Resolución rectoral, de 15 de noviembre de 2023, por la que se modifica la modificación de la Normativa sobre Trabajos Fin de Máster de la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología.

La Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios, aprobada mediante Acuerdo 4.1/CG 20-7-17, establece en su artículo 12.1 que los Centros de la Universidad de Sevilla, a través de sus Juntas de Centro, elaborarán una normativa interna que regule y desarrolle determinados aspectos relativos a la realización de los Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster de las distintas titulaciones que tengan adscritas.

Por otra parte, en su artículo 12.3 indica que las normativas internas aprobadas por las Juntas de Centro deberán ser trasladadas al Vicerrectorado de Ordenación Académica, que verificará su adecuación a la normativa general y que una vez informadas favorablemente serán aprobadas mediante Resolución Rectoral al efecto.

De conformidad con lo anterior, la Junta de Centro de la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología aprobó el 28 de septiembre de 2018 su normativa interna de Trabajos Fin de Máster aplicable a los títulos adscritos al Centro, que fue informada favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y aprobada por Resolución Rectoral de 16 de noviembre de 2018 (BOUS n.º 10, 27-11-2018).

Posteriormente, en fecha 7 de junio de 2023, la Junta de Centro de la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología ha aprobado una modificación puntual de varios artículos de la Normativa que afecta principalmente a la gestión y presentación del TFM que, igualmente, ha sido analizada e informada favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica, por lo que este Rectorado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios antes indicada,

Ha resuelto:

Primero: Aprobar la modificación de la normativa de Trabajos Fin de Máster de la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología que queda redactada en los términos que se contienen en el anexo.

Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS).

Sevilla, 15 de noviembre de 2023.

EL Rector,

(D.F. 13/05/2021) La Vicerrectora de Ordenación Académica,

Cristina Yanes Cabrera.

ANEXO

NORMATIVA SOBRE TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA, FISIOTERAPIA Y PODOLOGÍA

ÍNDICE

Introducción

Artículo 1. Objeto

Artículo 2. Ámbito de aplicación

Artículo 3. Matriculación del TFM

Artículo 4. Adecuación del tema del TFM a los créditos asignados

Artículo 5. Desarrollo del TFM

Artículo 6. Tutor/a del TFM

Artículo 7. Comisiones Evaluadoras y Tribunales de Apelación

Artículo 8. Depósito de los TFM

Artículo 9. Evaluación del TFM

Artículo 10. Calificación

Artículo 11. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas

Artículo 12. Normativa interna del Centro sobre el TFM.

12.1. Directrices y procedimientos de asignación y modificación de los/las tutores/as y de los temas del TFM

12.2. Funciones específicas para colaboradores docentes

12.3. Regulación del idioma de redacción y/o presentación del TFM

12.4. Composición y procedimiento para designar las Comisiones Evaluadoras y los Tribunales de Apelación del TFM

12.5. Depósito, acto de presentación, evaluación, e interposición de recursos de apelación del TFM

12.6. Porcentaje de cómputo de la propuesta de evaluación de los/las tutores/as

Disposición adicional primera. Autoría del TFM

Disposición adicional segunda. Acto de presentación de forma no presencial de los TFM

Disposición adicional tercera. Acceso a los TFM

Disposición derogatoria

Disposición final

Anexos

Anexo 1: Declaración de originalidad del trabajo fin de máster

Anexo 2: Acta de calificación de la comisión evaluadora

Anexo 3: Solicitud alumno/a para cambio de tema o de tutor/a

Anexo 4: Solicitud tutor/a para cambio de asignación de alumno/a

1. Introducción.

Para regular el TFM la Universidad de Sevilla aprobó en Acuerdo 4.1/CG 20-7-17, la Normativa sobre Trabajos Fin de Estudios (BOUS núm. 5/2017, de 27 de septiembre). El Trabajo Fin de Máster (TFM) en un trabajo final comprensivo de los conocimientos y competencias adquiridos durante la realización de los estudios del Máster.

Artículo 1. Objeto.

1. El TFM requiere la realización por parte del/de la estudiante y bajo la dirección de, al menos, un/a tutor/a doctor/a de un proyecto, memoria, estudio o informe sobre un tema orientado a la evaluación de competencias asociadas al título.

2. El TFM podrá desarrollarse en el marco de un programa de movilidad, de un convenio de intercambio con otra universidad o de un convenio de colaboración con otra entidad.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

La presente normativa es de aplicación al TFM contenido en el Plan de Estudios de Máster Oficial de la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología.

Artículo 3. Matriculación del TFM.

La matrícula de los TFM se realizará en los plazos ordinarios previstos en el calendario académico de cada curso de la Universidad de Sevilla.

Artículo 4. Adecuación del tema del TFM a los créditos asignados.

El tema asignado deberá posibilitar que el TFM sea completado por el estudiante, en el número de horas correspondientes a los créditos ECTS que tiene asignada esta materia en el plan de estudios.

Artículo 5. Desarrollo del TFM.

1. El TFM podrá contemplar distintas actividades docentes de las relacionadas en la normativa sobre la dedicación académica del profesorado, respetando en todo caso los créditos ECTS asignados al TFM con el objetivo señalado en el artículo anterior. El reconocimiento docente de cada TFM será el que se recoja en la Normativa sobre dedicación académica del profesorado que cada año aprueba el Consejo de Gobierno.

2. Para el TFM deberán realizarse asignaciones individualizadas por estudiante. De forma excepcional, cuando las características del tema propuesto para el TFM así lo justifiquen, este podrá realizarse por un grupo de hasta tres estudiantes bajo la dirección de un/a mismo/a tutor/a. En este caso, en el tema de trabajo deberán determinarse tareas u objetivos diferenciados que permitan evaluar individualmente a cada uno de los/las estudiantes participantes; dichas evaluaciones individuales serán llevadas a cabo por una misma comisión evaluadora.

3. El/la Coordinador/a del título del Máster será el/la coordinador/a del TFM.

Artículo 6. Tutor/a del TFM.

1. Los/as tutores del TFM serán profesores/as doctores/as con plena capacidad docente cuya función consistirá en orientar a los/las estudiantes durante la realización del TFM, supervisarlos y velar por el cumplimiento de los objetivos fijados. Excepcionalmente, se podrán designar a otros/as colaboradores docentes, de los recogidos en la normativa reguladora de la colaboración docente en enseñanzas oficiales de personal externo, que tendrán como función asistir en las labores de tutoría a los/as profesores/as responsables asignados/as.

2. Cuando el TFM se desarrolle en el marco de un convenio de intercambio o de colaboración, la otra parte del convenio deberá designar a un/a miembro de su personal como responsable interno del proyecto. El/la responsable asistirá al tutor/a en su función.

Artículo 7. Comisiones Evaluadoras y Tribunales de Apelación.

1. Las Comisiones Evaluadoras, así como los Tribunales de Apelación, estarán formadas por doctores, estando compuestas por al menos, dos profesores/as doctores/as con plena capacidad docente. El profesorado de mayor categoría y antigüedad actuará como Presidente/a y el de menor categoría y antigüedad como Secretario/a. Los/as tutores/as de TFM han de ser doctores/as y también formarán parte de la Comisión Evaluadora, a excepción de los/las tutores/as del TFM que se defienda en esa convocatoria.

2. Se podrá incluir adicionalmente, tanto en la Comisión Evaluadora como en el Tribunal de Apelación, al menos, un/una profesional de reconocido prestigio propuesto por la Organización Profesional correspondiente.

3. Se designará, al menos, un/a miembro suplente que reúna los mismos requisitos y funciones exigidos a los/as miembros titulares, tanto para cada Comisión Evaluadora como para cada Tribunal de Apelación.

Artículo 8. Depósito de los TFM.

1. Los TFM depositados por parte de los/las estudiantes tendrán que ir acompañados de una declaración firmada sobre la originalidad del trabajo (anexo1) y la elaboración personal, lo que implica la no reproducción de fragmentos de obras no amparados por el límite de cita, regulado en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual, y que al alumno o alumna no copia ni utiliza ideas, formulaciones, parafraseo, etc., tomadas de cualquier obra, sin expresar de manera clara su origen tanto en el cuerpo del trabajo como en su bibliografía.

2. Cuando la naturaleza del TFM no permita su reproducción, el único ejemplar original se depositará en la Secretaría del Centro. La Secretaría custodiará dicho original y lo pondrá a disposición de los miembros de la Comisión Evaluadora. En este caso, además, el único ejemplar original estará expuesto en la dependencia en la que se lleve a cabo el acto de presentación del trabajo mientras este tiene lugar.

Artículo 9. Evaluación del TFM.

1. Serán objeto de evaluación las competencias, conocimientos y capacidades adquiridas por los/as estudiantes mediante la realización del correspondiente TFM. En el artículo 1 del presente reglamento se normatiza el Objeto del TFM. En este sentido, la CAM ha aprobado la realización de una Guía orientativa que se irá actualizando cuando sea necesario, donde constarán las distintas tipologías posibles de los TFM. En ella se regularán las estructuras de los estudios de investigación cuantitativos, cualitativos o mixtos, las revisiones sistemáticas y los análisis de datos secundarios, entre otros.

2. Con carácter general, la evaluación y la calificación global del TFM tendrá dos componentes, de una parte, la evaluación del tutor o tutora que se corresponderá con un 15 %, y de otra, la evaluación de la Comisión Evaluadora que se corresponderá con el 85 % restante (65 % para el trabajo presentado y 20 % para la exposición y defensa). La evaluación de los/as tutores/as será remitida por la secretaría académica de la CAM a la Comisión Evaluadora correspondiente a efectos de la calificación y cumplimentación de las actas correspondientes. La evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora se alcanzará incluyendo las distintas propuestas por consenso de sus miembros o, en su defecto, a través de la media aritmética de las evaluaciones individuales.

3. Los TFM elaborados, defendidos y calificados en otra universidad en el marco de programas de movilidad o convenios de intercambio serán reconocidos académicamente en su totalidad y su calificación será trasladada al expediente de los/las estudiantes sin necesidad de un nuevo acto de presentación en la Universidad de Sevilla. En este caso, los/las estudiantes deberán depositar, al menos, una copia del TFM en el Centro.

Artículo 10. Calificación.

1. El TFM se calificará en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10 puntos, con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse la calificación cualitativa correspondiente:

- De 0 a 4,9: Suspenso (SS).

- De 5 a 6,9: Aprobado (AP).

- De 7 a 8,9: Notable (NT).

- De 9 a 10: Sobresaliente (SB).

2. La Comisión Evaluadora no podrá otorgar la calificación de “Suspenso” sin audiencia previa de los/as tutores/as correspondientes, en caso de que no formen parte de la misma. Por lo que, los/las tutores/as tienen la obligación de estar disponibles en la fecha y horario previsto para la defensa del TFM que hayan tutorizado, teniendo que informar a la Comisión Evaluadora correspondiente su localización en caso de que fuera necesario.

3. La Comisión Evaluadora cumplimentará y firmará el acta oficial de calificación de manera telemática (anexo 2), después el secretario o secretaria de dicha comisión la entregará en la secretaría del Centro. En dicha acta podrá incluirse la propuesta de “Matrícula de Honor”, para lo que será requisito que la calificación haya sido de “sobresaliente” y que la propuesta haya sido adoptada por unanimidad.

Artículo 11. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas.

1. Los/as estudiantes podrán interponer ante el Tribunal de Apelación recurso contra la calificación definitiva del TFM otorgada por la Comisión Evaluadora.

2. El Tribunal de Apelación dará conocimiento del mismo a la Comisión Evaluadora y al tutor o tutora del/de la estudiante responsables de la calificación, los cuales podrán trasladar a dicho tribunal las alegaciones que estimen oportunas.

3. Contra las resoluciones de los Tribunales de Apelación cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 12. Normativa interna del Centro sobre el TFM.

En el Acuerdo 4.1/CG 20-7-17, se expone el artículo 12 sobre normativas internas de los Centros. En dicho artículo se expone que la Junta de Centro desarrollará la normativa interna de los TFM. A continuación se desarrollan las normativas, en el caso que procedan, de cada uno de los apartados propuestos en el citado artículo:

12.1. Directrices y procedimientos de asignación y modificación de los/las tutores/as y de los temas del TFM.

Tendrán derecho a adjudicación de un TFM y a la asignación del correspondiente tutor/a, los/las estudiantes que estén matriculados de los créditos correspondientes al TFM y de todos los créditos pendientes para terminar sus estudios. El TFM deberá adecuarse a los créditos que este tiene asignado dentro del plan de estudios.

La Comisión Académica del Máster (CAM) se encargará de tramitar internamente la asignación de tutores/as y TFM a los/las estudiantes con derecho a ello en cada curso académico, teniendo en cuenta los itinerarios de ingreso de cada estudiante.

La asignación de tutor/a deberá producirse en el plazo máximo de 2 meses naturales desde la finalización del segundo y último plazo de matrícula (3ª fases) para el curso vigente.

Para la adjudicación del TFM el alumno o alumna deberá realizar previamente una solicitud mediante la aplicación telemática habilitada para tal fin, en los plazos estipulados por la CAM y publicados en anuncios de la enseñanza virtual, debiendo de hacerse constar en la solicitud: Nombre y apellidos, y preferencias de tutores (máximo 5).

Para el conocimiento de la producción científica del tutor o tutora en aras a un mayor acercamiento a las líneas de investigación de estos/as, los/as estudiantes deberán consultar la aplicación PRISMA US, la cual integra la producción científica de la Universidad de Sevilla. El tema será consensuado entre alumno/a y tutor/a asignado/a.

En el procedimiento de asignación de tutores/as la CAM tendrá en cuenta los siguientes criterios:

- Expediente académico del/de la estudiante.

- Participación activa del/de la estudiante en investigaciones desarrolladas por el tutor o tutora propuesto/a.

- Haber sido asistente honorario con el tutor o tutora propuesto/a.

- Haber sido estudiante interno con el tutor o tutora propuesto/a.

- Tutorización previa de TFG por el mismo tutor o tutora propuesto/a.

En el caso de no recibir la solicitud del alumno o alumna, la CAM adjudicará los/las tutores/as teniendo en cuenta los itinerarios de ingreso de cada estudiante.

Los/as estudiantes podrán solicitar de manera razonada un cambio de tema o de tutor/a asignado/a (Anexo 3), excepto cuando queden menos de 2 meses para la fecha de presentación del TFM. Del mismo modo, el tutor o tutora podrá solicitar cambio de asignación de estudiante, siempre que no queden menos de 2 meses para presentar el TFM (Anexo 4). En ambos casos será la CAM quien resolverá en un plazo máximo de 30 días naturales. El cambio de tutor/a no implica un cambio del tema de TFM, a no ser que estén conformes alumno/a y tutor/a.

En el supuesto que el alumnado no hubiera defendido o superado el trabajo, y formalice nueva matriculación de este, se mantendrán tanto la tipología como el tutor o tutora asignado/a previamente, salvo que no exista acuerdo entre ambos.

La adjudicación del TFM y tutor/a tendrá validez para los siguientes cursos académicos, salvo excepciones tales como que la tutela se hubiera asignado en cursos académicos previos no consecutivos, o bien más de 2 cursos previos, siendo un requisito que sea solicitado por el/la estudiantes o por el/la tutor/a.

Para cualquier incidencia relacionada con los TFM, los/las estudiantes deberán presentar una instancia describiendo la incidencia, por registro de la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología, dirigida a la CAM la cual estudiará y contestará en un plazo máximo de 30 días naturales.

12.2. Funciones específicas para colaboradores docentes.

En el caso de que hubiera colaboradores docentes, se aplicaría la normativa reguladora de la colaboración docente en enseñanzas oficiales de personal externo, de la Universidad de Sevilla.

12.3. Regulación del idioma de redacción y/o presentación del TFM.

El idioma de redacción y/o presentación del TFM será el castellano.

12.4. Composición y procedimiento para designar las Comisiones Evaluadoras y los Tribunales de Apelación del TFM.

En este apartado se seguirá lo normatizado en el artículo 7 del presente reglamento, el cual está referido a las Comisiones Evaluadoras y Tribunales de Apelación. La CAM será la encargada de la composición y procedimiento para designar las Comisiones Evaluadoras y los Tribunales de Apelación de los TFM, de entre los/as profesores y tutores/as de TFM, en ambos casos doctores/as, que impartan docencia o que tutoricen algún TFM, durante el curso vigente o durante el curso anterior.

Siempre que sea posible, la Comisión Evaluadora se conformará atendiendo al itinerario de acceso de los/as estudiantes evaluados/as, procurando que la mayoría de los/as integrantes de la comisión pertenezcan al mismo itinerario que los/as estudiantes evaluados/as.

Una vez finalizado el plazo el entrega de los TFM de cada convocatoria, se reunirá la CAM para designar los/as miembros para cada Comisión Evaluadora, incluyendo al menos, un/a suplente en cada comisión, siendo de obligado cumplimiento por parte del profesorado designado/a la asistencia a la comisión que le haya sido asignada. El o la suplente deberá personarse en la fecha y hora prevista en la comisión que le haya correspondido, no pudiéndose marchar hasta que esté constituida dicha comisión.

En los Tribunales de Apelación no podrán formar parte los/as profesores que hayan intervenido en el proceso de evaluación del TFM, ni los/as tutores/as del TFM. Los Tribunales de Apelación de los TFM deben estar aprobados en Junta de Centro antes del inicio de cada curso.

12.5. Depósito, acto de presentación, evaluación, e interposición de recursos de apelación del TFM.

El artículo 8 del presente reglamento hace referencia al depósito de los TFM. Los/as estudiantes deberán depositar el TFM mediante la aplicación telemática habilitada para tal fin, además, deberán subir una declaración de originalidad del TFM que se genera al subir dicho trabajo, en el periodo previsto por la CAM para cada convocatoria.

En el acto de presentación del TFM deberán estar los/as estudiantes incluidos para la evaluación del TFM y los/as profesores titulares y los/as suplentes de la Comisión Evaluadora. En el caso de que algún o alguna estudiante no apareciera constará como “no presentado/a”.

Para la evaluación de los TFM, se tendrá la adecuación de los trabajos a los conocimientos y competencias que se han de adquirir durante la realización de los estudios del Máster. En el artículo 10 del presente reglamento está regulada la normativa para la calificación del TFM.

La Comisión Evaluadora podrá proponer de manera motivada la mención de “Matrícula de Honor” a los trabajos que hayan obtenido la calificación de “Sobresaliente” y que fueran trabajos excepcionales que abordaran un tema de complejidad o de gran originalidad en sus planteamientos y que hubieran ido más allá de los objetivos inicialmente propuestos, a la vez que hubieran realizado una presentación excepcional.

La CAM del Máster, vistas las propuestas de las distintas Comisiones Evaluadoras, y una vez que se hayan defendido todos los TFM de esa convocatoria, decidirá sobre la asignación de la “Matrícula de Honor”. Para la concesión de esta mención se aplicarán los siguientes criterios:

- En primer lugar se valorará la calificación media del expediente académico de las todas las asignaturas del máster excluyendo el TFM.

- En caso de existir empate en las valoraciones realizadas con el criterio anterior, se valorará la calificación media del expediente académico de la titulación de acceso al máster.

El plagio es la acción de presentar ideas o descubrimientos de otra persona como si fueran propias. Asimismo, copiar afirmaciones, frases o expresiones de otros textos sin citar la autoría, también se considera plagio. El plagio en el TFM determinará la calificación de “Suspenso”, además de las medidas sancionadoras que la Universidad haya previsto al efecto. Si dos estudiantes presentan un trabajo muy similar se considerará plagio.

El artículo 11 hace referencia al recurso de apelación contra las calificaciones definitivas. Los/as estudiantes evaluados por una Comisión Evaluadora tendrán derecho a la revisión de sus ejercicios. El plazo para la admisión del recurso será de 7 días hábiles contados a partir de la publicación de la calificación definitiva. El recurso de apelación se presentará mediante un escrito motivado en la Secretaría del Centro, que se resolverá en los plazos y procedimientos que rigen en la Universidad de Sevilla.

12.6. Porcentaje de cómputo de la propuesta de evaluación de los/las tutores/as.

En el artículo 9 del presente reglamento sobre la Evaluación del TFM, se hace referencia al porcentaje de cómputo de la propuesta de evaluación de los/as tutores/as, la cual será de un 15% del total de la calificación del TFM.

Disposición adicional primera. Autoría del TFM.

1. Con carácter general, el/la estudiante tendrá la consideración de autor/a del TFM elaborado y será el/la titular de sus derechos de propiedad intelectual a todos los efectos. En aquellos casos en que, dada la naturaleza investigadora del trabajo, pudiera surgir algún resultado susceptible de protección, determinado por el Departamento, a petición de los/as tutores, se admitirá la autoría compartida con estos/as, pero solo a efectos de propiedad intelectual o industrial. En estos casos, los/as tutores/as no podrán evaluar el trabajo, ni formar parte de la Comisión Evaluadora.

2. En los trabajos realizados en el marco de convenios de colaboración con empresas, organismos de investigación u otros, la propiedad intelectual o industrial del trabajo vendrá determinada por el acuerdo establecido con la empresa u entidad.

Disposición adicional segunda. Acto de presentación de forma no presencial de los TFM.

En casos excepcionales, para que el acto de presentación de un TFM pueda realizarse de forma no presencial, por videoconferencia u otro medio telemático, deberá estar autorizado por el Centro, teniendo en cuenta su justificación académica, la disponibilidad de los medios técnicos necesarios y asegurando las debidas garantías sobre la identidad del o de la estudiante.

Disposición adicional tercera. Acceso a los TFM.

1. Siguiendo la Declaración Institucional de la Universidad de Sevilla para el fomento del acceso abierto de la producción científica, los TFM por los/as estudiantes con calificación de “Sobresaliente” y “Matrícula de Honor” podrán ser integrados en el Repositorio de Producción Científica, previa autorización de los/as autores/as y de los/as tutores/as correspondientes.

2. Para el cumplimiento del apartado anterior, la Secretaría del Centro remitirá a las Bibliotecas respectivas una copia electrónica íntegra de dichos trabajos, junto a la autorización expresa de autores/as y de tutores/as, para su difusión y conservación.

3. En el caso de un TFM realizado en el marco de un convenio o proyecto de investigación, de carácter público o privado, su remisión resultará de lo establecido en el correspondiente acuerdo de confidencialidad firmado previamente por el/la estudiante.

4. Cuando la naturaleza del TFM no permita su reproducción, el único ejemplar original podrá serle devuelto al/a la estudiante, previa petición de este/a, a partir de los dos meses desde la fecha de formalización de las actas. En caso de que se haya presentado Recurso de Apelación sobre la calificación, este plazo comenzará a contar desde la fecha en la que el recurso se haya resuelto definitivamente.

Disposición derogatoria.

A partir de la entrada en vigor de este Reglamento, queda derogada la normativa anterior, vigente desde su aprobación por parte de la Junta de Facultad de 28 de septiembre de 2018.

Disposición final.

Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por Resolución Rectoral y tras su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla.

 

TRABAJO FIN DE MÁSTER

ANEXO 1. DECLARACIÓN DE ORIGINALIDAD DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER

Don/Doña.: ______________________________________________________________________

con DNI: __________________, estudiante de máster en la Universidad de Sevilla y autor/a del trabajo titulado: _________________________________________________________________________

DECLARO

Que el trabajo fin de máster que he presentado para su evaluación es original y de elaboración personal, lo que implica la no reproducción de fragmentos de obras no amparados por el límite de cita, regulado en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual, y no copio ni utilizo ideas, formulaciones, parafraseo, etcétera, tomadas de cualquier obra, sin expresar de manera clara su origen tanto en el cuerpo del trabajo como en su bibliografía.

De no cumplir con este requisito propio de cualquier trabajo académico, soy plenamente consciente que ello conllevará automáticamente la calificación de NO APTO y, en su caso, podré ser objeto de sanción académica, previa apertura de expediente disciplinario o de otro orden legal.

Sevilla, a ____ de _______________ de 20 ____.

Fdo. Alumno/a:

 

TRABAJO FIN DE MÁSTER

ANEXO 2. ACTA DE CALIFICACIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA

Sesión n.º____

En la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología, reunida la comisión evaluadora n.º________ del Trabajo Fin de Máster cuya composición y datos identificativos se detallan a continuación:

Fecha y hora:___________________________________

Lugar:________________________________________

Presidente/a:

Secretario/as:

Vocal:

Se otorgan las siguientes calificaciones (se repite por cada estudiante):

Estudiante_______________________________________________ Calificación tutor/a:________

Calificación comisión:__________Calificación final:________

Propuesta Matrícula de Honor:

Sevilla, a ____ de _______________ de 20 ____.

Fdo. Presidente/a:

Fdo. Secretario/a:

Fdo. Vocal:

 

TRABAJO FIN DE MÁSTER

ANEXO 3: SOLICITUD ALUMNO/A PARA CAMBIO DE TEMA O DE TUTOR/A

Nombre y apellidos del alumno o alumna:

Solicita (marcar con una X lo que proceda):

___ Cambio del tema del TFM (escribir el tema):

___ Cambio del tutor o tutora del TFM (nombre y apellidos):

Exponer la justificación razonada para el cambio:

En Sevilla, a ____ de _______________ de 20 ____.

Fdo. alumno/a:

 

TRABAJO FIN DE MÁSTER

ANEXO 4: SOLICITUD TUTOR/A PARA CAMBIO DE ASIGNACIÓN DE ALUMNO/A

Nombre y apellidos del tutor/a:

Nombre y apellidos del alumno/a:

Exponer la justificación razonada para el cambio:

En Sevilla, a ____ de _______________ de 20 ____.

Fdo. Tutor/a: