Instrucción 1/2023 de la Gerencia de la Universidad de Sevilla, de 27 de julio de 2023, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecido en la Instrucción 3/2021, de 22 de diciembre de 2021. de la Gerencia de la Universidad de Sevilla en materia de interpretación y aplicación de las normas sobre las indemnizaciones y compensaciones por razón de servicio.

Con fecha 17 de julio de 2023 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, que queda fijado en 0,26 euros por kilómetro recorrido por el uso de automóviles y en 0,106 euros por kilómetro recorrido por el uso de motocicletas.

Esta actualización viene acompañada de la revisión de la cuantía máxima exenta de IRPF para gastos de locomoción, elevándola de 0,19 a 0,26 euros por kilómetro recorrido, en la Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, por la que se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En este contexto, el artículo 39 de las normas de ejecución del Presupuesto de la Universidad de Sevilla para el año 2023 establece que las indemnizaciones por razón del servicio se regirán según la Instrucción 3/2021, de 22 de diciembre, de la Gerencia de la Universidad de Sevilla en materia de interpretación y aplicación de las normas sobre las indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio.

El artículo 44 de dichas normas establece que se autoriza a la Gerencia, en el ámbito de sus competencias, para que dicte cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y cumplimiento de las normas de ejecución presupuestaria, asimismo la disposición final 2.ª de la Instrucción 3/2021, de 22 de diciembre, establece que el Gerente dictará las actualizaciones que sean precisas en interpretación y desarrollo de la normativa sobre esta materia.

En consecuencia, esta Gerencia resuelve modificar el Anexo V de la Instrucción 3/2021, de 22 de diciembre, de la Gerencia de la Universidad de Sevilla en materia de interpretación y aplicación de las normas sobre las indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio, que queda redactado en los siguientes términos:

"...

ANEXO V

IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN POR EL USO DE VEHÍCULO PARTICULAR

El importe de la indemnización a percibir como gasto de desplazamiento por la utilización de vehículo particular queda fijado en 0,26 euros por kilómetro recorrido y en 0,106 euros por el de motocicletas.

..."

Por otra parte, estas cuantías son directamente aplicables a los desplazamientos que se financien con fondos de carácter afectado o finalista para los que el ente financiador exija que se liquiden conforme al Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Esta actualización de importes en el kilometraje no será de aplicación a los desplazamientos que se financien con fondos de carácter afectado o finalista procedentes de la Junta de Andalucía, para los cuales seguirá siendo de aplicación el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, modificado por los Decretos 190/1993, de 28 de diciembre, 220/1998, de 20 de octubre, 404/2000, de 5 de octubre y Decreto 157/2007 de 29 de mayo, salvo que se produzca una actualización en el mismo sentido, en cuyo caso se aplicará la actualización de dicha norma.

La presente Instrucción será de aplicación a partir del día 18 de julio de 2023 y deberá ser publicada en el BOUS.

Sevilla, a 27 de julio de 2023.

La Gerente,

Melania Rivers Rodríguez.