Resolución rectoral, de 9 de noviembre de 2023, por la que se aprueba la modificación de la Normativa sobre Trabajos Fin de Máster de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

La Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios, aprobada mediante Acuerdo 4.1/CG 20-7-17, establece en su artículo 12.1 que los Centros de la Universidad de Sevilla, a través de sus Juntas de Centro, elaborarán una normativa interna que regule y desarrolle determinados aspectos relativos a la realización de los Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster de las distintas titulaciones que tengan adscritas.

La Junta de Centro de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales aprobó, mediante acuerdo de su Junta de Centro de fecha 3 de julio de 2018, su normativa interna de Trabajos Fin de Máster adscritos al Centro, que fue informada favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y aprobada por Resolución Rectoral de 30 de noviembre de 2018 (BOUS n.º 11, 14-12-2018).

Posteriormente, en fecha 23 de marzo de 2023, la Junta de Centro de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ha aprobado una modificación puntual de varios artículos de la Normativa que afectan a los procedimientos de gestión administrativa y depósito del TFM y que, igualmente, ha sido analizada e informada favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica, por lo que este Rectorado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios antes indicada,

Ha resuelto:

Primero: Aprobar la modificación de la normativa de Trabajos Fin de Máster de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales que queda redactada en los términos que se contienen en el anexo.

Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS).

Sevilla, 9 de noviembre de 2023.

El Rector,

(D.F. 13/05/2021) La Vicerrectora de Ordenación Académica,

Cristina Yanes Cabrera.

ANEXO

NORMATIVA GENERAL SOBRE TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES

ÍNDICE

SECCIÓN I. TRABAJO FIN DE MÁSTER

Artículo 1. Objeto

Artículo 2. Ámbito de aplicación

Artículo 3. Matriculación del Trabajo de Fin de Máster

Artículo 4. Adecuación del tema del Trabajo Fin de Máster a los créditos asignados

Artículo 5. Número de autores del Trabajo Fin de Máster

Artículo 6. Comisión Académica de Máster

Artículo 7. Tutor del Trabajo Fin de Máster

Artículo 8. Asignación de tutor del Trabajo Fin de Máster

SECCIÓN II. ADMISIÓN A TRÁMITE, ACTO DE PRESENTACIÓN, EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y RECURSO DE APELACIÓN DE LA CALIFICACIÓN.

Artículo 9. Procedimiento y plazos de admisión y depósito de los Trabajos Fin de Máster

Artículo 10. Composición y procedimiento para designar la Comisión Evaluadora y el Tribunal de Apelación

Artículo 11. Acto de presentación y evaluación del Trabajo Fin de Máster

Artículo 12. Calificación

Artículo 13. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas

Artículo 14. Recurso de alzada

DISPOSICIÓN ADICIONAL

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

DISPOSICIÓN FINAL

ANEXOS

SECCIÓN I

Trabajo Fin de Máster

Artículo 1. Objeto.

1. El Trabajo Fin de Máster (en adelante TFM) requiere la realización por parte del estudiante y bajo la dirección de, al menos, un profesor, de un proyecto, memoria, estudio o informe sobre un tema orientado a la evaluación de competencias asociadas al título.

2. El TFM podrá desarrollarse en el marco de un programa de movilidad, de un convenio de intercambio con otra universidad o de un convenio de colaboración con otra entidad.

3. La Comisión de Docencia del Centro y la Comisión Académica del Máster velarán específicamente por el cumplimiento de las directrices y procedimientos establecidos en el Acuerdo 4.1/CG 20-7-17 y la presente normativa.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

La presente normativa se dicta en desarrollo de lo previsto en el Reglamento General de Actividades Docentes y será de aplicación a los TFM contenidos en los planes de estudios de las enseñanzas oficiales de Máster de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

Artículo 3. Matriculación del Trabajo de Fin de Máster.

La matrícula de los TFM se realizará en los plazos previstos en el calendario académico de cada curso:

- Los plazos de matrícula de los estudiantes de nuevo ingreso procedentes de preinscripción vendrán determinados por el calendario aprobado por la Comisión del Distrito Único Andaluz.

- Para los estudiantes matriculados en cursos anteriores, la matrícula se realizará en los plazos previstos en el calendario académico oficial del curso académico.

Artículo 4. Adecuación del tema del Trabajo Fin de Máster a los créditos asignados.

El tema asignado deberá posibilitar que el TFM sea completado por el estudiante de forma individual, en el número de horas correspondientes a los créditos ECTS que tenga asignada esta materia en el plan de estudios.

Artículo 5. Número de autores del Trabajo Fin de Máster.

1. El TFM será realizado de forma individual.

2. De forma excepcional, cuando las características del tema propuesto para el TFM así lo justifiquen, éste podrá realizarse por un grupo de hasta 3 estudiantes bajo la dirección de un mismo tutor. En este caso, en el tema de trabajo deberán determinarse tareas u objetivos diferenciados que permitan evaluar individualmente a cada uno de los estudiantes; dichas evaluaciones individuales serán llevadas a cabo por una misma Comisión Evaluadora.

Artículo 6. Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster.

La Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster estará formada y constituida por el Coordinador del Máster (en calidad de Presidente de la Comisión), un Secretario de Comisión y, al menos, un vocal. En caso de dos Coordinadores de Máster, actuarán en calidad de Presidente y Secretario de la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster. Los miembros de esta Comisión serán profesores del Máster con plena capacidad docente e investigadora. El nombramiento de los miembros de la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster incluirá una lista de suplentes en igual número al de titulares. La Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster podrá coincidir con la Comisión Académica del Máster y será aprobada por Junta de Centro.

Artículo 7. Tutor del Trabajo Fin de Máster.

1. El tutor o tutores del TFM serán profesorado con plena capacidad docente, e investigadora si el estudiante ha optado por perfil investigador. Su función consistirá en orientar al estudiante durante la realización del trabajo, supervisarlo y velar por el cumplimiento de los objetivos fijados. El tutor no podrá formar parte ni de la Comisión Evaluadora del trabajo ni del Tribunal de Apelación implicados en la evaluación del TFM tutelado.

Excepcionalmente, se podrán designar a otros colaboradores docentes, de los recogidos en la Normativa reguladora de la colaboración docente en enseñanzas oficiales de personal externo a la Universidad de Sevilla, que tendrán como función asistir en las labores de tutoría a los profesores responsables asignados.

2. El número de profesores tutores de un TFM no será superior a dos (en régimen de cotutela). Al menos uno de los tutores deberá impartir o haber impartido docencia en el Máster.

3. Cuando el TFM se desarrolle en el marco de un convenio de intercambio o de colaboración, la otra parte del convenio deberá designar a un miembro de su personal como responsable interno del proyecto. El responsable asistirá al tutor en su función –teniendo consideración de “tutor colaborador y externo” del TFM.

Artículo 8. Asignación de tutores y proceso de adjudicación.

1. La Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster realizará la asignación de tutor y la adjudicación del tema del TFM teniendo en consideración las preferencias del estudiante por alguna de las líneas de trabajo propuestas por los tutores (estableciéndose un acuerdo de tutela) y, en su caso, la nota media del expediente del estudiante. La adjudicación se realizará de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Acuerdo 4.1/CG 20-7-17 y la presente normativa, velando por la distribución equilibrada de carga tutelar entre los profesores con plena capacidad docente, e investigadora si el estudiante ha optado por perfil investigador.

2. La asignación del tutor y la adjudicación del tema del TFM deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la finalización del correspondiente periodo de matrícula, o desde la petición del estudiante, si existe y así lo establece y regula la normativa interna del Máster*.

3. La Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster publicará un listado con los temas y tutores asignados a los estudiantes en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la finalización del proceso de adjudicación de tema y tutor. Los listados se publicarán en los tablones de anuncios oficiales (físicos y/o digitales) destinados al efecto.

4. El estudiante que cumpliendo los requisitos exigidos para la realización del TFM (a) deseara modificar la adjudicación de tutor y/o tema del TFM o (b) mostrara disconformidad con la carga de trabajo derivada del TFM asignado, se dirigirá mediante escrito razonado a la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster (y a su Presidente) –que deberá resolver en un plazo máximo de 15 días hábiles. En caso de persistir la disconformidad del estudiante con la resolución emitida por la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster –en cualquiera de sus consideraciones, deberá dirigir un nuevo escrito razonado de reclamación a la Comisión de Docencia del Centro. La Comisión de Docencia del Centro dispone de un plazo máximo de 15 días hábiles para resolver y comunicar su resolución a la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster y al estudiante.

5. El tutor que deseara renunciar a su tutoría de un TFM, debe dirigir escrito motivado a la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster. Esta deberá informar al tutor en un plazo no superior a 15 días hábiles de su resolución. En caso de estimación de la renuncia, ésta debe proceder a la adjudicación al estudiante de un nuevo tutor en un plazo no superior a 15 días hábiles.

SECCIÓN II

Admisión a trámite, acto de presentación, evaluación, calificación y recurso de apelación de la calificación

Artículo 9. Procedimiento y plazos de admisión y depósito de los Trabajos Fin de Máster.

1. El estudiante, en la convocatoria oficial en la que se presente y en el plazo establecido para ello, deberá entregar a través de la aplicación corporativa para la gestión de los TFE un ejemplar del TFM en formato electrónico junto con el Anexo de Depósito del TFM, en el que deberá constar el visto bueno del tutor/tutores (véase Anexo de Depósito del TFM). Las fechas concretas de depósito para cada curso académico se aprobarán en Junta de Facultad junto con el calendario oficial de exámenes.

Una vez superado el TFM, el Centro remitirá una copia en soporte electrónico a la Biblioteca Universitaria, para facilitar su consulta por la comunidad universitaria, previo consentimiento expreso del estudiante y del tutor o tutores (véase Anexo de Depósito del TFM).

2. Los TFM depositados por parte de los estudiantes tendrán que ir firmados sobre una declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin ser citadas debidamente (véase Anexo de Declaración de autoría y originalidad del TFM).

3. Cuando la naturaleza del TFM no permita su reproducción, el único ejemplar original se depositará en la Secretaría del Centro. La Secretaría custodiará el original y lo pondrá temporalmente -hasta la finalización del acto de presentación y evaluación- a disposición de los miembros de la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster y la Comisión Evaluadora para la presentación pública del trabajo mientras ésta tiene lugar.

4. La convocatoria de julio del TFM correspondiente al curso académico se extenderá hasta el fin del plazo que se establezca en la tercera convocatoria del curso académico siguiente. En este caso, el alumno deberá abonar en la Secretaría del Centro, y dentro del plazo general de matrícula, los importes correspondientes al Seguro Escolar y a la expedición de la Tarjeta de Identidad para poder seguir manteniendo su condición de estudiante del Máster en la Universidad de Sevilla.

5. La Secretaría del Centro comunicará a cada estudiante, una vez finalizado el plazo de depósito, mediante un correo electrónico el justificante de depósito de su TFM, y a la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster, la relación de TFM depositados en cada una de las convocatorias, en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la finalización del plazo de depósito.

6. El Presidente de la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster o persona en quien delegue procederá a convocar al Presidente de la Comisión Evaluadora, para proceder a la entrega de los trabajos y la documentación administrativa necesaria para el cumplimiento de los trámites afectados.

Artículo 10. Composición y procedimiento para designar la Comisión Evaluadora y el Tribunal de Apelación.

1. Para la evaluación de los diversos TFM, la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster establecerá tantas Comisiones Evaluadoras y Tribunales de Apelación como estime conveniente en cada convocatoria.

2. Las Comisiones Evaluadoras y los Tribunales de Apelación titulares estarán formadas por, al menos, dos profesores del Máster con plena capacidad docente, e investigadora si el estudiante ha optado por perfil investigador, e igual número de suplentes. Serán elegidas por la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster. El profesor de mayor categoría y antigüedad actuará como presidente y el de menor categoría y antigüedad como secretario.

3. En caso de desacuerdo de al menos la mitad menos uno de los miembros de la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster tras la presentación de 3 propuestas de Comisiones Evaluadoras y/o 3 propuestas de Tribunales de Apelación, se elegirán por sorteo en presencia del Decano del Centro, con antelación suficiente para permitir el cumplimiento del Acuerdo 4.1/CG 20-7-17 y la presente normativa. Los miembros del Tribunal de Apelación no podrán haber actuado en la Comisión Evaluadora del TFM del estudiante que interponga la apelación.

4. La publicación de las Comisiones Evaluadoras y Tribunales de Apelación titulares y suplentes se realizará en los lugares oficiales del Centro (físicos y/o digitales) destinados al efecto, donde además deberá constar el lugar, fecha y hora del acto de presentación y evaluación del TFM. El Secretario de la Comisión Evaluadora deberá fijar el lugar, fecha y hora del acto de presentación y evaluación del TFM con al menos 5 días de antelación.

5. En el caso de los títulos universitarios que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada y cuando así se disponga en los requisitos para la verificación del título, se incluirá, tanto en la Comisión Evaluadora como en el Tribunal de Apelación, al menos un profesor ejerciente de esa profesión con el visto bueno de la organización profesional correspondiente.

Artículo 11. Acto de presentación y evaluación del Trabajo Fin de Máster.

1. Serán objeto de evaluación las competencias, conocimientos y capacidades adquiridas por el estudiante mediante la realización del TFM.

2. Con carácter general, la evaluación y calificación global del TFM tendrá dos componentes, de una parte la propuesta de evaluación del tutor, que aportará un 30 % y, de otra, la evaluación de la Comisión Evaluadora, que aportará el 70 % restante.

3. A efectos de la calificación y cumplimentación de las actas, la evaluación del tutor deberá ser comunicada al presidente de la Comisión Evaluadora antes del acto de defensa. Esta comunicación deberá ser justificada por escrito en los casos en que se proponga “Matrícula de Honor” o “Suspenso”.

4. El TFM será presentado ante la Comisión de Evaluación por el estudiante mediante la exposición oral -salvo discapacidad alegada y documentada- y en castellano (salvo autorización expresa de la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster y de la Comisión Evaluadora) de su contenido en sesión pública convocada al efecto.

El estudiante dispondrá de un máximo de 30 minutos para exponer el trabajo realizado. Finalizada la exposición oral, el estudiante contestará las preguntas y aclaraciones que le hayan planteado los miembros de la Comisión Evaluadora durante un plazo máximo de 30 minutos. Finalizado el turno de preguntas, la Comisión Evaluadora deliberará a puerta cerrada, pudiendo dar audiencia al tutor del TFM si lo considerase oportuno, tras lo cual otorgará una calificación numérica (véase art. 12.1).

5. Los proyectos elaborados, defendidos y calificados en otra universidad en el marco de programas de movilidad o convenios de intercambio serán reconocidos académicamente en su totalidad y su calificación será trasladada al expediente del estudiante sin necesidad de una nueva presentación y defensa en la Universidad de Sevilla. En este caso, el estudiante deberá depositar al menos una copia del trabajo en el Centro para su reconocimiento.

Artículo 12. Calificación.

1. El TFM se calificará en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10 puntos, con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse la calificación cualitativa correspondiente:

a) De 0 a 4,9: Suspenso (SS).

b) De 5 a 6,9: Aprobado (AP).

c) De 7 a 8,9: Notable (NT).

d) De 9 a 10,0: Sobresaliente (SB).

2. La Comisión Evaluadora dará audiencia –en el acto de evaluación– al tutor del TFM antes de otorgar con carácter definitivo una calificación de “Suspenso”. En caso de no asistencia del tutor, el tutor decaerá en su derecho de audiencia. La Comisión Evaluadora remitirá a la Secretaría del Centro –anexo al acta oficial de calificación– el informe de las causas que han motivado el rechazo o la calificación de “Suspenso”, que podrá ser recabado en Secretaría del Centro por el autor y tutor del TFM.

3. La Comisión Evaluadora cumplimentará y firmará el acta oficial de calificación que será hecha pública por el Presidente de la Comisión Evaluadora y remitida a la Secretaría del Centro. En dicha acta podrá incluirse la propuesta a mención de “Matrícula de Honor”, para lo que será requisito que la calificación haya sido de “Sobresaliente”, que la propuesta haya sido adoptada por unanimidad y que exista un informe previo del tutor proponiéndolo. Una vez finalizadas las evaluaciones de todos los TFM presentados en la convocatoria, la Comisión Académica de Trabajo Fin de Máster resolverá en el plazo máximo de 5 días hábiles sobre la concesión de “Matrículas de Honor” de entre las propuestas por la Comisión Evaluadora (o Comisiones Evaluadoras). El Coordinador del Máster elevará un Acta Complementaria del acuerdo a la Secretaría del Centro. El número de Matrículas de Honor se regirá por la normativa de la Universidad de Sevilla.

Artículo 13. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas.

1. Los estudiantes podrán interponer ante el Tribunal de Apelación recurso contra la calificación definitiva del TFM otorgada por la Comisión Evaluadora.

2. El plazo de interposición del recurso de apelación será de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de las actas con las calificaciones definitivas en los tablones de anuncios del Centro (físicos y/o digitales) destinados al efecto. El recurso se presentará en la Secretaría del Centro dirigido al Presidente del Tribunal de Apelación.

3. El plazo de resolución del recurso de apelación será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su presentación.

4. El Tribunal, dada audiencia al estudiante, al tutor y a la Comisión Evaluadora, examinará el expediente y ratificarán o no, la calificación.

Artículo 14. Recurso de alzada.

Contra las resoluciones de los Tribunales de Apelación cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Cita en género femenino de los preceptos de esta normativa.

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la presente normativa en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.

Queda derogada la Normativa Aplicable a los TFM de las titulaciones adscritas a la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (acuerdo de Junta de Centro de 3 de julio de 2018) y aquellas otras disposiciones de igual o menor rango que se opongan a lo dispuesto en la presente normativa.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor.

Esta normativa entrará en vigor una vez sea aprobada por Resolución Rectoral y tras su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla.

ANEXO

DEPÓSITO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER

D./D.ª ________________________________________________, con DNI ___________________

Estudiante del Máster Universitario en __________________________________________ cumpliendo con los requisitos establecidos por la normativa vigente, hace entrega el Trabajo Fin de Máster titulado ___________________________________________________________________

SÍ / NO (táchese lo que no proceda) autoriza a la Universidad de Sevilla, una vez superado el Trabajo Fin de Máster, a su depósito y consulta en la Biblioteca Universitaria y, en caso de que su trabajo obtenga una calificación de Sobresaliente o Matrícula de Honor, permite que sea agregado al Repositorio Institucional de la Universidad de Sevilla (idUS).

En Sevilla, a ____ de _______________ de 20 ____.

Estudiante

Fdo.

El tutor o tutores, por su parte, indican a continuación sus vistos buenos (o no) a los depósitos para la defensa y consulta en biblioteca:

Tutor/a: _______________________________________________________

Departamento: _________________________________________________

Fdo.:

Visto bueno depósito para defensa **

(Táchese lo que no proceda)

SÍ/NO

Visto bueno depósito para consulta en biblioteca

(Táchese lo que no proceda)

SÍ/NO

DATOS DEL ESTUDIANTE:

DIRECCIÓN: ____________________________________________________________________

LOCALIDAD: ____________________________________________________________________

PROVINCIA: _______________________________________ CÓDIGO POSTAL: ______________

TELÉFONO: _________________ CORREO ELECTRÓNICO: ______________________________

ANEXO

DECLARACIÓN DE AUTORÍA Y ORIGINALIDAD DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER

Considerando que la presentación de un trabajo hecho por otra persona, aplicaciones de inteligencia artificial, o la copia de textos, fotos y gráficos sin citar su procedencia se considera plagio,

Yo, ______________________________________________________, con DNI ________________ estudiante del Máster en _________________________________________________________ de la Facultad de CC. Económicas y Empresariales de la Universidad de Sevilla, ASUMO LA AUTORÍA RESPONSABLE Y DECLARO que el Trabajo de Fin de Máster que presento para su exposición y defensa titulado: __________________________________________________________________

y cuyo tutor/es D./Dña. _____________________________________________________________

ES ORIGINAL Y QUE TODAS LAS FUENTES UTILIZADAS PARA SU REALIZACIÓN HAN SIDO DEBIDAMENTE CITADAS EN EL MISMO.

Así mismo, acepto que se utilicen las herramientas de control del plagio que garanticen la autoría de este Trabajo de Fin de Máster.

En Sevilla, a ____ de _______________ de 20 ____.

Fdo.:


* La petición del estudiante se realizará a la Comisión Académica del Trabajo Fin de Máster

** La firma del tutor únicamente tiene valor a efectos de autorizar (o no) la presentación del trabajo y su depósito (o no) en la biblioteca, sin perjuicio de la evaluación favorable, o no, del trabajo por parte del tutor.