Acuerdo 9.3/CG 25-7-23, por el que se aprueba la modificación de las Bases del VII Plan Propio de Investigación y de Transferencia -FEDER.

Acuerdo 9.3/CG 25-7-23, por el que de conformidad con el artículo 13.1.g) del Estatuto de la Universidad de Sevilla, previo informe favorable de la Comisión de Investigación, se conviene, por asentimiento, aprobar la modificación de las Bases del VII Plan Propio de Investigación y Transferencia-FEDER, en los términos del documento que se anexa.

ANEXO

ACCIONES DEL PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA

DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO

FEDER ANDALUCÍA 2021-2027

La Universidad de Sevilla, como actor de la investigación de excelencia en Andalucía, requiere consolidar e impulsar sus estructuras de investigación y desarrollo. Los proyectos de investigación constituyen la primera modalidad de investigación que se desarrolla en las universidades y son el pilar para consolidar las diferentes líneas de investigación que llevan a cabo los grupos y equipos universitarios de investigación.

En el marco del Programa Operativo FEDER 2021-2027, la Junta de Andalucía ha consignado un importe total de 8 732 394 euros a la Universidad de Sevilla para la financiación de su Plan Propio de Investigación y Transferencia, cuyas actividades deberán estar necesariamente incluidas en alguno de los objetivos y prioridades indicados en el Programa de Andalucía, aprobado el 20 de diciembre de 2022 conforme al artículo 23 del Reglamento de Disposiciones Comunes (en adelante RDC) (Reglamento (UE) 2021/1060).

Para ello, se publicará una convocatoria de proyectos de I+D+i en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual), que se ajustará a lo establecido en el Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, aprobado el 20 de diciembre de 2022 conforme al artículo 23 del Reglamento de Disposiciones Comunes (Reglamento (UE) 2021/1060), y en el Reglamento FEDER (Reglamento (UE) 2021/1058), y se regirá por los siguientes términos.

Objeto y finalidad.

Los Planes Propios de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla se han convertido en una herramienta fundamental para impulsar la generación del conocimiento y su transformación en resultados beneficiosos para establecer sinergias entre la formación y la investigación, como conectoras en la sociedad de la educación, la ciencia y la tecnología.

El presente acuerdo de Consejo de Gobierno tiene por objeto aprobar las modificaciones técnicas que permitirán la financiación de determinadas actividades del VII Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla (en adelante PPIT-US), de acuerdo con la normativa aplicable a la programación del programa FEDER 2021-27.

Estas acciones consistirán en proyectos de I+D+i desarrollados por equipos de investigación e innovación aplicada en el marco del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2021-2027, cuya regulación básica de los Programas se encuentra recogida en el Reglamento de Disposiciones Comunes (Reglamento (UE) 2021/1060) y en el Reglamento FEDER (Reglamento (UE) 2021/1058).

Los proyectos de investigación e innovación aplicada deberán seleccionarse mediante criterios de excelencia investigadora y se ajustarán a lo establecido en el Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, aprobado el 20 de diciembre de 2022 conforme al artículo 23 del Reglamento de Disposiciones Comunes (Reglamento (UE) 2021/1060), y en el Reglamento FEDER (Reglamento (UE) 2021/1058).

A tal fin, los proyectos concedidos se destinarán a la realización de las actuaciones que se indican en el punto segundo, conforme a las características y requisitos del Objetivo Específico RSO1.1. “Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas: A. Impulso de las actividades de investigación e innovación. B. Transferencia y aplicación de conocimiento orientada al mercado. C. Colaboración y cooperación para la innovación en Andalucía”.

Si por cualquier causa no imputable a la Universidad de Sevilla, estos proyectos de investigación e innovación aplicada no pudieran formalizarse, la correspondiente convocatoria no tendrá efectividad, no pudiendo exigirse responsabilidad alguna a la Universidad de Sevilla por esta circunstancia.

Modalidades y características de los proyectos.

Se convocarán cuatro modalidades de proyectos de investigación e innovación aplicada para la financiación de las siguientes actuaciones del VII Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla (PPIT-US):

A. Proyectos de investigación e innovación aplicada para investigadores consolidados (sustituye a la acción II.2A del VII PPIT-US aprobada en Consejo de Gobierno el 22/07/2021, en la convocatoria 2023).

B. Proyectos de investigación e innovación aplicada para jóvenes investigadores (sustituye a la acción II.4 del VII PPIT-US aprobada en Consejo de Gobierno el 22/07/2021, en la convocatoria 2023).

C. Proyectos de investigación e innovación aplicada desarrollados por Institutos Universitarios de Investigación de la US (sustituye a la acción I.2 del VII PPIT-US aprobada en Consejo de Gobierno el 22/07/2021 para el periodo 2024-2027).

D. Proyectos de investigación e innovación aplicada desarrollados en el marco de Unidades de Excelencia (sustituye a la acción V.3 del VII PPIT-US aprobada en Consejo de Gobierno el 22/07/2021 para el periodo 2024-2027).

Los proyectos de investigación e innovación aplicada recogidos en la convocatoria tendrán un ámbito temporal de aplicación de 4 años (periodo 2024-2027) y deberán seguir las líneas estratégicas marcadas en el Objetivo RSO 1.1 del Programa de Andalucía FEDER 2021-27.

En lo no regulado por la convocatoria y por la resolución de concesión de esta, se considerará lo dispuesto por el VII PPIT-US y sus bases de 2023.

La Comisión de Investigación (en adelante CI-US) podrá establecer los criterios a aplicar en los aspectos no regulados en esta resolución o en el VII PPIT-US.

Características de los proyectos de investigación e innovación aplicada convocados en el marco financiero plurianual FEDER 2021-27 y Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-27.

A.- Proyectos de investigación e innovación aplicada para la realización de tesis doctorales.

Objeto de la acción.

Esta acción tiene como objetivo el desarrollo de un proyecto de investigación e innovación aplicada en el que existan oportunidades de futuro y vinculadas a la estructura de especialización de la Estrategia de Especialización Inteligente, entornos de especialización inteligente y ejes de apoyo transversal, esto es, sectores o cadenas de valor sectorial, en las que Andalucía dispone de un potencial diferencial de desarrollo, ya sea por disponibilidad de recursos materiales, de RRHH o por su tejido empresarial y actividades de investigación e innovación que contribuyan a la especialización y sostenibilidad del ecosistema de innovación de Andalucía y atiendan a los principios generales que marcan los ODS, configurándose como elementos que traccionan para avanzar hacia una sociedad más innovadora e igualitaria.

Número de proyectos.

Se adjudicarán hasta 30 proyectos de investigación e innovación aplicada, distribuidos entre las 5 ramas científicas (Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura) establecidas por la CI-US. Si alguna de las ramas no contara con candidaturas suficientes para cubrir los proyectos que le corresponden, estos podrían reasignarse al resto de las ramas en función de la evaluación de los solicitantes según indique la convocatoria. Si la convocatoria financiada con el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027 estableciera un número de proyectos de investigación e innovación aplicada para investigadores consolidados inferior a 30, se podrán convocar siguiendo las bases anuales del PPITUS un número de contratos predoctorales igual al número de proyectos no ofertados, completando 30 actuaciones en total sumando proyectos (Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027) y contratos (convocatoria anual PPIT-US).

Los investigadores que figuren como directores de tesis de un contrato predoctoral del VII PPIT-US (acción II.2A) no podrán participar en la presente convocatoria. Asimismo, los investigadores a los que se adjudique proyecto en esta convocatoria no podrán participar en las convocatorias siguientes de la acción II.2A del VII PPIT-US. Los departamentos sólo podrán obtener un proyecto en esta convocatoria, no pudiendo optar a un contrato predoctoral del VII PPIT-US en la convocatoria siguiente a la concesión del proyecto. Serán excluidos en esta convocatoria aquellos departamentos a los que se haya asignado un contrato predoctoral del VII PPIT-US en la convocatoria inmediatamente anterior a la presente dentro del cupo general.

Se reservan dos proyectos para el cupo de discapacidad correspondientes a proyectos cuyos candidatos a contratar deben haberse presentado a la convocatoria FPU 2022 en el turno de discapacidad. La selección de los dos proyectos dentro de este cupo se realizará en primer lugar, contabilizando en la rama de conocimiento a la que pertenezcan sus directores.

Requisitos de los investigadores solicitantes.

1. Ser Personal Docente e Investigador (PDI) de la Universidad de Sevilla, y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la Universidad de Sevilla.

2. En el supuesto de vinculación contractual del investigador solicitante, esta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del proyecto de investigación e innovación aplicada.

3. Ningún investigador podrá figurar en más de una solicitud de proyectos. La participación de investigadores en varias solicitudes de proyectos será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.

4. No figurar como director/codirector de tesis en un contrato predoctoral del VII PPIT-US (acción II.2A).

Requisitos de los titulados superiores para realizar el proyecto de tesis doctoral.

1. Los candidatos para realizar la tesis doctoral financiados por el proyecto de investigación e innovación aplicada concedido deberán haber participado en la convocatoria 2022 de FPU (BOE 5-1-2023). Deberán presentar documentación acreditativa de la evaluación de su expediente y resultados de esta, donde conste puntuación detallada, título del proyecto de tesis y nombre del director de la solicitud del contrato FPU.

2. Los criterios generales, en lo no regulado en la convocatoria, se ajustarán a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias anuales del Ministerio competente en esta materia sobre las ayudas para contratos de FPU del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.

3. Deberán cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la US.

4. No podrán participar quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.

5. Los ciudadanos de países fuera de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la firma del contrato predoctoral. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.

En el caso en que el solicitante sea seleccionado en el programa FPU (resolución provisional y/o definitiva), será excluido de esta convocatoria.

La CI-US podrá determinar requisitos adicionales específicos que se publicarán en la convocatoria general.

Valoración de las solicitudes.

La valoración de las solicitudes presentadas se llevará a cabo por la CI-US. Se financiarán proyectos de investigación e innovación aplicada con una distribución equitativa entre las cinco ramas de conocimiento, siempre que haya suficientes candidatos. La asignación de estas se realizará teniendo en cuenta el área de adscripción del investigador responsable solicitante.

El orden de adjudicación de los proyectos se realizará haciendo uso de la puntuación otorgada por el Ministerio en la convocatoria FPU 2022 (anuncio de la convocatoria en BOE 5-1-2023) a los titulados superiores que optan a los contratos predoctorales que se realizarán con cargo al proyecto. Los detalles más específicos del proceso de asignación de proyectos estarán recogidos en la convocatoria. Para el caso en que la convocatoria FPU 2022 no estuviese resuelta en el plazo indicado en la convocatoria, la CI- US arbitrará las medidas necesarias para la evaluación de las solicitudes que se publicarán en la convocatoria.

Duración del proyecto.

La duración del contrato predoctoral formalizado coincidirá con el proyecto de investigación e innovación aplicada. En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las excepciones señaladas en el art. 19 de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por el que se modifica el art. 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

La convocatoria establecerá la fecha de inicio de los proyectos, y regulará la posibilidad de retraso en la incorporación por circunstancias excepcionales, así como los supuestos de cambio del investigador responsable.

La consecución de la titulación de doctor pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador (punto 4 del Art. 20 de la Ley CTI). A estos efectos, la fecha de finalización de dicha etapa se considerará al día siguiente de la lectura y aprobación de la tesis doctoral. En este supuesto, el contratado podrá, previa solicitud expresa al Vicerrectorado de Investigación y a través de la firma de una adenda al contrato, mantener la contratación con las mismas características económicas del contrato predoctoral, por un periodo máximo de 12 meses, sin que puedan superarse en ningún caso los 4 años de duración del proyecto, siempre que la legislación laboral vigente lo permita.

El personal participante en esta modalidad de proyecto será el investigador responsable y el personal contratado con cargo a esta ayuda.

Retribución de los contratos y dotación del proyecto.

La retribución bruta del contratado predoctoral será la indicada en el Estatuto del Personal Investigador en Formación, y se concretará en la convocatoria.

La financiación del proyecto incluirá la contratación predoctoral, y se incrementará con una cantidad determinada en la convocatoria para sufragar todos aquellos gastos elegibles establecidos en la convocatoria general necesarios para la ejecución del proyecto, así como posible subida de la base salarial, finiquito e indemnización. Estas cantidades se incrementarán con el porcentaje de costes indirectos que determine la convocatoria.

Los contratados predoctorales de esta acción podrán realizar estancias breves con cargo a la financiación del proyecto, con objeto de reforzar la internacionalización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo de la tesis. Se deberán llevar a cabo en centros de prestigio internacional, preferentemente en el extranjero. Las características de estas estancias quedarán reguladas en la convocatoria.

B.- Proyectos de investigación e innovación aplicada para jóvenes investigadores.

Objeto de la acción.

Esta acción va dirigida a posibilitar que investigadores que estén en posesión del título de doctor o equivalente y puedan acreditar una dilatada experiencia postdoctoral, participen en el desarrollo del programa de I+D+i de la US. El objetivo esencial es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad investigadora y una dilatada experiencia en centros de investigación tanto nacionales como extranjeros. Este programa de proyectos irá ligado a la participación de los investigadores solicitantes en la convocatoria anual del programa Ramón y Cajal (en adelante RyC) del Ministerio. Se pretende de esta forma fomentar la participación de los jóvenes investigadores en convocatorias científicas altamente competitivas. Los investigadores seleccionados serán contratados, con fondos del propio proyecto concedido, en la modalidad de contrato que la legislación laboral vigente permita.

Número de proyectos.

En el ejercicio 2023 se dotarán hasta 20 proyectos, a distribuir entre las cinco ramas científicas (Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura) establecidas por la CI-US. Si alguna de las ramas no contara con candidaturas suficientes para cubrir los proyectos que le corresponden, estos podrían reasignarse al resto de las ramas en función de la evaluación de los solicitantes según indique la convocatoria.

Los candidatos cuyos proyectos de investigación e innovación aplicada resulten seleccionados se adscribirán a departamentos. Ningún departamento podrá tener más de un proyecto de esta modalidad o contrato de la acción II.4 del VII PPIT-US durante toda la vigencia de este. No obstante, se contempla la posibilidad de que la CI-US arbitre un mecanismo por el que se pueda asignar un nuevo contrato a departamentos ya beneficiados por esta acción en el presente PPIT-US, así como excluir la participación de departamentos que hubiesen decidido no aceptar la admisión de los contratados asignados.

Requisitos de los investigadores solicitantes.

1. Haber participado en la convocatoria del Programa RyC del Ministerio inmediatamente anterior al periodo de presentación de solicitudes de esta acción (convocatoria 2022). El solicitante deberá presentar justificación de su participación en dicho programa, así como la evaluación obtenida, sea esta provisional o definitiva. Para el caso en que existiese un retraso considerable en la resolución del programa RyC 2022, la CI-US arbitrará las medidas que considere oportunas que se publicarán en la convocatoria general.

2. El candidato deberá haber obtenido en el programa RyC una calificación mínima de 75 puntos para su admisión en la convocatoria.

3. Presentar documento de aceptación del departamento al que se adscribiría el candidato. El documento, firmado por el director del departamento, debe haber sido aprobado en sesión celebrada por el Consejo de Departamento. En el documento se indicará asimismo el área de conocimiento al que se adscribirá el candidato.

En el caso en que el solicitante sea seleccionado en el programa RyC (resolución provisional y/o definitiva), será excluido de esta convocatoria.

La CI-US podrá determinar requisitos adicionales específicos que se publicarán en la convocatoria general.

Valoración de las solicitudes.

Cada candidato presentará una única solicitud, con el documento de aceptación de un único departamento. La selección se realizará por orden de calificación en el programa RyC, de manera independiente en cada una de las ramas de conocimiento, teniendo en cuenta las incompatibilidades anteriormente descritas. El proceso detallado de evaluación y asignación de proyectos se especificará en la convocatoria general.

Duración del proyecto.

El proyecto de investigación e innovación aplicada, y el contrato asociado, con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de un máximo de 4 años. En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las excepciones señaladas en el art. 19 de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por el que se modifica el art. 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

El periodo de ejecución del proyecto se determinará en la convocatoria, que también regulará las causas excepcionales de retraso en la incorporación y el procedimiento en caso de renuncia del investigador, así como modalidad de contratación del candidato suplente.

Los contratos asociados a estos proyectos serán incluidos a su finalización en el plan de Captación y Retención de Talento de la US que anualmente se contemple en la correspondiente Oferta de Empleo Público, ofreciendo de este modo la posibilidad de estabilización para un investigador por cada uno de los contratos efectuados bajo esta modalidad, siempre que se haya disfrutado el contrato al menos 3 de los 4 años de duración.

Retribución del contrato y dotación del proyecto.

El coste anual del contrato del investigador responsable del proyecto, será determinado en la convocatoria.

La financiación del proyecto incluirá la contratación del investigador responsable, y se incrementará con una cantidad determinada en la convocatoria para sufragar todos aquellos gastos elegibles establecidos en la convocatoria general necesarios para la ejecución del proyecto, así como posible subida de la base salarial, finiquito e indemnización. Estas cantidades se incrementarán con el porcentaje de costes indirectos que determine la convocatoria.

Participación en la docencia.

El personal investigador que sea contratado por esta modalidad podrá realizar tareas docentes relacionadas con la actividad de investigación propuesta, hasta un máximo de 100 horas por curso académico (o el máximo que indique la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, si sufre modificación) con la aprobación del Vicerrectorado de Investigación y con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y a la Normativa de dedicación docente del profesorado en cada curso.

C.- Proyectos de investigación e innovación aplicada desarrollados por Institutos Universitarios de Investigación.

Objeto de la acción.

Financiación de un proyecto de investigación e innovación aplicada dirigido a apoyar las actividades de investigación de los Institutos Universitarios de Investigación (IUI) recogidos en el artículo 40 del Estatuto de la US y aquellos que se deriven del desarrollo del Reglamento General de Investigación de la US. Serán gastos elegibles todos aquellos relacionados con la ejecución del proyecto de investigación e innovación aplicada e incluidos en la convocatoria.

Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda.

Podrán solicitar esta ayuda los Directores de los Institutos Universitarios de la US, que serán los investigadores responsables de los proyectos de investigación e innovación aplicada presentados.

El personal participante en esta modalidad de proyectos será el personal incluido en su solicitud.

Valoración de las solicitudes.

La asignación de financiación de los proyectos se realizará valorando la memoria científica presentada para el periodo de ejecución del proyecto (cuatro años), el programa de actuaciones presentado por los institutos, las publicaciones internacionales acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla, y los fondos captados por investigación competitiva y por contratos de investigación, en los términos que indique la convocatoria. La evaluación será realizada por la Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla.

Dotación.

La dotación total de esta acción para el periodo 2024-2027 (4 años) será de al menos 340 000 euros. Esta cantidad se incrementará con el porcentaje de costes indirectos que determine la convocatoria.

D.- Proyectos de investigación e innovación aplicada desarrollados en el marco de Unidades de Excelencia.

Objeto de la acción.

Esta acción está destinada a impulsar el establecimiento de unidades de excelencia entre grupos de investigación de la US y, si procede, grupos externos a la US, con objeto de alcanzar masa crítica y otros requerimientos de las convocatorias altamente competitivas tipo María de Maeztu, Severo Ochoa y similares, en áreas estratégicas en las que la US tenga especial relevancia.

Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda.

Las propuestas de Unidades de Excelencia deben cumplir la normativa general aprobada por Acuerdo 8.2/CG 25-10-19 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla. Las unidades podrán estar encuadradas en cualquiera de las 5 ramas del conocimiento (Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura) o conformarse como unidades interdisciplinarias. La solicitud indicará un director científico que será el investigador responsable de la elaboración y ejecución del proyecto de investigación e innovación aplicada de la unidad de excelencia. El personal participante en esta modalidad de ayuda será el personal incluido en la solicitud de dicho proyecto.

Valoración de las solicitudes.

La CI-US seleccionará los proyectos a financiar teniendo en consideración los siguientes aspectos:

1. Interés científico e institucional de la propuesta presentada (memoria científica).

2. Cumplimiento de los requerimientos de las convocatorias a las que se orientan (Programa de Apoyo a Unidades de Excelencia “María de Maeztu”).

3. Calidad del consorcio y sus probabilidades de éxito: investigadores involucrados, investigadores garantes, actividad científica de alto impacto de los miembros de la Unidad.

El proceso de selección se basará en criterios científicos de acuerdo con los más exigentes estándares internacionales.

Dotación de los proyectos.

Esta ayuda tendrá una dotación presupuestaria total de al menos 340 000 euros para el periodo 2024-2027 (4 años). Esta cantidad se incrementará con el porcentaje de costes indirectos que determine la convocatoria. La ayuda concedida podrá destinarse a los gastos de funcionamiento de las unidades de excelencia seleccionadas, financiando sus planes estratégicos, actividades científicas, y todos aquellos aspectos incluidos en la memoria científica que repercutan en el éxito del proyecto solicitado cuyo periodo de ejecución será de 4 años.

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