ejemplar original podrá serle devuelto al estudiante, previa petición de éste, a partir de los dos meses desde la fecha de formalización de las actas. En caso de que se haya presentado recurso de apelación sobre la calificación, este plazo comenzará a contar desde la fecha en la que el recurso se haya resuelto definitivamente.

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la normativa reguladora del Proyecto Fin de Grado del Grado en Edificación aprobada en Junta de centro en sesión celebrada el 16 de mayo de 2018.

Disposición final.

La presente normativa entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla, tras el informe favorable del Vicerrectorado de Ordenación Académica y su anterior aprobación por la Junta de Centro de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación de la Universidad de Sevilla.

ANEXOS. Relación de documentos relativos al Proyecto Fin de Grado

  • PFG-01. Entrega de Proyecto Fin de Grado: declaración de originalidad y autorización para la integración en el Repositorio de Producción Científica idUS.
  • PFG-02. Calificación del tutor asignada al Proyecto Fin de Grado y autorización para la integración en el Repositorio de Producción Científica idUS.
  • PFG-03. Calificación de la Comisión Evaluadora del Proyecto Fin de Grado.
  • FG-04. Acta provisional de calificación de Proyecto Fin de Grado.
  • PFG-05. Autoría compartida de Proyecto Fin de Grado.
  • PFG-06. Líneas de trabajo por departamento y grupo lectivo.
  • PFG-07. Miembros del Tribunal de Apelación del Proyecto Fin de Grado: propuesta de los departamentos.
  • PFG-08. Autorización para la integración en el Repositorio de Producción Científica idUS de Proyectos Fin de Grado reconocidos en el marco de programas de movilidad o convenios de intercambio.
  • PFG-09. Solicitud para acto de presentación no presencial del Proyecto Fin de Grado.

Los documentos relacionados podrán ser actualizados dentro del marco normativo.